En caso de problemas, tienes derechos. Estos derechos se aplican a todo retraso, cancelación u overbooking que te impide embarcar...
y puedes ejercerlos si:
sales de cualquier aeropuerto situado en la UE o llegas a la UE con una compañía aérea de un país de la UE, o de Islandia, Noruega o Suiza.
Es una ley europea , por lo tanto un viaje
- Qatar Airlines, Qatar-Madrid, NO se aplicaria ley
- Qatar Airlines, Madrid - Qatar, Si se aplicaría la ley
- Iberia, Qatar-Madrid, SI se aplicaría la ley
- Iberia, Vuelo conexionado, BKK- Qatar - Madrid, si el que sufre el retraso es BKK- Qatar , NO se aplicaría la ley
- Iberia, Vuelo conexionado, BKK- Qatar - Madrid, si el que sufre el retraso es QATAR-BKK , SI se aplicaría la ley
- QATAR, Vuelo conexionado, Madrid - Qatar - BKK, si el que sufre el retraso es MADRID - QATAR , SI se aplicaría la ley
- QATAR, Vuelo conexionado, Madrid - Qatar - BKK, si el que sufre el retraso es QATAR - BKK , NO se aplicaría la ley
Reembolso o transporte alternativo Si te deniegan el embarque porque hay overbooking o cancelan el vuelo, tienes derecho a elegir entre:
el transporte a tu destino final por medios alternativos equiparables, o
el reembolso del importe del billete y, si es el caso, el regreso gratuito a tu punto de partida inicial.
Grandes retrasos - si el vuelo se retrasa 5 horas o más, también tienes derecho a la devolución del importe del billete
Compensación económica Además, la denegación de embarque, la cancelación del vuelo y la llegada al destino final indicado en el billete con un retraso de más de 3 horas pueden darte derecho a una compensación económica de entre 250 y 600 euros, en función de la distancia del vuelo:
Dentro de la UE
hasta 1.500 km: 250 euros
más de 1.500 km: 400 euros
Entre un aeropuerto de la UE y otro fuera de la UE
hasta 1.500 km: 250 euros
de 1.500 a 3.500 km: 400 euros
más de 3.500 km: 600 euros
No recibirás compensación alguna si la cancelación del vuelo:
se debe a circunstancias extraordinarias, por ejemplo, al mal tiempo,
se te anuncia 2 semanas antes de la fecha prevista del vuelo, o
si te ofrecieron un vuelo alternativo en la misma ruta y horario similar.
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Sí. Compre la reserva con los vuelos ya conexionados. De tal modo que, según me dices, si yo perdiera la conexión Iberia debe colocarme en el siguiente e, independiente de hacer esto, según el tiempo perdido deben darme una indemnización ¿no?
Muchas gracias
La compensación por el retraso solo te corresponde si se trata de un retraso superior a 3 horas.
Sí. Compre la reserva con los vuelos ya conexionados. De tal modo que, según me dices, si yo perdiera la conexión Iberia debe colocarme en el siguiente e, independiente de hacer esto, según el tiempo perdido deben darme una indemnización ¿no?
Pues increíblemente, llevé a Ryanair a juicio y he ganado. La sentencia le obliga reembolsarme el dinero (pedí también daños y perjuicios pero me les han desestimado). La cuestión es que tenía tan pocas esperanzas que no se como proceder ahora. ¿Cómo se cobra una sentencia judicial? Se me devuelve automáticamente el dinero al medio de pago original? Tengo que ponerme otra vez en contacto con Ryanair y facilitarles mi numero de cuenta, presentando la sentencia? Estoy un poco perdido la verdad. Muchas gracias.
Josean2017 Super Expert May 17, 2017 Mensajes: 366
Enhorabuena!, es la manera de hacer valer nuestros derechos: reclamar y demandarles.
Para cobrar lo dictado por la sentencia hay dos vías: que la compañía te lo abone directamente a una cuenta que les comuniques, o que lo hagan a través del juzgado. Decidir entre ambas es potestad de la parte que debe pagar.
Lo habitual, según recuerdo que me dijeron, es lo segundo, ya que así queda constancia directa en el juzgado de que han pagado. Una vez recibido el ingreso en la cuenta del juzgado, el propio juzgado te lo trasferirá a la cuenta que les digas. El juzgado es el que se pone en... Leer más ...
Quisiera hacer una consulta. Tenía un vuelo el 03 de abril para Oporto. El día anterior, EasyJet nos cancela el vuelo por huelga y nos recoloca en un vuelo el día 04 de abril, el día siguiente. La cosa es que teníamos el hotel ya contratado y pagado para 3 noches y solo hemos disfrutado 2 por culpa de la cancelación. ¿Se puede reclamar la noche no disfrutada a la compañía?