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Indiana Jones Registrado: 04-03-2008 Mensajes: 1496
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Me podeis decir que requisitos te piden para darte un justificante de salida de esos 15 días de vacaciones al extrajero, si son billetes de vuelo??, y si haces un recorrido con tu coche fuera de España?
"....Según informe de la policia efectuó una Entrada en territorio Español el 15/01/2010 y una Salida de territorio Español el 22/12/2011. En las alegaciones efectuadas no acredita suficientemente (pasaporte o tarjetas de embarque) las fechas de salida y regreso"
No pude presentar documentación acreditando que salí de españa el 12/01/2010 y entre el 15/01/2010. (3 dias). Ellos saben por la policia que entre el diá 15 pero no el día que salí. Por ello me reclaman del 15/01/2010 hasta el 30/04/2010 (la fecha que termino mi prestación) lo que cobre de prestación. O sea, desde la fecha que ellos saben que entre hasta el final de mi prestación.
Para la salida de españa el diá 22/12/2011 hasta el 28/12/2011, SI que presenté pruebas. Aún así me hacen devolver desde el diá 22/12/2011 hasta el 28/02/2012 (lo que habiá cobrado antes que me mandaron la carta) y me anulan el resto de prestación que tenia concedido hasta el 10 de abril.
Para mi hubiera sido mas logico reclamar desde el diá 01/11/2010 (la fecha que tenia la ayuda concedido) hasta el diá que tienen constancia de mi ENTRADA el 15/01/2011y la segunda reclamar desde el diá 01/11/2011 hasta el 28/12/2011 (la fecha que consté que entro otra vez.)
Parece ser que si haces o una salida o entrada y ellos tienen constancia, todo lo que has cobrado a partir de esa fecha tienes que devolver y si te queda algo para cobrar no te lo pagan.
Me pone que tengo 30 diás para pagar los 2000€ ó solicitar una fracionamiento (con intereses). Voy a pedir cita en el inem para ver en que consiste el fracionamiento, porque 2000€ ahora mismo es un palo para mi. Solo llevo un mes trabajando. También no me quedaré callada en decirles lo que pienso, (ya lo sabeis, lo que siempre he dicho aqui) que es lo unico que me queda.
Indiana Jones Registrado: 01-07-2009 Mensajes: 4590
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Maria esto ellos lo tienen regulado???has hablado con algun abogado que sepa del tema???en donde hablan de estas sanciones???Es que se pasan tres pueblos se nota que tienen unas ansias de reacaudar que no veas
Indiana Jones Registrado: 18-08-2010 Mensajes: 4798
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Maria, no hagas nada hasta que no te asesoren, busca un abogado que pueda hacerlo antes de pagar.
Recuerda lo que escribió Coolture, yo no entiendo de leyes pero creo que con sus palabras queda bastante claro, seguro que encuentras a alguien que te puede llevar el tema.
coolture Escribió:
Situaciones como la multa de la forera María, rozan lo cómico y evidentemente unicamente tienen un afán recaudatorio, y es muy facil de derrumbar desde el punto de vista jurídico, ya que dicha sanción incumple principios del derecho administrativo mas elemental....( donde están regulados el tiempo, forma, requisitos, recursos y todos los elementos básicos del ptdo administrativo? desde luego el administrativo común 30/92 se lo salta a la torera si o si) e incluso va en contra de normas que en jerárquicamente están por encima como la constitución (, de circulación por el territorio, ... Etc etc) recogido también por las normas europeas más básicos.
"....Según informe de la policia efectuó una Entrada en territorio Español el 15/01/2010 y una Salida de territorio Español el 22/12/2011. En las alegaciones efectuadas no acredita suficientemente (pasaporte o tarjetas de embarque) las fechas de salida y regreso"
Si he hecho algo contra las normas, lo he hecho, y no entiendo porque me ponen eso de la acreditación. Que pasa? que si tengo suficientemente acreditación se olvidan del caso?? Si es así, he presentado las acreditaciones necesarios para el segundo viaje, entonces porque no se olvidan de castigarme por ese?
He estado dando vueltas que si hablar con un abogado, pero es MAS dinero que no tengo. Supongo que podria probar si me dan uno de oficio, pero todo esto me da miedo...Maria contra el estado!!!
Indiana Jones Registrado: 01-07-2009 Mensajes: 4590
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De la sentencia que hablan dicen que el señor estubo tres meses en bolivia, y efectivamente dicen que el padre fue ingresado en un hospital y murio 2 meses después pero que aun así el se quedo en bolivia un mes mas, si quizas hubiera venido en el momento que fallecio alomejor le hubieran dado la razon. En el caso de maria estamos hablando que solo falto 5 días, que si lo hubiera sabido ella no hubiera tenido ningun problema en solicitarlo ,eso esta clarisimo ella no actuo con mala fe, quizas le anulen esa pedazo de cantidad que tiene que pagar, es que este tema me da una rabia que vamos, es alucinante
Tengo una cita para asesoramiento jurídico la semana que viene. Por lo menos que me den su opinión. Aunque me digan que no hay nada que hacer, por lo menos no me quedaré con la duda que podiá haber hecho mas.
Hola, alguien sabe si lo de los 15 días es sólo para el extranjero o también para viajar por España, no encuentro la información...Gracias de antemano.