La libra libanesa (en árabe: ليرة) es la moneda oficial del Líbano. Se divide en 100 piastras, sin embargo no se utilizan debido a su escaso valor. Su código ISO 4217 es LBP.
En el Líbano está extendido el uso como medio de pago tanto de la libra libanesa como del dólar estadounidense. El tipo de cambio oficial entre la libra libanesa y el dólar ha sido tradicionalmente fijo (1 $ = 8.500 libras libanesas aproximadamente). Recientemente, se ha aprobado otro tipo de cambio oficial, llamado Sayrafa (1 $ = 8.900 libras libanesas aproximadamente), que se aplica en la telefonía móvil, por ejemplo, sin embargo su uso todavía no está generalizado. En las casas de cambio, el tipo de cambio es muy variable, (actualmente en torno a las 36.000 libras libanesas por dólar). Por ello, se aconseja cambiar pequeñas cantidades de dinero a libras libanesas en función de las necesidades o directamente efectuar los pagos en dólares. Algunos establecimientos (restaurantes, resorts etc.) sólo cobran en dólares estadounidenses.
Si bien en Beirut y alrededores la red bancaria está desarrollada y existen abundantes cajeros automáticos; se aconseja informarse, antes de retirar efectivo con tarjetas bancarias españolas o extranjeras, de las condiciones de la retirada (divisa en la que se retira, tipo de cambio, comisión etc.) debido a las limitaciones en la cantidad de dinero en efectivo (especialmente dólares) que se pueden retirar, y a la posible aplicación del tipo de cambio oficial.
Asimismo, se desaconseja pagar con tarjeta de crédito españolas en establecimientos sin conocer previamente la divisa y el tipo de cambio que se aplicará. Por ello, resulta aconsejable traer dinero en efectivo desde España, preferiblemente dólares, respetando los límites impuestos por la normativa vigente (Ley 10/2010, de 28 de abril).
Debido a su normativa propia, algunas entidades bancarias españolas no permiten la transferencia de dinero de o a cuentas en el Líbano, por lo que de tener pensado necesitar efectuar estas operaciones, debe consultarse previamente con su banco español. Sin embargo, sí es posible efectuar transferencias de dinero persona a persona u órdenes de dinero, aunque deben conocerse previamente las condiciones para su realización.