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Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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Si tienes los 15 días muy apretados, sin duda el permiso de 90 días es el mas recomendable. El de 15 días te obliga a presentarte al día hábil siguiente al de regreso a España y con el de 90 días tienes 15 días para comunicarlo. Si el vuelo se retrasa, y te pasas de los 15 días te pueden sancionar. Además aunque en teoría te suspenden la prestación, en la práctica, no lo suelen hacer para evitar dar de baja y alta la SS si son pocos días, pero depende del funcionario de turno.
Indiana Jones Registrado: 16-07-2010 Mensajes: 3464
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Venecia1, ayer regresé y esta mañana a primera hora fui a comunicar mi regreso, en mi caso salí el 30 de septiembre y regresé el 8 de octubre y me han computado 9 días, por lo tanto, me cuentan tanto el de ida como el de vuelta.
Gracias becaira...parece que depende de la oficina lo hacen de una forma u otra...yo igualmente no me iba a arriesgar.
Estoy en París ahora mismo, vuelvo el lunes. Ya te diré la semana que viene si es verdad que los cuentan tal como me dijo la chica que me informó.
Lo que es el destino, al final
Encontrado una ganga irrenunciable a Islandia justo de 9 días con lo cual unido a estos seis de París no me paso de 15. ¿Has tenido que ir justo el día después de regresar o
Hay 15 días de plazo?
Pues en principio debes ir el día siguiente a tu vuelta. En caso de fuerza mayor (retraso de vuelo por ejemplo) hay solución pero es un lio ya que hay que volver a reactivar la prestación o algo así. Por cierto al final me han contado 5 días. Ni los 4 que me dijeron en la oficina ni los 6 que te dijeron a ti. Al final han aplicado el artículo del código civil que me facilitaron...
Indiana Jones Registrado: 28-04-2009 Mensajes: 2631
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En caso de necesitar coger cita previa (aquí por lo menos es obligatorio) para notificar la vuelta del viaje tienen en cuenta el día que has pedido la cita, no el día que te la dan que puede ser más tarde de los 15 días.
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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maiteb Escribió:
En caso de necesitar coger cita previa (aquí por lo menos es obligatorio) para notificar la vuelta del viaje tienen en cuenta el día que has pedido la cita, no el día que te la dan que puede ser más tarde de los 15 días.
La cita previa con el SEPE es obligatoria para toda España.
Queria exponer el caso de un amigo.
El día 31/12/15 dejara de trabajar y quiere solicitar el subsidio. El día 12/1/16 se va de viaje al extranjero hasta el 28/1/16 con lo que supera los 15 que te dan para poder viajar. Desde que dejas de trabajar hasta que solicitar el subsidio hay 15 días hábiles, con lo cual el podría solicitar el subsidio hasta el día 25 de enero con lo cual como están dando fechas para unos 9 días después de solicitar la cita, seguramente le darían para el mes de febrero y sin ningún problema podría realizar todos los tramites.
Supongo que haciendo así el paro se empieza a cobrar desde el día 1/1/2016 y en este caso no haría falta comunicar la salida al extranjero.
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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descon Escribió:
amon1976 Escribió:
Para poder responderte con mayor exactitud, sabes si tu amigo tiene pendiente algunos días de vacaciones?
No le quedan vacaciones.
Entonces es como dices, son 15 días hábiles partir del último día de vacaciones pagadas. El día que el SEPE considera como fecha de presentación de la solicitud de la prestación no es el día de cita que nos asignan, sino el día en que nosotros la hemos pedido a través de internet o por teléfono. Asegurate que son los 9 días que comentas mediante una simulación en su web.
Recordar que en el caso de solicitar la prestación contributiva, si la solicitud se hace fuera de plazo no se pierde totalmente el derecho, pero hay una penalización.
Para poder responderte con mayor exactitud, sabes si tu amigo tiene pendiente algunos días de vacaciones?
No le quedan vacaciones.
Entonces es como dices, son 15 días hábiles partir del último día de vacaciones pagadas. El día que el SEPE considera como fecha de presentación de la solicitud de la prestación no es el día de cita que nos asignan, sino el día en que nosotros la hemos pedido a través de internet o por teléfono. Asegurate que son los 9 días que comentas mediante una simulación en su web.
Recordar que en el caso de solicitar la prestación contributiva, si la solicitud se hace fuera de plazo no se pierde totalmente el derecho, pero hay una penalización.
Gracias. Una pregunta más. En este caso, el período en que se empieza a cobrar es desde el día 1/1/2016?
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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descon Escribió:
Gracias. Una pregunta más. En este caso, el período en que se empieza a cobrar es desde el día 1/1/2016?
Exacto, se cuenta el plazo a partir del día siguiente a la fecha del cese, es decir, del despido o fin de contrato. Si hubiera vacaciones que no hemos disfrutado y que la empresa nos paga en la liquidación, el plazo empieza a partir del último día de vacaciones pagadas.
Por cierto, esta información es para solicitar la prestación contributiva, ya que para otros subsidios o el plan prepara, los plazos son diferentes.
Indiana Jones Registrado: 23-05-2009 Mensajes: 1946
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Amon una duda son 15 días hábiles o 15 dis naturales?? Lo que tienes para pedir la prestación contributiva (paro), a partir del última día de vacaciones.
Muchas gracias, es que pensaba que eran 15 dis naturales y leyendo lo que has puesto al compañero me a creado la duda
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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ivancitofani Escribió:
amon una duda son 15 días hábiles o 15 dis naturales?? Lo que tienes para pedir la prestación contributiva (paro), a partir del última día de vacaciones.
Muchas gracias, es que pensaba que eran 15 dis naturales y leyendo lo que has puesto al compañero me a creado la duda
Hábiles, lo que puso el forero descon es correcto.
Indiana Jones Registrado: 23-05-2009 Mensajes: 1946
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amon1976 Escribió:
ivancitofani Escribió:
amon una duda son 15 días hábiles o 15 dis naturales?? Lo que tienes para pedir la prestación contributiva (paro), a partir del última día de vacaciones.
Muchas gracias, es que pensaba que eran 15 dis naturales y leyendo lo que has puesto al compañero me a creado la duda
Hábiles, lo que puso el forero descon es correcto.
Hola, mi duda es la siguiente. Sigo en el paro, renovando, pero ya no cobro. Tengo que avisar igualmente de un viaje de 34 días fuera de España? Es un viaje de turismo y búsqueda de trabajo. Perderé algún tipo de privilegio cuando vuelva?
Super Expert Registrado: 22-04-2009 Mensajes: 814
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Me uno a la pregunta: No sé si es un caso similar.
Persona en el paro desde mayo del año pasado. Para irse de vacaciones en 3 semanas a otro lugar fuera de su lugar de residencia.
No sabemos los pasos a seguir, alguien me orienta?
Mil gracias de antemano.
Hola,mi marido el verano pasado cobraba el paro,fuimos de viaje 15 a new yok,lo máximo que se puede viajar al extranjero son 15 días sin dejar de cobrar el paro si son más de 15 días te paralizan el paro y lo máximo al año son 30 días,hay que pedir cita para decir que te vas de viaje y a la vuelta igual y nos pidieron los billetes del vuelo para comprobar que no eran más de 15 días
Ahora nos vamos de viaje a la India 36 días,no hemos ido al para para preguntar,pero yo creo que ahora que ya no cobra nada no tiene que justificar a nadie lo que hace con su vida
Es mi opinión
Un saludo