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Cómo viajar cobrando paro ✈️ Noticias de España

Autor: silvi_1982 Fecha: Viernes, 24 Junio, 2011 ⭐ Puntos 4.5 (4 votos)

Cuando se cobra la prestación por desempleo surgen muchas dudas aparte de las propias de esta nueva situación. Una de esas dudas es si existe la posibilidad de salir de vacaciones. No hay mucha información al respecto, incluso muchas veces en las propias oficinas del INEM desconocen la respuesta, pero aquí he recogido lo que la normativa vigente establece para que se pueda viajar sin problemas si se cobra el paro.

Cómo viajar cobrando paro

Para cobrar el paro, es decir, la prestación por desempleo, se tienen que cumplir una serie de obligaciones:

1. Buscar trabajo activamente y, si la Oficina de Empleo lo determina, mejorar la formación de cara a encontrar un nuevo empleo (es el compromiso de actividad que se firma cuando se realiza la solicitud de prestación por desempleo).
2. Ir a la entrevista de trabajo que conceda la Oficina de Empleo.
3. Aceptar los trabajos sin fines lucrativos.
4. Comunicar los cambios en la situación personal (hijos, matrimonio, desplazamientos, etc.).
5. Renovar la demanda.
6. Solicitar la baja de las prestaciones por desempleo.
7. Reintegrar, si es el caso, las prestaciones indebidamente recibidas.

Si se incumplen las 5 primeras normas, la sanción es leve y conlleva la retirada de un mes de prestación la primera vez que se incumple.

En este caso, nos afecta el punto 4: ¿cómo viajar si se está cobrando el paro? ¿Se tiene derecho a vacaciones?

No se tiene exactamente derecho a vacaciones, ya que éstas se producen durante la vigencia de una relación de trabajo y vienen reguladas en el Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores como consecuencia de la actividad laboral. No es posible, por tanto, generar vacaciones estando en desempleo, pero sí se puede pedir una autorización para desplazarse durante un máximo de un mes por territorio nacional y de quince días por el extranjero. Esta autorización será concedida siempre que durante esas fechas no se tengan previstas actuaciones de inserción laboral por mediación de los Servicios Públicos de Empleo.

Se debe solicitar la autorización por escrito en la oficina de empleo correspondiente, de manera que se esté localizable para el caso de que se deba realizar algún tipo de actividad de inserción laboral o cumplir con alguna de las obligaciones como beneficiario de prestaciones por desempleo.


Referencia normativa:

- Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por R.D. Legislativo 1/95, de 24 marzo. Instrucción sexta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.

- Art. único del R.D. 200/2006 de 17 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley 31/1984, de 2 de agosto, de protección por desempleo.
Fecha: 24/Jun/2011 21:53:57 (22939 Lecturas) Puntos: 4.5 (4 votos)
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spainsun
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Fecha: Jue Jul 13, 2023 05:55 pm    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

Una vez explicado que no es legal, damos por concluida la controversia.

Recordemos las normas del foro:
www.losviajeros.com/ ...amp;pid=47

Quote::
Quedan prohibidos los mensajes que:
1) Impliquen la comisión de hechos constitutivos de infracción administrativa o penal o induzcan a otros a ejecutarlos.
...

Las normas importan y las leyes también.
El subsidio de desempleo es una forma solidaria de ayudar a quien ha perdido su trabajo, mientras busca un nuevo empleo. Es flexible y permite irse de vacaciones 15 días. No mas.
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Fecha: Vie Dic 08, 2023 05:42 pm    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

Hola! mi duda es la siguiente: necesito saber si los días de viaje cuentan como días. Es decir, yo viajo un 21 de enero y el vuelo sale a las 15:15 y regreso un 6 de febrero a las 12:15 del mediodía. Es decir, ambos días estoy en territorio español durante unas horas, el resto estoy volando. ¿Esos dos días contabilizan o no? ya que estaríamos antes dos situaciones: - si contabilizan, son un total de 17 días por los cuales no recibiría el subsidio verdad? y no recibiría el subsidio prorrateado a esos días o un mes completo? - si no contabilizan, son un total de 15 días por los cuales si...  Leer más ...
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Fecha: Vie Dic 08, 2023 07:03 pm    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

Hola, realmente no sé si esos días se contabilizan o no! Yo en mi caso si lo comuniqué y esto fue lo que pasó: Una semana antes de irme de viaje fui a la oficina del SEPE y me dieron un papel a rellenar lo telematizaron y me marché a una oficina de empleo donde también comuniqué que me marchaba (hay que comunicarlo) y llego el día y me marche….. Cuando volví a mitad de Julio: la cita del SEPE complicadisima, la conseguí a primeros de agosto pero a la oficina de empleo si fui a apuntarme unos días después de llegar ya que si no estás apuntado a la oficina de empleo no puede solicitar la...  Leer más ...
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Fecha: Vie Dic 08, 2023 07:14 pm    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

@Rorogap Los días de viaje se cuentan, si ese día sales de España. Al menos, aquí lo cuentan en los días que se permite salir.

Si a la vuelta no tienes fecha, no puedes hacer la reanudación del subsidio. Normalmente ellos saben cuando has pedido fecha, pero pedirlo, lo puedes hacer en el viaje.
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Fecha: Lun Mar 25, 2024 10:21 am    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

Tened en cuenta que para situaciones muy específicas, o preguntas muy concretas, lo mejor es consultarlo directamente con el SEPE y si es posible, obtener la respuesta por escrito por lo que pueda pasar
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