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Buenas tardes a todos!
La verdad es que este tema es de lo más interesante y me tiene muy acojonado... Os cuento mi situación:
Durante los años 2009-2010 estuve trabajando un año en una empresa, al cumplir el año me quedé en paro y empecé a cobrar los 6 meses que me correspondían, salí del país casi tres meses y sellaba el paro online desde una conexión de España.
Al acabar la prestación, tuve la suerte de conseguir otro empleo en el que al pasar un año no me han querido renovar el contrato. Ahora tendría derecho a 4 meses de paro, pero temo que al solicitarlo me salga mi tema del viaje...
La verdad no se que hacer, se que puso ser un grave error lo que hice en el pasado, pero no soy ningún rico que le esté "sangrando" a la Seguridad Social, cobré lo que me correspondía y volví a trabajar en cuanto tuve oportunidad. Si ahora me cae una multa me hunden.
Estoy desesperado... me arriesgo a solicitar el paro? No lo cobro? Si renuncio a cobrarlo... tendré que estar "toda la vida" en esta situación?
No creo que a día de hoy me pillaran, al menos no tengo ninguna constancia de ello. Pero si quedó registrado tengo el temor de que ahora con la nueva prestación salga el tema a la luz...
Si estoy con estas dudas es porque cada vez veo más casos de este tipo.
No se mhitman, si ellos tienen constancia que has estado fuera cobrando no tienen porque esperar para que vuelvas a pedir una prestación para multarte, incluso estando trabajando te podrián mandar una carta.
Gracias por vuestras respuestas. Pienso igual que lo que me comentáis, pero veo que últimamente se están poniendo mucho las pilas al respecto. En la última semana he conocido dos casos en gente más o menos próxima y hay infinita desinformación al respecto.
Ya veremos como sigue esto, pero meterle a un parado una multa de 10.000€ me parece una locura (no sería mi caso, pero si uno de los que conozco). Ni que el paro fuese un regalo.
Pues no os creáis que es un caso tan aislado... Están solicitando en las multas la devolución de lo cobrado de paro, no solo el tiempo que se permaneció fuera sino de lo anterior y posteriormente cobrado. De esto hay casos incuso del 2008 pero últimamente se ve que se está incrementando notablemente.
A mi esto me parece una barbaridad, pero es lo que le están reclamando a ciertas personas, ya que existe el riesgo de que estando fuera del país trabajes, un hecho que está penado con un mínimo de multa de 10 mil €
Mhitman, sabes si se pone en algun sitio que esta penado con una multa de 10 mil€ por trabajar fuera? Nunca he visto que ponga ninguna cantidad por ninguna cosa.
Indiana Jones Registrado: 11-09-2009 Mensajes: 1450
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Aquí alguno está perdiendo el norte, sí esos casos son reales y piden lo anterior a la fecha de salida, al que le toque tendrá que poner el tema de abogados porque no creo equivocarme y lo veo totalmente ilegal.
A mi no me mencionan que reclaman antes de la fecha que cometi la infracción.
A mi me mencionan a partir de una fecha de entrada en españa y la segunda a partir de una fecha de salida de españa, o sea siempre a partir de esas fechas.
Indiana Jones Registrado: 11-09-2009 Mensajes: 1450
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La norma no está clara y su aplicación tampoco, si van a hacer cambios en todo lo relacionado con las prestaciones y ayudas esperemos lo pongan claro de una vez.
Como quien dice, cobrar en negro mientras ademas se cobra la prestación, e incluso añadiendo que se esta fuera del pais. Es decir,como violar tres normas.
Pues no os creáis que es un caso tan aislado... Están solicitando en las multas la devolución de lo cobrado de paro, no solo el tiempo que se permaneció fuera sino de lo anterior y posteriormente cobrado. De esto hay casos incuso del 2008 pero últimamente se ve que se está incrementando notablemente.
A mi esto me parece una barbaridad, pero es lo que le están reclamando a ciertas personas, ya que existe el riesgo de que estando fuera del país trabajes, un hecho que está penado con un mínimo de multa de 10 mil €
Creo que hablabas de la gente que trabajaba fuera....
No veo la relación con la salida al extranjero.
Si sales menos de 15 días, me río yo del trabajo y si sales más tendrán que demostrar que has estado trabajando.
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12110
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Maria2512 Escribió:
A mi no me mencionan que reclaman antes de la fecha que cometi la infracción.
A mi me mencionan a partir de una fecha de entrada en españa y la segunda a partir de una fecha de salida de españa, o sea siempre a partir de esas fechas.
Lo que yo entiendo es que la penalización consiste en la devolución de todo el parro cobrado desde la situación de desempleo más la retirada de lo que faltase por cobrar. Si, aparte, hay una multa, es lo que no sabemos....
En mi caso silvi no es así. Es la devolución a partir de la fecha de la infracción del paro cobrado, mas la retirada de lo que falta de cobrar. Lo pone claramente, de tal fecha hasta la fecha cobrado. Lo unico, que siendo así tampoco salen los numeros que por eso pienso que hay una multa que cobran también.