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Alertas-Alerts-Seguridad Quiebra del Touroperador y responsabilidad del Minorista ✈️ Foro Denuncias o Malas Experiencias ✈️


Foro de Denuncias o Malas Experiencias  Foro de Denuncias o Malas Experiencias: Foro para informar de malas experiencias en viajes. Opiniones sobre servicios de empresas o establecimientos (mayoristas, agencias, alojamientos, aerolíneas, guías etc).
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Enlaces Asunto: Quiebra de un Touroperador y Seguro de responsabilidad Civil  Publicado: Responder citando

Spainsun
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Hemos de entender que en el proceso de una contratación, puede haber incidencias que impidan el cumplimiento del contrato, como la quiebra de un Touroperador, pero existe un seguro de responsabilidad civil, que debe tener toda agencia minorista, por obligación legal, y que es una de las garantías que protegen al consumidor.

Estos seguros como podemos ver, cubren no solo el importe del viaje, sino también la defensa jurídica:
elmundodelasagenciasdeviajes.wordpress.com/ ...de-viajes/
www.hosteltur.com/ ...adrid.html
www.taeds.com/civil.asp
www.oresybryan.com/ ...dad-civil/
www.seguroscatalanaoccidente.com/ ...viajes.htm
empresas.intermundial.es/ ...-de-viajes

www.avalesyfianzas.com/ ...andalucia/

Ahondando en el tema de la responsabilidad en caso de de la quiebra de una compañia, os dejo un tema muy interesante y que esta en nuestro propio foro muy bien explicado por Agni_Mani:
Las agencias ante la nueva normativa de viajes combinados
Quote::
Responsabilidad Solidaria

Una de las principales modificaciones es la del artículo 162.1: “La responsabilidad frente al consumidor será solidaria de cuantos empresarios, sean organizadores o detallistas, concurran conjuntamente en el contrato, cualquiera que sea su clase y las relaciones que existan entre ellos, sin perjuicio del derecho de repetición de quien responda ante el consumidor frente a quien sea imputable el incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato en función de su respectivo ámbito de gestión del viaje combinado”.

Catiana Tur, asesora jurídica de ACAV, ha manifestado a HOSTELTUR que sin lugar a dudas se trata de un cambio de gran repercusión para las agencias de viajes, pues de acuerdo con este nuevo redactado la responsabilidad entre la agencia organizadora del viaje y la vendedora del mismo es solidaria, todo ello sin perjuicio del derecho de repetición que se reconoce en el mismo artículo. Es decir, la agencia mayorista
Y la minorista responden frente al cliente de forma solidaria, motivo por el cual el cliente puede dirigir su reclamación indistintamente al organizador o al detallista del viaje.

Yo no soy abogado, pero entiendo que existe una responsabilidad solidaria del minorista en caso de quiebra del touroperador y se le puede reclamar tanto a uno como al otro, para lo cual además el minorista debe tener un seguro, que ademas cubre los gastos legales tanto en sus reclamaciones contra el touroperador quebrado, como los posibles pleitos con los consumidores.

Que me rectifique alguien, si no lo he entendido bien. Ojos que se mueven
_________________
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