Indemnización por cambio en los vuelos ✈️ Foro Derechos legales del Viajero


#1:  Indemnización por cambio en los vuelos  Autor: Agni_Mani Enlaces Publicado: Mie, 17-05-2006 16:46
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Del Boletín de la OCU, 2ª quincena de mayo:

Indemnización por cambio de vuelos

En febrero de 2004, P.M., de Castellón, se fue una semana de viaje a Egipto “todo incluido”: vuelos, excursiones, barco, traslados, etc. Al contratar el viaje en la agencia Transrutas, le dijeron que los vuelos se realizarían con la compañía Air Cairo, cosa que no fue cierta, ya que en el Aeropuerto del Prat (Barcelona) embarcó en un avión de la compañía A.M.C. La vuelta estaba prevista para el día 23 a las 10h30, con llegada a Barcelona a las 14h; P.M. Compró un billete de tren para volver desde Barcelona a Castellón el día 23 a las 17 h.
La noche del 22, el representante de Transrutas en El Cairo le anunció que su vuelo de las 10h30 pasaba a las 17 h, y pretendía que P.M. Viajara en otro vuelo, vía Madrid, con llegada a Barcelona a las 21 horas. Dado que a esa hora no había combinación para ir a Castellón, le ofreció la posibilidad de pasar la noche en un hotel, pero esa solución no le servía, pues al día siguiente tenía compromisos laborales a los que no podía faltar.
A petición del representante de Transrutas, el mismo día 23 por la mañana P.M. Tuvo que explicar por escrito a la compañía Egipt Air los motivos por los que quería viajar en su compañía y no en la que tenía asignada. P.M., que se puso muy nerviosa, expuso lo que ya había dicho, pagó de su bolsillo los 600 euros que costaba el billete y se fue al aeropuerto a esperar cerca de 4 horas para que le confirmaran si la compañía le daba asiento en el vuelo. Al final pudo volar saliendo de El Cairo a las 13h45 con llegada a Barcelona a las 18 horas. A esa hora tuvo que comprar otro billete de tren para poder llegar a su casa.
P.M. Presentó una denuncia en la agencia y pidió que le devolvieran el dinero del billete de avión más el de tren que no pudo utilizar, en total, 627,15 euros. Transrutas se negó a devolver el dinero alegando que el contrato puntualiza que “el transportista no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces”. Sin embargo, en su caso no hubo ni enlaces ni escalas, eran vuelos directos.
P.M. Recurrió a la Asesoría Jurídica de la OCU para que iniciara una mediación entre las partes. A pesar de que Transrutas recibió 2 cartas enviadas desde la Asesoría, no respondió a ninguna, por lo que no hubo forma de llegar a ninguna solución amistosa. En diciembre de 2004 comunicamos a nuestra socia la situación y le indicamos los caminos por los que podía reclamar la devolución del dinero. P.M. Optó por presentar una demanda en un Juzgado de Primera Instancia de Valencia y el 20 de junio de 2005 vio su demanda satisfecha: Transrutas ingresó en su cuenta el total del importe reclamado.





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