¿Se puede viajar al extranjero desde una zona confinada? ✈️


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Discusión sobre si es legal o no volar al extranjero desde zonas confiadas: controles, justificantes, cierre perimetral, viajeros en tránsito, restricciones, pruebas pcr, antígenos
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Asunto: ¿Se puede viajar al extranjero desde una zona confinada?  Publicado:


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Caboranin, ha sido algo muy debatido. En líneas generales:

-Unos piensan que se puede viajar desde una comunidad autónoma u otra unidad territorial confinada al extranjero pues el confinamiento lo dicta la comunidad autónoma y esta no tiene competencias sobre fronteras exteriores

-Otros razonan que viajar implica salir de tu comunidad o territorio confinado, lo que no está permitido salvo los supuestos que detalla la norma sobre el estado de alarma, por motivos de necesidad.

-Experiencias, ha habido de todo.

Te enlazo un par de momentos con interpretaciones diversas (hay más):

Restricciones a la movilidad en España y viajes

Restricciones a la movilidad en España y viajes

Más derivas de la cuestión: ¿Viajar al extranjero desde territorio confinado sería privilegio de los que tienen aeropuerto internacional en su parcela o se contemplan los tránsitos? ¿Vale transporte público?

Y yendo a lo práctico: Aunque estuviera convencida de que me asiste el derecho, puede que la autoridad que me encuentre tenga otras consignas u otros criterios. Siempre puedo denunciar el supuesto abuso pero a casa, me voy. Si con multa, me costará pleitear.

No sé, mi concepto de viaje de placer es otro.

Saludos.

Última edición por Lecrín el Lun, 11-01-2021 22:26, editado 1 vez
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Dr. Livingstone
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Caboranin, ya contarás si vais que ocurre . Porque el BOE dice esto :

"«Artículo 9. Eficacia de las limitaciones.
Las medidas previstas en los artículos 5, 6, 7 y 8 serán eficaces en el territorio de cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía cuando la autoridad competente delegada respectiva así lo determine a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13. La eficacia de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales.
La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. "

Teniendo en cuenta que el artículo 6 es el de las restricciones de movilidad entre regiones y las justificaciones para ello, los viajes al extranjero no deben de estar prohibidos aunque tú región esté "cerrada". Lo que no queda claro es si admiten el viaje hasta el aeropuerto de Madrid como tránsito, desde otra región confinada.

Saludos.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


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laredo-viajero Escribió:
Caboranin, ya contarás si vais que ocurre . Porque el BOE dice esto :

"«Artículo 9. Eficacia de las limitaciones.
Las medidas previstas en los artículos 5, 6, 7 y 8 serán eficaces en el territorio de cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía cuando la autoridad competente delegada respectiva así lo determine a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13. La eficacia de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales.
La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. "

Teniendo en cuenta que el artículo 6 es el de las restricciones de movilidad entre regiones y las justificaciones para ello, los viajes al extranjero no deben de estar prohibidos aunque tú región esté "cerrada". Lo que no queda claro es si admiten el viaje hasta el aeropuerto de Madrid como tránsito, desde otra región confinada.

Saludos.

Mi interpretación es que las comunidades autónomas pueden establecer el cierre perimetral (que incluye hasta el control aeropuerto) lo que no pueden es legislar sobre el control de fronteras o el transito de los no residentes.

Desde Madrid ahora mismo se puede viajar porque no hay cierre perimetral, sin embargo si estas en zona cerrada (mi barrio ahora mismo), solo podrías salir por los motivos especificados en el cierre: trabajo, estudios, medico, etc.

Si para salir de mi barrio no puedo hacerlo por turismo, no podría justificarlo de ningún modo en el trayecto de mi casa al propio aeropuerto. Además tenemos ejemplos en los puentes donde Madrid estaba cerrado, que te devolvían en el control del aeropuerto (aunque otros pasaban). Sin embargo, hoy que Madrid no esta confinado, se podría salir de vacaciones.

El cierre perimetral no es solo por carretera. Se aplica también al resto de medios de transporte.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Dr. Livingstone
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Para mí el BOE deja claro que si se puede viajar al extranjero, si el aeropuerto de salida está en la misma comunidad a pesar de que tenga restricción de movilidad.
Ahora me gustaría saber si se puede ir a aeropuerto de Madrid desde otra comunidad con restricción, la ida sería en tránsito hacia el País extranjero que sea.
A ver si alguien conoce el tema.
Gracias.
Saludos.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Indiana Jones
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Pues yo lo veo muy claro....

Región de Murcia cerrada perimetralmente solamente desplazamientos justificados. Y el hacer Turismo no es algo justificado.

Por lo tanto no puedo desplazarme de Murcia a Madrid para salir volando a otro país.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Willy Fog
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NYNY Escribió:
Pues yo lo veo muy claro....

Región de Murcia cerrada perimetralmente solamente desplazamientos justificados. Y el hacer Turismo no es algo justificado.

Por lo tanto no puedo desplazarme de Murcia a Madrid para salir volando a otro país.

Sí, en ese caso parece que la interpretación es más sencilla.
Creo lo mismo. Pero vamos opinión personal.
Otra cosa seria por ejemplo si estuvieras en vuelo en tránsito supongo
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


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laredo-viajero Escribió:
Para mí el BOE deja claro que si se puede viajar al extranjero, si el aeropuerto de salida está en la misma comunidad a pesar de que tenga restricción de movilidad.
Ahora me gustaría saber si se puede ir a aeropuerto de Madrid desde otra comunidad con restricción, la ida sería en tránsito hacia el País extranjero que sea.
A ver si alguien conoce el tema.
Gracias.
Saludos.

Pues yo no lo veo así. Si no puedes salir de tu municipio excepto por las razones justificadas, si te encuentras con un control a la salida de tu municipio, no te deberían dejar pasar.

Sino no habría forma establecer ningún cierre perimetral. Solo tendrías que llevar unas maletas en el coche y decir que ibas al extranjero. Circularías libremente por todo el país.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Dr. Livingstone
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Si, más los billetes de vuelos internacionales a tú nombre, donde indican el origen, el destino, día y hora.

Bueno a ver si alguien conoce mejor el tema consultado.

Lo que dice el BOE referente al artículo 6 y que no afecta a viajes al extranjero está claro. El tema está en llegar al aeropuerto desde otra comunidad con restricción, distinta a donde está situado.

Gracias.
Saludos.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


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laredo-viajero Escribió:
Si más los billetes de vuelos a tú nombre, donde indican el destino, día y hora.

Bueno a ver si alguien conoce el tema consultado.
Lo que dice el BOE está claro.

Saludos.

No dice nada de aeropuertos, ni turismo, ni de como justificar, solo habla de fronteras. Lo que intenta impedir esa redacción es que las comunidades legislen sobre fronteras (lo que intentó Canarias) o tránsitos por su territorio. O lo que es lo mismo, que solo legislen para residentes o gente que quiere viajar a su territorio.

Si entendemos que podemos saltarnos el cierre perimetral de nuestra comunidad para viajar al extranjero. También se podría ir por carretera, tren o barco.

Podrías ir a ver a un amigo o a almorzar a Portugal, a esquiar a Andorra, de compras a Gibraltar, en coche a Francia o Italia...
Y no digamos viajar de Asturias a Andalucia, solo tengo que pasar por Portugal. Incluso podría ir a Andalucía desde Santander, pasando por Madrid, con una reserva cancelable en el Algarve (cancelada después de imprimir la reserva).

Si la justificación para romper el cierre perimetral es "que voy al extranjero", no habría forma de controlarnos, ni por tierra, ni por mar, ni por aire. Haciendo el paripé de llevar unas maletas, podrías ir donde quisieses.

En los controles que te puedes encontrar te van a preguntar: origen, destino y si origen o destino saben que tiene cierre perimetral: motivo del viaje. Si es por trabajo, motivo medico, etc, un justificante.

Si el viernes por la tarde y siendo residente en Madrid vas saliendo por la carretera nacional con la familia en el coche y presentas un justificante de ir a trabajar, no creo que te dejen pasar.

Quote::
Artículo 6. Limitación de la entrada y salida en las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía.
1. Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de cada comunidad autónoma y de cada ciudad con Estatuto de autonomía salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

A) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

B) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

C) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

D) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.

E) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

F) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

G) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.

H) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

I) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

J) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

K) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, la autoridad competente delegada que corresponda podrá, adicionalmente, limitar la entrada y salida de personas en ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior a la comunidad autónoma y ciudad con Estatuto de autonomía, con las excepciones previstas en el apartado anterior.

3. No estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas en este artículo.
...
Artículo 9. Eficacia de las limitaciones.
1. Las medidas previstas en los artículos 6, 7 y 8 serán eficaces en el territorio de cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía cuando la autoridad competente delegada respectiva lo determine, a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13. La eficacia de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales.

La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que dicha medida afecte a un territorio con frontera terrestre con un tercer Estado, la autoridad competente delegada lo comunicará con carácter previo al Ministerio del Interior y al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

2. La medida prevista en el artículo 5 será eficaz en todo el territorio nacional en el momento de la entrada en vigor de este real decreto, sin perjuicio de lo previsto en el siguiente párrafo.

En el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, la medida prevista en el artículo 5 será eficaz cuando la autoridad competente delegada en este territorio lo determine, a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13. La eficacia de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Dr. Livingstone
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Si eres de Madrid aunque tenga cierre perimetral la Autonomía y vas a México desde Barajas, parece ser que puedes. Será interesante llevar los billetes de avión o incluso también el Boe donde lo especifica por si acaso. Lo mismo que desde Barcelona, como ya se ha explicado en otros post.
El tema para mí es si se puede ir desde otra autonomía con cierre perimetral llegar a Barajas o al Prat. Contando el viaje hasta allí como transito.
A ver si alguien conoce realmente el tema, más allá de interpretaciones personales.

Gracias.
Saludos.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


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laredo-viajero Escribió:
Si eres de Madrid aunque tenga cierre perimetral la Autonomía y vas a México desde Barajas, parece ser que puedes. Será interesante llevar los billetes de avión o incluso también el Boe donde lo especifica por si acaso. Lo mismo que desde Barcelona, como ya se ha explicado en otros post.
El tema para mí es si se puede ir desde otra autonomía con cierre perimetral llegar a Barajas o al Prat. Contando el viaje hasta allí como transito.
A ver si alguien conoce realmente el tema, más allá de interpretaciones personales.

Gracias.
Saludos.

Más allá de las interpretaciones personales te puedo decir que mi cuñado salio de la Ciudad de Murcia y fue a recoger a mi sobrina al aeropuerto de Alicante que venía de Edimburgo que vive allí desde hace 8 años y a la altura de Orihuela en plena autovía estuvo 1 hora en un control perimetral. Ya iba el bien documentado con toda la información de vuelos , justificante de residencia etc etc y pudo pasar para llegar al aeropuerto de Alicante después de que le pidieran todo tipo de documentación hasta el libro de familia.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Dr. Livingstone
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Perfecto. Le dejaron salir de su Autonomía para ir a recoger a un familiar a un aeropuerto de otra comunidad.
Su caso entrará en las justificaciones válidas, yo ese caso no le he mirado.

Lo cual no tiene que ver con la consulta que hago, son casos distintos.

Gracias.
Saludos.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


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laredo-viajero Escribió:
Si eres de Madrid aunque tenga cierre perimetral la Autonomía y vas a México desde Barajas, parece ser que puedes. Será interesante llevar los billetes de avión o incluso también el Boe donde lo especifica por si acaso. Lo mismo que desde Barcelona, como ya se ha explicado en otros post.
El tema para mí es si se puede ir desde otra autonomía con cierre perimetral llegar a Barajas o al Prat. Contando el viaje hasta allí como transito.
A ver si alguien conoce realmente el tema, más allá de interpretaciones personales.

Gracias.
Saludos.

Ese es el error, que no puedes. Madrid tenia cierre perimetral hasta el día 6. Ahora mismo (dia 9) residiendo en Madrid (en zona no cerrada) si podrias.

Otra cosa es que no se aplicase el cierre.

Mira un detalle:
Quote::
La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de que dicha medida afecte a un territorio con frontera terrestre con un tercer Estado, la autoridad competente delegada lo comunicará con carácter previo al Ministerio del Interior y al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

¿Si la comunidad autónoma no tiene potestad para un cierre perimetral, porque tiene que comunicárselo a Interior y a Exteriores?
Porque si que tiene potestad de limitar los movimientos a un extranjero que venga a su territorio o a un residente que intenta salir de el.
Lo que no puede es cerrar la frontera o impedir los tránsitos (de Portugal a Madrid, por ejemplo).

Imagínate las ciudades fronterizas con Portugal (Huelva, Badajoz, Ciudad Rodrigo, Tuy... ) ¿Podrías ir a cenar o de fin de semana a Portugal residiendo en zona confinada o un portugués a España a comunidad confinada? No tendría sentido permitirlo.

Si la interpretación es la contraria: uno de Zamora o de León (confinados dicen que hasta Mayo), podría ir de fin de semana a Oporto, pero no a Santiago, Oviedo o Madrid.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Dr. Livingstone
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Sin perjuicio de lo anterior.

Entiendo que no es un tema que hayan explicado muy bien.
Pero se puede, por ejemplo un gipuzcoano puede pasar a Francia o un francés a Gipuzcoa. Eso sí, cumpliendo las reglas de entrada a cada país. Y muchos más ejemplos, algunos de ellos explicados en esta web.

Es más, hemos tenido.en Laredo decenas de surferos franceses, holandeses .... Que pasan la frontera en sus furgo-casas en busca de las mejores olas en los meses de Noviembre y Diciembre. Ahora ya como han debido de imponer nuevas restricciones en temas de PCR o cuarentenas no.

Eso ya lo sé, pero.en nuestro caso no sirve, ahora solo falta aclarar lo de viajar a aeropuerto desde otra autonomía con cierre perimetral.

Gracias.
Saludos.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


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laredo-viajero Escribió:
Sin perjuicio de lo anterior.

Si se puede, por ejemplo un gipuzcoano puede pasar a Francia o un francés a Gipuzcoa. Eso sí, cumpliendo las reglas de entrada a cada país.

Es más, hemos tenido.en Laredo decenas de surferos franceses, holandeses .... Que pasan la frontera en sus furgo-casas en busca de las mejores olas en los meses de Noviembre y Diciembre. Ahora ya como han debido de imponer nuevas restricciones en temas de PCR o cuarentenas no.

Eso ya lo sé, pero.en nuestro caso no sirve, ahora solo falta aclarar lo de viajar a aeropuerto desde otra autonomía con cierre perimetral.

Gracias.
Saludos.

Observa lo que dice:
Quote::
Limitación de la entrada y salida de personas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de los términos municipales en los que tengan fijada su residencia
1. Se determina que queda restringida la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de los términos municipales de residencia.

2. Únicamente estarán permitidos aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:...
El de Gipuzcoa podía ir a Francia con una serie de motivos que especificaba el gobierno vasco, pero turismo no era uno de ellos.

Una cosa es lo que se hace y otra es la norma.

Tienes ejemplos de madrileños a los que devolvieron de Barajas en los últimos puentes. En Navidad parece que ha estado relajada la cosa (quizás había demasiadas excepciones), pero eso no quiere decir que en Febrero no te paren en el control.

Y a lo mejor siendo de Cantabria o La Rioja, pues el policía de Barajas no se sabe si estas o no confinado... (en España hay 18 normas y cientos de localidades cerradas) pero siendo de Madrid, Cataluña o Andalucía, probablemente lo sabe. Si el territorio está confinado no te deberían dejar pasar a menos que tengas un justificante y te aseguro que el BOE y los billetes no valen.

Controles no solo hay en el aeropuerto, hay aleatoriamente entre comunidades autónomas cerradas, en carreteras y estaciones de tren o autobuses interurbanos. Que no haya muchos días o que no paren a todo el mundo, no quiere decir que no haya. Yo los he visto en la estación de AVE.

Si te paran en un control te preguntan: origen, destino y motivo de viaje. Le enseñas el justificante y si es coherente, pasas sin problema. No lo van a leer al dedillo, por mi experiencia ellos tampoco quieren complicarse, pero si no lo tienes, no pasas. Para eso es el control, las preguntas no son por curiosidad.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Dr. Livingstone
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Gracias.

Saludos.
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Asunto: ¿Se puede viajar al extranjero desde una zona confinada?  Publicado:


Experto
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Herascity Escribió:
Hola,

Yo tengo pensado viajar a RD el 20 de Marzo desde Madrid si no ponen cierre perimetral. Los que habeis viajado recientemente ¿Sabéis si hay algún tipo de control en barajas donde te pidan justificación del viaje o de que comunidad autónoma donde resides? Hay otro foro donde se inició una conversación de este tema pero no es nada práctico y esta lleno de opiniones sobre las medidas y al final no se saca nada en claro si hay controles o no.

Gracias y saludos.

La verdad es que estaba dándole vueltas a este tema. Pongo mis conclusiones, con la esperanza de que si estoy equivocado alguien me corrija, porque unos cuantos mensajes para atrás me ha parecido entender que no se podía viajar a RD sin causa justificada, lo cual creo que no es correcto, pero vaya, ahí va.

- Inicio del viaje: Es perfectamente legal viajar a RD. Para salir de España no es necesario justificar nada. Se supone que seguimos en Estado de Alarma hasta el 9 de mayo de 2021, según las disposiciones del RD 926/2020, de 25 de octubre (https://www.boe.es/buscar/pdf/2020/BOE-A-2020-12898-consolidado.pdf. En el artículo 6 se restringe la entrada y salida de las CCAA salvo por una serie de motivos. Pero en el artículo 9 se dice que "la medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras". Si hay que atravesar otras CCAA para llegar al aeropuerto, en el artículo 6.3 se dice que "No estará sometida a restricción alguna la circulación en tránsito a través de los ámbitos territoriales en que resulten de aplicación las limitaciones previstas en este artículo."

- Regreso: Es necesario traer una PCR negativa realizada con una antiguedad menor a 3 días.

Agradecería que alguien con criterio y conocimiento del tema confirmara si estoy en lo correcto o estoy equivocado.
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Asunto: Re: República Dominicana y COVID-19: PCR, normas  Publicado:


Willy Fog
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Herascity Escribió:
Gracias Mxmots. Pero mi intención es saber si en la practica hay controles establecidos en barajas. Si empezamos con interpretaciones de las leyes ocurrirá como en el otro hilo que no se ha llegado a ninguna conclusión. Yo entiendo que si los operadores turísticos venden paquetes alguien los comprará y viajará. A ver si alguien que haya viajado recientemente puede confirmar si hay algún control adicional o en el de pasaportes te preguntan algo en este sentido.

Gracias!!!

Las normas estan para cumplirlas y que hoy no haya un control no quiere decir que mañana no lo pongan. Todos tenemos claro las condiciones para viajar y todo lo que se salga de esas condiciones es saltarse la norma.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


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Buenas. Llevo algunos mensajes (bienintencionados, lo sé) a almacén. Como dice el compañero, desde aquí no se alienta ni se facilita el incumplimiento de normas. Si no se hacía para colarse en un autobús, imaginad con una cuestión grave de salud pública al fondo. Aparte -se viene reiterando- que uno no encontrara un control en un momento determinado no quiere decir que otro no pueda encontrarlo.
Saludos.
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Asunto: Re: Restricciones a la movilidad en España y viajes  Publicado:


Super Expert
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Tienes razón Lecrín, no era mi intención animar a nadie a saltarse las normas ni mucho menos, solamente contar la experiencia (en mi caso con control incluido jeje). Pido disculpas.
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