Foro General de Viajes: Información General para Viajar: Pasaportes, visados, vacunas, información legal y sanitaria, seguros de viaje, consejos generales de viaje.
Aquí lo explica bastante bien, con ejemplos y todo
Por favor el que sepa del tema que lo confirme, de lo contrario no déis información como verídica pues podemos confundir a mucha gente.
Por favor que alguien me confirme que esto es así. Y en caso de ser así, lo de perder días de prestación yo entiendo que son días de prestación que no cobras, pero que a partir del día que solicitas la prestación es cuando empiezan a contar todos los días de prestación acumuluados.
En otras palabras, si tengo un año de paro acumulado, y una vez me despiden tardo 3 meses en pedirlo, esos 3 meses estaré sin cobrar el paro, pero una vez solicitado tendré el año íntegro de paro no? O se me restarán 3 meses del paro acumulado?
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12111
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Lo que yo creo es que si te pasas de plazo, lo pierdes, no se acumula, es decir, si tienes derecho a 12 meses y tardas 3 en solicitarlo, cobraras 9 meses.
Pero esto es un.foro igual que la página que has puesto, las respuestas veridicas y oficiales las tienes en la web del SEPE o en cualquier oficina de empleo.
Lo que yo creo es que si te pasas de plazo, lo pierdes, no se acumula, es decir, si tienes derecho a 12 meses y tardas 3 en solicitarlo, cobraras 9 meses.
Pero esto es un.foro igual que la página que has puesto, las respuestas veridicas y oficiales las tienes en la web del SEPE o en cualquier oficina de empleo.
Siento que mi comentario haya parecido crítico con tu post, no era mi intención, simplemente me gustaría que sinedo un tema tan serio como este intentemos ser lo más exactos posible, pues es complicado perderse ente tanta información insulsa.
1º- En la web del SEPE la información no esta debidamente ordenada y clara.
2º- En las oficinas ya he preguntado y no colaboran, puede no ser ético por mi parte el querer detener la prestación por desempleo para irme a vivir fuera 3 meses, pero menos ético por mi parte sería irme al mismo tiempo que cobrase la prestación. Y te miran raro.
3º- Es un foro pero si queremos que tenga información de calidad no debemos asegurar algo que no sabemos si es verídico, el foro no es mío pero yo me beneficio si la información es de calidad. Si no se sabe algo a ciencia cierta basta con hacerlo notar.
4º- En cuanto a tu última respuesta creo que estas 100% en lo cierto acabo de encontrar este otro ejemplo en otra web: analisiscrisis.wordpress.com/ ...n-laboral/
Como se ve en el ejemplo, puedes solicitar la prestación por desempleo pasados esos 15 días, pero se restarán de tus días de prestación acumulados TODOS LOS DÍAS desde la última relación laboral que hayas tenido hasta la fecha de solicitud.
Yo también creo que es como dice Silvi, si tardas 3 meses en pedirlo y tienes un año de paro, solo vas a cobrar los 9 meses, ya que el paro cuenta desde el primer día en que estas parado (descontando las vacaciones si fuera el caso), ya que sino cada uno cobraria el paro cuando quisiera.
Si antes de solicitar el cobro del paro (tras volver de vacaciones) trabajas aunque sea 1 día tras esto puedes cobrar la prestación que dejaste a medias sin ninguna penalización.
Es la única "trampa" legal que he visto posible. Para no perder ni un solo día de prestación.
Efectivamente, si trabajas al menos un día, tienes de nuevo 15 días, a partir del día siguiente, para pedir la prestación con lo que en ese caso cobrarias toda la prestación que te corresponderia del trabajo anterior. Aunque para ello deberia darse el condicionante de que estuvieras de alta al menos ese día.
A partir de ahora, no obstante, la salida al extranjero, "por cualquier motivo o duración" interrumpirá la inscripción como demandante de empleo. En aquellos supuestos en los que se cese en la demanda de empleo, se exigirá un periodo de 12 meses "ininterrumpido" desde la nueva inscripción, de modo que a los desempleados que tenían derecho a la prestación por desempleo no les valdrá con regresar a España; tendrán que esperar un año para poder recuperar el derecho a cobrar el paro.
De esta forma, ciñéndose a la literalidad del texto, quedaría restringido el derecho a la libre circulación de los parados españoles inclusive dentro de la Unión Europea (dado que no se precisan excepciones sobre el destino). Así, un parado español no podría acudir a una entrevista de trabajo en Berlín sin arriesgarse a perder su subsidio durante un año, ni trasladarse allí un mes para buscar empleo.
El paro es un seguro de desempleo, para subsistir mientras se busca un nuevo trabajo. Irte de viaje cobrando el paro es una e**(AutoEdit)**a, no solo al gobierno, también a todos los que trabajamos para pagar ese seguro.
Gracias a la gente que hace este tipo de cosas (entre otras) este gobierno (traicionero) tiene la excusa perfecta para empezar a meter mano y a quitar derechos.
No he leído todos los mensajes, solo hago referencia al asunto " Viajar cobrando paro: ¿Es posible? "
Indiana Jones Registrado: 16-12-2007 Mensajes: 1826
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Venía a subir la noticia, pero nari se ha adelantado. Es que estamos hablando que se acabó salir de España, ni 15 días...no sé igual alguien arroja más luz, pero cito textual del boe "La salida al extranjero, por cualquier motivo o duración,
Interrumpe la inscripción como demandante de empleo a estos efectos."
Solo he encontrado la noticia en el confidencial a traves del portal meneame, lo he intentado buscar en otros sitios y no lo he encontrado.
Como comento es a traves de meneame, que no sé si sabeis pero es un lugar donde poner comentarios también. No sé si se puede dejar el link a esos comentarios pero uno de ellos ha dicho algo que especificaba qué tipo de ayuda quitarían
" Errónea, no se refiere a la prestación por desempleo, sino a la Renta Activa de Inserción. Es decir, a la ayuda de 400 euros para parados sin prestación. Del BOE, páginas 50461 y 50462,"
Realmente no sé cuál es esa ayuda, ni si está mencionada en la noticia, ya que no entiendo tanto de leyes.
Lo que está claro es que ya ni de vacaciones ni a ir a buscar trabajo a otros paises ni a ir a visitar a familiares en otros paises se va apoder hacer. Supongo que el poco dinero que se tiene se tendrá que gastar en España para poder sacarla adelante, porque esta medida no deja ayuda a nada más.
Indiana Jones Registrado: 16-12-2007 Mensajes: 1826
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Jope nari, siempre te adelantas, jaja, efectivamente parece que corresponde sólo a Renta Activa de Inserción, no a prestación de desempleo, tb lo he leido en meneame.
Por lo que veo es para las personas que lleven más de un año en el paro casi y mayores a 46 años y que perciban un tipo de ayuda...
Vamos que a mi madre ya le pueden renovar y a mi no pasarme nada urgente porque sino me veo en un país extranjero sola sin apoyo familiar...