Foro General de Viajes: Información General para Viajar: Pasaportes, visados, vacunas, información legal y sanitaria, seguros de viaje, consejos generales de viaje.
Super Expert Registrado: 22-10-2009 Mensajes: 354
Votos: 0 👍
silvi_1982 Escribió:
Hola Stella, la prestación no.se puede parar en tu caso y el permiso es máximo 15 días, no te pueden dar más y, aunque lo hicieran, no tendría validez porque contradice la norma.
Lo que sí puedes hacer es no solicitar el paro dentro del.plazo establecido y hacerlo a la vuelta de tu viaje sólo que en este caso, no cobrarás la parte correspondiente desde el 15 de Julio, es decir dejarías de cobrar mes y medio.
Yo pensaba que tenías 15 días una vez extinguida la relación laboral para pedir el paro. ¿Se puede pedir cuando uno quiera?
Super Expert Registrado: 22-10-2009 Mensajes: 354
Votos: 0 👍
silvi_1982 Escribió:
Son 15 días para cobrar todo pero si Se te pasa el plazo, puedes pedirlo pero has perdido todo lo anterior.
A ver... No lo entiendo... Supongamos que una persona tiene el mínimo cotizado (creo que es un año, verdad?). ¿Durante cuántos meses cobraría? (Me parece que eran 3 o así, no?). Si se solicita la prestación más tarde, el tiempo transcurrido se descuenta de los meses que te toca cobrar???
Una pregunta acerca de la autorización para viajar al extranjero durante un máximo de 15 días; ¿te la dan en tu oficina local del sepe, y en el mismo momento de solicitarla?
Y entiendo que me darán una copia de esa autorización, más que nada por si acaso luego me reclaman algo...
¡Gracias nuevamente por la rápida contestación!
Fíjate la diferencia de operativas dentro de un mismo organismo... En canarias yo lo comunique para una persona, se iba a ausentar una semana, y no hizo falta nada, quizás seria por el tiempo... Imagino.
Pero me dijeron que en el caso de ser muchos días tendría que dejar constancia y punto, no sabia nada de ningún documento a rellenar, todos los días aprendemos algo, gracias .....
Indiana Jones Registrado: 01-07-2009 Mensajes: 4590
Votos: 0 👍
Yo lo solicite el pasado mes de Junio y me dieron un papel con la fecha de salida (dia de permiso), ese papel lo tengo bien guardado por si por error me llegara algo, que imagino que no. En el papel lo que dice es que se autoriza la salida a territorio extranjero.
Os comento, tenemos derecho a 1 mes de vacaciones, 15 días en España, 15 días al extranjero, hay q comunicarlo cuanto mas cerca del día de salida, mejor, xq es cuando te van a "suspender" la solicitud de empleo, es decir, cobramos la prestación, xo no nos llaman xa entrevistas; el papel se rellena a modo informativo, no conozco a nadie que le hayan negado las vacaciones, y el día que te dicen que has de volver a "activar" la tarjeta es cuando debes ir sin falta, suele ser el día siguiente a cuando dices q vuelves.
Hoy he estado en la oficina del Paro de mi localidad (Valencia): me han dicho que vuelva más cerca (menos de una semana) del día que tenga que salir), por lo que tendré que volver a pedir cita previa. Luego tengo que volver a decir que ya estoy aquí ( tras pedir cita previa), total, como estoy en el paro: a mi que más me da que hacer viajecitos a la oficina que está a 7 Kilómetros de mi pueblo
Y te han comentado si al pedir cita previa te lo dan para después de los 15 días que pasa?
Me explico imagina que te dan cita para el día que hace el 17 para ir al INEM, te penalizan por ir dos días mas tarde...