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Una amiga mia se ha venido a UK a vivir (trabajar) y tuvo que parar su prestación.
Cuando fue a pararla, le dijeron que si queria podia seguir cobrandola en UK pero que tendria que hacer papeleos, y que podria costarle el conseguirla, por lo que ella aunque haya cotizado en Espanha, la prestación se la pueden dar en UK si quiere.
No se si esto es solo en nuestra comunidad o se extiende al resto de Espanha, por lo que ya no solo los extranjeros pueden hacerlo sino que nosotros también podemos, que nos cueste mas o menos puede, pero que hacerlo se puede.
Es igual que yo, llevo trabajando unos poco anhos en UK, si el día de manhana me despiden y decido volverme a casa, puedo cobrar el paro en Espanha con tal de haber trabajado como minimo un día. No se si sera justo o no, pero esas son las leyes, al igual que si uno se quiere ir al extranjero debe solicitar permiso y la ley deberia ser para TODOS la misma cuando no se cumpla.
Indiana Jones Joined: 05-02-2010 Posts: 1358
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Si por la Union Europea que tiene convenios (aunque te lo ponen dificil), pero te estoy hablando de inmigrantes de paises de fuera de la Union Europea (Peru, venezuela...) y además arreglando los papeles desde España y dandote el total de tu paro, no fraccionado como es el caso de ir a UK.
Y a pesar de que se les pague el paro total, en sus paises pueden trabajar sin impedimentos. En UK si tienes trabajo evidentemente te cortan el paro.
Sigo diciendo que la ley no es igual para TODOS, nos guste o no.
Indiana Jones Joined: 05-02-2010 Posts: 1358
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silvi_1982 wrote:
Creo que los españoles si pueden pedirlo todo junto y cobrarlo fuera, pero no puedo asegurarlo. Estoy en el móvil y no puedo comprobarlo ahora mismo.
La verdad que lo he preguntado en el servicio canario de empleo y me han dicho que no, a no ser que sea para hacerme autonoma o abrir una empresa en España.
Pero, como según quien te toque te dice una cosa u otra.
Si sabes algo y tienes alguna página de información te lo agradeceria un monton. Porque a mi me dijeron que no y en Internet no encuentro nada especifico.
Cuando la actividad profesional que se vaya a desarrollar y para cuyo inicio solicita el pago único sea una de las que a continuación se indican:
1.Inicio de una actividad como trabajador por cuenta propia o autónomo
2.Constitución de una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal)
3.Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal).
Indiana Jones Joined: 05-02-2010 Posts: 1358
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gonzalo.luis wrote:
Lo del pago unico encontre esto
Cuando la actividad profesional que se vaya a desarrollar y para cuyo inicio solicita el pago único sea una de las que a continuación se indican:
1.Inicio de una actividad como trabajador por cuenta propia o autónomo
2.Constitución de una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal)
3.Incorporación a una cooperativa o sociedad laboral, en calidad de socio trabajador o de trabajo estable (no temporal).
Eso es lo que me habían dicho pero solo valido en España, lo que dije antes, por ser española no tengo el derecho a cobrarlo todo yéndome a otro pais a buscarme la vida. Esa es la diferencia con la gente que ha inmigrado en España y luego vuelve a su país cobrando el paro de golpe y pudiendo trabajar en sus respectivos países.
Willy Fog Joined: 18-10-2009 Posts: 12144
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En cuanto al subsidio, al ser prestación no contributiva no sé si tendrá las mimos "derechos" que el paro, eso en el INEM, a ver si allí saben algo....(deberían, pero ya se sabe....).
Indiana Jones Joined: 05-02-2010 Posts: 1358
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Silvi_1982 gracias, ya lo mire, es lo mismo que me dijeron en el servicio canario de empleo. Vamos que nanai, a no ser que te montes la empresa y bla, bla bla...
Pero miren esto y diganme ustedes que TODOS somos iguales, y por cierto dije antes 5 años y resulta que son solo 3 años. AAAAAHHHHH y si no tienes suficiente paro para costearte el viaje de vuelta, no importa porque te ayudan para el viaje
¿TODOS IGUALES ?
Les sugiero que lo lean porque no tiene desperdicio. La verdad que ya podrían aplicarlo a los españoles para ayudar a emigrar fuera.
Indiana Jones Joined: 05-02-2010 Posts: 1358
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Ya lo se, no debi meterlo , pero como se ha dicho que al menos nos dan 15 días y casi hay que darle las gracias porque te dejen salir , y viendo como multan a alguien por salir ni 15 días por no avisar , pues... Que quieres que te diga, sabiendo esto desde hace tiempo me da rabia y no me pude reprimir .
Saludos y espero que tenga mucha suerte a la que le multaron ya que lo sigo considerando injusto porque como pueden ver, no es igual para todos 8)
Soy yo la que quieren multar martuxi, no avise (1 vez por 3 días, 1 una vez por 6) porque no lo sabia, si lo hubiera sabido, claro que aviso. Como dices, no es justo que siempre tenemos que pagar los que menos se lo merecen. Pero así es la vida, las injusticias...hay muchas....tristemente para todos.
Pero María, si para más INRI no puedes partir los días, imagina que tienes 2 hijos en diferentes lugares, cómo lo haces.
En fín, un horror, como casi todo lo que le toca al pobre.
Eso Karmela lo encuentro una barbaridad!!!. Que tienes que coger todos los días de una vez. Que mas les dan a ellos darte un permiso para 15 días que 2 para 7 días, o una de 2 días y otro de 13.!!!!
Indiana Jones Joined: 05-02-2010 Posts: 1358
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Bueno Maria, de verdad espero que tengas toda la suerte del mundo porque me parece super injusto.
Ahhhh y que conste que no tengo nada contra la gente de los paises que se pueden beneficiar, de hecho mis padres nacieron en Venezuela (que en Canarias le llamamos la 8º isla por toda la gente que emigró en una época ) Simplemente me parece injusto.