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Vivir en Vivir y Trabajar en Marruecos ✈️ Foro Marruecos, Túnez y Norte de África ✈️ p49 ✈️


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Jotaatar
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Mejor explicado imposible
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Luistorres
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Buenos días les quisiera preguntar en cual de estas dos ciudades me recomiendan vivir? Me ire 1 mes a vivir y a realizar practicas en un hospital por lo que quisiera su recomendación....
Me gustaria conocer Marruecos y para ello tendré disponible unciamente los fines de semana y los demas días a la semana a partir de la 13:00 hrs... He leido varios comentarios y qusiera saber si realmente vale la pena vivir en Fez por 1 més (ya que me han contado que es poco inseguro, sucio y realmente se conoce solo en un fin de semana)
O si preferirian quedarse en Rabat, ya que he escuchado que es mas moderna y pues supongo que es más limpia, pero sin atractivos turisticos como los de Fez, sin embargo no estoy seguro de ello y tampoco estoy seguro de si realmente Fez es sucio e inseguro y tampoco haya cosas que hacer ademas de sus atractivos turisticos..

Que ciudad me recomiendan para pasarla bien, hacer cosas comunes durante el tiempo libre y poder viajar los fines de semana a lugares turisticos (incluyendo desierto). Ayudaaaa
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Yennefer
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Hola Luistorres, traslado tu mensaje a este hilo ya abierto sobre el tema.
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Luistorres
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Muchas gracias espero alguien pueda ayudarme
Ir arriba Muchas gracias espero alguien pueda ayudarme Luistorres Compartir:
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Australs
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Luistorres Escribió:
Buenos días les quisiera preguntar en cual de estas dos ciudades me recomiendan vivir? Me ire 1 mes a vivir y a realizar practicas en un hospital por lo que quisiera su recomendación....
Me gustaria conocer Marruecos y para ello tendré disponible unciamente los fines de semana y los demas días a la semana a partir de la 13:00 hrs... He leido varios comentarios y qusiera saber si realmente vale la pena vivir en Fez por 1 més (ya que me han contado que es poco inseguro, sucio y realmente se conoce solo en un fin de semana)
O si preferirian quedarse en Rabat, ya que he escuchado que es mas moderna y pues supongo que es más limpia, pero sin atractivos turisticos como los de Fez, sin embargo no estoy seguro de ello y tampoco estoy seguro de si realmente Fez es sucio e inseguro y tampoco haya cosas que hacer ademas de sus atractivos turisticos..

Que ciudad me recomiendan para pasarla bien, hacer cosas comunes durante el tiempo libre y poder viajar los fines de semana a lugares turisticos (incluyendo desierto). Ayudaaaa

Si puedes escoger hospital para tus practicas, para vivir, mejor Rabat que Fès y mas si no dispones de coche ... Aunque para gustos y preferencias, ya sabemos ....

En cuanto "al desierto", ambas ciudades están a la quinta leche y mas para ir a él en un fin de semana .... Aunque haya "excursiones organizadas", sobre todo desde Fès, que propongan ofertas relámpago para pasar una noche en las dunas a costa de estar todo el día en la carretera tanto a la ida como al regreso ... Por mucho que, desde Fès, haya autobuses nocturnos a Rissani y Merzouga.

Y en cuanto a lo que visitar en ambas ciudades, cuatro fines de semana no dan para tanto; en un primer fin de semana te habrías pulido lo mas destacado a nivel turístico de Rabat o de Fès y en un segundo fin de semana unos cuantos rincones no tan conocidos por el turismo mas todos los museos de cualquiera de ambas ciudades (bueno, en Rabat necesitarás un tercer fin de semana); a partir de ahí, Rabat te va a dar mucho mas juego que Fès, máxime si no dispones de coche; desde Rabat en tren estas a 60' de Casablanca, a 2 hrs de Meknes, a 3,5 de Fès, a 3 hrs de El Jadida y a Marrakech 4,5 hrs, lo cual te permite hacer una escapada de fin de semana e, incluso, en el caso de Casablanca y Meknès (solo a Meknès, no a Meknès y a ciento y la madre de sitios mas en el mismo día ...), hacer una visita en el día, de ida y vuelta, dado el tiempo de viaje, la gran frecuencia de trenes y sus horarios.
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Buenas a todos:
Tengo una duda que espero me ayudeis a resolver. En breve me voy a vivir a Casablanca, y estoy recopilando todo el papeleo que se necesita para solicitar la residencia en dicho lugar. Y llego al certificado de antecedentes penales, he leido en un
''post'' anterior de Austral, que hay que presentarlo traducido al Frances por un traductor jurado, mi pregunta es.... ¿Obligatorio traducirlo al Frances o bien, puede ser presentado traducido al árabe??. ¿ Que tiempo de caducidad tiene este documento en Marruecos??. Me encuentro en España y por lo menos me queda un mes largo.

Gracias de antemano. Saludos
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Jotaatar
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Hola Cozy, si no estás casado con una marroquí o tienes trabajo aquí, será difícil que te den la residencia así como así.

El certificado de penales debe ir en francés pero no creo que hubiera problema en que fuera en árabe. Tiene tres meses de caducidad, es decir, que desde que te lo dan en España hasta que entregas los papeles aquí y te dan el resguardo, no pueden pasar más de tres meses.

Un saludo
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Jota (José Javier Lanzarot)
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Te agradezco la rápida respuesta.
Por comentar, estoy casado con una ciudadana marroquí ( registro civil de Madrid ), tb. Cuento con unos ahorros y tenemos casa propia ( ella ) en Casablanca.
Ahora reinicio el casamiento en el consulado de Marruecos en Madrid, de la documentación que se presenta debo traducir el certficado de matrimonio y el de nacimiento mío al árabe, y pensando en la residencia aprovecharía con la traducción de los penales.

Aprovecho para daros las gracias a todos los que aportais tanta información, ya que en mi caso me ha sido de gran ayuda.
Saludos
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cozy Escribió:
Te agradezco la rápida respuesta.
Por comentar, estoy casado con una ciudadana marroquí ( registro civil de Madrid ), tb. Cuento con unos ahorros y tenemos casa propia ( ella ) en Casablanca.
Ahora reinicio el casamiento en el consulado de Marruecos en Madrid, de la documentación que se presenta debo traducir el certficado de matrimonio y el de nacimiento mío al árabe, y pensando en la residencia aprovecharía con la traducción de los penales.

Aprovecho para daros las gracias a todos los que aportais tanta información, ya que en mi caso me ha sido de gran ayuda.
Saludos

Si estás casado (de acuerdo con la ley en Marruecos) con una ciudadana marroquí y, además, tienes domicilio fijo, la solicitud de residencia no se simplifica a nivel burocrático pero si reduce la posibilidad de que te la deniegen; es mas, no deberían denegarla si aportas toda la documentación requerida.

Para solicitar el Permiso de Residencia, deberás ir a la Comisaria de Policia de la ciudad marroquí en la que residas ( Préfecture de la Police - Sûreté Nationale, no comisarias de barrio); en tu caso, al ir a residir a Casablanca, deberás consultar pues Casablanca tiene varias Prefecturas de Policia para los 16 distritos y un municipio que conforman la actual ciudad blanca.

Si fueras a vivir en un pueblo, deberías ir a la Prefectura de la Brigada de la Gendarmeria que correspondiera a esa zona rural en la que fueras a residir.

En la Comisaria/Brigada, deberás pedir los impresos de solicitud del permiso de residencia, que son dos modelos diferentes

· uno es la solicitud del permiso de residencia
· otro es la solicitud de la ficha de residencia

Una vez cumplimentados, deberás volver a la Comisaria para presentarlos junto con la siguiente documentación :

· Fotocopia legalizada de tu pasaporte, página de la identidad, página con el ultimo sello de entrada en Marruecos y página donde figure el numero de extranjería marroquí.

· Original Certificado de antecedentes penales solicitado en España y traducido al francés (o al árabe)

· 8 fotos de carnet (sugiero que hagas 10 o 12, por si acaso, y que, además, las hagas en Marruecos indicando que las quieres para la CIN).

· Fotocopia legalizada del Acta de tu conversion al Islam (necesaria para tu matrimonio con una ciudadana marroquí)

· Fotocopia legalizada del Acta de tu matrimonio marroqui, (acte de mariage adoulaire)

· Fotocopia legalizada de la CIN (carta de identidad) de tu mujer marroquí

· Certificado de residencia en Marruecos que deberás solicitar en la Mokataa (ayuntamiento del distrito en el que vivas en Casablanca)

· Certificado de saldo de tu banco español que justificará que puedes enviar regularmente transferencias a Marruecos o, si tienes una cuenta bancaria marroquí, certificado de saldo (es válida una cuenta en la que seas co-titular con tu mujer); esto es para justificar que tu puedes vivir en Marruecos por tus propios medios.

Una vez presentado el expediente en la Comisaria, y pagando los gastos (si mal no recuerdo, 100 dirhams, apagar in situ en la Comisaria), si todo está correcto, te darán un resguardo (parecido al que daban en España para el DNI) que a todos los efectos acredita tu permiso de residencia y que tendrá una validez de 30 días.

A partir de ese momento, deberás ir regularmente a la Comisaria para ver cuando llega tu tarjeta CIN definitiva; no dejes caducar el resguardo provisional y, si aún no te ha llegado la CIN definitiva, pide uno nuevo antes de que caduque (te lo hacen al momento y sin coste alguno .... Teóricamente); esta gestión deberás hacerla tantas veces como sea necesario hasta que te llegue la CIN definitiva .. Que puede tardar en llegarte de dos a tres meses perfectamente; como tu solicitas la residencia por motivos familiares, ignoro por cuanto tiempo te la van a conceder aunque lo mínimo es una validez de un año .... Por lo que al momento de recibirla ya no le queda una validez de un año y casi debes iniciar los tramites de renovación ...

Una vez tengas la CIN definitiva, no dejes que caduque tu permiso de residencia e inicia los tramites de renovación con dos meses de antelación ... Como mínimo.

Notas :

· Debes solicitar tu permiso de residencia dentro de los 15 días naturales siguientes a tu última llegada a Marruecos.

· El permiso de residencia marroquí no lleva asociado permiso de trabajo, pero es necesario para poder trabajar en Marruecos. Si quieres trabajar en Marruecos deberás seguir los procedimientos que hay establecidos para cada caso aportando la documentación que corresponda (negocio propio, asalariado, convalidación de estudios, sobre todo universitarios ....)

· Consulta en la Seguridad Social en España los convenios bilaterales y acuerdos que hay en materia de seguridad social, tanto si eres asalariado como si eres autónomo, cotizaciones para jubilación y para desempleo así como, (y esto sobre todo), que hay que hacer si estas recibiendo alguna prestación por desempleo o ayuda social actualmente.

· Si tienes el permiso de residencia en Marruecos y quieres conducir en el país, deberás canjear tu permiso en el plazo de un año a contar desde la fecha de tu ultima entrada a Marruecos con la que solicitaste tu permiso de residencia. No hacerlo implica que si conduces estarás haciendolo a todos los efectos "sin carnet de conducir" con todo lo que ello comporta, sobre todo en caso de accidente.

· Si tienes permiso de residencia en Marruecos y tienes un coche con matricula española que quieras llevar a Marruecos, deberás importarlo al país con el consiguiente cambio de matricula que ello conlleva (importación de vehículo a la que tienes derecho con ciertas limitaciones y pagando los impuestos que correspondan que, por cierto, nada tienen de baratos). No obstante, al ser tu mujer ciudadana marroquí y residente legal en España actualmente, tendrá el status en su país de MRE, es decir, marroquí residente en el extranjero por lo que si decidís ir a vivir a Marruecos, ella tendría unas ciertas ventajas "al regreso a su país", que habría que consultar en cada caso, entre las que cabe citar la importación de su vehículo particular (tenga los años que tenga) con unas condiciones ventajosas en lo que a pago de aranceles y TVA se refiere; aunque eso sí, el vehículo debería estar a su nombre; en cualquier caso, insisto, estos temas hay que consultarlos bien antes de hacer nada, sobre todo en lo relativo a las obligaciones-limitaciones que te puedan acarrear estas ventajas.

· Si te conceden el permiso de residencia en Marruecos deberás ir al Consulado de España que te corresponda en función de la ciudad o pueblo en el que residas (en tu caso el Consulado de España en Casablanca) y deberás darte de alta en el Registro de Matricula Consular para poder constar como Español Residente en el extranjero. Si tienes hijos, te sugiero que hagas lo mismo con ellos. Y si los tienes en el futuro, te sugiero que vayas directamente al Consulado y los inscribas al nacer (si mal no recuerdo, a las 48 hrs del nacimiento puedes hacerlo) y, cuando salgas del hospital, te los lleves de paseo al Consulado y les solicites el pasaporte directamente.

Darse de alta en el Registro de Matricula Consular es obligatorio para todo ciudadano español residente en el extranjero y necesario totalmente sobre todo a efectos administrativos (desde renovaciones de documentación, asistencia consular incluida la búsqueda y asistencia durante emergencias, desastres naturales, etc ..., votar, estar exento de acudir a mesas electorales en España ...) y fiscales (también de cara a la repatriación cuando se de el caso, si es que se da el caso) además de permitir estar inscrito en la bolsa de trabajo por ejemplo o en otras secciones o actividades consulares.

Si vas a vivir en Casablanca, todo será mas simple pues tus desplazamientos (consulado español incluido) se van a limitar a paseos por la ciudad ...

NOTA IMPORTANTE : Gestiones al finalizar la residencia en Marruecos

La lista es larga aunque depende de la situación de cada cual (prometo redactar un post a propósito de esto ya que quizá sea interesante dada la cantidad de expat españoles que andan por allí).

No obstante, hay dos gestiones muy importantes y obligatorias :

· darse de baja en el Registro de Matricula Consular

· Entregar en la Oficina de Aduanas la tarjeta de residencia el día en el que uno se va definitivamente del país (es decir, deja de residir habitualmente).

Si un extranjero con permiso de residencia válido deja de residir de manera definitiva en Marruecos y no realiza este trámite, mientras el permiso de residencia siga teniendo validez, seguirá siendo considerado a todos los efectos, residente en Marruecos por las autoridades de ese país por lo que si regresa en un futuro, aunque sea simplemente para pasar unos días de vacaciones, constará en la base de datos de la Policía como residente en el país por lo que deberá presentar su tarjeta de residencia junto con el pasaporte ... Aunque ya no sea "de facto" residente en el país y, lo que es mas importante, estará sujeto tanto a los derechos como a las obligaciones que, en calidad de extranjero residente, tiene.

Si un extranjero con permiso de residencia, se va definitivamente de Marruecos sin haber realizado el tramite indicado, se olvida del tema y deja caducar su permiso de residencia, podría encontrarse con la paradoja de estar "en situación ilegal en Marruecos sin estar residiendo en Marruecos", al tener un permiso de residencia que no ha sido dado de baja pero que ha caducado y no ha sido renovado, por lo que, si regresara al país en un futuro, aún y cuando fuera en unas vacaciones, podría serle negada la entrada; este caso se había dado no hace tantos años, cuando la anquilosada burocracia marroquí dependía sobre todo del papel y el boli; ahora, cuando un permiso de residencia caduca y no es renovado, normalmente el tema queda finiquitado siempre que el extranjero ya no esté en Marruecos y, si ese extranjero regresa a Marruecos en un futuro, es tratado como "no residente" y en paz (es decir, igual que un turista, los 90 días, etc, etc, etc ...)
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Jotaatar
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Austral, como siempre, es magnífica toda la información que das pero me vas a permitir matizar un punto, el del casamiento.

Como se han casado por lo civil en España, en Marruecos no están casados ni lo pueden transcribir ese matrimonio a Marruecos porque han hecho una boda civil. Para poder hacer un casamiento en España y que se pueda transcribir a Marruecos también, necesitan hacerlo coránico y en ese caso será cuando le hagan el papel de conversión al Islam. Todo esto lleva bastante tiempo y mientras no estén legalmente casados en Marruecos, tener una residencia sin un trabajo, sin tener empresa o estar casado con una marroquí, será bastante complicado.

Buen fin de semana a todos
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Buenas.... Agradaceros la información aportada por vosotros, no solo en este post, en todo lo que vas añadiendo en el día a día.
Compañero ''Joaatar'', antes de casarme por lo civil (llevo 5 años ) unos meses antes, en el consulado de Marruecos en Madrid, hice el acto de conversión al Islam, con la idea de al poco de casarme por lo civil, volver al consulado y hacerlo por el rito coránico. Por motivos laborales y personales ( incluido la vagancia )lo hemos ido dilatando hasta que casi me quema. En un par de días recogemos los certificados de nacimiento y de matrimonio traducidos al árabe ( los dos certificados cuestan 70E. ) y con el resto de documentación se llevaran al consulado a la espera de día y hora para el casamiento.

Documentación para casarse en el consulado por el rito islámico:

- Acta d matrimonio civil, traducido al árabe ( 3 copias )
- Partida de nacimiento (ambos ) y la mía traducida al árabe ( 2 copias ).
-Pasaporte y DNI. Aportamos ambos y con las fotocopias respectivas.
-Permiso de residencia. ( ella )
-Empadronamiento. ( ambos ).
-Inscripción Consular. ( ella )
-DNI de dos testigos. ( han de ser musulmanes y hombres )
- Certificado de conversión al Islam por el marido extranjero.

De todo lo presentado llevo fotocopias.

Una vez casados y espero que no se demore mucho, y antes de irme volveré a solicitar la documentación ( certificados.......incluidos el de penales ) para solicitar la residencia permanente en Marruecos.

Insisto en el agradecimiento a vosotros, al foro y al resto de compañeros que vas añadiendo aportaciones que resultan de '' GRAN AYUDA''.

Saludos.
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Hola Cozy. Dos apuntes, las fotocopias deben estar legalizadas y selladas por un notario y luego llevarlo al Ministerio de asuntos exteriores y cooperación para que te las firmen. Sin eso no tienen ninguna validez en el extranjero y son para el extranjero.

Tú podrás solicitar la residencia permanente que quieras pero te la darán por un año nada más, luego por dos y luego por tres o por cinco años pero nunca permanente. Cuando lleves una cantidad de años determinada podrás optar a solicitar la nacionalidad y perder la española puesto que no hay doble nacionalidad.

Espero que celebremos vuestra boda en Casablanca, jajaja.

Un abrazo
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jotaatar Escribió:


Tú podrás solicitar la residencia permanente que quieras pero te la darán por un año nada más, luego por dos y luego por tres o por cinco años pero nunca permanente. Cuando lleves una cantidad de años determinada podrás optar a solicitar la nacionalidad y perder la española puesto que no hay doble nacionalidad.

Un abrazo

Hola Cozy,

En Marruecos tienes dos tipos de Permiso de Residencia para extranjeros (Titres de Séjour).

El primero es la Carte de Résidence, con validez es para 10 años, al que no pueden optar todos los extranjeros porque tiene unos requisitos bastante restrictivos.

El segundo es la Carte d'Immatriculation (o CIN), el mas común entre los extranjeros, y que se ajusta a lo que te ha explicado Jotataar en lo relativo a la validez que conceden, siendo el máximo para 10 años. Este es el que tu puedes solicitar, sin mayores problemas que los burocráticos, debido a tu matrimonio con una ciudadana marroquí ...

Pero como, además, dices que tenéis casa de propiedad e indicas que quieres la "residencia permanente" (algo que no te van a dar, tal y como te ha dicho Jotaatar), se entiende que tu mujer y tu os queréis trasladar definitivamente a Marruecos (al menos, "definitivamente" cara a la Administración marroquí), por lo que, en este supuesto, el de "re-entrada a Marruecos de un expatriado marroquí", entra en juego el estatus MRE (Marroquí residente en el extranjero) de tu mujer, estatus que le otorga unos ciertos beneficios a los cuales, probablemente, tu en calidad de marido, podrías acogerte; habría que consultarlo, pero no está de mas, informarte si tu, dadas tus circunstancias, podrías tener derecho a solicitar la Carte de Résidence ....

Cuando estés en Casablanca, ve directamente a la Préfecture de Police sita en el Boulevard Zerktouni, esquina con el Boulevard Roudani (muy cerquita del Twin Center, delante de la Villa des Arts) y consulta el tema .... No tienes nada que perder ya que en cualquier caso, siempre podrás pedir la residencia acogiéndote al primer supuesto.

PD : ni se te ocurra pedir la nacionalidad marroquí ... Además, no te la van a exigir jamás aunque vivas toda tu vida en Marruecos.
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Ya no los dan para diez años, máximo para 5
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jotaatar Escribió:
Ya no los dan para diez años, máximo para 5

Si Jota, pero esto es como todo; una cosa es lo que dice la ley y otra bien diferente es como se aplica. Y hay casos y casos .....

La validez de la Carte de Résidence es de 10 años (decreto 2/09/607 del 1/04/2010, capitulo 20, complementario de la ley 02/03).
La validez de la Carte d'Immatriculation, es de 1 a 10 años, variable según circunstancias acreditadas por el extranjero (Ley 02/03, Decreto 1/03/196 del 20/11/2003, Capitulo II, artículo 10).

Ambos en vigor actualmente. Fuente : Minisiterio de Justica Gov. Maroc, Rabat.

Un saludo
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Pues en la actualidad, a pesar de lo que diga la ley a nadie le dan diez años y ahora te obligan a sacar penales porque a los súbditos marroquíes para pedir residencia en España les obligan a ello y en España a ningún marroquí ahora le dan diez años. Una especie de toma y daca, pero bueno

Un abrazo, amigo
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jotaatar Escribió:
Pues en la actualidad, a pesar de lo que diga la ley a nadie le dan diez años y ahora te obligan a sacar penales porque a los súbditos marroquíes para pedir residencia en España les obligan a ello y en España a ningún marroquí ahora le dan diez años. Una especie de toma y daca, pero bueno

Un abrazo, amigo

Ah, la bendita ley no escrita de la reciprocidad .... Mr. Green

Bref, que Cozy nos cuente dentro de unos meses, como le ha ido ....
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O que nos invite a la boda, jajaja
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jotaatar Escribió:
Hola Cozy. Dos apuntes, las fotocopias deben estar legalizadas y selladas por un notario y luego llevarlo al Ministerio de asuntos exteriores y cooperación para que te las firmen. Sin eso no tienen ninguna validez en el extranjero y son para el extranjero.

Tú podrás solicitar la residencia permanente que quieras pero te la darán por un año nada más, luego por dos y luego por tres o por cinco años pero nunca permanente. Cuando lleves una cantidad de años determinada podrás optar a solicitar la nacionalidad y perder la española puesto que no hay doble nacionalidad.

Espero que celebremos vuestra boda en Casablanca, jajaja.

Un abrazo


Saludos para todos.

Tengo una duda con lo anterior expuesto. Cuando pida el certificado de penales y lo lleve al traductor ( aquí en madrid ), me lo devuleva la copia traducida, le saco varias fotocopias y a continuación me tengo que ir a un notario de Madrid para que las legalice y a continuación al Ministerio de Exteriores para que las firmen???. Tan solo tengo que sacar las fotocopias de los penales, ya que el resto de la documentación ( fotocopias ) sería en Casablanca ( Acta de conversión, pasaporte, empadronamiento en Mokataa ( Casablanca ), etc...

Nunca he barajado la idea de aspirar a la nacionalidad Marroquí, me conformo con la residencia por 1 , 3 o los años que nos den.

La boda se celebra en el Consulado de Marruecos en Madrid, cuando aterrice en Casablanca y tenga que celebrar el casamiento, desde luego que estais invitados ambos.
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jotaatar Escribió:
Pues en la actualidad, a pesar de lo que diga la ley a nadie le dan diez años y ahora te obligan a sacar penales porque a los súbditos marroquíes para pedir residencia en España les obligan a ello y en España a ningún marroquí ahora le dan diez años. Una especie de toma y daca, pero bueno

Un abrazo, amigo


Mi mujer en el año 2013 renovó su residencia por 10 años. Es la primera de 10 años, las anteriores fueron de un año en varias, de 5 y salto a la de 10 como he dicho anteriormente.
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