A través de este link se accede a un cuadro muy sintético sobre las tres incidencias indemnizables (demora, extravio y deterioro):
www.aedave.es/ ...2603935390
A esas indemnizaciones que vienen en el cuadro, añado un matiz:
En vuelos internacionales el llamado Convenio de Montreal de 2004, ha aumentado el límite de responsabilidad de las compañías en caso de pérdidas, retrasos o daños al equipaje. Se puede llegar hasta una indemnización máxima de 1.000 Derechos Especiales de Giro (DEG) unos 900 €.
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Actualización de los importes de indemnizaciones (valor actual del Derecho Especial de Giro):
El Derecho Especial de Giro es una unidad definida por el Fondo Monetario Internacional, cuyo valor es la suma de los de determinadas cantidades de varias monedas: dólar USA, euro (Alemania), yen japonés, euro (Francia) y libra esterlina. Puede consultar su equivalencia en euros en la web del Banco de España:
www.bde.es Tipos de cambio del euro:
www.bde.es/ ...oseuro.htm
Última edición por Agni_Mani el Mie, 27-02-2008 15:45, editado 6 veces