Del ministerio de sanidad.
El lunes 7 de junio han entrado en vigor los nuevos requisitos sanitarios para entrar en España:
Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea, marítima, deberán someterse a un control sanitario en el primer punto de entrada que incluirá, al menos, la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre su estado.
Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima deberán cumplimentar, antes de iniciar su viaje, un formulario de control sanitario. Los que lo hagan por vía aérea podrán hacerlo a través de la web
www.spth.gob.es Se abrirá en una ventana nueva. O de la App Spain Travel Health-SpTH, y los que utilicen la vía marítima podrán cumplimentarlo a través del siguiente enlace:
spthm.puertos.es/ Se abrirá en una ventana nueva. . Una vez cumplimentado, obtendrán un código QR que deberán presentar, tanto en el momento del embarque, como a la llegada a España.
Los pasajeros en tránsito internacional están exentos de pasar control sanitario, pero deberán obtener igualmente un código QR
Todos los pasajeros procedentes de un país/zona de riesgo que lleguen a España por vía aérea o marítima, deberán disponer de un certificado sanitario válido para entrar a España, que puede ser:
Un certificado de vacunación,
Un certificado de prueba diagnóstica, realizada en las 48 horas anteriores a la llegada a España,
Un certificado de recuperación de COVID-19,
Que podrán introducir en la aplicación SpTH, durante el proceso de obtención del código QR.
Los pasajeros que hayan sido vacunados con una pauta completa, con vacunas autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento Se abrirá en una ventana nueva. O por la Organización Mundial de la Salud Se abrirá en una ventana nueva. , al menos 14 días antes de llegar a España, no deberán aportar ninguna prueba diagnóstica adicional. No obstante, es posible que se les pueda hacer una prueba diagnóstica a la llegada si la autoridad sanitaria lo considera necesario.
Los pasajeros no vacunados, deberán realizarse una prueba diagnóstica en las 48 horas anteriores a la llegada a España. Las pruebas admitidas serán:
Pruebas de amplificación de ácido nucleico (NAAT), que detectan el material genético del virus (P.ej. PCR, TMA, LAMP, NEAR etc.)
Pruebas rápidas de detección de antígenos (RAT), que detectan la presencia de antígenos del virus. Las pruebas admitidas son las autorizadas por la Comisión Europea, que puede consultar en el siguiente enlace Archivo pdf. Se abrirá en una ventana nueva.
Los pasajeros que hayan pasado la enfermedad, podrán presentar un certificado de recuperación siempre y cuando hayan transcurrido más de 11 días desde que se realizó la primera prueba NAAT positiva. Este certificado tendrá una validez de 180 días desde entonces.
Los pasajeros que dispongan de un Certificado COVID Digital de la Unión Europea válido en cualquiera de sus tres modalidades (de vacunación, de diagnóstico o de recuperación) y lo incorporen a SpTH durante el proceso de obtención del QR, obtendrán un código QR FAST CONTROL que permitirá que el proceso de control a la llegada sea mucho más ágil. Para más información puede consultar la página web de la Unión Europea (UE) Se abrirá en una ventana nueva.
Los pasajeros que no dispongan de un Certificado COVID Digital de la Unión Europea válido, podrán igualmente introducir en la aplicación los datos del certificado de que dispongan y obtendrán un código QR DOCUMENTAL CONTROL que supondrá la revisión de su certificado a la llegada.
Los menores de 12 años están exentos de presentar los certificados anteriormente descritos, aunque deberán disponer del código QR obtenido tras cumplimentar el formulario de control sanitario.
En cumplimiento de la Orden SND/413/2021, a partir del 01 de mayo, las personas cuyo país de inicio de viaje hacia España sea la República de India, con o sin escalas intermedias, deberán permanecer en cuarentena los 10 días posteriores a su llegada a España o durante toda su estancia si ésta fuera inferior a ese plazo. Este periodo podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección aguda con resultado negativo.