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Por qué no sacaste el visado ???
Evitas problemas, y si te dejan embarcar , ¿ por qué no embarcas ? ¿ pensabas que la represalia podía ser que la tiraran por la " borda" ? No te entiendo , lo siento
Si leyeras con detenimiento e intentado tener un poco de empatia tus preguntas están respomdidadas, explicarte mas sería para nada.
Hunterwasser, gracias por tu explicación, te aseguro que la comprendo y la respeto pero no la puedo compartir, por eso he puesto el asunto en manos de los tribunales de justicia, un juez será el que interprete lo que dice la ley y si Ryanair actuó correctamente, si estoy equivocado lo aceptaré y actuaré en consecuencia, en reciprocidad Ryanair debería actuar igual y exigir a UK el cumplimiento de las Directivas que firma al igual que a hecho España.
UK al hilo de lo que dices aún está apretando mas, mira lo siguiente: New English language requirement for partners From 29 November 2010, you will need to show that you can speak and understand English if you want to enter or remain in the UK as the partner of a British citizen or a person settled here
Quien te dijese que tu mujer, por el mero hecho de ir contigo , no necesita visado , es un necio. Me da lo mismo que sea policía , amigo tuyo o amigo mío. Y si tú le creiste, muy mal hecho por tu parte. En referencia a la empatía , si me pongo en tu lugar hubiese sacado el visado. Ya sabes, muerto el perro , se acaba la rabia.
Saludos , y si te sirve de consuelo , lo siento por tí. Pero creo que no tienes razón.
Indiana Jones Registrado: 09-08-2010 Mensajes: 1679
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Blini Escribió:
Resumiendo:
1. Queda claro que quien denegó el embarque sin tener que hacerlo fue Ryanair y no Reino Unido.
2. UK está poniendo difícil a Ryanair hacer su trabajo y tiene la picha hecha un lío en el tema de inmigración.
Discrepo, Blini.
Ryanair SE ARRIESGÓ a aceptar a alguien a sabiendas de que podría haber sido rejected (y pagar 3000 euros por ello), porque como ya te han dicho, TENER DERECHO A VISADO NO TE EXIME DE LA OBLIGACIÓN DE PEDIRLO.
Y si, UK se lo está poniendo difícil a Ryanair Y AL RESTO DE COMPAÑÍAS. Porque como país soberano que es, acepta a quien estima oportuno, y en la forma que estime oportuno. Ni tú, ni tu mujer, ni Ryanair pueden forzar a UK a cambiar la formar de aceptar a alguien en su territorio, ni exigir que cumplan con una normativa que ya han dicho que no aceptan como propia.
No hay más cera que la que arde Blini.
El pasado invierno, una chica colombiana que iba en transito con su novio holandés hacia India, olvidó de pedir su visado de tránsito, y a pesar de que podrían haber sido perfectamente "rejected", tuve que hacer una llamada personal al agente de inmigración que conozco en Barcelona para que nos echase un cable. Y sí, nos lo arregló, pero como favor personal, NO PORQUE FIGURASE ENTRE SUS DERECHOS. La chica vulneraba solo una norma: su obligación de pedir el visado CON ANTELACIÓN.
Marrero1970, te repito que nada mas que explicarte, estos necios según tu, del Parlamento Europeo y del Consejo no saben lo que publican en el Diario Oficial de la Unión Europea (30.04.2004), te sugiero que le eches un vistazo a la Directiva antes de opinar con tanta arrogancia de algo que desconoces.
Hunterwasser, sigo pensando y te lo digo con respeto, que confundes estar exento de la necesidad de visado con "TENER DERECHO A VISADO NO TE EXIME DE LA OBLIGACIÓN DE PEDIRLO".
Yo hablo de Ryanair porque es de lo que trata este hilo "AL RESTO DE COMPAÑÍAS" no tuve el placer de conocerlas y lo hubiese contado igual si me hubiese sucedido con ellas.
Yo pregunto ¿Para que si no STATUTORY INSTRUMENTS 2006 No. 1003,
IMMIGRATION, The Immigration (European Economic Area) Regulations 2006, UK implementation of Directive 2004/38/EC)? ¿Para que las siguientes enmiendas www.legislation.gov.uk/ ...tents/made? y ¿STATUTORY INSTRUMENT S.I. No. 226 of 2006 European Communities (Free Movement of Persons) Regulations 2006 en Irlanda? para que el Artículo 42 de la Directiva 2004/38
Destinatarios
Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
Hecho en Estrasburgo, el 29 de abril de 2004.
Por el Parlamento Europeo Por el Consejo Europeo El Presidente El Por el Consejo Europeo Presidente P.COX McDOWELL
En cuanto a la soberanía de cada país está bastante claro que pertenecer a la UE es ceder soberanía en algunos asuntos y aspectos.
Yo no dejo de reconocer tu buena labor y buen hacer como en el asunto que describes, pero eso no quita que los que creemos que se están vulnerando unos derechos luchemos por lo que creemos en que nos ampara la ley.
Y al igual que la cera que arde, la directiva es la que hay, está en vigor y es la que hay que aplicar.
Última pregunta y espero tu respuesta junto a las anteriores, la chica Colombiana ¿viajaba de UK a India con transito en España? Porque si la chica tenía tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE en Uk y viajaba con su novio con el documento que demostraba su relación, entrar en España no es ningún problema (Real Decreto 1161/2009, «La posesión de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, válida y en vigor, expedida por otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, eximirá a dichos miembros de la familia de la obligación de obtener el visado de entrada y, a la presentación de dicha tarjeta, no se requerirá la estampación del sello de entrada o de salida en el pasaporte.»)
¡Muy importante leer enmiendas introducidas en 2009! Léase en el link insertado.
Hunterwasser también discrepo de tu opinión "Ryanair SE ARRIESGÓ a aceptar", no se arriesgó, se vió en el dilema ante la petición de la Policia Nacional del aeropuerto de o identificación del empleado para levantar atestado o permitir el embarque (tras consulta con Lodres). El empleado lo tenia fácil, si estaba tan seguro de lo que hacia ¿Por qué no eligió identificarse a la Policia Nacional? o ¿es que en Lodres le dijeron lo que habia? que es algo tan simple como que estaba exenta de la necesidad de visado.
En cuanto a tu afirmación " ni exigir que cumplan con una normativa que ya han dicho que no aceptan como propia", no has hecho ni una sola referencia que contraste esta información. Yo hasta me pongo pesado haciendo referencia a cada ley o norma. Y si tan leales son en Ryanair a la normativa de UK ¿Por qué no hacen igual con la normativa española? en referencia a la forma de identificar a los menores de 14 años. Tan ambigua puede ser la Directiva como las normas que marca la Agencia Estatal de Seguridad Aerea.
Indiana Jones Registrado: 09-08-2010 Mensajes: 1679
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En respuesta a lo de la chica colombiana: no, se trataba de un viaje de España a la India con tránsito en UK, y es UK la que le exigía tener un visado de tránsito.
No llego a entender lo del "documento que demostraba su relación", ya que yo no tengo ningún documento que acredite mi noviazgo con mi novia...
Para el resto, dame unas horas y trataré de darte la respuesta oficial de un agente de inmigración britanico (que te recuerdo que es quien decide si vuelas o no, no un empleado de Ryanair, y es quien nos indica las excepciones y aplicaciones de las leyes de inmigración inglesas), ya que la mia se limitaría a mi trabajo, en la que me queda claramente estipulado que: SI ERES DE UN PAÍS QUE NECESITA VISADO Y NO TIENES VISADO, NO VUELAS, vengas con un libro de familia que diga que estás casado con una persona que no necesita visado.
El hecho de que tu mujer tenga derecho a un visado de manera automática, como te he comentado, no exime de su posesión en el momento de entrar en UK, y por tanto, no exime de tenerlo en el momento de tomar un vuelo con destino a UK.
OK espero,
Y te vuelvo a repetir que está exenta de la necesidad de visado y que el visado sería automatico en el caso de no tener tarjeta de residencia de "familiar de ciudadano de la unión".
"SI ERES DE UN PAÍS QUE NECESITA VISADO Y NO TIENES VISADO, NO VUELAS" y si esta es la decisión de Ryanair, sin problema, con decirlo por escrito en el aeropuerto está todo solucionado. Nadar y guardar la ropa resulta complicado.
En lo de la novia, estoy de acuerdo contigo. Yo pensaba en la pareja de hecho registrada.
2006 No. 1003 IMMIGRATION
The Immigration (European Economic Area) Regulations 2006
Right of admission to the United Kingdom
11. —(1) An EEA national must be admitted to the United Kingdom if he produces on arrival a valid national identity card or passport issued by an EEA State.
(2) A person who is not an EEA national must be admitted to the United Kingdom if he is a family member of an EEA national, a family member who has retained the right of residence or a person with a permanent right of residence under regulation 15 and produces on arrival—
(a) a valid passport; and
(b) an EEA family permit, a residence card or a permanent residence card.
(3) An immigration officer may not place a stamp in the passport of a person admitted to the United Kingdom under this regulation who is not an EEA national if the person produces a residence card or permanent residence card.
(4) Before an immigration officer refuses admission to the United Kingdom to a person under this regulation because the person does not produce on arrival a document mentioned in paragraph (1) or (2), the immigration officer must give the person every reasonable opportunity to obtain the document or have it brought to him within a reasonable period of time or to prove by other means that he is—
(a) an EEA national;
(b) a family member of an EEA national with a right to accompany that national or join him in the United Kingdom; or
(c) a family member who has retained the right of residence or a person with a permanent right of residence under regulation 15.
(5) But this regulation is subject to regulations 19(1) and (2).
Indiana Jones Registrado: 09-08-2010 Mensajes: 1679
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Blini Escribió:
OK espero,
Y te vuelvo a repetir que está exenta de la necesidad de visado y que el visado sería automatico en el caso de no tener tarjeta de residencia de "familiar de ciudadano de la unión".
"SI ERES DE UN PAÍS QUE NECESITA VISADO Y NO TIENES VISADO, NO VUELAS" y si esta es la decisión de Ryanair, sin problema, con decirlo por escrito en el aeropuerto está todo solucionado. Nadar y guardar la ropa resulta complicado.
En lo de la novia, estoy de acuerdo contigo. Yo pensaba en la pareja de hecho registrada.
Hola Blini,
Ayer tuve una conversación por teléfono con el agente de control de inmigración del Consulado Británico en Barcelona, y me ratificó lo que ya sabía:
El hecho de que tu mujer tenga derecho a un visado automático, gratuito e inmediato, por el hecho de ser no comunitaria pero estar casada contigo, NO LE EXIME DE SU OBLIGACIÓN DE SOLICITAR EL VISADO, y para la aerolínia el mensaje es claro: NO PODEMOS ACEPTAR A NADIE QUE DEBIENDO TENER VISADO, NO LO HAYA ADQUIRIDO.
Es una norma básica, porque nuestro trabajo no es el de control de inmigración. Nosotros tenemos unas directrices que debemos seguir, y que vienen dadas por el propio Gobierno Británico, no por capricho de Ryanair.
No dudo en absoluto que toda la legislación que has plasmado aquí tenga un sentido y una razón de ser, pero su aplicación es estrictamente gubernamental, y por parte del consulado británico a la hora de que tu pidas un visado para tu mujer, pero no significa nada para una compañía aérea, porque la compañía aérea está obligada a rechazar a tu mujer si no porta consigo el correspondiente visado.
A lo mejor es difícil de entenderlo para tí como pasajero, pero para cualquier profesional del sector es algo tán básico como que tú vengas con tu DNI o Pasaporte caducado, por ejemplo: tu es obvio que sigues siendo ciudadano español, pero no tienes la documentación precisa en el momento adecuado, por lo que serías también rechazado.
Gracias hunterwasser, te agradezco enormemente el esfuerzo que estás realizando y comprendo que si esta persona del consulado te informa en ese sentido, pués se supone que estan en lo cierto. Pero no dicen nada al respecto de la normativa que he expuesto, ni dicen donte poder contrastar esa información verbal que te facilitan. Al igual que Ryanair no da nada por escrito a la hora de rechazar el embarque. Si todo está tan claro ¿Por qué nadie lo dice por escrito?
Mis preguntas de momento han quedado sin respuesta y sigo sin comprender entonces ¿para que esa ley en el ordenamiento jurídico de UK? no digo ya de la UE, sino de UK.
Hola otra vez hunterwasser, acabo de hablar con el Consulado de Irlanda sobre el tema, hablar con el Cosulado Britanico cuesta 1,18€/minuto y me niego. El Sr. Que me ha atendido me explica que comprende que Irlanda y UK están incumpliendo la ley, que se siente mal cada vez que un español llama para este asunto porque el sabe que España si está cumpliento la ley y dejando entrar a los extracomunitarios con tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, que España debería actuar y exigir tanto el cumplimiento de la ley como la reciprocidad en el trato con sus nacionales.
En fin, puedes comprobarlo, Los Irlandeses y los Britanicos pueden entrar con su familia extracomunitaria en España sin necesidad de visado y los españoles al contrario no. ¡Tenemos lo que nos merecemos!
Indiana Jones Registrado: 09-08-2010 Mensajes: 1679
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Pues con todo lo que me dices me queda clara una cosa, Blini. La responsabilidad absoluta de lo que te ocurre es del Gobierno Británico.
En mi conversación de ayer con el agente de inmigración, él desconocía por completo de la normativa que tú me comentas (para que veas que ni a ellos se les informa de que se está vulnerando la normativa comunitaria).
No creo que sea un problema de "tener lo que nos merecemos". El motivo de nuestra "blandeza" en no ponernos severoos con UK e Irlanda es que sencillamente nosotros en gran parte vivimos del turismo... Ellos no...
Tras releer todo el hilo yo llego a la siguiente conclusión:
1. Tanto UK como Irlanda incumplen su propia legislación y la comunitaria (2006 No. 1003 y 2009 No. 1117 UK y S.I. No. 226 of 2006 y S.I. No. 310 of 2008 IRLANDA) y la (DIRECTIVA 2004/38/EC ambos).
2. Que han traspuesto la Directiva a su ordenamiento jurídico tan solo para evitar las sanciones de la UE (C-459/99, MRAX vs Kingdom of Belgium) y realmente están engañando a los ciudadanos.
3. Que España si está actualmente cumpliendo con la ley de la UE y la propia.
4. Que Ryanair se ha puesto del lado y en connivencia de los incumplidores de la ley, apoyando, defendiendo, etc. Y así mismo incumpliendo las leyes, tanto españolas como europeas (véase cartelería exclusivamente en inglés y no admisión en los vuelos interiores de la normativa de AESA), importándole tan solo sus objetivos empresariales.
5. Que así nos va porque (excepto las honradísimas excepciones) hay foreros que alientan y aplauden la ilegalidad con una necedad indescriptible, con un desprecio absoluto a la opinión de los demás.
6. Que doy la razón a bluesman_bcn cuando dice “He pretendido explicar como son las cosas, no como deben ser.”
7. Que mi argumento siempre lo he apoyado citando las leyes, no con lo que dice de palabra uno u otro, y que será un juez el que al final las interprete y exija su cumplimiento, sea a una parte o a la otra.
Y doy por terminado el debate agradeciendo a hunterwaser toda su comprensión y trabajo, por debatir con educación, profesionalidad y respeto. Te ánimo a que sigas en la línea.
El problema de fondo es que el Reino Unido no le gusta la Unión Europea y lo que hace es que cuando alguna regla no le gusta lanza un "yo me excluyo de eso", y los demás paises se lo permiten. Solamente son Europeos cuando les interesa.
Indiana Jones Registrado: 09-08-2010 Mensajes: 1679
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bluesman_bcn Escribió:
Gracias Blini por lo que me toca.
El problema de fondo es que el Reino Unido no le gusta la Unión Europea y lo que hace es que cuando alguna regla no le gusta lanza un "yo me excluyo de eso", y los demás paises se lo permiten. Solamente son Europeos cuando les interesa.
Confirmado, tras unas consultas telefónicas y emails:
Un inglés al que le acompaña su conyuge no comunitario y que reside en UK, SI puede entrar en España sin necesidad de visado y Ryanair no le deniega el embarque.
Un español al que le acompaña su conyuge no comunitario y que reside en España, NO puede entrar en UK sin visado y Ryanair le deniega el embarque.
Igual nos pasa con GIBRALTAR ellos si pueden pasar a España, nosotros no pdemos pasar a GIBRALTAR.
¡País chulo que tenemos! Y encima se lo reconocemos con leyes.
Indiana Jones Registrado: 09-08-2010 Mensajes: 1679
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Ryanair está obligada a cumplir la ley que el país de destino le impone. Si la ley del país de destino vulnera alguna norma internacional, como comprenderás no es un problema de la compañía aérea, sino del propio país de llegada. Si Ryanair no respeta dichas normas, y acepta a pasajeros en sus vuelos sin tener en cuenta las exigencias del país de destino, se enfrenta a severas multas (3000 euros por pasajero rejected, ninguna broma...)
Ryanair hace lo que mas le conviene y lo comprendo, pero no lo que dicen las leyes, la ley dice lo contrario. Una cosa es lo que dicen las leyes y otra cosa lo que hace UK y Ryanair, pensaba que se quedó claro. Ocurre igual que no dejar embarcar a los menores de 14 años sin DNI en vuelos interiores, la ley dice que pueden y Ryanair dice que no pueden porque lo dicen sus normas, la ley dice que la carteleria tiene que estar como mínimo en español y Ryanair la pone en inglés, etc.
Yo por supuesto seguiré volando con Ryanair porque me parece la mas adecuada a mis necesidades pero las cosas como son. O hasta que me pongan en la lista negra después del juicio.
¡Que lastima que no tengamos unas autoridades que nos defiendan! por un plato de lentejas cualquier cosa dejan pasar.
El otro día al facturar en Barajas con Ryanair mi maleta pesó 15 kilos 500 gramos.
Le dije que no se preocupara que ya quitaba algo y el chaval me dijo:
No se preocupe, por medio kilo o un poco más no decimos nada, pero si llega a 16 sí, no me puedo jugar mi puesto de trabajo.
Sí es cierto que luego la gente (los pasajeros) con sus ansías de ahorrar dinero (y luego en vez de tomar el autobús tomar un taxi y gastarse lo mismo que en otra compañía) por no facturar una maleta hacen malabarismos.
En ese mismo vuelo, mucha gente no pudo poner la maleta por falta de espacio físico en el avión, con lo que al final tuvieron que bajarlas a la bodega.
Eso implicó que ellos debieron esperar 10 minutos que salieran y la posibilidad de que se extravíe. Vamos, que no pagaron los 30 euros que a mi me costó pero les suposo un perjuicio también. Si empiezan a hacerlo en todos los viajes no sé como terminará.
Estoy contigo. Cuando viajo con Low Cost valoro muy bien la necesidad de facturar maleta y gastarme 30€, y generalmente acabamos facturando una maleta para todos los que viajamos, sobre todo por la compdidad de los líquidos y todo eso
Lo que nunca entenderé es como luego en la puerta de embarque hay gente que "tuerce el morro" porque le dicen que su maleta no cabe en en cajón o que se pasa de peso. Vamos a ver, cuando reservo un vuelo por 30-40 € como he hecho con Ryanair, sé de sobra que no me puedo pasar ni un centímetro ni un kilo, y que si me paso y no me dicen nada es porque ellos quieren, pero que estan en su derecho de decirme que no monto la maleta o que tengo que pagar. Entonces, ¿de qué nos quejamos? Seamos realistas, el beneficio lo tienen en lo más mínimo, así que tienen que explotarlo
Si voy para dos días a Londres tengo claro que con mi minimaletita de equipaje de mano que cabe en todos los cajones (menos en el de wizzair, cuidado con este cajón) no voy a tener proble. Si necesito más espacio, quizá es preferible facturar y no estar tenso en la puerta de embarque
Buenas! A ver si alguien me puede sacar de duda, he cogido un vuelo para Londres la ida es con Easyjet yla vuelta con Ryanair, y ahora que he comprado el billete me gustaria facturar una maleta, pero no se si es que tengo que facturar por cada compañia, es decir una vez por easyjet y otra vez para ryanair, o bien solo me basta con facturar una vez con easyjet....
Buenas! A ver si alguien me puede sacar de duda, he cogido un vuelo para Londres la ida es con Easyjet yla vuelta con Ryanair, y ahora que he comprado el billete me gustaria facturar una maleta, pero no se si es que tengo que facturar por cada compañia, es decir una vez por easyjet y otra vez para ryanair, o bien solo me basta con facturar una vez con easyjet....
Para el viaje de ida tienes que facturar una maleta con easy, y para el viaje de vuelta una con ryanair, son dos cias distintas.
Ten cuidado con los pesos máximos de maleta, porque creo que ryanair deja facturar 15 kg y pagas por kg adicional mientras que easy son 20.