Foro General de Viajes: Información General para Viajar: Pasaportes, visados, vacunas, información legal y sanitaria, seguros de viaje, consejos generales de viaje.
Bueno, que sepais que el cobro del paro en el extranjero se va a acabar, el gobierno tiene en marcha un plan para hacer fichar a todo dios...va a ser divertido:
Las sanciones las podeis ver aquí : Texto Refundido de la Ley de
Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Real Decreto Legislativo 5/2000 de
4 de agosto): noticias.juridicas.com/ ...-2000.html
Basicamente, si te pillan fuera de españistan, hay q devolver lo q se haya cobrado hasta el momento y se te acaba la prestación.
A mi personalmente me parece increible que no puedas parar el cobro del paro, me explico con un caso pràctico. Llevo 10 años en una empresa, cobrando x ejemplo 1500€ al mes de media. Mi empresa chapa, y me indemnizan como es debido. Yo aparte tenia unos ahorros que me permiten poder vivir por ejemplo durante 1 año en tailandia sin agobios. Decido que necesito hacer un descanso en mi vida (si, existe vida mas alla del trabajo...). Porque no se puede interrumpir el cobro hasta el año siguiente? porque debo buscar trabajo instantaniamente? aunque solo fuera ir 2 meses para despejar la mente y vivir un poco y volver con energias renovadas para buscar trabajo...pues NO, si sales de españistan te tratan como a un criminal, no puedes decidir que hacer con el dinero que te toca por tu situación. Me parece surrealista...
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12146
Votos: 0 👍
ThePassenger, claro que puedes irte ese tiempo de relax al extranjero, es muy sencillo: no solicitando la prestación por desempleo cuando te despiden.
Y lo de las multas, es devolver el dinero cobrado cuando la falta es grave. Las faltas más leves consisten en la pérdida de un mes de prestación, eso lo puse hace un año más o menos y en la noticia que redacté creo que también lo incluí.
Hola,
Llevo dos meses en el paro y ya tenía dos viajes programados antes de quedarme sin trabajo.
Uno es una escapada de fin de semana a Portugal (me voy un viernes y vuelvo un domingo), y el otro es un viaje a Túnez una semana.
No tengo ningún problema en solicitar el permiso puesto que no voy a estar más de 15 días, pero no sé si me pondrán pegas por irme dos veces, aunque realmente uno es un fin de semana, así que no sé que hacer, no sé si pedir sólo el permiso para irme a Túnez
Hola,
Llevo dos meses en el paro y ya tenía dos viajes programados antes de quedarme sin trabajo.
Uno es una escapada de fin de semana a Portugal (me voy un viernes y vuelvo un domingo), y el otro es un viaje a Túnez una semana.
No tengo ningún problema en solicitar el permiso puesto que no voy a estar más de 15 días, pero no sé si me pondrán pegas por irme dos veces, aunque realmente uno es un fin de semana, así que no sé que hacer, no sé si pedir sólo el permiso para irme a Túnez
Yo solicitaria el permiso para Tunez. Ademas de viernes a Domingo cierran las oficinas y no te van a llamar.
Hola,
Llevo dos meses en el paro y ya tenía dos viajes programados antes de quedarme sin trabajo.
Uno es una escapada de fin de semana a Portugal (me voy un viernes y vuelvo un domingo), y el otro es un viaje a Túnez una semana.
No tengo ningún problema en solicitar el permiso puesto que no voy a estar más de 15 días, pero no sé si me pondrán pegas por irme dos veces, aunque realmente uno es un fin de semana, así que no sé que hacer, no sé si pedir sólo el permiso para irme a Túnez
Yo solicitaria el permiso para Tunez. Ademas de viernes a Domingo cierran las oficinas y no te van a llamar.
Cuidado, porque no es solo cuestion si te llamen o no, también hay los controles por lista de viajeros o policia.
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12146
Votos: 0 👍
Ya Maria pero para Portugal no hay control de ninguna clase, como no te pillen por registro de roaming.....Llevo dos años yendo a Portugal y el control brilla por su ausencia.
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12146
Votos: 0 👍
Revivo un mensaje mío del verano de 2010:
Tus obligaciones al cobrar la prestación por desempleo.
Para cobrar el paro, es decir la prestación por desempleo, tienes que cumplir con las siguientes obligaciones:
- Buscar trabajo activamente, y si lo determina la Oficina de Empleo, mejorar tu formación de cara a encontrar un nuevo empleo (es el Compromiso de Actividad que has firmado cuando has realizado tu solicitud de prestación por desempleo).
- Ir a la entrevista de trabajo que te haya concertado la Oficina de Empleo, y devolverles, en el plazo de cinco días, el justificante de haber comparecido en la empresa.
- Aceptar los trabajos sin fines lucrativos que te pueden ofrecer la oficina de empleo o la agencia de colocación.
- Comunicar los cambios en tu situación personal (hijos, matrimonio, desplazamiento en el extranjero, baja médica, cambio domicilio).
- Renovar la demanda de prestación de empleo en las fechas señaladas y de la forma que se indica en la tarjeta de demandante de empleo.
- Solicitar la baja de las prestaciones por desempleo inmediatamente cuando dejas de reunir los requisitos exigidos para su percepción (por ejemplo, el día que encuentras trabajo).
- Reintegrar, si es el caso, las prestaciones indebidamente recibidas.
No respectar estas obligaciones (excepto las 2 últimas) se considera infracción leve y se sanciona de la siguiente manera:
1ª infracción: Pérdida de 1 mes de prestación.
2ª infracción: Pérdida de 3 meses de prestación.
3ª infracción: Pérdida de 6 meses de prestación.
4ª infracción: Extinción de la prestación.
No respectar las 2 últimas obligaciones se considera infracción muy grave. Se sancionan con la extinción de la prestación por desempleo. Además, se puede excluir al trabajador del derecho a percibir cualquier prestación económica durante un año.