Foro de Denuncias o Malas Experiencias: Foro para informar de malas experiencias en viajes. Opiniones sobre servicios de empresas o establecimientos (mayoristas, agencias, alojamientos, aerolíneas, guías etc).
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
Sacado de la página de la DGT:
"El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa imputable a dicho titular".
Willy Fog Registrado: 06-11-2007 Mensajes: 10539
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Waly Escribió:
angel-ito Escribió:
Waly Escribió:
BURMAFRIEND Escribió:
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
Sacado de la página de la DGT:
"El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa imputable a dicho titular".
Siempre y cuando no seas tu el conductor y hayan notificado al propietario o titular del vehículo.
Si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor. No se si me explico. Y te vuelvo a repetir, sin ánimo de crear discusión, yo soy conductor de una empresa y si a mi me ponen una multa por exceso de velocidad o de cámara de acceso a zonas restringidas y no me paran en el momento para identificarme, lo que hace tráfico es mandar una notificación a la empresa para dar los datos del conductor. Si la multa solo es económica, la empresa la puede pagar, pero si conlleva retirada de puntos es obligatorio dar los datos del conductor. Si no se dan y dependiendo del importe de la multa la sanción se eleva a una cuantía considerable que paga la empresa y no te retiran los puntos.
Super Expert Registrado: 15-03-2009 Mensajes: 491
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angel-ito Escribió:
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BURMAFRIEND Escribió:
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
Sacado de la página de la DGT:
"El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa imputable a dicho titular".
Siempre y cuando no seas tu el conductor y hayan notificado al propietario o titular del vehículo.
Si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor. No se si me explico. Y te vuelvo a repetir, sin ánimo de crear discusión, yo soy conductor de una empresa y si a mi me ponen una multa por exceso de velocidad o de cámara de acceso a zonas restringidas y no me paran en el momento para identificarme, lo que hace tráfico es mandar una notificación a la empresa para dar los datos del conductor. Si la multa solo es económica, la empresa la puede pagar, pero si conlleva retirada de puntos es obligatorio dar los datos del conductor. Si no se dan y dependiendo del importe de la multa la sanción se eleva a una cuantía considerable que paga la empresa y no te retiran los puntos.
Te puedo decir que las he visto de todos los colores.Dices que "si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor". Vale, pero si Tráfico remite la notificación y correos la devuelve con dos intentos por "ausente",la notificación va al B.O.E. Y se te da por notificada con todas las de la Ley,guste o no guste.Si tú no notificas un cambio de dirección a Tráfico de la manera que sea(renovar carné,compra coche nuevo,etc)la dirección que tiene Tráfico es buena y aunque no recibas la carta, la sanción la tienes.
Hay que dar los datos del conductor aunque sea por fax dirigido al centro automatizado de Tráfico de León.
Willy Fog Registrado: 06-11-2007 Mensajes: 10539
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fabianandres Escribió:
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Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
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"El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa imputable a dicho titular".
Siempre y cuando no seas tu el conductor y hayan notificado al propietario o titular del vehículo.
Si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor. No se si me explico. Y te vuelvo a repetir, sin ánimo de crear discusión, yo soy conductor de una empresa y si a mi me ponen una multa por exceso de velocidad o de cámara de acceso a zonas restringidas y no me paran en el momento para identificarme, lo que hace tráfico es mandar una notificación a la empresa para dar los datos del conductor. Si la multa solo es económica, la empresa la puede pagar, pero si conlleva retirada de puntos es obligatorio dar los datos del conductor. Si no se dan y dependiendo del importe de la multa la sanción se eleva a una cuantía considerable que paga la empresa y no te retiran los puntos.
Te puedo decir que las he visto de todos los colores.Dices que "si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor". Vale, pero si Tráfico remite la notificación y correos la devuelve con dos intentos por "ausente",la notificación va al B.O.E. Y se te da por notificada con todas las de la Ley,guste o no guste.Si tú no notificas un cambio de dirección a Tráfico de la manera que sea(renovar carné,compra coche nuevo,etc)la dirección que tiene Tráfico es buena y aunque no recibas la carta, la sanción la tienes.Hay que dar los datos del conductor aunque sea por fax dirigido al centro automatizado de Tráfico de León.
Efectivamente, tienes razón, de hecho si te para la Guardia Civil de Tráfico y no coincide la dirección del DNI con la del Carnet de conducir te pueden denunciar. Y si es así efectivamente no te pueden localizar, esa multa como tu bien dices va al BOE y efectivamente se te da por notificada.
Los datos los puedes dar, pero siempre y cuando sepas que te han denunciado, si no lo sabes........ Y no miras en el BOE......
Volviendo al tema que ocupa el hilo, me parece delirante que desaconsejes la visita a una ciudad tan maravillosa como Granada (no soy de allí pero la he visitado en varias ocasiones) tan sólo porque te hayan puesto una multa...
Super Expert Registrado: 15-03-2009 Mensajes: 491
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Estoy de acuerdo. De hecho, me pasó en la ciudad de Gerona y no por ello dejo de recomendar la visita a su barrio antiguo y catedral.
Hay que ir a Granada, con cuidado con el coche pero hay que ir.
Willy Fog Registrado: 06-11-2007 Mensajes: 10539
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Las dos últimas veces que he ido, aparco el coche en las "afueras", y me muevo andando, pues Granada para los que vamos desde ciudades grandes, no nos lo parece.
Indiana Jones Registrado: 08-08-2006 Mensajes: 1530
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Yo he estado en Granada a finales del octubre, y acojonaita estoy, no solo por lo que estoy leyendo aquí, sino por lo que he visto en otros sitios, y es norma habitual que te aumenten la sanción por no identificar al conductor sin que te llegue ninguna notificación. Lo único que me tranquiliza es que dejamos el coche en el parking del hotel y ahora se porque se anotaron la matricula.
Granada ayuntamiento financiado por multas a los turistas
Hola, hace unos meses estuve en Granada, muy bonito, sobretodo el super museo de las ciencias, una pasada, y por supuesto la Alhambra, estuvimos en un Hotel que son apartamentos con cocina y todo, ya que vamos con dos niños y nos fué muy bien la verdad, un poco caro, pero merece la pena, pues está centrico, además las instalaciones y el servicio te dejan un recuerdo genial, Suites Gran Via 44 se llama, está en una avenida, y aunque pone mapa para llegar, no nos indicaron que el ayuntamiento tiene un sistema de autofinanciación muy peculiar, que es el siguiente, casi todo el casco antigüo solo pueden circular Taxis, autobuses y residentes o autorizados, hay unas señales que lo indican, pero claro si llegas a un lugar que no conoces, buscando el Hotel que está en esa calle, no te percatas de estas señales que encima no puedes evitar porque están ya en la via en la que no puedes circular, con la presión de la masiva circulación que hay en esa zona, así que las camaras te captan, y te llega una receta a casa que te toca pagar.
No me perece bien ni el Hotel que te avisa a toro pasado, cuando podrían avisar cuando haces la reserva o en la web, y por parte del ayuntamiento no tiene nombre, se nota que es un sistema para que los turistas le financien.
Muy bonito, pero es una lástima que no tengan un poco mas de ética. Espero que mejoren.
Osea, que vas distraido en otras cosas en lugar de vigilar la conducción y la señales de tráfico y la culpa es del Ayuntamiento y/o del Hotel por no decirte lo que está en las señales.
¡QUÉ SINVERGÜENZAS EL AYUNTAMIENTO DE GRANADA! ESTÁ CLARO QUE ESO ES UNA e**(AutoEdit)**a QUE PERMITE LA ADMINISTRACIÓN. UN GOBIERNO HONESTO Y DECENTE JAMÁS LO PERMITIRÍA.
Los Ayuntamientos necesitan pasta. Si vais a un hotel del centro de Granada, en teoría se está autorizado para pasar con el coche hasta el hotel para dejarlo allí, yo nunca he tenido problema hasta el año pasado que estuve en un hotel centrico y me llego una multa por pasar hasta el hotel de 20 eur. Que recurrí a través de la aseguradora aportando las facturas del hotel e incluso el hotel me comunicó que pasaban información al ayuntamiento pero que tenían constancia de que estaban llegando multas por pasar por el centro (que está prohibido salvo coches autorizados); al final después de recurso tras recurso he pagado la multa que ahora han sido 40 euros, porque lo único que queda es el contencioso administrativo que vale muchísimo mas y aunque lo ganes sales perdiendo porque no condenan a los ayuntamientos a pagar las costas y ellos lo saben, por eso no aceptan los recursos. Saludos