asturguia Escribió:
Ok, me borro ahora mismo del foro porque si una contestación de utilidad en estos momentos se considera publicidad creo que no estoy en el sitio correcto.
Concedido.
Cuando una "contestación de utilidad" consiste en recomendar una web propia, se llama publicidad y está recogido por las normas que aceptaste al darte de alta.
www.losviajeros.com/ ...amp;pid=47
Y cuando esa web es comercial, en ellas está claramente definido en el apartado de publicidad comercial.
Un saludo