Foro General de Viajes: Información General para Viajar: Pasaportes, visados, vacunas, información legal y sanitaria, seguros de viaje, consejos generales de viaje.
Buenas a todos,
Comento mi caso al detalle:
He sido contratado hace unos días por una empresa española para un proyecto de larga duración (unos dos años) 100% teletrabajo (y esto es clave).
Desde ese momento, tengo claro salir del país por temas personales.
Actualmente tengo como principal opción el sur de Portugal pero no descarto otros paises de Europa del este.
Mi estrategia será la de vivir de Airbnb por temporadas de uno/dos meses en cada alojamiento (he visto alojamientos por 500€/mes), y estar así los meses que hagan falta en Portugal, sea 1, 3 meses o incluso 2 años, quien sabe. Voy muy muy ligero de equipaje, así que no es problema el mudarme continuamente.
También llevo mi coche personal por el momento.
Mis preguntas son muy básicas:
1. ¿Puedo estar en el otro país en concepto de "turista" el tiempo que quiera? No voy a estar dado de alta en ningun servicio mensual ni tendre contratos de alquiler, solo los alquileres desde la plataforma de AirBnB.
2. ¿Tendré algun problema a nivel de impuestos? ¿Mi empresa tendrá que hacer algún cambio o trámite pasado un tiempo fuera de España, aunque teóricamente esté de "vacaciones" indefinidas?
3. ¿Cuanto tiempo puedo estar fuera de España con esta estrategia sin tener que registrarme en ningún lado? Y de tener que registrarme, ¿tengo que hacer algún trámite en especial?
4. Conociendo mi estrategia, ¿recomendais algún otro pais en todo el mundo, que sea más recomendable que Portugal para poder vivir por tiempo indefinido y seguir trabajando como empleado en España?
5. Si hay alguna pregunta o cuestión que me deje en el tintero, también es de agradecer si la comentan.
Sin más, espero vuestra ayuda. Muchas gracias de antemano !
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Muevo tu mensaje al foro adecuado.
Si tu empresa te permite teletrabajar al 100% y de forma permanente, tu puedes vivir donde quieras.
El problema es que te llamen a una reunión presencial para revisar el estado de tu trabajo.
En la Unión Europea tu podrías vivir donde quisieses, sin problema, mientras no uses los servicios sanitarios o sociales del país. Con la cartilla europea mas o menos podrías solventar los problemas de asistencia sanitaria.
Ahora bien como fijes tu domicilio oficial o sobre todo fiscal en uno de eso países, si que puedes (deberías) tener problemas y tiene repercusiones a nivel de derechos laborales y los puede tener para tu empresa... Y entonces a lo mejor te llaman para una "reunión" (Hacienda, la Seguridad Social o tu Empresa). _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Muevo tu mensaje al foro adecuado.
Si tu empresa te permite teletrabajar al 100% y de forma permanente, tu puedes vivir donde quieras.
El problema es que te llamen a una reunión presencial para revisar el estado de tu trabajo.
En la Unión Europea tu podrías vivir donde quisieses, sin problema, mientras no uses los servicios sanitarios o sociales del país. Con la cartilla europea mas o menos podrías solventar los problemas de asistencia sanitaria.
Ahora bien como fijes tu domicilio oficial o sobre todo fiscal en uno de eso países, si que puedes (deberías) tener problemas y tiene repercusiones a nivel de derechos laborales y los puede tener para tu empresa... Y entonces a lo mejor te llaman para una "reunión" (Hacienda, la Seguridad Social o tu Empresa).
Buenos días, respecto a lo de las reuniones, eso está todo hablado y son conscientes desde que me contrataron que mi intención es irme al extranjero una temporada, por eso no hay proble,a.
En cuanto a lo de usar los servicios del país, espero no tener que usar ninguno, a unas malas me puedo sacar un seguro médico.
En el apartado del domicilio es donde tengo más dudas, mi estrategia es ir saltando de AirBnb lo que significa que nunca estoy como residente en ningún domicilio ni dado de alta en ningún suministro, sería "alquiler vacacional" o algo por el estilo, y mi duda es si puedo estar así sin ningún problema.
Gracias por la respuesta, a ver si más compañeros pueden ayudarme con este tema.
Moderador de Zona Registrado: 09-05-2009 Mensajes: 33246
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Si continúas empadronado en España y pagas aquí tus impuestos (principalmente la Declaración de la Renta si estás obligado a hacerla) nadie se va a enterar de que no estás residiendo aquí.
Un saludo. _________________ DIARIO DE CUBA Y DE ESCOCIA
Viajar es imprescindible y la sed de viaje, un síntoma neto de inteligencia.
Enrique Jardiel Poncela
Site Admin Registrado: 29-09-2002 Mensajes: 92268
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Efectivamente si sigues empadronado y no modificas tu domicilio en España, no debe haber problema. Mucha gente no tiene ningún suministro, ni alquiler, a su nombre.
El problema solo lo tendrías si intentas darte de alta por ejemplo en un país de legislación / tratamiento fiscal más benévolos. Pero entiendo que eso no lo vas a hacer. _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Los seguros de viaje la mayoría tienen una cantidad días máximos que puedes pasar fuera del país donde resides o como se largo puede ser cada viaje
Además una vez pasas más de 180 días fuera de tu país (creo que es ese número) no se te considera residente de espana. Yo lo miraría muy bien porque a términos de hacienda estarías “defraudando” a la portuguesa por no estar pagando impuestos allí por dinero que estás recibiendo de otro país . Además espana en cualquier momento puede solicitarte que te registres en el consulado como no residente a para poder tener derechos , algo que mucha gente no hace cuando se va al extranjero (yo tarde 6 años en hacerlo pero sabía las consecuencias) y que se debería hacer nada más llegar
Dr. Livingstone Registrado: 19-09-2007 Mensajes: 5749
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Hasta un año puedes ser residente temporal. Creo que hay normativa nueva para los teletrabajadores afincados en otro país o en españa originarios de otro, pero ni idea de los detalles. Tendrás que indagar más.
Moderador de Zona Registrado: 09-05-2009 Mensajes: 33246
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nari85 Escribió:
Los seguros de viaje la mayoría tienen una cantidad días máximos que puedes pasar fuera del país donde resides o como se largo puede ser cada viaje
Además una vez pasas más de 180 días fuera de tu país (creo que es ese número) no se te considera residente de espana. Yo lo miraría muy bien porque a términos de hacienda estarías “defraudando” a la portuguesa por no estar pagando impuestos allí por dinero que estás recibiendo de otro país . Además espana en cualquier momento puede solicitarte que te registres en el consulado como no residente a para poder tener derechos , algo que mucha gente no hace cuando se va al extranjero (yo tarde 6 años en hacerlo pero sabía las consecuencias) y que se debería hacer nada más llegar
Pero es prácticamente imposible que España detecte que no está residiendo aquí al ir a un país que no necesita visado no tiene control de fronteras...
Otra cosa es lo que le convenga más o menos, pero mientras continúe empadronado, trabajando para una empresa española, cobrando su salario aquí, etc es prácticamente indetectable que este residiendo fuera. _________________ DIARIO DE CUBA Y DE ESCOCIA
Viajar es imprescindible y la sed de viaje, un síntoma neto de inteligencia.
Enrique Jardiel Poncela
Los seguros de viaje la mayoría tienen una cantidad días máximos que puedes pasar fuera del país donde resides o como se largo puede ser cada viaje
Además una vez pasas más de 180 días fuera de tu país (creo que es ese número) no se te considera residente de espana. Yo lo miraría muy bien porque a términos de hacienda estarías “defraudando” a la portuguesa por no estar pagando impuestos allí por dinero que estás recibiendo de otro país . Además espana en cualquier momento puede solicitarte que te registres en el consulado como no residente a para poder tener derechos , algo que mucha gente no hace cuando se va al extranjero (yo tarde 6 años en hacerlo pero sabía las consecuencias) y que se debería hacer nada más llegar
Pero es prácticamente imposible que España detecte que no está residiendo aquí al ir a un país que no necesita visado no tiene control de fronteras...
Otra cosa es lo que le convenga más o menos, pero mientras continúe empadronado, trabajando para una empresa española, cobrando su salario aquí, etc es prácticamente indetectable que este residiendo fuera.
Si. Aunque solo necesitas cometer un fallo para que te pillen y te toque pagar (hablo por experiencia). A parte que como he dicho una vez sales fuera de espana más de 180 días se supone que tienes que registrarte en el cónsul donde vayas a residir como español no residente (hasta un año) de para que puedas estar exento de ciertas cosas o que tengas derechos . El seguro médico pocos van a ofrecerte el que vivas en el extranjero todo el año , y la tarjeta sanitaria europea está muy bien si solo te toca ir una vez al médico pero si te toca ir más veces ... Puede que te pillen por ahí.
Esto es como todo , por una parte está lo legal y por otra está lo que hace la gente.
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nari85 Escribió:
Si. Aunque solo necesitas cometer un fallo para que te pillen y te toque pagar (hablo por experiencia). A parte que como he dicho una vez sales fuera de espana más de 180 días se supone que tienes que registrarte en el cónsul donde vayas a residir como español no residente (hasta un año) de para que puedas estar exento de ciertas cosas o que tengas derechos . El seguro médico pocos van a ofrecerte el que vivas en el extranjero todo el año , y la tarjeta sanitaria europea está muy bien si solo te toca ir una vez al médico pero si te toca ir más veces ... Puede que te pillen por ahí.
Esto es como todo , por una parte está lo legal y por otra está lo que hace la gente.
No se comete ninguna ilegalidad por residir en el extranjero. Lo de los 180 días que yo sepa es solo para considerarte que resides fuera de España o dentro, sobre todo a efectos fiscales. Hacienda no te va a poner nunca un reparo por declarar tus ingresos en España.
El conflicto surge cuando tú utilizas de forma reiterada los servicios públicos de otro país (sanidad o servicios sociales) entonces el otro país te podría exigirque te dieses de alta puesto que estás utilizando sus servicios incurriendo en gastos para ellos, pero si tampoco los usa no debería haber ningún problema.
Entre España y Portugal, o entre España y Francia la frontera es permeable. No existe ningún control. No es el caso británico o el de Andorra.
Es más yo conozco casos gente que se ha ido a vivir al Caribe, pero mientras sigas pagando Hacienda y seguridad social en España, a España le da exactamente igual. Al contrario es positivo porque no hace gasto de servicios, pero sigue pagando impuestos. _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
No se comete ninguna ilegalidad por residir en el extranjero. Lo de los 180 días que yo sepa es solo para considerarte que resides fuera de España o dentro, sobre todo a efectos fiscales. Hacienda no te va a poner nunca un reparo por declarar tus ingresos en España.
No claro que vivir en el extranjero no es ninguna ilegalidad. Los 183 días es para efectos fiscales. Hacienda igual no te pone pegas ... Es la hacienda portuguesa la que te puede poner problemas por no estar pagando los correspondientes impuestos. El forero quiere evitar fijar su residencia en Portugal por x razón y es lo que le indico que se informe que sea legal, como he dicho tenemos la “obligación” de registrarnos en el cónsul una vez salimos de espana y fijamos residencia en otro país (el para evitarlo va a utilizar Airbnb ).
Esto es lo que dice el cónsul español en oporto
Quote::
Para una estancia en Portugal que no sea meramente turística y con vistas a establecerse en el país (estancia superior a tres meses) deberá empadronarse
Si viene a residir a Portugal y trae consigo su vehículo, recuerde que la regla general es que los vehículos deben estar matriculados en el lugar de residencia habitual. Para los trámites correspondientes deberá dirigirse al servicio de Aduanas (Alfândegas) que corresponda a su localidad de residencia en Portugal.
De nuevo que la gente no se registre (yo tarde 6 años en hacerlo pero pagaba impuestos en el lugar donde resido y no en espana ) no significa que no sea lo que deberíamos hacer. El tener fijada la residencia en espana y no notificarlo a espana hace que en cualquier momento nos puedan llamar para cualquier cosa y no nos podamos negar ir (juicios populares , mesas de elecciones)
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nari85 Escribió:
No claro que vivir en el extranjero no es ninguna ilegalidad. Los 183 días es para efectos fiscales. Hacienda igual no te pone pegas ... Es la hacienda portuguesa la que te puede poner problemas por no estar pagando los correspondientes impuestos. El forero quiere evitar fijar su residencia en Portugal por x razón y es lo que le indico que se informe que sea legal, como he dicho tenemos la “obligación” de registrarnos en el cónsul una vez salimos de espana y fijamos residencia en otro país (el para evitarlo va a utilizar Airbnb ).
Esto es lo que dice el cónsul español en oporto
Quote::
Para una estancia en Portugal que no sea meramente turística y con vistas a establecerse en el país (estancia superior a tres meses) deberá empadronarse
Si viene a residir a Portugal y trae consigo su vehículo, recuerde que la regla general es que los vehículos deben estar matriculados en el lugar de residencia habitual. Para los trámites correspondientes deberá dirigirse al servicio de Aduanas (Alfândegas) que corresponda a su localidad de residencia en Portugal.
De nuevo que la gente no se registre (yo tarde 6 años en hacerlo pero pagaba impuestos en el lugar donde resido y no en espana ) no significa que no sea lo que deberíamos hacer. El tener fijada la residencia en espana y no notificarlo a espana hace que en cualquier momento nos puedan llamar para cualquier cosa y no nos podamos negar ir (juicios populares , mesas de elecciones)
Efectivamente es la hacienda portuguesa la que te lo podría exigir (como hemos dicho es el segundo país el que podría pedirte registrarte si intentas usar de forma reiterada sus servicios sociales o seguridad social), pero en el caso de Portugal es poco probable si lo usas ocasionalmente y evidentemente en ese caso, se tendría que mudar de país. Ellos (Portugal) son también conscientes de que la exigencia, es perder al residente con una alta probabilidad de no ingresar nada.
Los conflictos con las "haciendas" surgen cuando intentas cambiar tu domicilio fiscal a otro país... O dentro del tuyo a otra comunidad autónoma donde exista un régimen fiscal diferente. Pero de los puntos que preestableció el usuario al comienzo de la conversación, lo que se desprendía que no buscaba un régimen fiscal más favorable (el portugués). En ese caso no sería un análisis para un foro de viajes, sino para una asesoría fiscal y laboral.
Sobre juicios populares, no se, pero no conozco nadie que la haya llamado para eso. Elecciones se puede subsanar pidiendo el voto por correo.
En todo caso seria un mal menor y poco probable, si se tiene que desplazar porque se le haya olvidado pedirlo o porque te llamen para algo, pero muchos de los tramites habituales, se pueden hacer online.
No olvidemos que si vives en una zona de España y tienes tu empadronamiento en otra comunidad autónoma (cosa no tan extraña) tendrías los mismos inconvenientes o más. Irse a Portugal, Italia o Francia de forma provisional, no es lo mismo que irte a Sudáfrica o a Estonia. Por supuesto, siempre que no hagas uso reiterado de servicios sociales (normalmente Sanidad), porque en ese caso el otro país si tiene mucho que decir, y que no exista un control efectivo sobre las fronteras. _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Última edición por Spainsun el Dom, 13-12-2020 20:26, editado 1 vez
Efectivamente es la hacienda portuguesa la que te lo podria exigir (como hemos dicho es el segundo país el que podría pedirte registrarte si intentas usar de forma reiterada sus servicios sociales o seguridad social), pero en el caso de Portugal es poco probable si lo usas ocasionalmente y evidentemente en ese caso, se tendría que mudar de país. Ellos (Portugal) son también conscientes de que la exigencia, en una caso como este, es perder al residente con una alta probabilidad de no ingresar nada.
Los conflictos con las "haciendas" surgen cuando intentas cambiar tu domicilio fiscal a otro país... O dentro del tuyo a otra comunidad autónoma donde exista un régimen fiscal diferente. Pero de los puntos que preestableció el usuario al comienzo de la conversación, lo que se desprendía que no buscaba un régimen fiscal más favorable (el portugués). En ese caso no sería un análisis para un foro de viajes, sino para una asesoría fiscal y laboral.
Sobre juicios populares, no se, pero no conozco nadie que la haya llamado para eso. Elecciones se puede subsanar pidiendo el voto por correo.
En todo caso seria un mal menor y poco probable, si se tiene que desplazar porque se le haya olvidado pedirlo o porque te llamen para algo, pero muchos de los tramites habituales, se pueden hacer online.
No olvidemos que si vives en una zona de España y tienes tu empadronamiento en otra comunidad autónoma (cosa no tan extraña) tendrías los mismos inconvenientes o más. Irse a Portugal, Italia o Francia de forma provisional, no es lo mismo que irte a Sudáfrica o a Estonia. Por supuesto, siempre que no hagas uso reiterado de servicios sociales (normalmente Sanidad), porque en ese caso el otro país si tiene mucho que decir, y que no exista un control efectivo sobre las fronteras.
Solicitar el Voto por correo no te quita de estar en mesa. Sino todo el mundo lo pediría.
El forero ha dicho Portugal o países del este. De Portugal seguramente se puede volver fácilmente. De otros países (y más en la situación actual) no tan fácil.
Yo me limito a contestarle sobre lo que se a lo que pregunta el forero en su pregunta inicial
Quote::
Puedo estar en el otro país en concepto de "turista" el tiempo que quiera? No voy a estar dado de alta en ningun servicio mensual ni tendre contratos de alquiler, solo los alquileres desde la plataforma de AirBnB.
2. ¿Tendré algun problema a nivel de impuestos? ¿Mi empresa tendrá que hacer algún cambio o trámite pasado un tiempo fuera de España, aunque teóricamente esté de "vacaciones" indefinidas?
3. ¿Cuanto tiempo puedo estar fuera de España con esta estrategia sin tener que registrarme en ningún lado? Y de tener que registrarme, ¿tengo que hacer algún trámite en especial?
Legalmente son 183 días. Otra cosa es que los que vivimos en el extranjero no lo hagamos. Aunque la mayoría cobramos y pagamos impuestos en el país donde residimos ergo no tenemos problemas sobre sanidad.
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nari85 Escribió:
Solicitar el Voto por correo no te quita de estar en mesa. Sino todo el mundo lo pediría.
El forero ha dicho Portugal o países del este. De Portugal seguramente se puede volver fácilmente. De otros países (y más en la situación actual) no tan fácil.
Yo me limito a contestarle sobre lo que se a lo que pregunta el forero en su pregunta inicial
Quote::
Puedo estar en el otro país en concepto de "turista" el tiempo que quiera? No voy a estar dado de alta en ningun servicio mensual ni tendre contratos de alquiler, solo los alquileres desde la plataforma de AirBnB.
2. ¿Tendré algun problema a nivel de impuestos? ¿Mi empresa tendrá que hacer algún cambio o trámite pasado un tiempo fuera de España, aunque teóricamente esté de "vacaciones" indefinidas?
3. ¿Cuanto tiempo puedo estar fuera de España con esta estrategia sin tener que registrarme en ningún lado? Y de tener que registrarme, ¿tengo que hacer algún trámite en especial?
Legalmente son 183 días. Otra cosa es que los que vivimos en el extranjero no lo hagamos.
Lo de los 183 días va a ser Portugal quien te lo exija, no España. Y por motivos prácticos no es probable que lo haga: llevarían las de perder.
Por supuesto no es lo mismo Portugal que Estonia (aunque sea miembro de la UE), como hemos dicho. Allí posiblemente tuviésemos otros inconvenientes que harían poco práctico el desplazarse (a lo mejor tampoco Madeira o Azores donde si que habría un control efectivo de entrada y salida). Son especialmente delicadas Andorra, Gibraltar o Marruecos, por cerquita que estén.
Por eso he puesto los casos de países limítrofes y sin control de tránsito (con facilidad de desplazamiento en caso de necesidad): Portugal, Francia, Italia...
Es cierto que que haber pedido el voto por correo no te exime, pero te permite dar fuerza a tu alegación. En todo caso, si has pedido el voto por correo desde Estonia y alegas que tienes una reserva de alojamiento en Estonia (demostrable por escrito) para la fecha de las elecciones, es retorcido que no acepten tu alegación. Lo mismo que si tienes un viaje a Tanzania contratado desde hace meses, el mismo contrato te valdría para alegar. El daño de exigir su presencia seria muy elevado y no creo que la mesa que revise las alegaciones, este por hacer ese daño.
Sin embargo, si dices que no puedes ir porque estas en Portugal, lo mismo se lo plantean y te obligan a hacer la "visita". Yo lo veo un riesgo asumible si deseas vivir en otro país.
El tema del teletrabajo es que te da mucha libertad de residencia física, pero no olvidemos que los impuestos (parte) y la seguridad social (la mayor parte) los paga la empresa y a esta no le da igual pagarlos donde tu quieras y por eso te va a exigir que mantengas una residencia "oficial" aquí (aunque físicamente estés donde te apetezca). _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
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Como caso práctico, conozco alemanes o franceses que viven en España y "trabajan" en sus respectivos países. La empresa mientras paguen sus impuestos y sigan oficialmente residiendo en su país, no ponen pegas.
Las haciendas y seguridades sociales alemanas o francesas, no ponen pegas mientras sigan pagando allí.
Y la española no lo pone, porque no puedes ponerle puertas al campo.
El problema no es ir una o dos veces al médico de la seguridad social (como tampoco lo es ir circunstancialmente a la seguridad social alemana siendo residente en España). El problema lo crearías si fueses de forma reiterada porque incurrirías en un gasto. No pueden justificar ir a vacunarse en España, ni un residente español en Alemania.
No creo que sean "inmigrantes ilegales", sino que es una anomalía legal.
En resumen, tienen que renunciar a los derechos de ser "residente", pero a cambio disfrutan del sol de España. Hay que poner los pros y contras en una balanza. _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Igual a @DaniCaoma le interesa (aunque pilla algo más lejos de lo que preveía seguramente). _________________ Mis diarios: Austria en Coche / Olhao (Portugal) / 10 días en NY / 3 Noches en Roma con una niña / 3 días en Praga. Mis tips: Pego Do Inferno en Tavira / Eisriesenwelt / Avios Iberia / Groupon
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Enjoy! _________________ "Un hombre ordinario siempre será ordinario, aunque viaje; un hombre de talento superior se cae a pedazos si se mantiene siempre en el mismo lugar"
Wolfgang Amadeus Mozart
* The chief danger in life is that you may take too many precautions. Alfred Adler *
* Así que desata amarras y navega alejándote de los puertos conocidos. Aprovecha los vientos alisios en tus velas. Explora. Sueña.
Nomad List — Best Places for a Digital Nomad to Live
[Nomad List: los mejores lugares para que viva un nómada digital] nomadlist.com/
Excelente fuente de información, que califica cada localidad con puntaje por rubros.
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