Quizás el malentendido venga entre diferenciar la " Carta de invitación" del " Acta de Manifestaciones de Reagrupación Familiar en Régimen Comunitario".
La primera , que es por la que se está preguntando en el foro, tiene que ser tramitada sí o sí a través de la policía, según ha expuesto Rosaan muy bien en su link. Básicamente, es para lo que solicita el amigo de la forera. O sea, alguien que viene de turismo y va a alojarse en el domicilio de un residente en vez de pagar por su alojamiento. Implica que viene de turismo, que cuenta con medios suficientes para mantenerse durante su estancia que y no tiene intención de quedarse en España.
La segunda, sí se puede hacer ante notario. Pero su finalidad es completamente diferente. Significa que la persona viene a quedarse definitivamente en España, reagrupándose con un familiar que ya tiene derechos adquiridos en un país comunitario.
Puedes hacer una declaración jurada ante notario contando que te comprometes a pagar todos sus gastos de manutención, alojamiento y sanidad en caso de que los necesite.
Qué suerte que tu amigo tenga 80 días seguidos de vacaciones. Lo que no entiendo es cómo se las va a pagar si no tiene el dinero.
Por eso viene a mi casa se evita de pagar hoteles o pisos de vacaciones y es dinero que se ahorra.
Creo que la carta de invitación deberás hacerla través de la Policía de tu localidad. Creo que una declaración ante notario no será suficiente. www.interior.gob.es/ ...nvitacion/
Yo iré el martes a la policia a averiguar el porque no dan cita en la zona de Cataluña, porque he entrado en la web que indican que tenemos que entrar para pedir cita y he mirado Girona, Barcelona, Lleida y Tarragona y ninguna tiene. Aún tengo tiempo para hacer la carta pero no me quiero encontrar con el tiempo encima y sin carta.
Puedes hacer una declaración jurada ante notario contando que te comprometes a pagar todos sus gastos de manutención, alojamiento y sanidad en caso de que los necesite.
Qué suerte que tu amigo tenga 80 días seguidos de vacaciones. Lo que no entiendo es cómo se las va a pagar si no tiene el dinero.
Por eso viene a mi casa se evita de pagar hoteles o pisos de vacaciones y es dinero que se ahorra.
Creo que la carta de invitación deberás hacerla través de la Policía de tu localidad. Creo que una declaración ante notario no será suficiente. www.interior.gob.es/ ...nvitacion/
Puedes hacer una declaración jurada ante notario contando que te comprometes a pagar todos sus gastos de manutención, alojamiento y sanidad en caso de que los necesite.
Qué suerte que tu amigo tenga 80 días seguidos de vacaciones. Lo que no entiendo es cómo se las va a pagar si no tiene el dinero.
Por eso viene a mi casa se evita de pagar hoteles o pisos de vacaciones y es dinero que se ahorra.
Puedes hacer una declaración jurada ante notario contando que te comprometes a pagar todos sus gastos de manutención, alojamiento y sanidad en caso de que los necesite.
Qué suerte que tu amigo tenga 80 días seguidos de vacaciones. Lo que no entiendo es cómo se las va a pagar si no tiene el dinero.
Quiero hacer la carta invitación para un amigo que viene de vacaciones unos 80 días aproximadamente, resulta que cuando voy a pedir la cita para la policía en la provincia de Girona, me encuentro de que no tienen citas y que no saben cuándo volverán a tener. Dada esta citación nos pusimos a mirar para hacer un reserva de hotel y ver cuanto dinero tiene que traer, sabiendo que son 80 días aprox se tiene que traer unos 8.000€, más la reserva de hotel que son unos 1.500-2.000€, como se pueden imaginar ese dinero no lo tenemos.
Quería saber si aparte de estas dos formas, hay algún otra forma de que se pueda hacer la carta o un informe o algo para que el pueda venir de forma tranquila.
Para hacer carta de invitación extranjero en Madrid, hay que pedir cita previa o puedo acudir directo a policia? gracias
Depende de la comisaria. Hay comisarias que tiene mas o menos cola para las citas.
Echa un ojo al comienzo del hilo: Carta de Invitación para venir a España
Es necesaria carta de invitación o acreditar alojamiento y recursos económicos. Personalmente dudo que un contrato de alquiler hecho por ti sirva, ya que se podría considerar una falsedad al ser parte interesada.
En un caso muy parecido de unos conocidos míos fue la madre del chico quien hizo la carta de invitación para la novia, en este caso colombiana.
¿Has contactado con la embajada española?
Lo digo porque desde 2016 los ciudadanos peruanos no necesitan visado para viajar a España.
Tampoco sería necesaria una invitación.
Les he escrito un email por que por teléfono no me contestan, desde peru no hace falta visado pero por lo que he leído para viajar como turista aun así hace falta o reserva pagada de hotel o carta de invitación, entonces ni se si serviría que yo lo hiciera un contrato de alquiler por una habitación, que lo más seguro es que no le digan nada al entrar pero como eso depende del policía que le toque a ver si le van a poner pegas y más estando embarazada.
¿Has contactado con la embajada española?
Lo digo porque desde 2016 los ciudadanos peruanos no necesitan visado para viajar a España.
Tampoco sería necesaria una invitación.
Está muy bien que Moscú y San Petersburgo hayan dejado de ser destinos caros, pero a mí me sigue echando para atrás la molestia de cumplir los requisitos de entrada a Rusia: visado, seguro médico, carta de invitación...
Por lo demás estoy muy d acuerdo con tu selección: Polonia, Portugal, Hungría y Rep. Checa son destinos atractivos y asequibles. También de acuerdo con Rumanía, que me parece más interesante de lo que se suele pensar.
Estoy pensando ir a Rusia el año que viene
En realidad iba ir a Egipto pero se pospone un año más, me temo que Egipto queda pospuesto por un largo tiempo
Se puede ir por libre u organizado, me echa atrás el tema del idioma aunque supongo que siempre hay gente que sabrá ingles
Siempre he viajado por libre pero a algunos países creo que es mejor ir organizado, desde luego a Egipto seguro, en Rusia no hay esa situación extrema pero creo que tendría muchos quebraderos de cabeza
Aparte de Moscu y San Petersburgo recomendáis meter algo más en el viaje
Te equivocas completamente en lo de que a Egipto hay que ir en viaje organizado, en absoluto. A Egipto hay que ir por libre. En cuanto a Rusia, lo peor es el visado, una pesadez.
Mas que pesadez un inconveniente , hay agencias de viajes que por 75/100 euros te tramitan el visado y no tienes que hacer nada, como ir a Barcelona o Madrid (si no eres de allí) a por el visado, a parte, en los consulados rusos puede que te cueste mas caro. Antes de lo de la anexión de la peninsula de Crimea se estaban en negociaciones para eliminar el visado reciproco Europa/Rusia, después se ha dejado estar aunque España y la misma Rusia quieren seguir con este tema. Los Rusos cada vez mas viajan fuera de sus fronteras, antaño no lo hacian, y les para, a ellos también, el tema "pesado" del visado. Hay muchisimo más turismo ruso en paises como Bulgaria por poner un ejemplo que en España, gracias a que no necesitan visado de entrada, y ellos están deseando venir aqui. El 2017 me voy ha hacer el transiberiano y unas palabras en ruso no vendrian nada mal. La verdad es que estoy aprendiendo algo de Ruso. El inglés esta ahora empezando a aparecer en Rusia, pero solo a nivel de hoteles de 4 estrellas.
Hola, desde hace 2 años para aca, se ha puesto muy complicado el que vengan latino americanos a España, yo soy español de origen, pero me eche una novia de alla, antes no tenian problemas para viajar, pero ahora segun me dice el visado se lo cancelarian seguro para venirse aunque sea de vacaciones.
¿q hay de cierto en esto?
¿que necesita para venirse de vacaciones a España?, solo 1 mes.
¿es complicado q pueda venir?
muchas gracias.
Hola jamesthe, te cuento que los requisitos que nos piden para viajar a España o cualquier pais del espacio schengen, son pasaporte con un minimo de seis meses de vencimiento, pasaje de regreso al país de origen, reserva de hotel o carta de invitación certificada, 60 euros diarios para gastos (en efectivo o tarjeta de crédito) y seguro de viaje (no estoy seguro que sea obligatorio). Saludos.
Hola, desde hace 2 años para aca, se ha puesto muy complicado el que vengan latino americanos a España, yo soy español de origen, pero me eche una novia de alla, antes no tenian problemas para viajar, pero ahora segun me dice el visado se lo cancelarian seguro para venirse aunque sea de vacaciones.
¿q hay de cierto en esto?
¿que necesita para venirse de vacaciones a España?, solo 1 mes.
¿es complicado q pueda venir?
muchas gracias.
Hola jamesthe, te cuento que los requisitos que nos piden para viajar a España o cualquier pais del espacio schengen, son pasaporte con un minimo de seis meses de vencimiento, pasaje de regreso al país de origen, reserva de hotel o carta de invitación certificada, 60 euros diarios para gastos (en efectivo o tarjeta de crédito) y seguro de viaje (no estoy seguro que sea obligatorio). Saludos.
Buenos dias, le exigen a una persona que viene de Mexico una carta de invitacion mia, donde la tengo que pedir? hay un modelo de solicitud? no hay otra forma de que entre sin esa invitacion? Saludos.
La carta de invitación a un extranjero para venir a España es un trámite ante el ministerio de interior que facilita la llegada a España de un extranjero, bajo la responsabilidad de un ciudadanos español.
El trámite se hace en la comisaría de policía de la zona donde viva la persona que invita.
Requisitos y condiciones
El particular que pretenda obtener una carta de invitación a favor de un extranjero deberá dirigir su solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, que será la competente para su tramitación y expedición.
La solicitud deberá contener los siguientes extremos:
Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número del documento de identidad o pasaporte, cuando se trate de español, o pasaporte, tarjeta de identidad de extranjero o número de identidad de extranjero, cuando no ostente la nacionalidad española, y domicilio o lugar completo de residencia.
Manifestación expresa de su voluntad de invitar y de acoger a la persona invitada, bien en su domicilio principal, que será el arriba indicado, bien en una segunda vivienda, en cuyo caso, determinará el lugar concreto.
El invitante aportará documentación acreditativa de la disponibilidad de la vivienda (escritura pública o título de propiedad, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento análogo, de acuerdo con la legislación civil vigente).
Relación o vínculo que mantiene con el invitado.
Nombre, apellidos, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, lugar concreto de su residencia o domicilio y número de pasaporte del invitado.
Excepcionalmente, en los casos en los que la gestión lo aconseje, la invitación podrá referirse a varias personas, debiendo indicarse en la solicitud los datos antes mencionados respecto de cada una de ellas, así como la disponibilidad de domicilio para todas.
Período durante el cual está prevista la estancia del invitado, especificando, de manera aproximada, el primer y el último día de la misma.
Antes de la firma, deberá constar que el invitante declara que la información expuesta es verídica.
En la solicitud, el invitante deberá hacer constar que está informado de que:
El Código Penal tipifica como delito, en su artículo 318. Bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión».
La Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, considera infracción muy grave: «inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que no constituya delito», pudiendo imponerse sanción de multa desde 6.001 hasta 60.000 euros o expulsión del territorio nacional, con prohibición de entrada por un período de tres a diez años, tal como disponen sus artículos 54.1.b), 55.1.c) y 57.1.
Los datos relativos a la identidad, número de pasaporte, nacionalidad y residencia, tanto del invitado como del invitante, serán incorporados a un fichero de la Dirección General de la Policía, pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación ante la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de... Leer más ...