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Chicos acabo de llegar del Inem y estoy fatal, me han denegado la salida al extranjero, segun la directora YO NO TENGO DERECHO DE SALIR DEL PAIS... Me dice que con mi ayuda de Renta Activa de Insercción no puedo salir, me lo ha dicho la propia directora.... Esto es verguenza.... Al final el comunicado de la Señora Fatima Ibañez es mentira, para callar bocas por la polemica que creo con el decreto del día 13 de julio... Ahora que me aconsejais chicos, me voy sin avisar? o al ver dicho en la oficina que me voy me pueden fichar, es decir, apuntarme en una lista como que he salido? para después quitarme la ayuda...estoy desesperada
Chicos acabo de llegar del Inem y estoy fatal, me han denegado la salida al extranjero, segun la directora YO NO TENGO DERECHO DE SALIR DEL PAIS... Me dice que con mi ayuda de Renta Activa de Insercción no puedo salir, me lo ha dicho la propia directora.... Esto es verguenza.... Al final el comunicado de la Señora Fatima Ibañez es mentira, para callar bocas por la polemica que creo con el decreto del día 13 de julio... Ahora que me aconsejais chicos, me voy sin avisar? o al ver dicho en la oficina que me voy me pueden fichar, es decir, apuntarme en una lista como que he salido? para después quitarme la ayuda...estoy desesperada
Te tratan como a un preso en tercer grado o peor..... En fin, estamos el el país del PP "ESPAÑISTAN"
Siento mucho tu situación, esa norma se aprobó y, aunque se derogue, sigue en vigor y, efectivamente, no puedes salir.
Sobre qué hacer....no sé decirte, valora tú los pros y contras, piensa en lo que ganas y lo que pierdes.
Pero es que la semana pasada, fui al Inem, y el chico que me atendio me explico que no me podian prohibir salir del pais, es un derecho como ciudadano europeo, me comento que pidiera el permiso y al llegar me presentara de nuevo, he leido muchisimas noticias de los periodicos de tirada nacional y lo explica bien claro, si puedo salir del extranjero, los que no pueden son los que estar sellando el paro para poder solicitar esta ayuda (que me parece super mal) si pones en google cualquier cosa referido al tema, te lo explica estupendamente, tengo los mismos días que la persona que esta cobrando el paro y quiere salir del pais, es el mismo tramite... Es que estoy harta de leerlo por todos lados... Desde los pros son muchos mas porque voy para buscar trabajo...
Así que la verdad tengo pocas ilusiones en la vida, porque tengo un 47 % de discapacidad y me es muy dificil encontrar trabajo, llevo trabajando desde los 19 años con contratos que ni los nombro y por mi discapacidad me han dado esta ayuda ya que llevo 1 año sin encontrar trabajo... No me voy a ir de fiesta ni nada por Dios... Pero viendo el paronama y yo siendo totalmente legal con la intención de pedir permiso y no me lo dan... Pues nada... Hare caso omiso como hacen conmigo...
Espero que me comprendais todo lo que estoy escribiendo pero hablo desde la desesperación y la injusticia... Gracias
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12112
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Ve a otra oficina y pide el permiso a ver qué te dicen, si te dicen que sí, te mandarán a tu oficina de nuevo. Si te lo deniegan, pídelo por escrito a ver si con eso puedes hacer algo.
De todas maneras, lo que tengo entendido es que con la ayuda de 426€ no se puede salir salvo excepción.
Ve a otra oficina y pide el permiso a ver qué te dicen, si te dicen que sí, te mandarán a tu oficina de nuevo. Si te lo deniegan, pídelo por escrito a ver si con eso puedes hacer algo.
De todas maneras, lo que tengo entendido es que con la ayuda de 426€ no se puede salir salvo excepción.
Hay otras ayudas aparte de la "Renta Ayuda de Inserccion" que si que puedes salir del pais. Todas las ayudas son de entre 400-450€ pero todas tienen cosas differentes.
La morena23, si lo tienes concedido ya no tendrias que tener problema. el problema seria si no lo tienes concedido todavia.
El Ministerio de Trabajo ha aclarado lo siguiente:
Esa norma modifica exclusivamente los criterios para la concesión de la RAI y no afecta al resto de prestaciones y ayudas por desempleo.
La obligación de permanecer como demandante de empleo durante 12 meses sin salir del territorio nacional se exige únicamente como requisito para conceder la RAI, pero una vez aprobada, el desempleado que la cobra puede viajar fuera de España con la misma regulación que había hasta ahora y que se aplica para todas las prestaciones.
Se establecerán excepciones en el caso de que el solicitante solicitante deba viajar al extranjero por causas urgentes o de extrema necesidad
Indiana Jones Registrado: 18-08-2010 Mensajes: 4798
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A ver, una duda que me surge.
Si estoy cobrando el paro y dentro de un par de meses comienzo a trabajar (con contrato temporal), puedo pedir suspender la prestación antes de irnos de viaje, no? Y luego cuando se termine mi contrato puedo volver a reanudar los meses que quedaban pendientes por cobrar?
No sé si me explico.
Y en el caso de que pudiese suspender la prestación, habría que hacerlo a final del último meses o se puede hacer unos días antes de salir de viaje?
Si estoy cobrando el paro y dentro de un par de meses comienzo a trabajar (con contrato temporal), puedo pedir suspender la prestación antes de irnos de viaje, no? Y luego cuando se termine mi contrato puedo volver a reanudar los meses que quedaban pendientes por cobrar?
No sé si me explico.
Y en el caso de que pudiese suspender la prestación, habría que hacerlo a final del último meses o se puede hacer unos días antes de salir de viaje?
Iris, estas cobrando paro o ayuda? Cuantos meses te han concedido?
Indiana Jones Registrado: 18-08-2010 Mensajes: 4798
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Maria, cuando me vaya de viaje me faltarán cuatro meses por cobrar y en diciembre empiezo a trabajar otra vez. Y me marcho en octubre de viaje, así que la idea si se puede es suspenderlo antes del viaje.
He visto en la web que pone esto:
Puedes solicitar la baja en el cobro de la prestación en las siguientes situaciones: colocación por cuenta propia o ajena, traslado al extranjero, jubilación, incapacidad temporal por enfermedad común, invalidez provisional o permanente, invalidez permanente absoluta o gran invalidez, maternidad/paternidad. Has de tener en cuenta que si la baja en el cobro de la prestación es por colocación por cuenta propia o ajena y, al finalizar dicha colocación, reúnes los requisitos necesarios para acceder a la prestación por desempleo, podrás reanudar el derecho que suspendiste tras dicha colocación.
No especifica el motivo de traslado al extranjero y eso me hace dudar.
Muchas gracias Maria2512 y silvi_1982 pero eso es lo que le he explicado a la señora funcionaria, que nuestra ministra puso matices en el real decreto del día 13 de julio... La tengo aprobada desde principios de julio así que los nuevos ajustes no me afectan... Pero ya de todas maneras no me pueden atender... Hoy mismo he visto como a una chica le han contestado de malas maneras diciendo que cualquier cosa cita previa... Ya no hay cita hasta el miercoles y para esa fecha ya he vuelto del viaje y por desgracia no me atiende en otra oficina que no sea la que me pertenece por la zonaen la que vivo. Lo gracioso porque lo tiene, es que me lo ha denegado la directora y la funcionaria me dijo, si te lo doy te quitan la ayuda... No saben ni siquiera explicar un real decreto por favor, que ellos estan para ayudarnos. Así que me rindo, se lo he intentando explicar y no me han querido oir. Lo unico que me he dado cuenta que aquí no tengo ningun futuro con una carrera, a la vez que trabajaba que me ha costado mucho trabajo, sin el apoyo social y encima que me traten así... He decidido irme sin permiso porque total no me lo dan, así que si después tengo consecuencias pues sere responsable de ellas por mi propia voluntad. Gracias a todos
Maria, cuando me vaya de viaje me faltarán cuatro meses por cobrar y en diciembre empiezo a trabajar otra vez. Y me marcho en octubre de viaje, así que la idea si se puede es suspenderlo antes del viaje.
He visto en la web que pone esto:
Puedes solicitar la baja en el cobro de la prestación en las siguientes situaciones: colocación por cuenta propia o ajena, traslado al extranjero, jubilación, incapacidad temporal por enfermedad común, invalidez provisional o permanente, invalidez permanente absoluta o gran invalidez, maternidad/paternidad. Has de tener en cuenta que si la baja en el cobro de la prestación es por colocación por cuenta propia o ajena y, al finalizar dicha colocación, reúnes los requisitos necesarios para acceder a la prestación por desempleo, podrás reanudar el derecho que suspendiste tras dicha colocación.
No especifica el motivo de traslado al extranjero y eso me hace dudar.
No se si lo estoy entiendo bien.....
En octubre te vas de viaje y todavia te quedara 4 meses para cobrar?
Vas a empezar a trabajar en diciembre?
Iris, si no empiezas a trabajar antes del viaje solo te van a dar los 15 días de permiso.
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12112
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Es que es su luna de miel Maria y son los 15 días pero en su oficina le dijeron que le darían mas días, ya discutimos sobre esto. Yo creo que no puede paralizarlo porque lo haría todo el mundo y no lo han hecho....
Indiana Jones Registrado: 18-08-2010 Mensajes: 4798
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Ay, es que creo que no me he explicado bien...
Yo he leido varias veces que si sales de viaje al extranjero cobrando prestación tienes dos opciones, o salir con permiso durante 15 días o menos, o dejar de cobrar la prestación y salir el tiempo que quieras... Esto lo he estado leyendo muchas veces aquí, a la gente se le decía que si se quería ir mas de ese tiempo que solo tenía que suspender la prestación.
Entiendo que te dan los 15 días porque estás cobrando, sino cobras puedes irte sin problemas el tiempo que quieras.
Entonces mi pregunta es, que si yo la suspendo antes de irme, y luego vuelvo, empiezo a trabajar X meses, cuando termine mi contrato de trabajo puedo reanudar la prestación que suspendi?
Muchas gracias Maria2512 y silvi_1982 pero eso es lo que le he explicado a la señora funcionaria, que nuestra ministra puso matices en el real decreto del día 13 de julio... La tengo aprobada desde principios de julio así que los nuevos ajustes no me afectan... Pero ya de todas maneras no me pueden atender... Hoy mismo he visto como a una chica le han contestado de malas maneras diciendo que cualquier cosa cita previa... Ya no hay cita hasta el miercoles y para esa fecha ya he vuelto del viaje y por desgracia no me atiende en otra oficina que no sea la que me pertenece por la zonaen la que vivo. Lo gracioso porque lo tiene, es que me lo ha denegado la directora y la funcionaria me dijo, si te lo doy te quitan la ayuda... No saben ni siquiera explicar un real decreto por favor, que ellos estan para ayudarnos. Así que me rindo, se lo he intentando explicar y no me han querido oir. Lo unico que me he dado cuenta que aquí no tengo ningun futuro con una carrera, a la vez que trabajaba que me ha costado mucho trabajo, sin el apoyo social y encima que me traten así... He decidido irme sin permiso porque total no me lo dan, así que si después tengo consecuencias pues sere responsable de ellas por mi propia voluntad. Gracias a todos
No se, yo iria a primer hora con los enlaces y un escrito que pides el permiso y que pongan por escrito que no te lo dan.
Si te vas sin permiso y después hay problemas tendras algo donde apoyarte.
Indiana Jones Registrado: 18-08-2010 Mensajes: 4798
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silvi_1982 Escribió:
Es que es su luna de miel Maria y son los 15 días pero en su oficina le dijeron que le darían mas días, ya discutimos sobre esto. Yo creo que no puede paralizarlo porque lo haría todo el mundo y no lo han hecho....
Es que antes no sabía que empezaría a trabajar en diciembre, por eso me surge ahora esta duda... Sabiendo que a los pocos días de volver voy a empezar a trabajar no sé si se puede hacer.
Edito; lo de paralizarlo es hasta que vuelvas a tener un contrato de trabajo y este se termine. No paralizarlo hasta que vuelva de viaje sin más.. No sé si me estoy explicando...
Edito otra vez, no es paralizarlo, sino suspenderlo. Es que no entiendo que no vayan a permitir a alguien dejar de cobrar??? Sería muy raro no?