Menú principal
Idioma: English Español
Mostrar/Ocultar Mostrar/Ocultar
Mostrar/Ocultar Login
Registro / Entrar
User:
Clave:
 

¿Quién está conectado?
Total: 816 Usuarios
Usuarios: 18
XansoloLmballesterosDificilisima
YonheyVenecia1ALROJO
MartucabcnCampanilla80 
...y 9 Usuarios Más

Anónimos: 798
Oculto: 1
Lista de miembros
Total: 368072 Registrados
Ultimo: Beni_2020
Nuevos Hoy: 22
Nuevos Ayer: 18
Mostrar/Ocultar Fotos / Pics
Oficinas-... : España
Festival Ilustrado - Ferrol, A Coruña
Yonhey : España
Cascada de los Tilos, La Palma
Yonhey : España
Cascada de los Tilos, La Palma
Yonhey : España
Cascada de los Tilos, La Palma
Galería de Fotos
Mostrar/Ocultar Ads


Silvi_1982  Autor: Silvi_1982   Última Actualización:    Idioma: spanish
Explicación sobre qué hacer si se quiere salir al extranjero y se está cobrando la prestación por desempleo: deberes, obligaciones y requisitos.


Para cobrar el paro, es decir, la prestación por desempleo, se tienen que cumplir una serie de obligaciones:

1. Buscar trabajo activamente y, si la Oficina de Empleo lo determina, mejorar la formación de cara a encontrar un nuevo empleo (es el compromiso de actividad que se firma cuando se realiza la solicitud de prestación por desempleo).
2. Ir a la entrevista de trabajo que conceda la Oficina de Empleo.
3. Aceptar los trabajos sin fines lucrativos.
4. Comunicar los cambios en la situación personal (hijos, matrimonio, desplazamientos, etc.).
5. Renovar la demanda.
6. Solicitar la baja de las prestaciones por desempleo.
7. Reintegrar, si es el caso, las prestaciones indebidamente recibidas.

Si se incumplen las 5 primeras normas, la sanción es leve y conlleva la retirada de un mes de prestación la primera vez que se incumple.

En este caso, nos afecta el punto 4: ¿cómo viajar si se está cobrando el paro? ¿Se tiene derecho a vacaciones?

No se tiene exactamente derecho a vacaciones, ya que éstas se producen durante la vigencia de una relación de trabajo y vienen reguladas en el Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores como consecuencia de la actividad laboral. No es posible, por tanto, generar vacaciones estando en desempleo, pero sí se puede pedir una autorización para desplazarse durante un máximo de un mes por territorio nacional y de quince días por el extranjero. Esta autorización será concedida siempre que durante esas fechas no se tengan previstas actuaciones de inserción laboral por mediación de los Servicios Públicos de Empleo.


Se debe solicitar la autorización por escrito en la oficina de empleo correspondiente, de manera que se esté localizable para el caso de que se deba realizar algún tipo de actividad de inserción laboral o cumplir con alguna de las obligaciones como beneficiario de prestaciones por desempleo.


Por tanto, ¿puede un beneficiario salir al extranjero si está cobrando paro?

Si se trata de salidas ocasionales, por un tiempo máximo acumulado de 15 días al año, puede seguir cobrando la prestación de desempleo siempre que lo comunique en la Oficina de Empleo y se le autorice el traslado.

• En otro caso, durante el tiempo que se permanezca en el extranjero no puede cobrar prestaciones por desempleo, ya que no puede cumplir con la obligación legal de estar a disposición de los Servicios Públicos de Empleo españoles ni con el compromiso de actividad, excepto si se traslada a países de la UE/EEE o a Suiza para buscar trabajo, en cuyo caso es posible “exportar” la prestación reconocida en España para cobrarla en el país de destino.

• La ley le permite interrumpir el cobro de la prestación cuando la causa del traslado a otro país es para trabajar, buscar empleo, realizar estudios que mejoren su cualificación profesional o participar en acciones de cooperación internacional. En estos casos:

––Si el periodo de permanencia en el extranjero es inferior a 12 meses, al regresar a España se puede solicitar la reanudación de la prestación.
––Si el periodo de permanencia en el extranjero es igual o superior a 12 meses el derecho se extingue, sin posibilidad de reanudar el cobro de la prestación al regresar a España.

• El desplazamiento al extranjero por causa distinta a las indicadas no permite interrumpir la prestación por desempleo y conlleva la extinción del derecho.

Más información sobre salidas al extranjero al margen de los 15 días de permiso para vacaciones se puede encontrar aquí: Guía de Desplazamiento al Extranjero


Referencia normativa:

- Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por R.D. Legislativo 1/95, de 24 marzo. Instrucción sexta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.

- Art. único del R.D. 200/2006 de 17 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley 31/1984, de 2 de agosto, de protección por desempleo.


Última Actualización: 06/07/2012 - 17:07

Fecha publicación: 06/07/2012 - 17:07   Localización: España España   Tema: Información General   Idioma: spanish  
Compartir:


Compartir enlaces Compartir enlaces

 
 
Enlace:    Corto  Largo
Copia el texto de uno de los cajones para compartir el enlace
 Link para compartir este Tip:         

📊 Estadísticas
Puntos Votos Media
Mes 0 0 Puntuación: 0.0
Anterior 0 0 Puntuación: 0.0
Total 101 24 Puntuación: 4.2
Para votar necesitas ser usuario registrado

Te puedes registrar gratis haciendo click aquí para acceder a esta parte de nuestro sitio.
Gracias por tu comprensión
  Visitas
Mes 1
Anterior 53
Total 38390


forum_icon Foros de Viajes
Legislacion-Derecho Tema: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?
Foro de Viajes General Foro de Viajes General: Información General para Viajar: Pasaportes, visados, vacunas, información legal y sanitaria, seguros de viaje, consejos generales de viaje.
Ultimos 5 Mensajes de 1046
841128 Lecturas
AutorMensaje
Colorado32
Colorado32
New Traveller
New Traveller
Mar 08, 2023
Mensajes: 4

Fecha: Mie Mar 08, 2023 01:05 am    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

Gracias por las aportaciones!!
guillermo1212
Guillermo1212
Experto
Experto
Oct 14, 2015
Mensajes: 103

Fecha: Lun Mar 27, 2023 09:18 am    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

Si me quiero ir menos de 15 días al extranjero de viaje tengo que avisar desde qué fecha a qué fecha me voy? Y para hacerlo tengo que enseñar los billetes de avión si o si ? O solo con decir las fechas me vale
adepa
Adepa
Super Expert
Super Expert
Dic 05, 2009
Mensajes: 454

Fecha: Lun Mar 27, 2023 09:32 am    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

"guillermo1212" Escribió:
Si me quiero ir menos de 15 días al extranjero de viaje tengo que avisar desde qué fecha a qué fecha me voy? Y para hacerlo tengo que enseñar los billetes de avión si o si ? O solo con decir las fechas me vale
Hola, hasta donde yo entiendo si tienes que avisar, al ser menos de 15 días no te paran la prestación con lo cual al no tener que reactivarlo no tendrás que presentar nada, pero por si acaso yo los billetes los mandaría junto con la notificación. Pero es mi parecer…
traveller3
Traveller3
Willy Fog
Willy Fog
Abr 20, 2013
Mensajes: 16927

Fecha: Lun Mar 27, 2023 03:41 pm    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

"guillermo1212" Escribió:
Si me quiero ir menos de 15 días al extranjero de viaje tengo que avisar desde qué fecha a qué fecha me voy? Y para hacerlo tengo que enseñar los billetes de avión si o si ? O solo con decir las fechas me vale

Lo mas recomendable es que lo consultes directamente con el SEPE.
Salodari
Salodari
Moderador de Diarios
Moderador de Diarios
Abr 03, 2009
Mensajes: 14272

Fecha: Lun Mar 27, 2023 06:35 pm    Título: Re: Viajar cobrando paro: ¿Es posible?

Como te dice Traveller3, siempre fuentes oficiales:

www.sepe.es/ ...extranjero
CREAR COMENTARIO EN EL FORO
Respuesta Rápida en el Foro

Registrate AQUÍ
Mostrar/Ocultar Enlaces relacionados
Mostrar/Ocultar Votaciones
Media: 4.2
Votos: 24

Puntuación: 4.2

Para votar necesitas ser usuario registrado
Mostrar/Ocultar Opciones
All the content and photo-galleries in this Portal are property of LosViajeros.com or our Users. Aviso Legal - Privacidad - Publicidad - Nosotros en Redes Sociales: Pag. de Facebook Twitter instagram