Recomendaciones de Viaje a Estados Unidos ✈️ Los Viajeros
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Estados Unidos Recomendaciones de Viaje a Estados Unidos

Información general sobre Estados Unidos: ⭐ capital, gobierno, bandera, himno, datos económicos del país ✔️, nivel de vida, dominio de internet, moneda, prefijo telefónico.

Índice
- Información sobre Estados Unidos
- Notas importantes de Estados Unidos
- Documentación y visado en Estados Unidos
- Seguridad en Estados Unidos
- Sanidad en Estados Unidos
- Moneda de Estados Unidos
- Recomendaciones de Estados Unidos
- Teléfonos de interés de Estados Unidos
- Clima de Estados Unidos

Información sobre Estados Unidos

Estados Unidos de América demográficamente ocupa el Puesto 3.º en el ranking mundial con una población total de 331 449 281 hab.​ (habitantes) y con una densidad de población 32,8​ hab./km². Es un país muy desarrollado (IDH: Crecimiento 0,926​ (17.º) – Muy alto), el 17º del Ranking Mundial. Su moneda es el Dólar estadounidense ($, USD).

La capital de Estados Unidos es Washington D. C. . Idiomas oficiales: Ninguno a nivel federal . Por extensión (superficie) Puesto 3-4.º del mundo con 9 147 593​ km²​ (país muy grande).. El huso horario es UTC-10 a UTC-5, en verano UTC-9 a UTC-4.

Estados Unidos de América
United States of America

Flag of the United States.svg
Great Seal of the United States (obverse).svg

Lema: In God we trust
(en inglés: «En Dios confiamos»)  
Himno: The Star-Spangled Banner
(inglés: «La bandera tachonada de estrellas»)

USA orthographic.svg

Capital Washington D. C.
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Ciudad más poblada Nueva York
40°43′N 74°00′O
Sede de gobierno Casa Blanca
Idiomas oficiales Ninguno a nivel federal 
Gentilicio Estadounidense​ Norteamericano, -na​
Americano, -na​
Forma de gobierno República federal presidencialista
 • Presidente Joe Biden
 • Vicepresidenta Kamala Harris
 • Presidenta de la Cámara de Representantes Nancy Pelosi
 • Presidente de la Corte Suprema John Roberts
Órgano legislativo Congreso de los Estados Unidos Ver y modificar los datos en Wikidata
Independencia
 • Declarada
 • Reconocida
 • 50.º estado
de Gran Bretaña
4 de julio de 1776
3 de septiembre de 1783
21 de agosto de 1959
Superficie Puesto 3-4.º
 • Total 9 147 593​ km²​
 • Agua (%) 2,2
Fronteras 12 048 km​
Línea de costa 19 924 km​
Punto más alto Denali Ver y modificar los datos en Wikidata
Población total Puesto 3.º
 • Censo (2020) 331 449 281 hab.​
 • Densidad 32,8​ hab./km²
PIB (PPA) Puesto 1.º
 • Total (2021) Decrecimiento USD 22 675 billones​
 • Per cápita Crecimiento USD 68 308​
PIB (nominal) Puesto 1.º
 • Total (2021) Decrecimiento USD 22 675 billones​
 • Per cápita Crecimiento USD 68 308​
IDH (2020) Crecimiento 0,926​ (17.º) – Muy alto
Coeficiente de Gini Decrecimiento 39,0 alto (2017)​
Moneda Dólar estadounidense ($, USD)
Huso horario UTC-10 a UTC-5
 • En verano UTC-9 a UTC-4
Código ISO 840 / USA / US 
Dominio internet .us, .mil y.gov Ver y modificar los datos en Wikidata
Prefijo telefónico +1
Prefijo radiofónico AAA-ALZ, KAA-KZZ, NAA-NZZ, WAA-WZZ​
Siglas país para aeronaves N
Siglas país para automóviles USA
Código del COI USA Ver y modificar los datos en Wikidata
  1. ↑ El lema tradicional es E Pluribus Unum (latín: «De muchos, uno»).
  2. ↑ El inglés es el idioma oficial en 32 estados, pero no se reconoce un idioma oficial a nivel federal. El español, el francés cajún y el hawaiano son reconocidos oficialmente por varios estados.
  3. ↑ Así como AS, GU, MP, PR, UM y VI para sus dependencias.
  4. ↑ Miembro permanente.

Notas importantes de Estados Unidos

Recomendaciones de Viaje a Estados Unidos

Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Estados Unidos.

NO HAY RESTRICCIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LOS VIAJES A EEUU. Sin embargo, debe leerse con atención el resto de estas recomendaciones de viaje, que incluyen recomendaciones importantes sobre documentación y visados y seguridad.


Documentación y visado en Estados Unidos

¿Qué documentos se necesitan para viajar a Estados Unidos?

Se recuerda a los ciudadanos españoles de viaje en Estados Unidos la conveniencia de ir siempre debidamente documentados, también en los desplazamientos internos dentro de los Estados Unidos.

a) Documentación.

Pasaporte

- A partir del día 1 de abril de 2016, todos los viajeros, incluidos los menores de edad, deberán llevar un pasaporte con datos biométricos para viajar a EEUU dentro del programa de exención de visados.

Ha de tenerse en cuenta que las Oficinas Consulares españolas expiden, en ciertos casos, una modalidad de pasaporte bajo la denominación de provisional que no incorpora elementos biométricos de su titular y, en consecuencia, no es válido para viajar a EE.UU. sin visado.

- A partir de septiembre de 2004, el Departamento de Seguridad Interna comenzó a registrar a todos los visitantes que efectúen su entrada a los Estados Unidos acogiéndose a la exención de visados, en el programa "US-VISIT", a su llegada al puesto de entrada a los Estados Unidos de América. Este proceso consiste en la toma de una fotografía y en la recogida de las huellas dactilares de los dedos índices. Estos visitantes deberán registrar su salida del país utilizando los sistemas automatizados disponibles a tal efecto si salen por un puesto con dicho dispositivo.

b) Entrada sin visado con autorización electrónica previa (ESTA)


Los españoles que se desplacen a EEUU por turismo o negocios están exentos, en virtud del programa de exención de visados en el que está incluido España, de la obtención de un visado, debiendo, en cambio, completar en línea el formulario de autorización de viaje (ESTA). Si tiene dudas sobre si necesita o no un visado, consulte la página web de la Embajada de los Estados Unidos en España

La solicitud del ESTA se podrá presentar electrónicamente en cualquier momento antes del viaje. El Departamento de Seguridad Nacional estadounidense recomienda que se presente la solicitud no menos de 72 horas antes de viajar. La autorización del ESTA es válida por un período de dos años o hasta que caduque el pasaporte del solicitante, si lo hace antes de dos años. El período de estancia máxima en EE. UU. es de 90 días.

El 21 enero de 2016 entraron en vigor una serie de excepciones al programa de exención de visados. En consecuencia, las personas que hayan viajado a Irán, Irak, Sudán, Siria, Libia, Somalia y Yemen (desde 1 marzo 2011) o tengan la doble nacionalidad española y de alguno de estos países, no podrán viajar con un documento ESTA. En estos casos, su solicitud se denegará o revocará (mediante comunicación por email por parte de la Embajada o Consulado de los Estados Unidos) y por ello, estas personas deberán solicitar un visado. [Se exceptúa de este régimen a militares y funcionarios gubernamentales que hayan viajado a esos países con carácter oficial. También se establecen excepciones, caso por caso, para funcionarios de Organizaciones Internacionales y entidades territoriales -Gobiernos y Parlamentos regionales-, que hayan viajado con carácter oficial; periodistas y miembros de ONG's humanitarias en viaje profesional y hombres de negocios que han viajado a Irak o Irán. En el caso específico de viajes de negocios a este último país, la excepción se considerará cuando el viaje se haya realizado después del acuerdo nuclear con Irán, el 14 de julio 2015

El 6 julio 2023 entraron en vigor otras excepciones al programa de exención de visados, según las cuales, las personas que hayan viajado a Cuba desde 12 enero 2021 o tengan la doble nacionalidad española y cubana, no podrán viajar con un documento ESTA, y por ello estas personas deberán solicitar un visado. [Se exceptúa de este régimen a militares y funcionarios gubernamentales que hayan viajado a ese país con carácter oficial]. Consulte más información abajo.

Se recomienda a todos los viajeros que tengan un ESTA vigente o vayan a solicitar uno para viajar próximamente a los Estados Unidos y puedan estar incluidos en alguna de las categorías anteriores que se informen ante la Embajada o Consulado de los Estados Unidos, así como ante su aerolínea, y en todo caso lleven, en el momento de viajar, la documentación acreditativa oportuna.

Cabe la posibilidad de que un ESTA en vigor deje de estarlo, o que se deniegue uno solicitado, como consecuencia de los procedimientos de comprobación establecidos por el Centro Nacional de Escrutinio (NVC). En ese caso, el viajero deberá ponerse en contacto con la Embajada o Consulado de EEUU con el fin de solicitar un visado.

En todos los demás supuestos deberá solicitarse el visado correspondiente.

Viajes a Cuba desde los EEUU:

Las autoridades estadounidenses restringen determinadas categorías de viajes a Cuba. Estas restricciones afectan a nacionales de terceros Estados. Por tanto, si se pretende viajar a Cuba directamente desde los EE.UU., es necesario recabar información al respecto de las autoridades estadounidenses competentes.

Viajes a EEUU de personas que han estado antes en Cuba:

El 12 enero 2021 el secretario de Estado de EE.UU. designó a Cuba como Estado patrocinador del terrorismo. Como consecuencia de esa designación, las autoridades estadounidenses establecen que los individuos que hayan viajado a Cuba con posterioridad a esa fecha no están autorizados a viajar a EE. UU. con un ESTA. Esta restricción se aplica de igual manera a ciudadanos que poseen la doble nacionalidad cubana y de un Estado parte del programa de exención de visado (como España).

El 6 de julio de 2023 el Departamento de Seguridad Interior de los EE.UU. (Department of Homeland Security) actualizó los requisitos para la obtención de un ESTA para aquellos que hayan viajado a Cuba desde el 12 de enero de 2021.

Las personas que hayan viajado a Cuba con posterioridad al 12 enero 2021 deberán solicitar un visado en el Consulado General o Sección Consular de la Embajada de EE. UU. en su lugar de residencia. Los solicitantes deberán abonar la tasa de visado, diferente de la tasa ESTA.

Si un ESTA ha sido aprobado con anterioridad y posteriormente se comprueba que el viajero ha estado presente en Cuba desde 12 enero 2021 o posee doble nacionalidad de un Estado parte del programa de exención de visado y de Cuba, el ESTA será revocado y el viajero será notificado del cambio de estatus.

Los solicitantes cuyos ESTA sean denegados por esta política deberán aportar la información del rechazo junto con el resto de la documentación requerida para la solicitud del visado.

Se exceptúa de este régimen a militares y funcionarios gubernamentales que hayan viajado a esos países con carácter oficial.

Si usted planea viajar a EE.UU. tras visitar Cuba, se recomienda consultar las indicaciones de las autoridades estadounidenses en https://esta.cbp.dhs.gov/faq?lang=en, buscando "Cuba" en el apartado "Search Help Topics".​

c) Entrada con Visado.

Es necesario solicitar visado en los siguientes casos:

-Estudios e investigación (sin importar la duración de los estudios). En esta categoría se incluye a médicos residentes o investigadores médicos; profesores, conferenciantes y estudiantes incluidos en programas de intercambio.

-Trabajo en EE.UU, au-pairs y ayuda doméstica.

-Entrada en el país en una embarcación o avión privado.

-Periodistas y representantes de un medio de comunicación en viaje profesional

- Artistas, atletas, músicos y profesionales del mundo de las artes y el espectáculo. También se incluye en este grupo a participantes en programas internacionales de intercambio, trabajo en prácticas, etc.

- Miembros de tripulaciones aéreas o marítimas, incluyendo yates privados.

- Diplomáticos, funcionarios y empleados de organizaciones internacionales.

- Trabajadores religiosos.

- Tránsito aeroportuario (cuando no pueda obtener la Entrada sin visado con autorización electrónica previa ESTA –o el motivo del viaje no sea turismo o negocios con destino a un Tercer País-).

- Cuando un ESTA en vigor deje de estarlo o cuando se deniegue un ESTA como consecuencia de alguna de las circunstancias previstas en el apartado anterior.

Puede consular la información en la página web de la Embajada de los Estados Unidos en España

Vacunas

Obligatorias: Ninguna.
Recomendadas: Ninguna.
Para más información, consulte la siguiente página web


Requisitos sanitarios relacionados con la COVID 19.

Las autoridades estadounidenses han actualizado las disposiciones que regulan la entrada en Estados Unidos de viajeros internacionales, y que pueden consultarse en las siguientes páginas web:

https://www.state.gov/coronavirus/
https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/travelers/testing-international-air-travelers.html
https://www.dhs.gov/news/2021/10/29/fact-sheet-guidance-travelers-enter-us-land-ports-entry-and-ferry-terminals
- Solo podrán entrar en EE.UU. (ya sea por vía aérea, por puesto terrestre o por terminal de ferry) los extranjeros que presenten certificado oficial de haber recibido la pauta completa de vacunación. Desde el 12 de junio de 2022, las autoridades estadounidenses no exigen una prueba negativa de covid para entrar en el país.

- Vacunación completa: antes de poder emprender el viaje a Estados Unidos, es necesario que hayan pasado 14 días desde que se recibió la segunda dosis de la vacuna (o desde la primera dosis, en caso de vacunas monodosis como la de Janssen/Johnson&Johnson).
- Solo son válidas las vacunas aprobadas por la "U.S. Food and Drug Administration, FDA" (que, a junio de 2022, son las vacunas de Pfizer, Moderna y Janssen/Johnson&Johnson) y las aprobadas por la Organización Mundial de la Salud (que a junio de 2022 son, además de las tres anteriores, las de Oxford/AstraZeneca, Serum institute of India, Novavax, Bharat Biotech, Sinopharm y Sinovac).
- De acuerdo con la información publicada por las autoridades estadounidenses, estas no permiten la entrada en EE.UU. a aquellas personas que solo hayan recibido una dosis de la vacuna Pfizer o Moderna, incluso en aquellos casos en que esas personas hayan pasado previamente el coronavirus.
- Las vacunas aprobadas por la FDA pueden consultarse en el siguiente enlace: https://www.fda.gov/emergency-preparedness-and-response/coronavirus-disease-2019-covid-19/covid-19-vaccines
Las vacunas aprobadas por la OMS pueden consultarse en el siguiente enlace: https://www.who.int/emergencies/diseases/novel-coronavirus-2019/covid-19-vaccines

- Las autoridades de EEUU aceptan que la pauta completa de vacunación se haya realizado con una combinación de distintas vacunas (siempre que ambas hayan sido aprobadas por la FDA o la OMS).
- El comprobante de vacunación debe ser un registro en papel o digital emitido por una fuente oficial (por ejemplo, agencia de salud pública, agencia gubernamental) y debe incluir el nombre del viajero y la fecha de nacimiento, así como el producto de la vacuna y la(s) fecha(s) de administración de todas las dosis que recibió. Se acepta el certificado de vacunación digital emitido por la Unión Europea como prueba de vacunación.
- Están exentos del requisito de vacunación: i) todos los menores de 18 años; ii) aquellas personas con contraindicaciones médicas a las vacunas y que puedan demostrarlo con un informe médico; iii) casos urgentes y humanitarios (avalados previamente por una institución pública de EEUU a través de una carta escrita); iv) aquellas personas que residan en países con muy escaso acceso a las vacunas (de acuerdo con un listado elaborado por "Centers for Disease Control and Prevention, CDC"; España NO se encuentra entre esos países) y que al mismo tiempo tengan un razón fundamentada y excepcional para viajar a EEUU (no se incluye el turismo entre esas razones).
- Aquellas personas exentas del requisito de vacunación para entrar en Estados Unidos deberán comprometerse por escrito a seguir las medidas de salud pública que le indiquen las autoridades estadounidenses, y que pueden incluir: el compromiso de realizar una prueba de covid en los 3-5 días posteriores a la llegada a EEUU, y quedar en auto-cuarentena o auto-aislamiento en función de los resultados del test. Las autoridades estadounidenses podrían exigir quedar unos días en auto-cuarentena incluso en caso de resultado negativo en la prueba de covid posterior a la llegada a EE.UU. A las personas que entren en EEUU sin presentar prueba de vacunación bajo las excepciones iii (casos urgentes y humanitarios) y iv (residentes en países con muy escaso acceso a vacunas y que tienen una razón fundamentada y excepcional para viajar) antes mencionadas, las autoridades estadounidenses podrán exigirles que reciban la pauta completa de vacunación contra covid en los 60 días posteriores a su llegada a EEUU, cuando esas personas planeen quedarse en EEUU durante más de 60 días.
- Los menores de 18 años que no estén vacunados, en principio tendrán que realizarse una prueba de covid en los 3-5 días siguientes a su llegada. Si el resultado de esa prueba es positivo, o si el menor desarrolla síntomas de covid, tendrá que quedar en auto-aislamiento.
- Los menores de 2 años no están obligados a presentar prueba de vacunación a su llegada a EEUU, y en principio las autoridades estadounidenses no solicitan la realizan de una prueba covid tras su llegada a EEUU.
- Las personas que entren en EEUU sin estar vacunadas a causa de contraindicaciones médicas a las vacunas y que puedan demostrarlo con un informe médico, en principio tendrán que realizarse una prueba de covid en los 3-5 días siguientes a su llegada. Si el resultado de esa prueba es positivo, o si el menor desarrolla síntomas de covid, tendrá que quedar en auto-aislamiento. Independientemente del resultado de esa prueba, la persona deberá quedar en auto-cuarentena durante 5 días (incluso si el resultado de la prueba ha sido negativo).
- Todos los viajeros internacionales que entren en EEUU deben aceptar la cesión de sus datos personales de contacto a las autoridades estadounidenses, para que estas puedan contactarles en caso de que potencialmente pudieran estar contagiados o haber estado en contacto con personas contagiadas de covid.
- Estas exigencias se aplican igualmente a los viajeros que hagan escala en un aeropuerto estadounidense para luego seguir viaje hacia un tercer país.

¿Dónde obtener el visado online para Estados Unidos?

Debido a la situación actual causada por la Pandemia del Coronavirus (⛿COVID-19), recomendamos la lectura minuciosa de los apartados de Sanidad, Seguridad y Tramites de Embajadas, antes de planificar su viaje a cualquier país. En la situación actual, las condiciones de entrada y estancia en cualquier país, pueden cambiar sin previo aviso y los documentos de acceso al país, anulados de forma imprevista.
👉 Leer más sobre Documentación y visado en Estados Unidos

Seguridad en Estados Unidos

¿Es peligroso o seguro viajar a Estados Unidos?

Información y recomendaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores de España para viajeros en Estados Unidos.

Zonas de riesgo alto (deben ser evitadas):

Existen problemas de delincuencia en casi todos los barrios marginales de las grandes ciudades.

Nueva York:

• Se recomienda no pasear por la noche: por los barrios de Harlem y Randall's Island en Manhattan; el Bronx, sobre todo los barrios del sur, como Mott Haven y Port Morris; East New York y Brownsville en Brooklyn. Asimismo, en general, por la noche, deben evitarse las zonas lejanas de Manhattan y los parques, incluido Central Park.

Boston:

• Los barrios de Roxbury, Dorchester y Mattapan son peligrosos debido a la delincuencia y a la presencia de bandas juveniles.

• Se recomienda evitar la zona de Chinatown.

Chicago:

• Se recomienda evitar el Oeste de la ciudad, y también el Sur, debido a la creciente ola de violencia en los barrios del Sur de la ciudad, con excepción del campus de la Universidad de Chicago. Asimismo, conviene evitar la zona del centro en y alrededor de Michigan Avenue, tanto en la parte que se denomina Magnificent Mile como en la zona del Loop cercana al Millenium Park, The Bean y Art Institute of Chicago, ya que ha sido escenario de numerosos altercados violentos llevados a cabo por las pandillas provenientes del Sur de la ciudad. Para más información acerca de medidas de seguridad y servicios de emergencia, se ruega visiten los siguientes links:
Página Oficial de Chicago
http://www.explorechicago.org/city/en/travel_tools/emergency_services.html

También conviene estar alerta y mostrar un perfil bajo en todas las líneas del metro.
Ruta 66. Es necesario extremar la precaución a la altura de Saint Louis, Missouri, al haberse producido varios robos, alguno con violencia.

Los Ángeles:

• Al ser una zona tomada por indigentes, Los Ángeles Downtown mitad este, se ha convertido en una zona peligrosa.

• En la amplia región Southcentral existe una gran cantidad de barrios marginales donde el índice de peligrosidad es medio-alto.

San Francisco:

• En la ciudad de San Francisco, los casos de hurto a turistas en la calle y en vehículos alquilados han aumentado de forma extraordinaria lo que ha provocado una campaña de advertencia y prevención desde el Departamento de Policía local (SFPD).

• Los distritos más afectados por los hurtos son las zonas turísticas, en particular: Alamo Square, Embarcadero, Fisherman's Wharf, Golden Gate Bridge, Palace of Fine Arts, Russian Hill (Lombard St), Twin Peaks y Union Square.

• Se recomienda extremar la atención y no dejar nunca documentación, equipaje ni objetos personales o de valor, en los vehículos y mucho menos a la vista.

Houston:

• La inseguridad y delincuencia han aumentado considerablemente en el área metropolitana de Houston por lo que se recomienda adoptar unas mínimas medidas de seguridad.

• Los mayores índices de peligrosidad se dan en algunas calles de las zonas de Eastside, South Central y Fondren.

Zona de riesgo medio (visitar con ciertas precauciones):

Nueva York:

• Se recomienda extremar la precaución en la zona del Midtown West, en particular en las áreas de Times Square, Hell´s Kitchen y el Theatre Distric (Broadway), zonas muy frecuentadas por los turistas y de masiva afluencia de público, que en la actualidad son las que presentan el mayor índice de robos denunciados y episodios aislados de riesgo, como atropello de peatones.

• En Brooklyn, las zonas de DUMBO, Downtown Brooklyn y Waterfront.

Chicago:

• Conviene extremar la precaución por la noche, incluso en la zona comercial de Michigan Ave.

San Francisco:

• Hay que tener precaución en el barrio de Tenderloin.

Los Ángeles:

• Conviene extremar la precaución en aquellas áreas que no son especialmente turísticas.

• La zona de Bunker Hill y de oficinas administrativas del Downtown no presentan problemas en las zonas frecuentadas por visitantes y residentes.

Washington DC:

• Son zonas problemáticas el noreste, el sudeste, el barrio de Anacostia y las zonas próximas a las estaciones de trenes y de autobuses.

Baltimore:

• Se recomienda especial precaución en caso de visitar algunos barrios tradicionalmente conflictivos como por ejemplo West Baltimore. Estos barrios se encuentran sobre todo en áreas del Este y del Oeste de la ciudad.

Miami:

• En algunas zonas de la ciudad (Downtown Miami, zonas de aparcamiento de Miami Beach), pueden producirse robos de "descuideros". Fuera de las zonas turísticas de las playas (Miami Beach) y de Coconut Grove, se recomienda adoptar unas medidas básicas de seguridad, en especial por la noche.

•Se sugiere hacer una fotocopia de los documentos personales y llevarla consigo, o enviarla a una dirección de correo electrónico seguro.

Luisiana y Nueva Orleans:

• Se recomienda que durante la época de huracanes y, en particular, cuando se anuncie la posibilidad de que una tormenta tropical superior a la categoría "1" ingrese en el Golfo de México, el viajero comunique, con anticipación razonable, al Consulado General de Houston, las fechas de su permanencia en la zona, su nombre y la dirección de su alojamiento, así como el número de teléfono (preferiblemente móvil si se tiene) y un correo electrónico de contacto.

Puerto Rico:


• Deben ser evitadas durante el día los lugares solitarios y durante la noche los lugares desiertos y con poca visibilidad. Se recomienda asimismo no dejar objetos desatendidos en el área de las playas, así como a la vista dentro del automóvil, ante el posible riesgo de robo.

• Se recomienda tener especial cuidado al visitar la isla en verano, por ser temporada de huracanes (1 de junio al 30 de noviembre).

Resto de zonas:

Los crímenes violentos en EE.UU., incluyendo incidentes con arma de fuego, no suelen involucrar a turistas. Sin embargo, se recomienda prudencia al viajar por zonas no conocidas.

Los crímenes vinculados a las drogas ilegales se han convertido en un serio problema en los estados mexicanos próximos a Arizona, California, Nuevo Méjico y Tejas, lo que puede repercutir en algunos momentos en la seguridad en dichos estados. Algunos extranjeros han sido víctimas de esos crímenes en las zonas fronterizas, aunque no se puede concluir que haya sido debido a su nacionalidad.

En todo caso, se recomienda estudiar detenidamente el destino antes de viajar, mantenerse alerta y seguir siempre los consejos de las autoridades locales en todo EE.UU


👉 Leer más sobre Seguridad en Estados Unidos

Sanidad en Estados Unidos

¿Qué vacunas son necesarias para viajar a Estados Unidos?

Vacunas

Obligatorias: Ninguna.

Recomendadas: Ninguna.

Para más información, consulte la siguiente página webSe abre en ventana nueva

Condiciones sanitarias en Estados Unidos

NOTA IMPORTANTE: CORONAVIRUS (10.03.2020)

Ver el apartado 2.4.- sobre las restricciones a la entrada en EEUU con motivo de la crisis del coronavirus. Se recomienda encarecidamente a todos los viajeros españoles que deseen viajar a EEUU que consulten previamente las alertas oficiales del gobierno de EEUU, en las siguientes páginas web:

https://www.state.gov/coronavirus/

https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/cases-in-us.html


Condiciones Excelentes.

Aunque las condiciones de atención médica en EEUU son excelentes, sin embargo, el sistema de salud norteamericano difiere sustancialmente del español, dado que la cobertura sanitaria no es universal ni gratuita. Debido al elevado coste de los tratamientos médicos, gran parte de la población norteamericana está cubierta por un seguro médico particular. Por ello, la garantía de una asistencia médica imprevista requiere la subscripción de un seguro médico privado temporal, cerciorándose de que la cobertura contratada sea lo más amplia posible. Es muy conveniente informarse acerca del seguro médico suscrito con carácter previo al inicio del viaje, pues los médicos o los servicios de urgencias realizan a menudo comprobaciones antes de atender al paciente.

Puerto Rico es zona de posible contagio de los virus de DENGUE, ZICA y CHIKUNGGUNYA, transmitidos por la picadura de mosquitos. Para más información consulte antes de su viaje la página web del Gobierno de Puerto Rico, Departamento de Salud (DS), https://www.salud.gov.pr/

En 2016 y 2017 hubo casos de transmisión del virus del zika en Florida y Texas. En la actualidad el Centro de Control y Prevención de Enfermedades (CPC) declara que no se han detectado casos de transmisión local del virus en EEUU. Para mayor información:

https://www.cdc.gov/zika/symptoms/index.html

https://www.who.int/csr/disease/zika/information-for-travelers/es/


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Moneda de Estados Unidos

¿Cuál es la moneda / divisa de Estados Unidos?

La moneda oficial de Estados Unidos es: Dólar estadounidense ($, USD).

Se admiten en frontera 10.000 $. Las cantidades superiores deben declararse.

Cotización actualizada del Dólar estadounidense ($, USD) frente a otras Monedas

Cambio de Moneda Dólar EE.UU (USD) a las principales divisas del mundo.

* Datos actualizados a fecha de 18/03/2024.
Cotizaciones ofrecidas a título meramente informativo y orientativo, sin ningún compromiso contractual.

Divisa de origen Cambio
1 USD (Dólar EE.UU) 0,92 EUR (Euros)
1 EUR (Euro) 1,09 USD
1 GBP (Libra esterlina) 1,27 USD
100 JPY (Yen) 0,67 USD
10 CNY (Renminbi) 1,39 USD

Más información sobre Dólar estadounidense ($, USD)

El dólar estadounidense es la moneda oficial de Estados Unidos y de otros países y dependencias. Usualmente también se suele asociar el nombre empleado por la divisa con la circulación legal en ese país. Tras la ruptura del patrón oro en el año 1971, la moneda se convirtió, de facto, en una moneda fiat.

Aunque la emisión de esta clase de dólares solo se hace en Estados Unidos, 14 países más usan el nombre «dólar» para su moneda. Por su parte, otras naciones como Ecuador, El Salvador, Panamá y Timor Oriental, por medio de ratificaciones y acuerdos o como sustitución de un circulante propio debilitado, lo han elegido como moneda oficial y medio legal de pago. El código ISO 4217 para esta moneda es USD.


👉 Leer más sobre Moneda en Estados Unidos

Recomendaciones de Estados Unidos

¿Cuáles son las recomendaciones generales en Estados Unidos?

DROGAS:

La legislación federal estadounidense por tenencia y tráfico de drogas es muy severa, tanto a nivel federal como de estados. Dependiendo de ciertas circunstancias, el delito será juzgado por la jurisdicción federal o por alguna estatal.

Las penas varían en función del tipo de droga y de la cantidad, así como de la concurrencia o no de ciertas circunstancias tales como la violencia, armas, etc. Se castiga la tenencia y el tráfico de heroína, cocaína, LSD, fentanilo, metanfetaminas, fluniitrazepan (también conocido como Rohypnol), Marihuana, Hashish, entre otras.

La práctica totalidad de las infracciones se sancionan con penas de prisión y además con elevadas multas. Las penas de prisión pueden llegar hasta los cinco años en los casos leves, con multas que oscilan entre los 250.000 y el millón de dólares, y en los casos graves o muy graves pueden llegar a los 10 o 20 años de prisión e incluso a la cadena perpetua, siendo entonces las multas siempre millonarias (2, 4, 8, 10 o 20 millones de dólares)

Es además importante tener en cuenta que una vez impuesta la pena resulta extremadamente difícil el traslado a España del condenado de nacionalidad española para el cumplimiento de la pena, con lo que la mayor parte o la totalidad de la misma se cumplirá en Estados Unidos. Los regímenes penitenciarios en Estados Unidos son estrictos y las penas tienden a cumplirse en su mayor parte. Asimismo las autoridades harán todo lo posible para cobrar las multas y otros gastos, tanto durante como después del cumplimiento de la pena privativa de libertad.

Algunos Estados han legalizado la marihuana, ya sea para usos medicinales o recreacionales. Las legislaciones varían de unos Estados a otros. Pero el hecho de que en un determinado Estado este tipo de sustancia se halle legalizada o simplemente no se sancione el consumo, no significa que en determinados supuestos las autoridades federales, con una legislación menos permisiva, no puedan actuar dentro de sus competencias.

HURACANES:

Se recomienda a los turistas que tengan previsto viajar a las zonas y en las fechas mencionadas a continuación, se inscriban en el Registro de Viajeros o envíen a los Consulados correspondientes los datos de su viaje.

La temporada de huracanes en el Atlántico, que afecta a la zona de Florida, Georgia y Carolina del Sur y a toda la Costa del Golfo de México (Estados de Texas, Louisiana, Mississippi, y Alabama), comienza oficialmente el 1 de junio y termina el 30 de noviembre, pero el período más problemático tiene lugar entre los meses de agosto y octubre. Ante la eventualidad de huracán es necesario que los residentes se encuentren adecuadamente preparados y que residentes y visitantes extremen las precauciones y estén atentos a las informaciones meteorológicas y de emergencia. En ocasiones los huracanes se desplazan al Norte de Florida y a los Estados de la Costa Este, por lo que es necesario seguir atentamente los boletines de información meteorológica.o (Estados de Texas, Louisiana, Mississippi, y Alabama), comienza oficialmente el 1 de junio y termina el 30 de noviembre, pero el período más problemático tiene lugar entre los meses de agosto y octubre. Ante la eventualidad de huracán es necesario que los residentes se encuentren adecuadamente preparados y que residentes y visitantes extremen las precauciones y estén atentos a las informaciones meteorológicas y de emergencia. En ocasiones los huracanes se desplazan al Norte de Florida y a los Estados de la Costa Este, por lo que es necesario seguir atentamente los boletines de información meteorológica.

Para mayor información, se puede consultar la siguiente dirección en InternetSe abre en ventana nueva que cuenta con un apartado de predicciones en español.

Miami:

Durante la temporada de huracanes (de 1 de julio a 1 de noviembre), es necesario prepararse para las eventuales consecuencias de estos fenómenos meteorológicos y seguir, en todo caso, las indicaciones de las autoridades locales.

El Consulado cuenta con una página en Facebook donde se actualiza información sobre recomendaciones a seguir en caso de emergencias en el Sur de la Florida así como zonas de evacuación, puntos de recogida de autobuses, centros de evacuación provistos por las autoridades locales y otra información de emergencia en caso de alerta por huracán.

Las órdenes de evacuación emitidas por las autoridades locales en caso de alerta, son de obligado cumplimiento y podrían afectar a hoteles que se encuentren en zonas de mayor influencia del huracán, viéndose obligados a cerrar y desalojar a sus clientes. En este caso, es muy importante buscar alojamiento alternativo a la mayor brevedad o bien acudir a los locales de evacuación habilitados al efecto. Las compañías aéreas podrían cancelar vuelos, por lo que se recomienda tener en cuenta que se pueden producir gastos inesperados por este motivo. El transporte por carretera puede resultar peligroso por la escasez de gasolina y por la gran afluencia de vehículos en las carreteras. Los cortes de suministro eléctrico y agua pueden durar varios días tras el paso de un huracán.

Nueva Orleans:

Se recomienda que durante la época de huracanes, y sobre todo cuando se anuncie la posibilidad de que alguna tormenta tropical superior a la categoría 1 pudiese entrar en el Golfo de México, el viajero comunique al Consulado General en Houston y con razonable anticipación, las fechas de permanencia en la zona, nombre y dirección de su alojamiento, y número de teléfono (preferiblemente móvil si se tiene) y correo electrónico de contacto.

TORNADOS:

Existen amplias zonas de riesgo de tornados, como son los Estados de Illinois, Ohio, Indiana y Nebraska, así como Texas y Oklahoma, Estados que forman parte del llamado "Tornado Belt" o "Tornado Alley", por lo cual se ruega se tomen las precauciones pertinentes recomendadas por las autoridades locales para este tipo de fenómenos atmosféricos.

PERMISO DECONDUCIR Y CURSOS DE AVIACION:

• España no tiene convenio con ningún estado de los EE.UU. sobre validez del permiso de conducir español en ese país. Por tanto, los turistas o los españoles en viaje de negocios en EE.UU. deberán obtener en España, y previamente a su llegada a EE.UU., el permiso internacional de conducción, que tiene validez de un año y es reconocido por EE.UU; en caso contrario, podrían ser sancionados por carecer de permiso de conducir reconocido por las autoridades de tráfico locales. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que la normativa en esta materia cambia dependiendo de los estados, de modo que en algunos estados es obligatorio llevar, junto con el mencionado permiso internacional, el del país de origen; mientras que en otros, por el contrario, es incluso posible que el permiso internacional no sea necesario, siempre que se cuente con un permiso de conducir español. La normativa actualizada para cada estado puede consultarse a través de la página web del Department of Motor Vehicles del estado de que se trate.

Cursos de aviación:

• El Consulado General de España en Miami recomienda a aquellas personas que estén interesadas en estudios de aviación en el Estado de Florida que, antes de contratar servicios, realicen un análisis comparativo de las condiciones legales y financieras ofrecidas en ese sector por las numerosas empresas privadas.

BEBIDAS ALCOHÓLICAS:

Se informa que en las calles y espacios públicos en general de todo Estados Unidos, está prohibido beber bebidas alcohólicas (cerveza, vino, ginebra, etc.). Si un policía ve a alguien bebiendo alcohol en un parque o en la calle, le puede poner una multa e incluso detener. También se informa que los menores de 21 años tienen prohibido beber bebidas alcohólicas (incluso en bares y licorerías).

• Es muy importante tener en cuenta que en Estados Unidos no se puede llevar botellas de bebidas alcohólicas abiertas en los coches. Si un conductor es detenido por la policía, y encuentran botellas abiertas, la ley considera que el conductor y/o los pasajeros están consumiendo mientras conducen. En ciertos casos, este hecho ha sido motivo suficiente para que Inmigración haya negado la entrada a pasajeros que nuevamente visiten Estados Unidos.

• Deben respetarse estrictamente los muy bajos niveles de consumo de alcohol autorizados cuando se conducen vehículos.

OTRAS RECOMENDACIONES:

• Existen controles muy estrictos en frontera para evitar la entrada de productos agrícolas y ganaderos (frutas, hortalizas, carnes, pájaros, etc.) y, muy especialmente, de drogas de todo tipo.

• Se recomienda siempre llevar la debida documentación en estado vigente, sobre todo en los Estados fronterizos del Sur, dadas a las estrictas leyes de inmigración.

• Es necesario rellenar todos los campos que figuran en la hoja que facilitan los Servicios de Inmigración a la llegada a Estados Unidos. Ello evitará esperas innecesarias e incluso la deportación en algún caso.

• Es recomendable dejar en España fotocopia de la documentación que el turista va a llevar consigo. Una vez en la ciudad a visitar es conveniente mantener en lugares separados -y seguros- tanto documentación y pasajes como efectos económicos (dinero en efectivo, tarjetas de crédito, etc.)

• No circular nunca en solitario por zonas potencialmente peligrosas. Depositar exceso de efectivo y documentos en caja de seguridad del hotel.

• Es importante que si un viajero efectúa alguna compra en comercios pequeños, situados en lugares de gran afluencia turística y, sobre todo, paga con tarjeta de crédito, compruebe que el precio que le están poniendo en la factura coincide con el dado por el comerciante al cierre de la operación.

• Los visitantes que viajen en avión con destino a EE.UU./o con procedencia de EE.UU. deben ser conscientes de que tanto las compañías aéreas como las autoridades americanas son cada vez más sensibles a cualquier incidente que pueda producirse a bordo del avión por pasajeros irascibles o violentos, aplicando la mayoría de las veces, la regla de "tolerancia cero". Tanto si se trata de negarse a obedecer alguna consigna, como de actos de violencia o bromas, los pasajeros se exponen a consecuencias penales con tales comportamientos.

En el caso de entrar en EEUU por la frontera terrestre con México, se recomienda una doble comprobación de la validez y vigencia de los documentos de viaje que poseen. En el caso de turistas españoles se necesita un pasaporte válido y un formulario I-94 que obtendrá en el paso de frontera (es de color verde y se lo graparán en el pasaporte) y que deberá devolver cuando salga de EEUU.
Puede leerse la recomendación completa en: https://www.exteriores.gob.es/Consulados/losangeles/es/ViajarA/Paginas/Entrada-a-EEUU-a-trav%c3%a9s-de-la-frontera-terrestre-con-Mexico.aspx

Miami. El trámite de inmigración en el aeropuerto Internacional de Miami puede ser exhaustivo y largo en algunos casos, generando retrasos importantes que pueden llegar a ocasionar la pérdida de vuelos sucesivos de conexión. Por ello se recomienda que si se utiliza Miami como escala entre dos vuelos, éstos se espacien suficientemente. Si los viajeros son menores de edad, se recomienda aclaren previamente con la compañía aérea la ayuda que ésta les prestaría en tal eventualidad, así como la conveniencia de su segundo billete, si resultara necesario.

Se reitera lo indicado más arriba sobre sonsumo de alcochol en público, desorden público y/o resistencia a la autoridad, que generan con frecuencia detenciones de turistas en Miami.

Nueva York. Ocurre con cierta frecuencia que si el nombre de un viajero y su fecha de nacimiento son similares a una de las personas que figuran en la base de datos estadounidenses de alguien con antecedentes, el oficial de Inmigración puede considerar necesario, antes de autorizar su entrada en el país, efectuar otras verificaciones y retener al viajero durante una, dos o tres horas hasta comprobar que no se trata de la persona buscada. Se recomienda extremar las precauciones en el caso de alquiler un apartamento en Nueva York por Internet, debido al creciente número de estafas que se han producido en este campo recientemente.

Boston. Se están dando casos de timos a estudiantes que buscan alojamiento antes de su llegada a Boston. Estos adelantan un pago de transferencia a una cuenta por la reserva del alojamiento y, a continuación, desaparece por completo el supuesto agente inmobiliario. La denuncia posterior a la policía hasta ahora ha resultado ineficaz. Se recomienda, pues, que se eviten ese tipo de pagos por adelantado.


Teléfonos de interés de Estados Unidos

¿Cuáles son los teléfonos de interés para viajar a Estados Unidos?

Prefijo País: (+1)

Teléfonos de interés:

TELÉFONOS DE EMERGENCIA Y SERVICIOS DE EMERGENCIA EN EEUU

EL NUMERO DE TELEFONO DE EMERGENCIAS POLICIALES EN TODO EL TERRITORIO NORTEAMERICANO, INCLUYENDO EMERGENCIAS BOMBEROS Y AMBULANCIAS ES EL 911.

LLAMADA GRATUITA DESDE CUALQUIER TELEFONO TANTO PUBLICO COMO PRIVADO. CON FRECUENCIA, EXISTE POSIBILIDAD DE SER ATENDIDO EN ESPAÑOL SI SE SOLICITA.

POLICÍA (no urgencias): 311

INMIGRACIÓN: 1 (800) 375-5283

TELEFONOS DE POLICÍA Y SERVICIOS DE EMERGENCIA EN PUERTO RICO:

Servicios de Emergencias: 911
Cuartel General de la Policía de PR: 787 343 20 20; 787 793 12 34
Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas: 787 343 25 50
Cruz Roja de Puerto Rico: 787 758 81 50
Portal Oficial del Gobierno de Puerto Rico
https://pr.gov/Directorios/Pages/LíneasdeAyudaparaEmergencias.aspx

REPRESENTACIÓNES DE ESPAÑA:

Recordar marcar delante el prefijo del país (1) si se llama desde España.

Si viaja a los Estados de Maine, Massachusetts, New Hampshire, Rhode Island o Vermont, el consulado competente es:

CONSULADO GENERAL EN BOSTON (617)

Cancillería: 31 St. James Avenue, Suite 905.- Boston. Massachusetts. 02116.

Teléfono/s: (617) 536 25 06 y (617) 536 25 27

Teléfono emergencia consular: (617) 283 95 39

Fax/es: (617) 536 85 12.

Dirección de correo: cog.boston@maec.es

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Si viaja a los Estados de Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Nebraska, Noth Dakota, South Dakota, Ohio, Kentucky, Michigan, Minnesota, Missouri o Wisconsin, el consulado competente es:

CONSULADO GENERAL EN CHICAGO (312)

Cancillería: 180 North Michigan Ave., Suite 1500.- Chicago. Illinois 60601.

Teléfono/s: (312) 782 45 88 y (312) 782 45 89,

Teléfono de emergencia consular: (312) 493 01 97

Fax/es: (312) 782 16 35.

Dirección de correo: cog.chicago@maec.es

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Si viaja a los Estados de Alabama, Arkansas, Louisiana, Mississippi, Tennessee, New Mexico, Oklahoma o Texas, el consulado competente es :

CONSULADO GENERAL EN HOUSTON (713)

Cancillería: 1800 Bering Drive, Suite 660.- Houston. Texas 77057.

Teléfono/s: Teléfono: (713) 783 62 00,

Emergencia consular: (1) 713 962 62 84.

Fax/es: (713) 783 61 66.

Dirección de correo: cog.houston@maec.es

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Si viaja a los Estados deCalifornia (condados de Imperial, Kern, Los Angeles, Orange, Riverside, Bernardino, San Diego, San Luis Obispo,Barbara y Ventura), Arizona, Colorado o Utah, el consulado competente es:

CONSULADO GENERAL EN LOS ÁNGELES (323)

Cancillería: 5055 Wilshire Blvd., Suite 860.- Los Ángeles. California

Teléfono/s: (323) 9380 159 y (323) 9380 158,

Teléfono de emergencia consular: (323) 445 04 84

Fax/es: (323) 938 25 02.

Dirección de correo: cog.losangeles@maec.es

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Si viaja a los Estados de Florida, South Carolina o Georgia, el consulado competente es:

CONSULADO GENERAL EN MIAMI (305)

Cancillería: 2655 Le Jeune Road, Suite 201-203, Coral Gables.- Miami Florida 33134.

Teléfono/s: (305) 446 55 11 y (305) 446 55 12 y (305) 446 55 13

Teléfono de emergencia consular: (305) 790 18 51

Fax/es: (305) 446 05 85

Dirección de correo: cog.miami@maec.es

Página Web: https://exteriores.gob.es/consulados/miami/Se abre en ventana nueva

Si viaja a los Estados de New York, Connecticut, Delaware, Pennsylvania o New Jersey, el consulado competente es:

CONSULADO GENERAL EN NUEVA YORK (212)

Cancillería: 150 East 58th St., 30th floor.- New York, N.Y. 10155.

Teléfono/s: (212) 355 40 80, 81, 82, 85, 86, 90 y 91

teléfono de emergencia consular: (917) 273 76 01.

Fax/es: (212) 644 37 51

Dirección de correo: cog.nuevayork@maec.es

Página Web: https://exteriores.gob.es/consulados/nuevayorkSe abre en ventana nueva

Si viaja a Puerto Rico, el consulado competente es:

CONSULADO GENERAL EN PUERTO RICO
Cancillería: Edificio Mercantil Plaza, Piso 11, Oficina 1101. Av. Ponce de León s/n. Hato Rey, Puerto Rico 00918.
Teléfono/s: 787 758 60 90; 787 758 61 42; 787 758 62 79
Fax: 787 763 01 90Dirección de correo: Cog.SanJuandePuertoRico@maec.es
Web:https://www.exteriores.gob.es/Consulados/sanjuandepuertorico/es/Paginas/index.aspx

Si viaja a los Estados de Alaska, California (excepto los condados de Imperial, Kern, Los Ángeles, Orange, Riverside, Bernardino, San Diego, San Luis Obispo, Barbara y Ventura en el sur), Hawaii, Idaho, Montana, Nevada, Oregon, Washington, Wyoming o las posesiones estadounidenses en el Pacífico, el consulado competente es:

CONSULADO GENERAL EN SAN FRANCISCO (415)

Cancillería: 1405 Sutter St.- San Francisco. California 94109.

Teléfono/s: (415) 922 29 95, (415) 922 29 96

Teléfono de emergencia consular: (415) 846 81 24

Fax/es: (415) 931 97 06

Dirección de correo: cog.sanfrancisco@maec.es

Página Web: https://exteriores.gob.es/Consulados/SanFrancisco/Se abre en ventana nueva

Si viaja a los Estados de Maryland, Virginia, West Virginia, District of Columbia (D.C:) o North Carolina, el consulado competente es:

SECCIÓN CONSULAR DE LA EMBAJADA EN WASHINGTON (202)
Cancillería: 2375 Pennsylvania Ave., N.W - Washington, D.C. 20037.
Teléfono/s: (202) 728 2340 y (202) 728 2361, (202) 452 0100
Teléfono emergencia consular: (202) 352 2299

Fax/es: (202) 833 56 70
Dirección de correo: emb.washington@maec.escog.washington@maec.es
Página Web: https://exteriores.gob.es/Embajadas/Washington


¿Cómo contactar con la embajada/consulado de España en Estados Unidos?

EMBAJADA EN WASHINGTON (202)

Cancillería: 2375 Pennsylvania Ave., N.W - Washington, D.C. 20037.

Teléfono/s: (202) 728 2340 y (202) 728 2361, (202) 452 0100

Fax/es: (202) 833 56 70

Dirección de correo: emb.washington@maec.es

Página Web: https://exteriores.gob.es/Embajadas/WashingtonSe abre en ventana nueva

¿Dónde está la embajada o consulado de Estados Unidos en España?

Embajada de Estados Unidos en España

Serrano, 75 MADRID

Teléfonos: 91 587.22.00 - 91 577.40.00

Fax : 91 587.23.03


👉 Leer más sobre Teléfonos de interés en Estados Unidos

Clima de Estados Unidos

¿Qué tipo de clima tiene Estados Unidos?

Por su gran tamaño y variedad geográfica, el Estados Unidos cuenta con la mayoría de los tipos de clima.

¿Cómo es el clima en Estados Unidos?

Al este del meridiano 100, el ⛅ clima varía de continental húmedo en el norte a húmedo subtropical en el sur. El extremo sur de la Florida y las islas de Hawái tienen un ⛅ clima tropical. Las Grandes Llanuras al oeste del meridiano 100 son semiáridas, mientras que gran parte de las montañas occidentales poseen un ⛅ clima alpino. El ⛅ clima es árido en la Gran Cuenca y en los desiertos del suroeste, es mediterráneo en la costa de California y oceánico en la costa sur de Alaska, Oregón y Washington.

👉 Leer más sobre Clima en Estados Unidos

¿Cual es la mejor época para viajar a Estados Unidos?

Mejor época para viajar depende del destino dentro del país. Pero hay destinos ideales para cualquier fecha del año.



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anatt
Anatt
Experto
Experto
22-05-2007
Mensajes: 159

Fecha: Lun Jun 15, 2020 11:57 am    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

Hola Martuca,

Yo por ejemplo, tenía reserva hecha el 12 enero 2020. El viaje era para agosto. Lo que hice para cancelar fue llamar el 23 mayo 2020 y primero te quieren cobrar los 20€, pero les dije que tenía la reserva desde antes del tema coronavirus y me hicieron la cancelación con reembolso del total.
Saludos.
Lucrecia1789
Lucrecia1789
Indiana Jones
Indiana Jones
29-01-2019
Mensajes: 1716

Fecha: Lun Jun 15, 2020 10:22 pm    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

anatt Escribió:
Hola Martuca,

Yo por ejemplo, tenía reserva hecha el 12 enero 2020. El viaje era para agosto. Lo que hice para cancelar fue llamar el 23 mayo 2020 y primero te quieren cobrar los 20€, pero les dije que tenía la reserva desde antes del tema coronavirus y me hicieron la cancelación con reembolso del total.
Saludos.

Lo mismo
martucabcn
Martucabcn
Indiana Jones
Indiana Jones
11-07-2009
Mensajes: 4072

Fecha: Lun Jun 15, 2020 11:26 pm    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

Bueno al final hemos aceptado el bono con un 10% extra y sin que cobren los 20€, lo hemos meditado con mi pareja y como vamos a ir el año que viene y tenemos 3 años para gastarlo...nos compensa.
Lucrecia1789
Lucrecia1789
Indiana Jones
Indiana Jones
29-01-2019
Mensajes: 1716

Fecha: Mar Jun 16, 2020 04:25 pm    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

martucabcn Escribió:
Bueno al final hemos aceptado el bono con un 10% extra y sin que cobren los 20€, lo hemos meditado con mi pareja y como vamos a ir el año que viene y tenemos 3 años para gastarlo...nos compensa.

Animooo...me parece que habéis hecho muy bien. En mi caso intentaré ir pero con padres mayores las cosas cambian martuca. Habéis hecho bien y además te pillas el capricho q te apetezca guapa Aplauso
martucabcn
Martucabcn
Indiana Jones
Indiana Jones
11-07-2009
Mensajes: 4072

Fecha: Jue Nov 19, 2020 01:06 pm    Título: Re: Foro de Estados Unidos: Punto de Encuentro Viajeros USA

Ahora el bono está a mi nombre... ains que pena me da todo, no se si sere capaz de hacer este viaje alguna vez en mi vida...
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