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Indiana Jones Registrado: 11-09-2009 Mensajes: 1450
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No ha cambiado, sigue habiendo 15 días, se tienen que dar por enterados, en realidad no es pedir permiso, por normativa ya lo tienes, es ir a comunicar que te marchas y luego que has vuelto y no pierdes nada.
No ha cambiado, en el sentido de que sigues pudiendo viajar 15 días al extranjero, solicitando el permiso y manteniendo la prestación.
Pero si ha cambiado en otro sentido, y es la novedad de poder abandonar el país para salir al extranjero hasta 90 días, comunicándolo e INTERRUMPIENDO la prestación. En este caso, a la vuelta se solicita reanudar la prestación, que no variaría ni en tiempo ni en cuantía, salvo que se interrumpiría durante el período de estancia en el extranjero. En este caso, ya no es necesario justificar el motivo de la salida, no tiene que ser por estudios, formación o por trabajo.
Hola foreros!
Necesito vuestra ayuda, el año pasado en mayo pedi 15 días para irme de vacaciones en el INEM, este año me quiero ir una semana en abril, como no ha pasado un año desde la última vez no puedo pedirlos, o es dentro de cada año? Alguien me puede ayudar, es que los vuelos baratosse agotan, sería para salir el jueves y hasta el lunes no puedo ir a la oficina del INEM a preguntar porque es Semana Santa y todos los días son inhábiles.
Muchas gracias y si alguien lo sabe agradecería mucho la ayuda
Muchas gracias Karmela, el lunes iré al paro para ver que me dicen, los billetes de avión tendrán que esperar aunque cada día que pasa suben así que igual hay que cambiar de planes...
Indiana Jones Registrado: 03-11-2012 Mensajes: 3645
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Hola
Tengo un par de dudas:
1. Si tenemos 15 días de vacaciones, ¿se pueden realizar dos viajes al extranjero de 8 y 7 días respectivamente?
2. ¿Es posible salir de extrangis de España por Francia o Portugal y desde allí coger vuelo a otro país sin que te pillen?
¿O coger un tren que viaje por Europa también de extrangis?
1. Si tenemos 15 días de vacaciones, ¿se pueden realizar dos viajes al extranjero de 8 y 7 días respectivamente?
2. ¿Es posible salir de extrangis de España por Francia o Portugal y desde allí coger vuelo a otro país sin que te pillen?
¿O coger un tren que viaje por Europa también de extrangis?
A lo primero si, a lo segundo te juegas a que por lo que sea se enteren y te pillen, aunque lo del tren siempre que no te pidan documentación no se deberían enterar, a no ser que la compañía ferroviaria les informé.
Indiana Jones Registrado: 20-05-2007 Mensajes: 1641
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Buenas.ninguna compañía aérea va a informar al paro de que tal persona a salido del país cobrando el paro, mi nada parecido.sí no ve toca dichas en esos días no pasa nada.y tampoco te van a llamar para nada y sí eso tendrías unos días para poder presentarte.un saludo
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12112
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david_te Escribió:
buenas.ninguna compañía aérea va a informar al paro de que tal persona a salido del país cobrando el paro, mi nada parecido.sí no ve toca dichas en esos días no pasa nada.y tampoco te van a llamar para nada y sí eso tendrías unos días para poder presentarte.un saludo
Indiana Jones Registrado: 20-05-2007 Mensajes: 1641
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Ese tipo de respuestas son las crean buen rollo en los foros y llenan de comentarios que no vienen al tema pero bueno te respondo:estoy opinando del tema,por los comentarios anteriores y te puedo asegurar que estoy en lo cierto.un saludo.
Última edición por David_te el Mar, 16-04-2013 14:02, editado 1 vez
Indiana Jones Registrado: 26-10-2009 Mensajes: 1152
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Yo estoy ahora mismo en Tokyo. He venido para 3 meses para estudiar japonés y fui a la oficina del INEM para paralizar la prestación hasta mi regreso, y eso es lo que deberían hacer todos los que quieren salir del país cobrando el paro, porque luego pagamos siempre justos por pecadores.
Las reglas son las reglas y no puedes salir del país sin avisar.
Yo estoy muy tranquilo porque se que lo he hecho como hay que hacerlo.
Indiana Jones Registrado: 26-10-2009 Mensajes: 1152
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Karbilbo Escribió:
Salomoncico, y qué documentación te piden???????????
Si no superas los 90 días no tienes que presentar ninguna documentación. Yo regresare a los 84 días. Y me dijeron que no hacia falta ninguna documentación. Simplemente pedir cita para ir y avisar que has regresado antes de los 90 días que están permitidos ahora. Y al mes siguiente continuas cobrando la prestación. No se pierden esos días. Simplemente se paraliza.