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A ver si alguien sabe como actuar en esta situación. Tengo una amiga que se le termina el contrato por sustitución el 15 de mayo y le corresponde una semana de vacaciones y después de pasada esa semana de vacaciones tienes 15 días habiles para arreglar el paro, en este caso ella se puede ir y arreglar el paro cuando venga pues vendria dentro del plazo para arreglarlo, habria que decirles en el paro que salistes de ESpaña si salio antes de arreglarlo, pero claro se va a estar mas de 7 días en el extranjero que serian sus días de vacaciones. Alguien sabe como actuar en este caso???
Tiene 15 días libres desde que deja el trabajo hasta que pueda apuntarse al Inem...lo que no se seguro es si también le corresponde en ese periodo la semana que mencionas...
Lo mejor es que vaya al mismo inem y salga de dudas, así no hay malos entendidos ni problemas
Indiana Jones Registrado: 01-07-2009 Mensajes: 4590
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Yo se que no puedes arreglar el paro hasta que pasan los días de vacaciones porque esos días te lo paga la empresa y a partir de que pasen es cuaando vas a presentar todo y aunque te despidan el 15 por ejemplo si te corresponden 5 días tendrias qe ir a arreglar el paro el 21 una vez pasado los días de vacaciones y desde ahí empiezan a contar los 15 días habiles para arreglarlo, lo que no se es si te vas de vacaciones cuando venga lo arreglas y si tendras que comentarle que te has ido de vacas, de todas maneras seria de ir al inem y preguntar para estar mas seguros. Pero si alguien sabe del tema y lo puede comentar se lo agradezco.Gracias rodei
Hola Ixchel
El INEM va a pagar a tu amiga desde el día que termina su semana de vacaciones, entonces es demandante de empleo desde a partir de esa fecha.
Si ella termina el día 15 y tiene 7 días de vacaciones podra ir al inem a partir del 22. Como del 22 al 29 va a seguir fuera de españa, ponemos que va al Inem el día 30. entonces como ella tendra derecho al paro desde el 22, 7 de los días van a caer en el periodo cuando esta fuera.
Por eso, antes de ir, mejor que vaya a decirlo en el INEM, si no podria tener problemas.
Indiana Jones Registrado: 01-07-2009 Mensajes: 4590
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Maria2512 Escribió:
Hola Ixchel
El INEM va a pagar a tu amiga desde el día que termina su semana de vacaciones, entonces es demandante de empleo desde a partir de esa fecha.
Si ella termina el día 15 y tiene 7 días de vacaciones podra ir al inem a partir del 22. Como del 22 al 29 va a seguir fuera de españa, ponemos que va al Inem el día 30. entonces como ella tendra derecho al paro desde el 22, 7 de los días van a caer en el periodo cuando esta fuera.
Por eso, antes de ir, mejor que vaya a decirlo en el INEM, si no podria tener problemas.
Pues es verdad que hay un periodo de las vacaciones que entran dentro del inem y quizas haya que decirlo antes, auqnue lo arregles después. Bueno le dire que pregunte antes y les informo por si alguien en un futuro tuviera la misma duda.
Muchas Thanks
Dr. Livingstone Registrado: 02-03-2008 Mensajes: 7755
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La fecha que va a valer a efectos del plazo para solicitar la prestación es la fecha del finiquito en la cual se considera que las vacaciones han sido ya disfrutadas o bien remuneradas.
Claro, Si las vacaciones han sido disfrutadas o remuneradas es así. Pero si quedan algunos días que no han sido disfrutadas o remuneradas tienen que estar estipulado en el certificado de empresa, y es a partir de esa fecha que cuenta. Por ejemplo si terminas de trabajar el día 31 pero te quedan 5 días de vacaciones no disfutadas o remuneradas tienes 15 días apartir del día 5, no del día 31.
Antes la duda, siempre es mejor que preguntais en el sitio corespondientes antes de hacer algo.
Creo que lo he explicado mal, cuando quedan vacaciones que no han sido disfrutadas la empresa sigue cotizando por ti, por eso no tienes derecho a prestación dentro de ese periodo. Esos días tienen que estar puestos en el certificado de empresa.
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12143
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Yo me he visto en esa situación, tuve 10 días de vacaciones tras un contrato de sustitución y hasta el 11º día no pude ir a pedir la prestación por desempleo. Y ahí me fui y no pasó nada, tienes 15 días para solicitarlo y cobras desde el primer día que estás ya sin trabajo, a ellos no les consta si estás en tu ciudad o no porque no te has inscrito como demandante de empleo aún.
Indiana Jones Registrado: 01-07-2009 Mensajes: 4590
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Ya pero el problema viene que pase como lo de Maria que meses después llega la carta diciendo que empezastes a cobrar tal día el paro y que entrastes al pais en la fecha donde estabas cobrando paro, por arreglar mientras lo hagas en esos días que te dan y vengas antes no pasa nada, el problema es que después no venga el susto, Dios yo todavia no me creo lo de los 2000 euros.
Por eso Ixchel, mejor curar en salud!! Que lo diga antes de salir y que decidan ellos si pasa algo o que no pase, por lo menos se ira tranquila tu amiga.
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12143
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Por supuesto, por asegurarse no se pierde nada y se puede ganar mucho.
A lo que me refiero es a que, hablo por mí, mi contrato acabó el 30 de Junio, hasta el día 11 de Julio no pude ir al INEM a apuntarme siquiera al paro y, desde ese día, tenía hasta el 26 para hacerlo y solicitar la prestación.
Si yo hubiera decidido irme del 13 al 20 de Julio de vacaciones y apuntarme al paro el 21 de Julio, ¿dónde estaría el problema? En ninguna paarte puesto que no estaba apuntada aún y, por tanto, estaba sin cobrar la prestación.
Silvi, creo que si lo miras, el Inem te habrá pagado desde del día que tenias derecho a la prestación, siendo a partir del 11 de julio, aunque te apuntastes después de esa fecha. Siempre es así, lo se por mi y por muchos compañeros. Entonces si te hubieras ido de vacaciones del 13 al 20, y te apuntas el día 21 el Inem te va a pagar desde el día 11.
Indiana Jones Registrado: 11-09-2009 Mensajes: 1451
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Eso, eso, vosotros volviéndoos locos haciendo cálculos sobre algo, que igual vas a preguntar y depende del funcionario te contestan diferente, "que os lo den por escrito" y el gobierno dando amnistía a los grandes ladrones.
Lo que si hay que hacer siempre es preguntarles a ellos en el inem, para que no haya lugar a malentendidos...
Se supone que ellos sabran mejor que nosotros los requisitos y condiciones
He leído lo que le ocurrió a Maria y espero poder leer su resolución y que sea los más favorable para ella. No se si era extranjera residiendo en España, ya que estos casos si que me constan que se están vigilando mucho.
Lo curioso del paro es que no sirve para nada... Solo para mantener cadáveres.
Estoy en paro y la formación es mala y escasa. No encuentro formación para lo que considero sirve en mi ámbito laboral y encima no puedo salir a según que países para mejorar mis conocimientos por que luego me cortan la prestación y encima me pueden multar. Así que, estoy en Spanistan intentando buscar trabajo y engrosando la lista de parados. Eso si, gastando lo mínimo, así que poco van a sacar de mi...
Una cosa que me jode es cuando se hablan de normas y leyes... Las normas y las leyes son una tontería puesto que firmas algo que luego pueden cambiar (reforma laboral) y como el caso del paro, ¿os parece lógico que a los extranjeros de varios países se les permita cobrar el paro íntegro si vuelven a su país y no pisan españa en 5 años? jajajajaj muchos se frotan las manos... A mi me gustaría poder hacerlo, de buen seguro empecería nueva vida en otro país donde el dinero cunde más que aquí, pero yo soy español y me debo a las leyes que han escrito para mi.
Chorizos hay muchos, pero pongo la mano en el fuego de que la situación del país no es ni por asomo responsabilidad de los parados o la clase trabajadora o... De los pobres, al fin y al cabo.
Saludos y espero que cada uno solucione sus problemas lo mejor posible
Yo creo que la ley deberia de ser igual para todos, tanto extranjeros como residentes, y si la norma dice que se puede salir del pais 15 días con permiso que la debieran de cumplir todos los ciudadanos.
Otro asunto muy diferente y discutible es si las leyes son buenas o malas o si en algun caso se pudieran mejorar. Eso no lo discuto...