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Legislacion-Derecho Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida ✈️ Foro Denuncias o Malas Experiencias ✈️


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Muzungu
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¡¡TOMA YA!!
La sentencia disponible en el blog creado a tal efecto: https://demandaiberia.blogspot.com/
Como me mola eso de "debemos condenar y condenamos"... Música para mis oídos.

También pondré el escrito de demanda (me falta editarlo para quitar mis datos) por si alguien le pasa lo mismo. YA SON DOS SENTENCIAS CONDENATORIAS POR LA MISMA PRÁCTICA (que yo conozca)

La jueza del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca ha fallado a nuestro favor. La sentencia condena a Iberia a pagarnos la cantidad reclamada (los billetes que tuvimos que volver a comprar y el coste de las llamadas telefónicas) más los intereses acumulados desde la fecha de la primera reclamación extrajudicial la cual que hicimos vía OMIC del Ayuntamiento de Palma en Agosto de 2008.

De forma muy similar a la sentencia anterior del juzgado de Bilbao la argumentación de la jueza es la siguiente:

1- EN LA FORMA: la cláusula con la que Iberia dice haber avisado al comprador de que se cancelará la vuelta en caso de no usar la ida no está claramente indicada ya que no aparece de forma explícita en los billetes enviados por email. Además aunque Iberia dice que se indica en las preguntas frecuentes de su web y en las condiciones que hay que aceptar antes de comprar el billete, Iberia no ha probado de forma alguna de que el comprador se ha enterado de forma efectiva y son ellos los que han de "soportar la carga de la prueba", cito textualmente.

2- EN EL FONDO: la cláusula es declarada NULA DE PLENO DERECHO. Iberia se niega a prestar el servicio debido sin causa que lo justifique mientras que el usuario -que ya ha pagado y cumplido con su parte- queda indefenso. Aunque Iberia alega que los billetes ida y vuelta se venden como paquete a un precio inferior que sueltos, esto son políticas comerciales suyas que no conciernen al usuario y no una razón suficiente para negarse a prestar el servicio debido.

Pues hala, ánimo y a reclamar si os pisan, que algo de justicia hay en este país pero hay que mojarse el culo.

Salud,

Dani
Ir arriba ¡¡TOMA YA!! La sentencia disponible en el blog creado a tal efecto: Como me mola eso de debemos condenar y condenamos ... música para mis... Muzungu Compartir:
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Spainsun
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Muy interesante esta información.

A mi también me parecio siempre una clausula abusiva, esa de qeu si no te presentas a la ida ya no tienes derecho a la vuelta. Nunca le vi justificación.

Lo mismo que no tiene justificación la excusa de Iberia (y de otras líneas) de que "un trayecto suelto valga mas que uno de ida y vuelta".

Enhorabuena, Muzungu.
_________________
Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Ir arriba Muy interesante esta información. A mi tambien me parecio siempre una clausula abusiva, esa de qeu si no te presentas a la ida ya no... Spainsun Leer Mi Diario(7 Diarios de Viajes) 1776 Fotos Compartir:
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Venezia22
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Enhorabuena!! Creo que ha sido un logro importante. A ver si las demás compañías hacen lo mismo!!!
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1997-1998 OXFORD-LONDRES
1999 MALLORCA
2002 ROMA Y FLORENCIA
2004 TENERIFE NORTE
2005 IBIZA
2006 TOLEDO, PINEDA DE MAR, BURDEOS, AMSTERDAM
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Indiana Jones

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Enhorabuena Aplausos Aplausos Aplausos Pero mucho me temo que Iberia seguirá en sus trece (como casi nadie reclama) Trist Trist Trist pero está claro que tu sentencia seguro que anima a más de uno a no callarse y reclamar Aplausos Aplausos

Muchas gracias por compartir tu experiencia, seguro que nos ayudará en el futuro a más de uno.

Saludos Amistad
Ir arriba Enhorabuena Pero mucho me temo que Iberia seguirá en sus trece (como casi nadie reclama) pero está claro que tu sentencia seguro que... Alik Leer Mi Diario(1 Diarios de Viajes) Compartir:
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Jotape
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Enhorabuena y ánimo a los demás cuyos derechos sean pisoteados por empresas, sean de viajes o e cualquier otra índole
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PUNTA CANA JULIO 2008
LONDRES OCTUBRE 2008
RECORRIDO POR VALENCIA
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Ir arriba Enhorabuena y ánimo a los demás cuyos derechos sean pisoteados por empresas, sean de viajes o e cualquier otra índole Jotape Leer Mi Diario(5 Diarios de Viajes) 32 Fotos Compartir:
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Willy Fog

Willy Fog
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ENHORABUENA!!!!!! Aplausos Aplausos Aplausos Aplausos Aplausos
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Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta hoy en dia...tu tan solo tardas 20 segundos en escribir un post : no destroces en tan poco tiempo lo que tantos siglos ha costado crear"Administradores y Moderadores de "Los Viajeros"

MI DIARIO DE TAI, por fin terminado!!!!!!!! https://www.losviajeros.com/Blogs.php?u=2431[/url]

Mi diario de Peru en construccion
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Super Expert

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¡Felicidades! Ahora los billetes de ida y vuelta valdrán casi tanto como la suma de ambos trayectos por separado. Guiño
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El lugar más misterioso del mundo es tu corazón; el más peligroso, tu cabeza; el más lejano, hace un segundo...
Ir arriba ¡Felicidades! Ahora los billetes de ida y vuelta valdrán casi tanto como la suma de ambos trayectos por separado. AgenteSmart Compartir:
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Spainsun
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AgenteSmart Escribió:
¡Felicidades! Ahora los billetes de ida y vuelta valdrán casi tanto como la suma de ambos trayectos por separado. Guiño

Es lo correcto, ¿no?

¿O es que tiene mas sentido que te cobren mas por un trayecto, que por dos?

¿En función de que extraña logica si yo no quiero o no puedo utilizar una parte de un servicio tengo que renunciar a todo el servicio que he pagado?

¿Seria normal que si me siento en un restaurante y pido el menu, pero me dejo el primero... El camarero decida que me quedo sin segundo y postre?

Si yo pago el menú completo, tengo derecho a dejarme el primero, el segundo... O el postre.
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Viruss
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AgenteSmart Escribió:
¡Felicidades! Ahora los billetes de ida y vuelta valdrán casi tanto como la suma de ambos trayectos por separado. Guiño

No creo que hagan eso, seguiran aplicando la norma del no show como siempre, pero en caso de que se llegue a juicio los precedentes ayudan a los demandantes.
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Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta hoy en día... tú tan solo tardas 20 segundos en escribir un post: no destroces en tan poco tiempo lo que tantos siglos ha costado crear. Administradores y Moderadores de "Los Viajeros"
Ir arriba No creo que hagan eso, seguiran aplicando la norma del no show como siempre, pero en caso de que se llegue a juicio los precedentes... Viruss Compartir:
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Muzungu
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spainsun, jaja ese mismo ejemplo es exactamente el que le puse a la jueza en la vista.

AgenteSmart: pues no sé, es un tema de ellos que a los usuarios nos importa un pimiento, que pongan el mejor precio que puedan y nosotros haremos lo que queramos con los billetes. A mi no me interesan sus rollos al igual que a ellos no les interesan los míos. No creo que por la posibilidad de obtener un supuesto precio más ventajoso debamos renunciar a nuestros derechos conferidos por ley, ese es un camino muy peligroso. Vamos, que por esa regla de 3 si me venden un vuelo baratísimo ¿debo aceptar que me lleven en la bodega de carga como un animal? ¿o en un avión que no cumpla las medidas de seguridad? Este es el rumbo que lleva RyanAir siempre empujando los límites de lo permitido y moviéndose en la zona gris pero hay que dejar claro que las normas son las normas y para todos.

viruss: bueno ahora con la resaca de la "euforia por la victoria", veo que realmente es una derrota muy barata para Iberia. Solamente ha de devolvernos el importe de los segundos billetes y los intereses. No ha habido costas ya que fuimos sin abogado y no pedimos indemnización por cancelación indebida lo cual la jueza menciona en la sentencia:
Los actores no reclaman ningún importe por cancelación indebida (y ello pese a que la normativa internacional recoge indemnizaciones para supuestos de cancelaciones sin causa) ni por daños morales. [sic.]
Creo que se refiere al Reglamento europeo 261/2004 que en su momento no ví muy claro como usar en mi caso aunque para la próxima vez creo que ya sé como hacerlo.

Así que Iberia y las demás que aplican esta cancelación automática seguirán haciéndolo, de momento les sale rentable hacerlo ya que casi nadie reclama y quién no acuda a la vía judicial pues seguramente no verá un duro. Ahora bien, si reclamas, tienes ya por lo menos dos sentencias a tu favor lo cual allana muchísimo el camino.
Realmente no sé que mecanismo tiene el estado o la sociedad para impedir que, una vez establecido que una práctica realizada por una empresa no es legal, obligar a esta a dejar de practicarla. Supongo que tendría que ser un organismo público con competencias en la materia quién sancionase a Iberia por persistir en la ilegalidad o como se pueda llamar. También alguna organización de consumidores podría plantear algún tipo de acción legal para evitarlo pero la mies es mucha y los obreros pocos.

Salud
Ir arriba spainsun , jaja ese mismo ejemplo es exactamente el que le puse a la jueza en la vista. AgenteSmart : pues no sé, es un tema de ellos que... Muzungu Compartir:
Enlaces Asunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar  Publicado: Responder citando

Muzungu
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Vuelve a ser noticia, no sé muy bien por qué. Esta vez ha sido vía Agencia EFE y Europa Press a partir de comunicados de organizaciones de consumidores FACUA, FUCI y OCU todos muy satisfechos y alegrándose, a toro pasado... Claro.

Mi experiencia con la OCU fue penosa, no me ayudaron nada cuando les solicité un poco de asesoramiento sobre el tema. Al carro ganador todo el mundo se apunta, je, je. Mr. Green

ABC: Iberia condenada por cancelar un billete por no usar el trayecto de ida

Cinco días Condenan a Iberia a pagar 407 euros a dos pasajeros tras cancelarles un billete de vuelta

Diario de Mallorca Los consumidores esperan que las compañías dejen de abusar en los vuelos ida y vuelta

Diario Montañes: Consumidores esperan que las compañías dejen de abusar en vuelos ida y vuelta

Eleconomista.es : Los consumidores esperan que las compañías dejen de abusar en los vuelos de ida y de vuelta

Y tropecientos más que se alimentan de la misma fuente. Los pongo para que San Google lo enlace y dé más peso a esta página, así si alguien busca información sobre este tema acabará tarde o temprano aquí.

https://demandaiberia.blogspot.com/
Ir arriba Vuelve a ser noticia, no sé muy bien por qué. Esta vez ha sido vía Agencia EFE y Europa Press a partir de comunicados de organizaciones... Muzungu Compartir:
Enlaces Asunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida  Publicado: Responder citando

Nac88
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Buenas muzungu,

Necesito información sobre como llevar a juicio a una companía aérea, o me sería de mucha utilidad tu escrito contra iberia, puesto que quiero demandar por este mismo hecho...
, tuve que pagarme 400 euros por un billete de vuelta que me cancelaron sin ningun aviso, porque no use el billete de ida.
Ir arriba Buenas muzungu, Necesito información sobre como llevar a juicio a una companía aérea, o me sería de mucha utilidad tu escrito contra... Nac88 Compartir:
Enlaces Asunto: Re: ¡¡¡¡¡¡HEMOS GANADO!!!!!  Publicado: Responder citando

Xavi1234
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muzungu Escribió:
¡¡TOMA YA!!
La sentencia disponible en el blog creado a tal efecto: https://demandaiberia.blogspot.com/
Como me mola eso de "debemos condenar y condenamos"... Música para mis oídos.

También pondré el escrito de demanda (me falta editarlo para quitar mis datos) por si alguien le pasa lo mismo. YA SON DOS SENTENCIAS CONDENATORIAS POR LA MISMA PRÁCTICA (que yo conozca)

La jueza del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca ha fallado a nuestro favor. La sentencia condena a Iberia a pagarnos la cantidad reclamada (los billetes que tuvimos que volver a comprar y el coste de las llamadas telefónicas) más los intereses acumulados desde la fecha de la primera reclamación extrajudicial la cual que hicimos vía OMIC del Ayuntamiento de Palma en Agosto de 2008.

De forma muy similar a la sentencia anterior del juzgado de Bilbao la argumentación de la jueza es la siguiente:

1- EN LA FORMA: la cláusula con la que Iberia dice haber avisado al comprador de que se cancelará la vuelta en caso de no usar la ida no está claramente indicada ya que no aparece de forma explícita en los billetes enviados por email. Además aunque Iberia dice que se indica en las preguntas frecuentes de su web y en las condiciones que hay que aceptar antes de comprar el billete, Iberia no ha probado de forma alguna de que el comprador se ha enterado de forma efectiva y son ellos los que han de "soportar la carga de la prueba", cito textualmente.

2- EN EL FONDO: la cláusula es declarada NULA DE PLENO DERECHO. Iberia se niega a prestar el servicio debido sin causa que lo justifique mientras que el usuario -que ya ha pagado y cumplido con su parte- queda indefenso. Aunque Iberia alega que los billetes ida y vuelta se venden como paquete a un precio inferior que sueltos, esto son políticas comerciales suyas que no conciernen al usuario y no una razón suficiente para negarse a prestar el servicio debido.

Pues hala, ánimo y a reclamar si os pisan, que algo de justicia hay en este país pero hay que mojarse el culo.

Salud,

Dani

Enhorabuena!!! Aplausos

Hoy mismo me encuentro en la misma situación pero con un billete de AirEuropa. Mi mujer acaba de quedarse en el aeropuerto de Palma porque la comañia le ha cancelado la vuelta al no utilizar la ida!!!!

Por eso, querria saber como lo hiciste y te agradeceria mucho que aportaras al blog el escrito, anonimizado, que utilizastes contra Iberia, puesto que quiero demandar por este mismo hecho...

Gracias
Ir arriba Enhorabuena!!! Hoy mismo me encuentro en la misma situación pero con un billete de AirEuropa. Mi mujer acaba de quedarse en el aeropuerto... Xavi1234 Compartir:
Enlaces Asunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida  Publicado: Responder citando

Muzungu
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Hola,

Ok, no hay problema. Busco el texto y lo pongo en cuanto pueda. Es que acabo volver de viaje por Africa y estoy un poco liado. Tened un poco de paciencia. De todas formas el procedimiento judicial yo lo dejaría para la última instancia. Primero reclamar vía la OMIC de vuestro ayuntamiento. En Palma yo lo pude hacer por internet, luego ellos te envían por correo normal el resguardo del inicio del expediente. Esto es importante porque queda constancia de la fecha de la primera reclamación. Si luego llegas a juicio y ganas el juez ordenará aplicar el interés de demora desde la primera reclamación extrajudicial.
Ir arriba Hola, Ok, no hay problema. Busco el texto y lo pongo en cuanto pueda. Es que acabo volver de viaje por Africa y estoy un poco liado... Muzungu Compartir:
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Muzungu
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Hala, ya está subido el documento de mi escrito de demanda. Lo encontraréis en mi pequeño pero combativo blog: https://demandaiberia.blogspot.com/

Suerte y que os vaya bien, hay que darles caña hasta que dejen de abusar de la gente.

Si tenéis alguna duda pues pasadla por aquí he intentaré resolverla lo mejor posible siempre teniendo en cuenta que no soy abogado.

Salud
Ir arriba Hala, ya está subido el documento de mi escrito de demanda. Lo encontraréis en mi pequeño pero combativo blog: Suerte y que os vaya bien... Muzungu Compartir:
Enlaces Asunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar  Publicado: Responder citando

Muzungu
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Un par de cosas que se me olvidavan por si os decidís a presentar la demanda:

1- La dirección de la empresa demandada: lo óptimo es presentar la demanda en la ciudad donde la empresa tenga su sede o una sucursal y poner en el escrito como dirección de la misma la dirección de dicha sucursal o sede. Si la empresa no tiene una sucursal ahí, utilizad la dirección de sus oficinas (o del mismo mostrador de venta de billetes) del aeropuerto de dicha ciudad.

2- Jurisprudencia: además de la sentencia anterior 384/2008 del juzgado de Bilbao que yo cito, citad también la sentencia de mi demanda -la nº 662/09 del juzgado de lo mercantil nº 2 de Palma de M.- así ya son dos sentencias a vuestro favor (creo que si leéis atentamente la sentencia del caso de Bilbao que reseño en mi blog me parece que también allí hace mención a su vez de otra sentencia anterior). Utilizad la fórmula que uso en mi escrito: "Sin perjuicio de la valoración jurídica que realice SSª, la propias sentencias nº ETC del juzgado ETC y la nº ETC del juzgado ETC y en dos casos sustancialmente idénticos al que nos ocupa consideran nula de pleno derecho este tipo de cláusula y adjuntad una copia de cada sentencia citada como documentos nº tal y tal (yo no lo hice y la jueza me preguntó en el juicio, por suerte llevaba una copia, así se le ahorras el trabajo pero aceleras las cosas).

(SSª: abreviatura de Su Señoría, que son un poco tiquismiquis estos jueces...)


muzungu Escribió:
Hala, ya está subido el documento de mi escrito de demanda. Lo encontraréis en mi pequeño pero combativo blog: https://demandaiberia.blogspot.com/

Suerte y que os vaya bien, hay que darles caña hasta que dejen de abusar de la gente.

Si tenéis alguna duda pues pasadla por aquí he intentaré resolverla lo mejor posible siempre teniendo en cuenta que no soy abogado.

Salud
Ir arriba Un par de cosas que se me olvidavan por si os decidís a presentar la demanda: 1- La dirección de la empresa demandada: lo óptimo es... Muzungu Compartir:
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Iandury
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¿Y que hay de esa normativa europea que citas?, ¿como la encajarías?

Los actores no reclaman ningún importe por cancelación indebida (y ello pese a que la normativa internacional recoge indemnizaciones para supuestos de cancelaciones sin causa) ni por daños morales. [sic.]
Creo que se refiere al Reglamento europeo 261/2004 que en su momento no ví muy claro como usar en mi caso aunque para la próxima vez creo que ya sé como hacerlo
Ir arriba ¿Y que hay de esa normativa europea que citas?, ¿como la encajarías? Los actores no reclaman ningún importe por cancelación indebida (y... Iandury Compartir:
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Muzungu
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El reglamento europeo CE 261/2004 del 11/02/2004 que se centra en las siguientes situaciones (art. 1.1)
1- Denegación de embarque en contra de la voluntad del pasajero
2- Cancelación del vuelo
3- Retraso del vuelo

Las definiciones del reglamento dicen algo así (art. 2):
- Denegación de embarque: la negativa a transportar pasajeros en un vuelo, pese a haberse presentado al embarque en las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 3, salvo que haya motivos razonables para denegar su embarque, tales como razones de salud o de seguridad o la presentación de documentos de viaje inadecuados

- Cancelación, la no realización de un vuelo programado y en el que había reservada al menos una plaza.

En mi caso nos cancelaron "el billete" que es el contrato entre el usuario y el transportista y me avisaron de ello por email un par de días antes (al día siguiente de la ida no utilizada). Yo ví el email por casualidad y actué en ese momento llamando por teléfono y al final para no arriesgarme a quedarme en tierra compré otro billete a un precio mucho más caro.

El vuelo no fue cancelado ya que salió a su hora por lo tanto habría que asimilarlo a una denegación de embarque, es decir, tú te presentas al embarque un un billete válido y el transportista se niega ha llevarte, en mi caso no hice eso porque compré otro billete con anterioridad por eso tuve muchas dudas y al final no reclamé la indemnización de 250EUR contemplada en este reglamento.
La empresa podrá aducir que en primer lugar el billete no era ya válido por que no utilizaste la ida y bla bla, pero eso es un tema puramente mercantil/derechos del consumidor que como se ha visto en las sentencias anteriores es considerado abuso ilegítimo y nula de pleno derecho la cláusula que se entenderá por no puesta por lo que el billete es perfectamente válido. Por lo tanto sí podríamos aducir que se produce una denegación de embarque según CE 261/2004 y reclamar la indemización contemplada en dicha norma. Como ya he dicho antes, por pedir que no quede, siempre que esté más o menos fundamentado, ya se encargará el juez de estimarlo o no.

Según se desprende del texto de nuestra sentencia también se podrían haber reclamado daños morales pero esto se escapa de mi escasos conocimientos de derecho, no sabría muy bien como articularlo así que lo dejo que otro lo intente.


MUY IMPORTANTE
Una omisión imperdonable que tuve en mi demanda es que no solicité expresamente que se declarara esta clausula como nula del pleno derecho para evitar que se siga utilizando, creí inocentemente que si una sentencia la considera así con esto ya vale para todo el mundo. Pues no, hay que PEDIRLO EXPRESAMENTE si no el juez se limita a "considerarla" para el caso específico que nos ocupa pero no se actua para impedir que se siga realizando dicha práctica (el derecho parece que funciona así, alguien tiene que pedirlo). Está recogido aquí en este extracto de nuestra sentencia:
[...] la cláusula que declara el derecho unilateral de la transportista a cancelar un billete de regreso por el mero hecho de que el pasajero no haya utilizado el de ida, debe ser considerada totalmente ABUSIVA, y por ello NULA DE PLENO DERECHO. Este pronunciamiento no puede recogerse en el Fallo de la sentencia por no haberse solicitado en el suplico.

Es decir, que para lo que yo reclamo se considera nula y abusiva y me dan la razón e Iberia me tiene que devolver la pasta pero no se hace nada más al respecto y las cosas van a seguir igual por que yo no lo he pedido. Manda webs, que fallo más tonto tuve.

iandury Escribió:
¿Y que hay de esa normativa europea que citas?, ¿como la encajarías?

Los actores no reclaman ningún importe por cancelación indebida (y ello pese a que la normativa internacional recoge indemnizaciones para supuestos de cancelaciones sin causa) ni por daños morales. [sic.]
Creo que se refiere al Reglamento europeo 261/2004 que en su momento no ví muy claro como usar en mi caso aunque para la próxima vez creo que ya sé como hacerlo
Ir arriba El reglamento europeo CE 2612004 del 11022004 que se centra en las siguientes situaciones (art. 1.1) 1- Denegación de embarque en contra... Muzungu Compartir:
Enlaces Asunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida  Publicado: Responder citando

Iandury
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Gracias. Muy interesante tu exposición, y enhorabuena por tu éxito. Saludos
Ir arriba Gracias. Muy interesante tu exposición, y enhorabuena por tu éxito. Saludos Iandury Compartir:
Enlaces Asunto: Re: ¡¡¡¡¡¡HEMOS GANADO!!!!!  Publicado: Responder citando

Pitruma
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muzungu Escribió:
¡¡TOMA YA!!
La sentencia disponible en el blog creado a tal efecto: https://demandaiberia.blogspot.com/
Como me mola eso de "debemos condenar y condenamos"... Música para mis oídos.

También pondré el escrito de demanda (me falta editarlo para quitar mis datos) por si alguien le pasa lo mismo. YA SON DOS SENTENCIAS CONDENATORIAS POR LA MISMA PRÁCTICA (que yo conozca)

La jueza del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca ha fallado a nuestro favor. La sentencia condena a Iberia a pagarnos la cantidad reclamada (los billetes que tuvimos que volver a comprar y el coste de las llamadas telefónicas) más los intereses acumulados desde la fecha de la primera reclamación extrajudicial la cual que hicimos vía OMIC del Ayuntamiento de Palma en Agosto de 2008.

De forma muy similar a la sentencia anterior del juzgado de Bilbao la argumentación de la jueza es la siguiente:

1- EN LA FORMA: la cláusula con la que Iberia dice haber avisado al comprador de que se cancelará la vuelta en caso de no usar la ida no está claramente indicada ya que no aparece de forma explícita en los billetes enviados por email. Además aunque Iberia dice que se indica en las preguntas frecuentes de su web y en las condiciones que hay que aceptar antes de comprar el billete, Iberia no ha probado de forma alguna de que el comprador se ha enterado de forma efectiva y son ellos los que han de "soportar la carga de la prueba", cito textualmente.

2- EN EL FONDO: la cláusula es declarada NULA DE PLENO DERECHO. Iberia se niega a prestar el servicio debido sin causa que lo justifique mientras que el usuario -que ya ha pagado y cumplido con su parte- queda indefenso. Aunque Iberia alega que los billetes ida y vuelta se venden como paquete a un precio inferior que sueltos, esto son políticas comerciales suyas que no conciernen al usuario y no una razón suficiente para negarse a prestar el servicio debido.

Pues hala, ánimo y a reclamar si os pisan, que algo de justicia hay en este país pero hay que mojarse el culo.

Salud,

Dani
Aplausos Aplausos Aplausos Aplausos
Me alegro un monton que haya gente como tu!!!! yo soy muy cobarde y la verdad que todos deberiamos de defender los derechos del consumidor, pero por desconocimiento y por miedo de pagar el juicio no lo hacemos!!!! gracias por compartirlo y por demnadar, realmente es como si lo hubieras hecho por todos Aplausos Aplausos Amistad Amistad
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Muzungu
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Corrijo:
"Puedes presentar la demanda en el juzgado de lo civil de"

Más concretamente tendría que ser el Juzgado de lo Mercantil.
Ir arriba Corrijo: Puedes presentar la demanda en el juzgado de lo civil de. Más concretamente tendría que ser el Juzgado de lo Mercantil. Muzungu Compartir:
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