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Hola ISA-BARNA, pues tienes razón, pero yo por lo menos llevo toda la vida esperando este viaje, y ya sabes el refran.. No dejes para mañana lo que puedas hacer hoy...
He encontrado una web donde esta la ley de los viajes.. A ver si os puede interesar.. A mi por lo menos para lo de los 20 días antes si que me sirve, voy a ir con la ley en la mano a la agencia.
Mas k nada decir que me hace gracia que se haga referencia en el site de NORMA CIVIL en este foro, es que resulta que yo estoy colaborando en esa web y cada X tiempo ponemos leyes y sentencias, por si os interesa aunque me desvie un poco del tema hay mucha legislación catalana y española y también jurisprudencia del TSJ de Cataluña, la ley esta de viajes combinados es bastante util, particularmente mirad el ARTICULO 9 sobre desistimiento y cancelación, es un articulo muy util para aquellos que quieran cancelar viajes.
El día 27 de junio a última hora se comunicó a las principales touroperadoras una subida de 40€ por persona a todos aquellos que viajen a RM después del 18 de julio
Última edición por Falcon el Vie, 29-06-2007 20:15, editado 1 vez
Afecta a Pullmantur e Iberojet seguro, al resto es más que probable que también. A mi ya me han llamado de la agencia de viajes para comunicarme la "buena nueva"
Viajo con Marsans. Salgo el día 30 de este mes, el sábado. El touroperador es Horizontes y los de la agencia no me han llamado para comunicarme nada sobre el carburante. ¿Será ya esto un camelo que se repite año tras año?
Si bien es cierto que en lo que va de año el precio del crudo ha subido un 15%, el hecho de apurar hasta el verano para comunicarlo no deja de ser sospechoso. Además las touroperadoras y líneas aéreas tienen un seguro que les cubre de subidas del petróleo, así que al final todo esto no es más que ganancia para ellos.
Si bien es cierto que en lo que va de año el precio del crudo ha subido un 15%, el hecho de apurar hasta el verano para comunicarlo no deja de ser sospechoso. Además las touroperadoras y líneas aéreas tienen un seguro que les cubre de subidas del petróleo, así que al final todo esto no es más que ganancia para ellos.
Hola foreros, a nosotros nos han llamado esta mañana (sábado 30 de junio) y viajamos el 22 de agosto. No nos han dicho el precio final de esta "subida" del carburante, porque hasta 21 días antes no te lo dicen seguro.....
¿Es esto legal? se puede reclamar? Nosotros contratamos un seguro en el momento de la reserva (febrero de 2007 por promoción de luna de miel) en Marsans, y ahora nos vienen con estas.......
Vaya! pues estamos todos igual. A nosostros nos han llamado hoy, 02/07 para decirnos también que nos sube 40 euros por persona. Y como no nos vamos hasta septiembre espero que no vuelva a subir, por que si no... Vaya pastón
Pues a mi me han llamado hoy, y me voy el 20 de Julio.
Lo tienen que comunicar por escrito antes de los 20 días anteriores al viaje, si estas dentro de los 20 ya no, ese es mi caso, según el contrato de viajes combinados no pueden hacerlo.
Son unos ladrones, y mañana tendran una respuesta por mi parte, negativa por supuesto. Pullmantur claro, me refiero a ellos, que no lo había dicho antes....
Pues yo también voy con Pullmantur el día 20 de julio y aun a día de hoy la agencia no se ha puesto en contacto con nosotros. Estas seguro que no es legal que te avisen con menos de 20 días de antelación??? es que justamente mañana voy a la agencia a recoger la documentación, y me gustaria tener una respuesta preparada en caso de que nos lo comuniquen. Gracias
_________________ Punta Cana 2005 y 2009
Ibiza 2006
Riviera Maya, Feria de Málaga 2007
Milán y Paris 2010
Tailandia 2012
New York...navidades 2012
Pues yo también voy con Pullmantur el día 20 de julio y aun a día de hoy la agencia no se ha puesto en contacto con nosotros. Estas seguro que no es legal que te avisen con menos de 20 días de antelación??? es que justamente mañana voy a la agencia a recoger la documentación, y me gustaria tener una respuesta preparada en caso de que nos lo comuniquen. Gracias
Leeros este articulo :
La Ley de Viajes Combinados contempla la posibilidad de revisión de los precios en dos momentos:
A) En la oferta, contenida normalmente en el programa o folleto informativo (artículo 3), modificación que el consumidor acepta firmando el contrato de viaje (aceptación tácita) o por declaración expresa. En ambos casos se trata de una revocación de la oferta que exige una nueva aceptación por parte del consumidor.
B) Después de la firma del contrato (artículos 4 y 7). La regla general es que los precios no son modificables, pero se contemplan una serie de excepciones en el artículo 7 de la Ley de Viajes Combinados si se dan ciertas condiciones. Así, la Agencia de Viajes tiene la posibilidad de revisar los precios, tanto al alza como la baja, siempre que en el contrato se definan de forma explícita las modalidades precisas de cálculo, cuando:
1.- Varíe el precio de los transportes, incluida la subida o bajada de los carburantes.
2.- Varíe el precio de tasas o impuestos de determinados servicios (impuestos de embarque o desembarque en puertos o aeropuertos, etc.).
3.- Varíen los tipos de cambio (normalmente el dólar) aplicados al viaje combinado.
Cuando la revisión sea al alza, sólo puede hacerse en el plazo de 20 días anteriores a la fecha de salida prevista. Si es a la baja, en cualquier momento anterior a la salida.
No obstante es muy importante destacar que la revisión de precios, tanto al alza como a la baja, no es obligatoria para la Agencia de viajes sino que es una posibilidad, que solo podrá ser exigida por el consumidor cuando tal revisión sea establecida de forma explícita en el contrato de viaje y se definan las modalidades de cálculo. Es decir, la Agencia sólo podrá hacer uso de tal revisión cuando tanto la misma como las modalidades de cálculo vengan expresamente establecidas en el contrato, y también sólo en este caso podrá el consumidor exigir a la Agencia la revisión de precios. En el supuesto de que en el contrato no venga contemplada tal posibilidad, ni la Agencia podrá aplicarla ni el consumidor exigirla.
Si la modificación del precio es significativa, el consumidor podrá optar por resolver el contrato sin penalización alguna, o por aceptar la modificación, debiendo comunicar a la Agencia su decisión dentro de los tres días siguientes a ser notificado; si no contesta, se entiende que opta por la resolución.
El contenido contractual mínimo explicado, o bien otro más extenso, puede adoptar la modalidad contractual de "condiciones generales", sometiéndose en este caso a la legislación que regula esta materia. Se pretende con ello que el consumidor esté bien informado de las cláusulas contractuales a las que se adhiere y que éstas estén presididas por los principios de buena fe y justo equilibrio de las prestaciones, siendo en caso contrario nulas de pleno derecho. La jurisprudencia ha tenido ocasión de pronunciarse al respecto y considera que las cláusulas no deben ser ilegibles, oscuras, ambiguas, que no puedan leerse o conocerse por remisiones, sino que pueda conocerlas el consumidor en el mismo contrato, debiendo estar redactadas con concreción y sencillez.
Por último, en cuanto a la forma del contrato, el artículo 4 de la Ley de Viajes Combinados exige que el contrato sea escrito, debiendo constar todas las condiciones que lo integran, y el consumidor tiene derecho a recibir una copia del mismo. De esta forma el consumidor puede verificar la veracidad del folleto y de la publicidad en general, y también sirve para determinar el alcance de las obligaciones asumidas por las dos partes y de los derechos que les corresponden. Asimismo deberá constar por escrito el recibo de la reserva o anticipos que se hayan hecho a cuenta.
Aunque nada dice la Ley sobre las consecuencias del incumplimiento de estos requisitos de forma, lo que es claro es que el contrato no sería por ello nulo aunque el consumidor estaría facultado para compeler a la Agencia de Viajes a su cumplimiento e incluso, ante la negativa de la misma a ello, podría llegar a estar facultado para su resolución.
Bueno pues paraponer un poco de positivismo entre tanto mensaje negativo con lo de la subida de carburante, os comento que American Express Viajes, que segun acuerdo con sus mayoristas (Catai, Travelplan etc.) no repercutiran dicha subida a sus clientes de los servicios de viajes Gold, Platinum, y Black.
Así que si alguien del foro es de este grupo de clientes, puede estar contento.
Saludos.
Última edición por Senslis el Mar, 03-07-2007 0:15, editado 1 vez
Pues a mi me han llamado hoy, y me voy el 20 de Julio.
Lo tienen que comunicar por escrito antes de los 20 días anteriores al viaje, si estas dentro de los 20 ya no, ese es mi caso, según el contrato de viajes combinados no pueden hacerlo.
Son unos ladrones, y mañana tendran una respuesta por mi parte, negativa por supuesto. Pullmantur claro, me refiero a ellos, que no lo había dicho antes....
Aquí el tema es... ¿con quien se contrata el viaje, con la Agencia (por ej. Viajes Iberia, Viajes El Corte Inglés...) o con el Mayorista (ej. Iberojet, Pullmantur...)?
Las condiciones generales suelen emitirlas los mayoristas, por lo que en teoría el contrato lo firmas en última instancia con ellos, la Agencia es sólo un intermediario.
Aunque la Agencia no haya comunicado antes de los 20 días anteriores la subida de precio (no tiene por qué ser por escrito), ésta (la Agencia) se agarrará diciendo que la mayorista sí les envío a ellos la notificación con más de 20 días (creo que lo notificaron a las agencias el 27 de junio)
Total un lío, espero que lo consigas y no te apliquen la subida. Ya nos contarás.
Y digo yo ¿si lo hubiera pagado antes de la fecha de la subida no me lo podrían reclamar después? verdad
Pues si es así deberían hacer como cuando van a subir los cigarrillos....avisar cuando va a subir para así poder pagarlo antes.
Aunque ya tuvieras el viaje pagado, siempre y cuando avisen mínimo con 20 días de antelación, según lo dispuesto en el contrato de viajes combinados en revisión de precios.... Tendrías que pagar dicho suplemento por aumento del carburante. O sea que no te escapas, la única forma es que no te avisen con el tiempo de los 20 días.
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