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Para poder responderte con mayor exactitud, sabes si tu amigo tiene pendiente algunos días de vacaciones?
No le quedan vacaciones.
Entonces es como dices, son 15 días hábiles partir del último día de vacaciones pagadas. El día que el SEPE considera como fecha de presentación de la solicitud de la prestación no es el día de cita que nos asignan, sino el día en que nosotros la hemos pedido a través de internet o por teléfono. Asegurate que son los 9 días que comentas mediante una simulación en su web.
Recordar que en el caso de solicitar la prestación contributiva, si la solicitud se hace fuera de plazo no se pierde totalmente el derecho, pero hay una penalización.
Gracias. Una pregunta más. En este caso, el período en que se empieza a cobrar es desde el día 1/1/2016?
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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descon Escribió:
Gracias. Una pregunta más. En este caso, el período en que se empieza a cobrar es desde el día 1/1/2016?
Exacto, se cuenta el plazo a partir del día siguiente a la fecha del cese, es decir, del despido o fin de contrato. Si hubiera vacaciones que no hemos disfrutado y que la empresa nos paga en la liquidación, el plazo empieza a partir del último día de vacaciones pagadas.
Por cierto, esta información es para solicitar la prestación contributiva, ya que para otros subsidios o el plan prepara, los plazos son diferentes.
Indiana Jones Registrado: 23-05-2009 Mensajes: 1946
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Amon una duda son 15 días hábiles o 15 dis naturales?? Lo que tienes para pedir la prestación contributiva (paro), a partir del última día de vacaciones.
Muchas gracias, es que pensaba que eran 15 dis naturales y leyendo lo que has puesto al compañero me a creado la duda
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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ivancitofani Escribió:
amon una duda son 15 días hábiles o 15 dis naturales?? Lo que tienes para pedir la prestación contributiva (paro), a partir del última día de vacaciones.
Muchas gracias, es que pensaba que eran 15 dis naturales y leyendo lo que has puesto al compañero me a creado la duda
Hábiles, lo que puso el forero descon es correcto.
Indiana Jones Registrado: 23-05-2009 Mensajes: 1946
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amon1976 Escribió:
ivancitofani Escribió:
amon una duda son 15 días hábiles o 15 dis naturales?? Lo que tienes para pedir la prestación contributiva (paro), a partir del última día de vacaciones.
Muchas gracias, es que pensaba que eran 15 dis naturales y leyendo lo que has puesto al compañero me a creado la duda
Hábiles, lo que puso el forero descon es correcto.
Hola, mi duda es la siguiente. Sigo en el paro, renovando, pero ya no cobro. Tengo que avisar igualmente de un viaje de 34 días fuera de España? Es un viaje de turismo y búsqueda de trabajo. Perderé algún tipo de privilegio cuando vuelva?
Super Expert Registrado: 22-04-2009 Mensajes: 814
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Me uno a la pregunta: No sé si es un caso similar.
Persona en el paro desde mayo del año pasado. Para irse de vacaciones en 3 semanas a otro lugar fuera de su lugar de residencia.
No sabemos los pasos a seguir, alguien me orienta?
Mil gracias de antemano.
Hola,mi marido el verano pasado cobraba el paro,fuimos de viaje 15 a new yok,lo máximo que se puede viajar al extranjero son 15 días sin dejar de cobrar el paro si son más de 15 días te paralizan el paro y lo máximo al año son 30 días,hay que pedir cita para decir que te vas de viaje y a la vuelta igual y nos pidieron los billetes del vuelo para comprobar que no eran más de 15 días
Ahora nos vamos de viaje a la India 36 días,no hemos ido al para para preguntar,pero yo creo que ahora que ya no cobra nada no tiene que justificar a nadie lo que hace con su vida
Es mi opinión
Un saludo
Hola,mi marido el verano pasado cobraba el paro,fuimos de viaje 15 a new yok,lo máximo que se puede viajar al extranjero son 15 días sin dejar de cobrar el paro si son más de 15 días te paralizan el paro y lo máximo al año son 30 días,hay que pedir cita para decir que te vas de viaje y a la vuelta igual y nos pidieron los billetes del vuelo para comprobar que no eran más de 15 días
Ahora nos vamos de viaje a la India 36 días,no hemos ido al para para preguntar,pero yo creo que ahora que ya no cobra nada no tiene que justificar a nadie lo que hace con su vida
Es mi opinión
Un saludo
Eso creo. En las últimas entrevistas que tuve en el paro comenté lo de irme fuera y me dijeron que una vez dejo de cobrar prestación digamos que no hay que justificar salidas del país. Pero me quedaba la duda ya que sigo yendo a renovar aunque ya no cobre.
Super Expert Registrado: 22-04-2009 Mensajes: 814
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Joseman78 Escribió:
mermare Escribió:
Hola,mi marido el verano pasado cobraba el paro,fuimos de viaje 15 a new yok,lo máximo que se puede viajar al extranjero son 15 días sin dejar de cobrar el paro si son más de 15 días te paralizan el paro y lo máximo al año son 30 días,hay que pedir cita para decir que te vas de viaje y a la vuelta igual y nos pidieron los billetes del vuelo para comprobar que no eran más de 15 días
Ahora nos vamos de viaje a la India 36 días,no hemos ido al para para preguntar,pero yo creo que ahora que ya no cobra nada no tiene que justificar a nadie lo que hace con su vida
Es mi opinión
Un saludo
Eso creo. En las últimas entrevistas que tuve en el paro comenté lo de irme fuera y me dijeron que una vez dejo de cobrar prestación digamos que no hay que justificar salidas del país. Pero me quedaba la duda ya que sigo yendo a renovar aunque ya no cobre.
Ok, y qué método usan para saber si estás 15 o más días? Cómo lo pueden saber?
Buenas.
Estoy en el paro cobrando prestación, viajo a Colombia desde el 20 marzo al 3 de abril. Son 15 días.
El vuelo de Bogotá sale el día 3 de abril y llego a Madrid a las 7:00 h. Del día 4 de abril (por el cambio de hora).
Entonces tienen en cuenta la llegada el día 4 o el día 3 ?.
En los billetes, reserva y en todos los sitios pone llegada el día 3, como digo salgo de Bogota el 3, pero por cambio de hora el suelo español lo piso el día 4.
Voy a pedir el permiso de 15 días y no quiero problemas después, que me digan que estuve 16 días.
Gracias foreros.
Última edición por Kapea el Sab, 30-01-2016 1:39, editado 1 vez
Moderador de Zona Registrado: 09-05-2009 Mensajes: 33541
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malik Escribió:
Brigantina Escribió:
malik Escribió:
pero y como controlan que estás fuera?
Pueden pedirte los billetes de avión, e incluso al volver el pasaporte, para comprobar si has estado fuera los días que dices o han sido más.
Pero eso quien te lo pide? el paro?
Como se enteran ellos de que te vas?
Si estás percibiendo una prestación y quieres salir de España, tienes que notificarlo en tu oficina del SEPE y pedir autorización, si no estarías cometiendo una irregularidad.
En caso de que se enteren por, un suponer (sí, ya sé que remoto ) que te citen para una entrevista de trabajo o para formación, si no te presentas, te retirarían la prestación y además te pueden sancionar.
Por aquí hubo una forera que hace 1-2 anhos le pillaron que habia salido del pais sin avisar y la multa que le cayo fue grande, tuvo que devolver el dinero recibido desde tal fecha + la multa.
Puede que crucen datos entre INEM e Inmigración, ademas a veces también te piden ensenhar los tickets del vuelo me parece,
Pues si piden los billetes y ven el pasaporte, como digo en mi mensaje anterior, yo vuelo hacia España desde Colombia el día 3 de abril, pero a Madrid, por el cambio de hora llego el día 4. En ningun documento aparece el día 4 (a no ser que en Madrid me sellen el pasaporte, soy español, cosa que nunca han hecho), solo que llego el 4 por el cambio de hora. Así que considero que el día 4 no cuenta, no?
Y ahora que caigo, en Julio del año pasado, estaba en Cadiz de vacaciones, y al visitar Algeciras, vi una excursion barata a Marruecos (Tanger y Tetuan), y la hice. Fue solo 1 día desde las 8 a las 18 h., también tenia que haber avisado??? me parece surrealista....
Última edición por Kapea el Lun, 01-02-2016 14:07, editado 1 vez
Supongo que se darian cuenta que si sales el 3 de Colombia llegaras a madrid el 4, a no ser que vueles muy pronto de Colombia. En el billete de compra si que viene que llegas el 4.
Yo diria que el día 4 si que cuenta, ellos no tienen en cuenta cuando sales o llegas al pais extranjero sino cuando dejas d eestar en suelo espanhol y cuando vuelves a estar en suelo espanhol y eso son 16 días.
Si sales un día también tienes que avisar, surrealista o no si te pillan te multan.
Yo vivo en UK y aquí segun sales se enteran si has salido, aunque pase como allí que son dos organismos oficiales. Le paso a una amiga que cuando se volvio por no encontrar trabajo aquí después de haber estado en el paro , le mandaron una carta diciendole que le habian pillado que se habia ido y le quitaban la prestación (En uk si sale del pais no cobras desde el día 1)