Foro General de Viajes: Información General para Viajar: Pasaportes, visados, vacunas, información legal y sanitaria, seguros de viaje, consejos generales de viaje.
Por experiencia propia si sales puede ser que te llamen por una oferta y al no estar te lo quitarán seguro, en cuanto 15 días de vacaciones, te puedes ir comunicándolo y sin cobrar esos 15 días ( en el paro no hay vacaciones)
Hola! mi duda es la siguiente: necesito saber si los días de viaje cuentan como días. Es decir, yo viajo un 21 de enero y el vuelo sale a las 15:15 y regreso un 6 de febrero a las 12:15 del mediodía. Es decir, ambos días estoy en territorio español durante unas horas, el resto estoy volando. ¿Esos dos días contabilizan o no? ya que estaríamos antes dos situaciones:
- si contabilizan, son un total de 17 días por los cuales no recibiría el subsidio verdad? y no recibiría el subsidio prorrateado a esos días o un mes completo?
- si no contabilizan, son un total de 15 días por los cuales si mantendría el subsidio, verdad?
Por otro lado, si hay que personarse al día siguiente hábil en una oficina sepe con cita previa y es imposible conseguir cita previa, qué sucede?
Muchas gracias!
Hola!!
Perdona que te sucedió al final? tengo la misma duda que tú tenías dado que en ningún sitio se aclara
Willy Fog Registrado: 20-04-2013 Mensajes: 18080
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marimasmari Escribió:
rorogap Escribió:
Hola! mi duda es la siguiente: necesito saber si los días de viaje cuentan como días. Es decir, yo viajo un 21 de enero y el vuelo sale a las 15:15 y regreso un 6 de febrero a las 12:15 del mediodía. Es decir, ambos días estoy en territorio español durante unas horas, el resto estoy volando. ¿Esos dos días contabilizan o no? ya que estaríamos antes dos situaciones:
- si contabilizan, son un total de 17 días por los cuales no recibiría el subsidio verdad? y no recibiría el subsidio prorrateado a esos días o un mes completo?
- si no contabilizan, son un total de 15 días por los cuales si mantendría el subsidio, verdad?
Por otro lado, si hay que personarse al día siguiente hábil en una oficina sepe con cita previa y es imposible conseguir cita previa, qué sucede?
Muchas gracias!
Hola!!
Perdona que te sucedió al final? tengo la misma duda que tú tenías dado que en ningún sitio se aclara
Para situaciones que bordean tanto la ley, lo mejor es hacer la pregunta directamente en el SEPE, que ellos son lo que saben la normativa y como aplicarla.
Expón tu caso y allí te dirán lo que puedes hacer.
Si te basas en lo que te podamos indicar aquí y luego tienes algún problema ....¿que pasaria?
Hola! mi duda es la siguiente: necesito saber si los días de viaje cuentan como días. Es decir, yo viajo un 21 de enero y el vuelo sale a las 15:15 y regreso un 6 de febrero a las 12:15 del mediodía. Es decir, ambos días estoy en territorio español durante unas horas, el resto estoy volando. ¿Esos dos días contabilizan o no? ya que estaríamos antes dos situaciones:
- si contabilizan, son un total de 17 días por los cuales no recibiría el subsidio verdad? y no recibiría el subsidio prorrateado a esos días o un mes completo?
- si no contabilizan, son un total de 15 días por los cuales si mantendría el subsidio, verdad?
Por otro lado, si hay que personarse al día siguiente hábil en una oficina sepe con cita previa y es imposible conseguir cita previa, qué sucede?
Muchas gracias!
Hola!!
Perdona que te sucedió al final? tengo la misma duda que tú tenías dado que en ningún sitio se aclara
Para situaciones que bordean tanto la ley, lo mejor es hacer la pregunta directamente en el SEPE, que ellos son lo que saben la normativa y como aplicarla.
Expón tu caso y allí te dirán lo que puedes hacer.
Si te basas en lo que te podamos indicar aquí y luego tienes algún problema ....¿que pasaria?
Ya he preguntado y cada uno me dice una cosa, por eso lo pregunto aquí. No pasaría nada porque se evidentemente que una opinión de un foro no es ningún fundamento de derecho. Y con respecto a la normativa, ellos saben lo mismo que nosotros, son 15 días naturales para que no se suspenda la prestación, pero no tienen ninguna instrucción interna para saber cómo aplicarla y por eso cada uno dice una cosa. De hecho, en sentencias de tribunales, se ve lo mismo, cada uno la interpreta como quiere.
Sólo es por saberlo, simplemente
Willy Fog Registrado: 20-04-2013 Mensajes: 18080
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Lo mejor en estos casos es no acercarse tanto al borde de la ley y reducir en un par de días la estancia fuera y así se evitan problemas o tener que recurrir a que alguien interprete la ley ¿y si por la razon que sea se alarga la estancia? Hay que preveer todos los casos posibles.
Site Admin Registrado: 29-09-2002 Mensajes: 95473
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Retiro varios mensajes uno por ser un consejo contrario a las normas y las respuestas. www.losviajeros.com/ ...age&pid=47
No se puede dar un consejo que sea incumplir la ley.