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Hola todos,hemos hecho un viaje este verano de 15 días,ya lo teníamos organizado todo antes de que tiraran a mi marido y os comento nuestro caso
Se pueden pedir 15 días retrubuidos( casualidad que nuestro viaje fuera de 15 días ) siempre hay que avisar antes de irte,al sepe y a la seguridad social,los dos están juntos pero son dos cosas distInta
Si son hasta 15 días te paralizan el paro como demandante, por si te llaman para una entrevista.....
Si son mas de 15 días te paralizan el paro y no te pagan,te lo activan cuando vuelves
Nos dijeron que cuando volviéramos teníamos que llevar los billetes ,como buen chico mi marido los llevo ,pero ese mismo día llego una carta notificando que se Habi activado la demanda
Resumiendo
Hasta 15 días solo te paralizan el paro como demandante,no se si son juntos los días o por separado,son máximo 15 días al año
Más de 15 días te paralizan el paro como demandante y no cobras,en este caso no se si hay un máximo de días al año
Willy Fog Registrado: 18-10-2009 Mensajes: 12111
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mermare Escribió:
Hola todos,hemos hecho un viaje este verano de 15 días,ya lo teníamos organizado todo antes de que tiraran a mi marido y os comento nuestro caso
Se pueden pedir 15 días retrubuidos( casualidad que nuestro viaje fuera de 15 días ) siempre hay que avisar antes de irte,al sepe y a la seguridad social,los dos están juntos pero son dos cosas distInta
Si son hasta 15 días te paralizan el paro como demandante, por si te llaman para una entrevista.....
Si son mas de 15 días te paralizan el paro y no te pagan,te lo activan cuando vuelves
Nos dijeron que cuando volviéramos teníamos que llevar los billetes ,como buen chico mi marido los llevo ,pero ese mismo día llego una carta notificando que se Habi activado la demanda
Resumiendo
Hasta 15 días solo te paralizan el paro como demandante,no se si son juntos los días o por separado,son máximo 15 días al año
Más de 15 días te paralizan el paro como demandante y no cobras,en este caso no se si hay un máximo de días al año
En el segundo caso, el tope de días son 90 al año.
Hasta 15 días solo te paralizan el paro como demandante,no se si son juntos los días o por separado,son máximo 15 días al año
Puedes cojer en mas de una vez los días de vacaciones dentro del mismo año natural.
mermare Escribió:
Más de 15 días te paralizan el paro como demandante y no cobras,en este caso no se si hay un máximo de días al año
Son 90 días por año natural sin justificar y sin límite, si esta justificado.
Me surge una duda compañeros, los 15 días entiendo que se pueden repartir, pero deben ser tomados dentro del año desde que te han concedido el paro o el año año ? por ejemplo a mi me han dado el paro desde Agosto, tengo hasta agosto del año proximo para los 15 días o hasta este Diciembre?
Gracias
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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alaelma Escribió:
amon1976 Escribió:
Te respondo a tus dudas.
mermare Escribió:
Hasta 15 días solo te paralizan el paro como demandante,no se si son juntos los días o por separado,son máximo 15 días al año
Puedes cojer en mas de una vez los días de vacaciones dentro del mismo año natural.
mermare Escribió:
Más de 15 días te paralizan el paro como demandante y no cobras,en este caso no se si hay un máximo de días al año
Son 90 días por año natural sin justificar y sin límite, si esta justificado.
Me surge una duda compañeros, los 15 días entiendo que se pueden repartir, pero deben ser tomados dentro del año desde que te han concedido el paro o el año año ? por ejemplo a mi me han dado el paro desde Agosto, tengo hasta agosto del año proximo para los 15 días o hasta este Diciembre?
Gracias
Año natural, o sea Diciembre. Y no es porrateable.
Hasta 15 días solo te paralizan el paro como demandante,no se si son juntos los días o por separado,son máximo 15 días al año
Puedes cojer en mas de una vez los días de vacaciones dentro del mismo año natural.
mermare Escribió:
Más de 15 días te paralizan el paro como demandante y no cobras,en este caso no se si hay un máximo de días al año
Son 90 días por año natural sin justificar y sin límite, si esta justificado.
Me surge una duda compañeros, los 15 días entiendo que se pueden repartir, pero deben ser tomados dentro del año desde que te han concedido el paro o el año año ? por ejemplo a mi me han dado el paro desde Agosto, tengo hasta agosto del año proximo para los 15 días o hasta este Diciembre?
Gracias
Año natural, o sea Diciembre. Y no es porrateable.
Indiana Jones Registrado: 16-07-2010 Mensajes: 3464
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Es por año natural como dice Amon.
Mira, te dejo el enlace al formulario de comunicación que tienes que completar en el SEPE para la salida, después de leerlo a mi me quedó más claro: www.sepe.es/ ...anjero.pdf
Mira, te dejo el enlace al formulario de comunicación que tienes que completar en el SEPE para la salida, después de leerlo a mi me quedó más claro: www.sepe.es/ ...anjero.pdf
Entonces, si quiero viajar 8 meses fuera de Europa (no por trabajo ni para aprender nada, simplemnte por placer), no hay ninguna posibilidad de conservar el paro, ¿no?
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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vlad_tepeste Escribió:
Entonces, si quiero viajar 8 meses fuera de Europa (no por trabajo ni para aprender nada, simplemnte por placer), no hay ninguna posibilidad de conservar el paro, ¿no?
Si te apuntas al paro es para una busqueda activa de empleo, no para irte de placer al extranjero.
Entonces, si quiero viajar 8 meses fuera de Europa (no por trabajo ni para aprender nada, simplemnte por placer), no hay ninguna posibilidad de conservar el paro, ¿no?
Si te apuntas al paro es para una busqueda activa de empleo, no para irte de placer al extranjero.
Entonces, si todavía no me he apuntado, puedo apuntarme al volver del viaje? Mi idea no es cobrar el paro mientras esté de viaje, sino cuando vuelva, poder buscar tranquilamente un trabajo, cobrando el paro...
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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Los trámites para cobrar la prestación deben realizarse durante los 15 días hábiles posteriores al despido o a la finalización del contrato. Si no te apuntas al paro, tampoco tienes derecho a la prestación.
Una cuestión: ¿cómo se realiza el cómputo de días? Vuelo de ida el 7 de Octubre y vuelo de vuelta 12 de Octubre. ¿4,5 o 6 días? Para la ausencia de hasta 15 días
Dr. Livingstone Registrado: 08-07-2011 Mensajes: 9341
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venecia1 Escribió:
Una cuestión: ¿cómo se realiza el cómputo de días? Vuelo de ida el 7 de Octubre y vuelo de vuelta 12 de Octubre. ¿4,5 o 6 días? Para la ausencia de hasta 15 días
6 días, son todos los días que estas fuera de España.
Esta mañana he ido a la oficina del paro y me han dicho que 4...le he dicho que se asegure y l eha preguntado a un superior que le ha dicho lo mismo, que no cuentan los días que tengas tus pies en teriitorio español....pero claro, no me da nada por escrito...
Amon ¿cual es tu fuente? necesitaria verlo por escrito pero no encuentro nada por más que busco...
A ver ... Si uno está fuera de España pero dentro de Schengen, ¿conde consta más que en las bases de datos de la líneas aéreas? No estoy hablando de defraudar al fisco pero tampoco ricemos el rizo entre 4 o 6 días ....
Quiero ir a Laos y me hace falta tener claro los días que me quedarían. Si no cuentan los de ida y vuelta tendría 11 días íntegros en el Sudeste, vuelos aparte. Si cuentan los de ida y vuelta solo tengo 9 incluidos viajes que se quedarían en 7 allí.
Con 11 allí completos me da para lo que quiero hacer, que no con 7. No quisiera pedir el permiso de 90 días.