Desde el día 21 de septiembre, se ha iniciado la reapertura progresiva de vuelos internacionales con destino a Colombia.
Los pasajeros pueden comprar sus billetes en las aerolíneas que operan actualmente vuelos directos entre España y Colombia.
No existen limitaciones a la entrada en Colombia de pasajeros procedentes de España. Por ello, se aplica la exención de visado para estancias inferiores a 90 días, salvo la competencia de los funcionarios de inmigración para comprobar el cumplimiento de los requisitos de entrada y autorizar el ingreso del pasajero en el país.
No obstante, todos los viajeros deben gestionar previamente el formulario CheckMig de Migración Colombia, dentro de las 24 horas previas a la salida de su vuelo.
Desde el 7 de enero, todas las personas, con independencia de su edad, deberán contar con una prueba PCR negativa para la entrada en Colombia por vía aérea. Ésta debe realizarse en un periodo no superior a las 96 horas antes del embarque. En caso de no contar con dicha prueba, se la podrá realizar en Colombia y hacer aislamiento preventivo hasta que tenga un resultado negativo o realizar un asilamiento preventivo de 14 días.
En el interior del país, no existen limitaciones de desplazamientos internos, aunque la operatividad de los aeropuertos está siendo gradual. Asimismo, para aquellos departamentos con baja tasa de contagio, podrá pedirse una prueba COVID-19.
Siguen cerradas las fronteras terrestres y fluviales con los países vecinos excepto: emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía y casos fortuitos o de fuerza mayor.
Dado que estas disposiciones pueden cambiar en función de la evolución de la pandemia en ambos países, se ruega que se consulten las fuentes oficiales
El Gobierno de Colombia estableció este lunes la entrega de una declaración de no tener el Coronavirus Covid-19 a los extranjeros que pretendan ingresar a su territorio provenientes específicamente de nueve países (...) Los filtros migratorios se aplicarán a vuelos procedentes de Italia, Corea del Sur, Irán, Japón, Alemania, España, Estados Unidos y Ecuador. Los pasajeros de esos países serán ahora sujetos a tener unos filtros adicionales en el proceso de migración para entrar a Colombia. _________________ Mi web: retratosviajeros.es Nuevos diarios de Rumanía y Uganda ya disponibles en retratosviajeros.es
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Indiana Jones Registrado: 29-01-2009 Mensajes: 1000
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Hola a todos,
Tras unos meses de batalla con Avianca y EasyFly por fin he conseguido que me devuelvan el importe de mis vuelos internos en Colombia, que fueron cancelados. Yo viajaba en Abril, inicié todo el proceso a finales de marzo y me lo acaban de devolver (unos 3 meses en total). Os dejo la información del proceso, por si alguien está en la misma situación y no sabe cómo reclamarlo.
1) Me puse en contacto con ambas compañías. Para EasyFly abrí un CUC y para Avianca un BOGWE. Vamos, reclamaciones en su sitio web.
2) Me ofrecieron bonos. Dije que no los quería. Me los enviaron igual.
3) Abrí un proceso de mediación en la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia (www.sic.gov.co/). Lo podéis abrir con el pasaporte, poniendo solo los números porque si ponéis las letras no lo coge.
4) Tuve un chat de mediación con las compañías. Nuevamente se negaron a pagar y me ofrecieron el bono.
5) Paralelamente, reclamé a mi banco ambos cargos, aportando toda esta información, para que quedara constancia.
6) Con la transcripción del chat de mediación y las correspondientes reclamaciones, puse una demanda nuevamente a través del SIC. Está todo muy bien indicado en la web.
7) Finalmente el SIC me dio la razón y las empresas tuvieron 10 días para pagarme, con eso, mi banco reclamó el pago y ya tengo el dinero.
Para reclamar me basé en el RAC (Reglamento Aeronáutico Colombiano) punto 3.10.2.13.1.
3.10.2.13.1. Cancelación, interrupción o demora
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 1882 del Código de Comercio, cuando el
viaje no pueda iniciarse en las condiciones estipuladas o se retrase su iniciación por causa
de fuerza mayor o por razones meteorológicas que afecten su seguridad, el transportador
quedará liberado de responsabilidad devolviendo el precio del billete. El pasajero podrá en
tales casos, exigir la devolución inmediata del precio total sin que haya lugar a penalidad
alguna.
Espero que os sirva de ayuda.
Saludos _________________ Mi web: retratosviajeros.es Nuevos diarios de Rumanía y Uganda ya disponibles en retratosviajeros.es
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Colombia extiende tres meses más el cierre de sus fronteras por el coronavirus
Colombia suma más de 2,25 millones de positivos de coronavirus y 59.766 fallecidos, según los datos del Ministerio de Salud tras sumar en las últimas 24 horas 3.555 nuevos casos y 106 muertos, lo que ha llevado al Gobierno a extender el cierre fronterizo al 1 de junio.
El cierre de los pasos fronterizos terrestres y fluviales del país expiraba este 1 de marzo, pero los datos epidemiológicos han llevado al Gobierno colombiano a prolongarlo tres meses más, informa Europa Press.
Ojo,son fronteras terrestres y fluviales.(que nunca han abierto tras la pandemia)
Por vía aérea desde España creo que ahora mismo se puede entrar con una PCR
exacto...es lo que había entendido yo
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Desde el 7 de enero, todas las personas, con independencia de su edad, deberán contar con una prueba PCR negativa para la entrada en Colombia por vía aérea. Ésta debe realizarse en un periodo no superior a las 96 horas antes del embarque. En caso de no contar con dicha prueba, se la podrá realizar en Colombia y hacer aislamiento preventivo hasta que tenga un resultado negativo o realizar un asilamiento preventivo de 14 días.
En el interior del país, no existen limitaciones de desplazamientos internos, aunque la operatividad de los aeropuertos está siendo gradual. Asimismo, para aquellos departamentos con baja tasa de contagio, podrá pedirse una prueba COVID-19.
Se ruega que, antes de proceder a la reserva de su pasaje de avión, consulten a su aerolínea.
Siguen cerradas las fronteras terrestres y fluviales con los países vecinos excepto: emergencia humanitaria, transporte de carga y mercancía y casos fortuitos o de fuerza mayor.
Para información de las personas que viajen a España y deban realizar una prueba PCR (RT-PCR DE COVID-19), se facilita a continuación el enlace de la página web del Ministerio de Salud de Colombia con los “Laboratorios avalados para realizar diagnóstico de SARS-COV2”:
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en las 72 horas previas a la llegada a España. El documento deberá ser el original, redactado en español y/o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico. El documento contendrá, al menos, los siguientes datos: nombre y apellidos del viajero, número de pasaporte o documento o carta nacional de identidad (que deberá coincidir con el utilizado en el Formulario de Control Sanitario), fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.
añado...supongo que habrá que conseguir también el qr aquí
www.spth.gob.es/ _________________ To look is one thing,
To see what you look at is another,
To understand what you see is a third,
To learn from what you understand is something else
But to act on what you learn Is what really matters
Sin embargo, en el MAEC sólo indica la necesidad de presentar PCR negativa. En la web de la compañía aérea tampoco indica nada de cuarentena. Es un poco lioso todo, y de todas maneras, ya sabemos que las directrices van cambiando según la situación de la pandemia, así que habrá que estar al tanto. _________________ El viajero quizás no vive mejor, pero sin duda vive más intensamente
Gracias, @Galyna . Veo que es para los vuelos llegados de Reino Unido, ¿no?
En skyscanner dicen que los vuelos desde Reino Unido están suspendidos, excepto para colombianos y residentes, a los que les exigen cuarentena.
En la web de kayak: Los viajeros que hayan llegado de forma directa o con conexión desde el Reino Unido después del 13 de diciembre serán contactados y deberán aislarse 14 días.
Yo entiendo que los que lleguen directamente desde España también.
Pero lo mejor será intentar contactar con el consulado y que lo confirme. Aunque ya sabemos que lo que hoy es sí, mañana será no, y al revés. _________________ El viajero quizás no vive mejor, pero sin duda vive más intensamente
Para el caso de España, desde el 7 de junio los viajeros vacunados de todo el mundo podrán entrar, no solo los europeos.
Existen restricciones de movilidad en algunos destinos del país dependiendo el nivel de contagio y ocupación de las Unidades de Cuidados Intensivos. Sin embargo, desde el 8 de junio, se reabrieron establecimientos comerciales y otras actividades económicas en las ciudades de Bogotá y Medellín, manteniendo todas las medidas de bioseguridad (tapabocas, distanciamiento, lavado de manos, ventilación), priorizando actividades al aire libre y controles de aforo.
Enjoy! _________________ "Un hombre ordinario siempre será ordinario, aunque viaje; un hombre de talento superior se cae a pedazos si se mantiene siempre en el mismo lugar"
Wolfgang Amadeus Mozart
* The chief danger in life is that you may take too many precautions. Alfred Adler *
* Así que desata amarras y navega alejándote de los puertos conocidos. Aprovecha los vientos alisios en tus velas. Explora. Sueña.
Indiana Jones Registrado: 08-12-2010 Mensajes: 2934
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FIN DE LA CUARENTENA para los que regresen de Colombia. Ya es oficial.
Lo pone en todos los sitios, por ejemplo.... colombia.ladevi.info/ ...bia-n33225 _________________ http://www.viajerototal.com/
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Indiana Jones Registrado: 24-07-2011 Mensajes: 2289
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Desde el próximo 14 de diciembre las personas mayores de 18 años que quieran ingresen a Colombia deberán presentar su carnet de vacunación con esquema completo, el ministro de Salud y Protección Social, Fernando Ruiz Gómez, explicó cómo funcionará esta medida de ingreso al país.
Serán dos grupos: el primero son colombianos, extranjeros residentes en Colombia y diplomáticos y sus familias; y el segundo grupo son los extranjeros que no residen en Colombia, sino que visitan el país ya sea por turismo o negocio.
Cualquiera de los dos grupos, explicó el ministro, deberá diligenciar obligatoriamente el formulario de pre-registro web de Migración Colombia con los datos de su viaje en la página de Check-Mig antes de venir a Colombia.
Además, deberán contar con su carnet de vacunación donde se evidencie que fueron vacunados al menos 14 días antes de la fecha de entrada al país y en caso de que los del primer grupo (colombianos, extranjeros residentes en Colombia y diplomáticos y sus familias) no se hayan vacunando pueden traer una prueba PCR realizada con 72 horas de anticipación y con resultado negativo.
La justificación para ser vacunados 14 días antes del vuelo es que en esto período de tiempo se logra la protección deseada con la dosis de vacuna. Si se vacuna menos 14 días antes, deberá presentar además la prueba PCR con 72 horas de anticipación y con resultado negativo.. No le vamos a prohibir la entrada a ningún colombiano residente, todos pueden entrar y, para eso, sino se han vacunado deben traer su prueba. Así funciona a la inversa cuando los colombianos otros países, nos hacemos la prueba», afirmó Ruiz Gómez.
El segundo grupo (extranjeros que no residen en Colombia sino que visitan el país por turismo u ocio) tiene que tener al menos una dosis de vacuna para poder entrar al país y tendrán que tener una prueba PCR negativa 72 horas antes.
Hola, Cuándo , dónde y cómo te piden el certificado de vacunacion? Si lo llevo en papel pero qr no lleva a ninguna web? Independientemente del pcr que sí lo llevaría bien. Gracias
El certificado lo piden como te han comentado. En el mostrador de la puerta de embarque. Nosotros lo teníamos en el móvil, y en papel por lo que pudiera pasar.
Hay que rellenar el checkmig SI o SI, desde 72 hasta 1 hora antes del vuelo (sin esto último si que no te dejan subir al avión). Recomiendo hacerlo uno o dos días antes desde casa con tranquilidad y preferiblemente en un ordenador de sobremesa.