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Cancelación viaje por el cliente: fuerza mayor ✈️ Foro Derechos legales del Viajero ✈️


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Agni_Mani
Willy Fog

Willy Fog
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24-08-2005

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Cancelación viaje por el cliente: un caso de fuerza mayor

Boletín de la OCU

En julio de 2002, F.A. Fue a la agencia que tiene el Real Automóvil Club de Cataluña (RACC) en Granollers (Barcelona) para contratar un viaje a Tenerife con su mujer y su hija. Se decidió por la oferta de Iberojet y entregó 300 euros a cuenta. El viaje lo iban a realizar entre el 5 y el 12 de octubre. Aproximadamente 10 días antes de la partida pasó por la agencia a retirar los billetes y pagar el resto del importe, que en total ascendía a 1.283 euros.

Lamentablemente, el 3 de octubre su hija sufrió un accidente y esa madrugada fue intervenida quirúrgicamente. Al día siguiente, víspera del inicio del viaje, F.A. Fue a primera hora a la agencia del RACC para entregar el parte médico de la niña y pedir la anulación del viaje por fuerza mayor. Su hija permaneció hospitalizada 6 días y pendiente de una posterior intervención.

Iberojet le respondió que por haber comunicado la anulación dentro de las 48 horas anteriores a la hora de partida, le penalizaban con el 25% de la factura; además, tenían que sumar los gastos de gestión y anulación, con lo que finalmente le retenían unos 750 euros. F.A. Alegó que, según establece la Ley de Viajes Combinados, en un supuesto de fuerza mayor como el suyo correspondía la devolución íntegra del importe pagado. En vista de que Iberojet se reafirmaba en su oferta inicial, F.A. Pidió ayuda de la Asesoría Jurídica de la OCU.

La Asesoría intentó una mediación, pero Iberojet no respondió a ninguna de las dos cartas que le enviamos. Después de que un asesor de la OCU le indicara cuáles eran las posibles vías de reclamación con las que contaba, F.A. Decidió interponer una demanda contra la compañía. En abril de 2004, el Juzgado de Primera Instancia de Granollers dictó sentencia: el juez estimó íntegramente su reclamación por entender que la causa de la anulación era de fuerza mayor, condenó a Iberojet a pagar los 1.238 euros, más los intereses legales, y también a pagar las costas. Iberojet no ha recurrido, por lo que la sentencia es firme.
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