Pere50
Experto
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Alguien sabe que pasa si permaneces 7 u 8 meses en Argentina sin salir del pais haciendo turismo (sin trabajar), a la hora de slir de Argentina el funcionario vera que llevas 7 u 8 meses por el sello del pasaporte. Luego pasa algo al volver a España?
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Kamnopolis
Super Expert
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TURISTAS
ARTÍCULO 24 INCISO A LA LEY 25.871, DECRETO 616/2010
Se considerara residente transitorio a todo extranjero que obtenga de la Dirección nacional de Migraciones, una admisión en tal carácter.
TURISTA: para descanso o esparcimiento, contando con los recursos suficientes para ello. Los plazos de admisión son de hasta TRES (3) MESES PRORROGABLES POR OTRO PERIODO SIMILAR
PRÓRROGA:se puede efectuar en la Dirección Nacional de Migraciones, en el horario de 8 a 14 horas, edificio 4 sector prórrogas, o bien en las delegaciones del interior de país, o bien en los pasos fronterizos habilitados por la DNM.
Los pedidos de prórroga de residencia, así como la petición de cambio de categoría o subcategoría migratoria, deberán efectuarse dentro de los SESENTA (60) días anteriores al vencimiento de la residencia temporaria y dentro de los DIEZ (10) días anteriores al vencimiento de la residencia transitoria.
El extranjero que se presentara en forma espontánea y voluntaria dentro de los TREINTA (30) días de vencidos los plazos previstos en el punto anterior, sufrirá un recargo del CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto de la tasa prevista para el trámite de prórroga de residencia o para el cambio de categoría o subcategoría migratoria.
Requisitos:
• Pasaporte vigente o Cédula de Identidad vigente (países limítrofes).
• Tasa de renovación MERCOSUR: $ 100. NO-MERCOSUR: $ 300
• Residencia transitoria vigente *
*En el supuesto que la vigencia del visado haya expirado, NO PODRÁ PRORROGARSE TAL RESIDENCIA, a fin de hacer abandono del territorio nacional, deberá solicitar una HABILITACIÓN DE SALIDA.
HABILITACIÓN DE SALIDA: la puede tramitar en la Dirección Nacional de Migraciones, en el horario de 8 a 20 horas, edificio 4 sector Dirección General de Movimiento Migratorio, o bien en las delegaciones del interior de país, o bien en los pasos fronterizos habilitados por la DNM.
ATENCIÓN IMPORTANTE: la misma tiene una validez de DIEZ (10) días corridos desde la fecha en que se expide tal Habilitación, durante ese periodo usted deberá hacer abandono del país, si se le venciera ese plazo, deberá solicitar una nueva Habilitación de salida y abonar nuevamente.
Requisitos:
• Pasaporte vigente, cédula de Identidad vigente o Documento Nacional de Identidad vigente de su país de origen, (esto último con los países Brasil, Bolivia, Uruguay, Paraguay, Chile, Perú, Venezuela, Ecuador y Colombia).
• Tasa de habilitación MERCOSUR: $ 100. NO-MERCOSUR: $ 300. _________________ JL
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Kamnopolis
Super Expert
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Eso lo saque de la pagina de migraciones de argentina, creo que si te quedas mas de 6 meses tenes que pedir en el consul argentino de tu pais, autorización como residente temporario o transitorio.
En principio Argentina no es un pais que tenga restricciones fuertes a la inmigración.
Saludos!! _________________ JL
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Pere50
Experto
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Deduzco de esta normativa, que si estoy allí 7 meses con el visado ca turista expirado lo unico que tengo que hacer es a la hora de marcharme pedi la Habilitación de salida y pagar los 300 pesos.
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