angiedel Escribió:
a veces si se hace así, según las empresas,mira a ver si puedes reclamar en el caso de que estando allí pase algo que no te guste.....
Gracias Angiedel, no es una empresa, es un particular que se anuncia en una plataforma de internet, es la de alquileres vacacionales de Idealista, Rentalia, y ésta se lava las manos aludiendo a los acuerdos entre particulares.
Llamé a la oficina de información turística de Llanes, y me ha dicho que si no es un alojamiento ilegal, debe cumplir esto. Cuando he llamado a Rentalia me han dicho que ellos solo anuncian alojamientos legales, pero no me daban el nº de registro... Surrealista
www.asturias.es/bopa
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS
NÚM. 191 DE 17-VIII-2016 1/10
Cód. 2016-09077
I. Principado de Asturias
• DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EMPLEO, INDUSTRIA Y TURISMO
DECRETO 48/2016, de 10 de agosto, de viviendas vacacionales y viviendas de uso turístico.
Artículo 18. Reservas.
1. Se entiende por reserva la petición de unidades de alojamiento con una antelación mínima de 24 horas.
2. Se podrá exigir a los clientes que efectúen reserva de plaza un anticipo del precio, que se entenderá a cuenta del
Importe resultante de los servicios prestados. La cuantía de dicho anticipo será establecida por el titular del establecimiento
Y se expresará convenientemente en la publicidad del mismo, así como en sus normas de régimen interior.
3. La empresa explotadora del establecimiento vendrá obligada a contestar a todas las peticiones de reserva que
Reciba, empleando para ello un medio en el que quede constancia de la comunicación, así como de las condiciones de
Reserva y anulación pactadas.
Artículo 19. Cancelación de reservas.
1. En todo momento el usuario podrá cancelar la reserva efectuada, teniendo derecho a la devolución de las cantidades
Que hubiese abonado.
2. No obstante lo anterior, cuando la cancelación sea comunicada con más de siete y menos de quince días de antelación
Al señalado para la ocupación, se podrá retener el 50% del importe del depósito o la totalidad del mismo si la comunicación
Se efectúa dentro del plazo de siete días anteriores a dicha fecha, salvo que por pacto expreso y específico, cuya
Prueba incumbirá a la empresa explotadora de la vivienda vacacional o de uso turístico, se alteren estos umbrales.
3. Si el cliente no llega al establecimiento antes de las veinte horas del día señalado para el comienzo de la estancia,
Salvo acuerdo entre las partes, se entenderá cancelada la reserva.
4. Cuando el cliente abandone el alojamiento antes de la fecha que tenía contratada, se le puede exigir hasta el 50%
Del precio total de los servicios que queden por utilizar, salvo pacto específico entre las partes.