Hola chicas!
Tengo una duda la cual no estoy segura si se habrá resuelto ya en este hilo, pero al haber miles de respuestas espero que entendáis que era una tarea difícil de realizar el estar buscándola.
Estoy embarazada de 6 semanas y estoy loca de ilusión. Indudablemente mi cabeza no para de trabajar e intentar resolver cuestiones las cuales algunas son importantes y otras,aunque también lo son, queda mucho tiempo aun.
Una de las dudas que tengo es referente a las vacaciones de verano. Me explico:
Teníamos reservado ya el hotel en Ibiza (se que es pronto,pero es nuestro favorito y si no lo reservamos con tiempo nos quedamos sin habitación), para la primera semana de Julio. Para entonces estaré de 24 semanas.
Esta claro que de aquí a esa fecha no se como evolucionara el embarazo (espero que bien),pero si realmente me va bien y el ginecólogo me dice que es seguro, me gustaría ir allí y desconectar, pasar las ultimas vacaciones a solas con mi marido.
Mi duda viene con respecto a si podre o no por mi situación laboral, trabajo en una empresa donde por el riesgo que hay debido a los gases,líquidos etc... suelen dar sobre la semana 22 la prestación por riesgo laboral a través de la mutua.
Imagino que sabéis a lo que me refiero, es como una especie de baja pero por prevención. Y mi duda viene aquí: no se si mientras este con esta "baja preventiva" puedo viajar a otras comunidades o es como cualquier baja que no puedes moverte de tu ciudad, etc...
Quisiera saber si alguna de vosotros ha tenido esta situación que me pudiera informar, es mas que nada para ir olvidándome y cancelando el viaje o no.
Espero vuestras respuestas, un saludo
Yo estoy en tu situación, ahora mismo estoy de 21 semanas y el próximo sábado dejo de trabajar, por prevención de riesgos, es mi segundo embarazo. Cuando estás en casa por prevención de riesgos puedes hacer “lo que quieras” por que el único que te limita es el propio embarazo y el ginecólogo, en mi anterior embarazo viaje estando de vacaciones a Florida y en este, hace un par de semanas he vuelto de Italia pero también de vacaciones, puedes ir a Ibiza sin problemas solo como ya te he dicho te limita el embarazo y el ginecólogo. Estate tranquila y que todo vaya bien y por supuesto disfruta de tu Prestacion y tu embarazo.
Saludos
O se está en paro o de baja medica...las dos cosas a la vez...NO.
Entiendo que el despido haya sido pactado y como hecho dentro de una base legal y se ha pasado a una situacion de IT.
Estando de IT (incapacidade temporal) puede el paciente pedir a Salud Laboral atraves de su medico de cabecera permiso para viajar simpre que tal no afecte el estado o/y su recuperacion.
Hola a todos/as:
Os voy a contar nuestra experiencia, ya os adelanto que mala, con INTERMUNDIAL, correduría de los seguros ARAG. La conclusión final es que os leáis bien el condicionado de la póliza antes de contratar nada y que si anulas el viaje, como no estés en cama no te lo van a cubrir. Os cuento:
Mi marido y yo teníamos un viaje contratado a Kenia-Tanzania. Habíamos comprado los vuelos y pagado a la agencia la mitad del viaje. Contratamos el seguro “Multiasistencia Plus” de INTERMUNDIAL.
Esto fue en marzo y el viaje era en junio, en mayo sufrí una ataque de ciática, el diagnóstico en urgencias era sospecha de hernia discal. Me hicieron una resonancia urgente ya que aparte del dolor había perdido fuerza en la pierna, el resultado fue efectivamente gran hernia discal. Me dieron la baja laboral y me mandaron rehabilitación. Tanto el traumatólogo, como el rehabilitador, como el médico de atención primaria me desaconsejaron viajar, me indicaron que precisaba reposo pero no reposo absoluto en cama, ya que sería incluso contraproducente.
Pues bien, ARAG me denegó el reembolso de los gastos de anulación del viaje, primero por considerarlo preexistente (anteriormente sufría de lumbalgias, como todo hijo de vecino) y segundo porque según su condicionado, y cito textualmente: “…se entiende por: -enfermedad grave, la alteración de la salud, constatada por un profesional médico, que obligue a permanecer en cama al enfermo y que le implique el cese de cualquier actividad, profesional o privada.”
La preexistencia no tiene cabida porque también en su condicionado dicen “Quedan incluidas (como enfermedad grave) las consecuencias de … enfermedades preexistentes siempre que en el momento de la adhesión al seguro las consecuencias no se hubiesen manifestado con carácter grave.”
Recurrimos a la Dirección General de Seguros y después de seis meses (no cuatro como informan erróneamente en su web) dictaron resolución a favor de ARAG teniendo en cuenta únicamente el hecho de que no se puede considerar enfermedad grave porque no permanecí en cama, y en el condicionado lo pone así.
En la fecha en que debíamos salir de viaje yo estaba de baja laboral, por lo que no podía viajar, y recibiendo rehabilitación, pero como no estaba en cama…
Nos sentimos engañados y robados. Hay muchas dolencias y enfermedades que no te obligan a permanecer en cama, pero sí de baja laboral y estando de baja no puedes viajar, por lo tanto este seguro de ARAG no cubre la anulación por enfermedad grave. En el caso de accidente grave, que sepáis que la restricción que imponen es que “impida el normal desplazamiento de su domicilio habitual”, es decir, si te rompes un brazo según ellos puedes viajar. Nos parece, absurdo e injusto. Además tampoco nos parece bien la actuación de la Dirección Gral. De Seguros que se limita a interpretar el condicionado sin entrar en que sea abusivo ¿para qué están? El siguiente paso es acudir a los Tribunales de Justicia con todo lo que eso conlleva.
Así es que os aconsejamos encarecidamente que os leáis bien el condicionado y si queréis buena cobertura en anulación del viaje no contratéis el seguro de INTERMUNDIAL. Hay otros seguros que no incluyen esta restricción, a lo mejor son más caros pero a la larga, ya veis, compensa. No se qué tal funcionarán INTERMUNDIAL y ARAG con otras coberturas, lo hemos contratado varios años y hasta ahora no lo... Leer más ...
Hola a todos/as:
Os voy a contar nuestra experiencia, ya os adelanto que mala, con INTERMUNDIAL, correduría de los seguros ARAG. La conclusión final es que os leáis bien el condicionado de la póliza antes de contratar nada y que si anulas el viaje, como no estés en cama no te lo van a cubrir. Os cuento:
Mi marido y yo teníamos un viaje contratado a Kenia-Tanzania. Habíamos comprado los vuelos y pagado a la agencia la mitad del viaje. Contratamos el seguro “Multiasistencia Plus” de INTERMUNDIAL.
Esto fue en marzo y el viaje era en junio, en mayo sufrí una ataque de ciática, el diagnóstico en urgencias era sospecha de hernia discal. Me hicieron una resonancia urgente ya que aparte del dolor había perdido fuerza en la pierna, el resultado fue efectivamente gran hernia discal. Me dieron la baja laboral y me mandaron rehabilitación. Tanto el traumatólogo, como el rehabilitador, como el médico de atención primaria me desaconsejaron viajar, me indicaron que precisaba reposo pero no reposo absoluto en cama, ya que sería incluso contraproducente.
Pues bien, ARAG me denegó el reembolso de los gastos de anulación del viaje, primero por considerarlo preexistente (anteriormente sufría de lumbalgias, como todo hijo de vecino) y segundo porque según su condicionado, y cito textualmente: “…se entiende por: -enfermedad grave, la alteración de la salud, constatada por un profesional médico, que obligue a permanecer en cama al enfermo y que le implique el cese de cualquier actividad, profesional o privada.”
La preexistencia no tiene cabida porque también en su condicionado dicen “Quedan incluidas (como enfermedad grave) las consecuencias de … enfermedades preexistentes siempre que en el momento de la adhesión al seguro las consecuencias no se hubiesen manifestado con carácter grave.”
Recurrimos a la Dirección General de Seguros y después de seis meses (no cuatro como informan erróneamente en su web) dictaron resolución a favor de ARAG teniendo en cuenta únicamente el hecho de que no se puede considerar enfermedad grave porque no permanecí en cama, y en el condicionado lo pone así.
En la fecha en que debíamos salir de viaje yo estaba de baja laboral, por lo que no podía viajar, y recibiendo rehabilitación, pero como no estaba en cama…
Nos sentimos engañados y robados. Hay muchas dolencias y enfermedades que no te obligan a permanecer en cama, pero sí de baja laboral y estando de baja no puedes viajar, por lo tanto este seguro de ARAG no cubre la anulación por enfermedad grave. En el caso de accidente grave, que sepáis que la restricción que imponen es que “impida el normal desplazamiento de su domicilio habitual”, es decir, si te rompes un brazo según ellos puedes viajar. Nos parece, absurdo e injusto. Además tampoco nos parece bien la actuación de la Dirección Gral. De Seguros que se limita a interpretar el condicionado sin entrar en que sea abusivo ¿para qué están? El siguiente paso es acudir a los Tribunales de Justicia con todo lo que eso conlleva.
Así es que os aconsejamos encarecidamente que os leáis bien el condicionado y si queréis buena cobertura en anulación del viaje no contratéis el seguro de INTERMUNDIAL. Hay otros seguros que no incluyen esta restricción, a lo mejor son más caros pero a la larga, ya veis, compensa. No se qué tal funcionarán INTERMUNDIAL y ARAG con otras coberturas, lo hemos contratado varios años y hasta ahora no lo... Leer más ...
Hola a todos/as:
Os voy a contar nuestra experiencia, ya os adelanto que mala, con INTERMUNDIAL, correduría de los seguros ARAG. La conclusión final es que os leáis bien el condicionado de la póliza antes de contratar nada y que si anulas el viaje, como no estés en cama no te lo van a cubrir. Os cuento:
Mi marido y yo teníamos un viaje contratado a Kenia-Tanzania. Habíamos comprado los vuelos y pagado a la agencia la mitad del viaje. Contratamos el seguro “Multiasistencia Plus” de INTERMUNDIAL.
Esto fue en marzo y el viaje era en junio, en mayo sufrí una ataque de ciática, el diagnóstico en urgencias era sospecha de hernia discal. Me hicieron una resonancia urgente ya que aparte del dolor había perdido fuerza en la pierna, el resultado fue efectivamente gran hernia discal. Me dieron la baja laboral y me mandaron rehabilitación. Tanto el traumatólogo, como el rehabilitador, como el médico de atención primaria me desaconsejaron viajar, me indicaron que precisaba reposo pero no reposo absoluto en cama, ya que sería incluso contraproducente.
Pues bien, ARAG me denegó el reembolso de los gastos de anulación del viaje, primero por considerarlo preexistente (anteriormente sufría de lumbalgias, como todo hijo de vecino) y segundo porque según su condicionado, y cito textualmente: “…se entiende por: -enfermedad grave, la alteración de la salud, constatada por un profesional médico, que obligue a permanecer en cama al enfermo y que le implique el cese de cualquier actividad, profesional o privada.”
La preexistencia no tiene cabida porque también en su condicionado dicen “Quedan incluidas (como enfermedad grave) las consecuencias de … enfermedades preexistentes siempre que en el momento de la adhesión al seguro las consecuencias no se hubiesen manifestado con carácter grave.”
Recurrimos a la Dirección General de Seguros y después de seis meses (no cuatro como informan erróneamente en su web) dictaron resolución a favor de ARAG teniendo en cuenta únicamente el hecho de que no se puede considerar enfermedad grave porque no permanecí en cama, y en el condicionado lo pone así.
En la fecha en que debíamos salir de viaje yo estaba de baja laboral, por lo que no podía viajar, y recibiendo rehabilitación, pero como no estaba en cama…
Nos sentimos engañados y robados. Hay muchas dolencias y enfermedades que no te obligan a permanecer en cama, pero sí de baja laboral y estando de baja no puedes viajar, por lo tanto este seguro de ARAG no cubre la anulación por enfermedad grave. En el caso de accidente grave, que sepáis que la restricción que imponen es que “impida el normal desplazamiento de su domicilio habitual”, es decir, si te rompes un brazo según ellos puedes viajar. Nos parece, absurdo e injusto. Además tampoco nos parece bien la actuación de la Dirección Gral. De Seguros que se limita a interpretar el condicionado sin entrar en que sea abusivo ¿para qué están? El siguiente paso es acudir a los Tribunales de Justicia con todo lo que eso conlleva.
Así es que os aconsejamos encarecidamente que os leáis bien el condicionado y si queréis buena cobertura en anulación del viaje no contratéis el seguro de INTERMUNDIAL. Hay otros seguros que no incluyen esta restricción, a lo mejor son más caros pero a la larga, ya veis, compensa. No se qué tal funcionarán INTERMUNDIAL y ARAG con otras coberturas, lo hemos contratado varios años y hasta ahora no lo habíamos utilizado y... Leer más ...
Gracias a todos por vuestras respuestas, por suerte el tema ya esta resuelto, ya que mi pareja esta bastante recuperada y en su puesto de trabajo, GRACIAS a todos por vustros consejos.
Hay que tener mucho cuidado con estas cosas, este tema está más vigilado de lo que se piensa.
Mi consejo es que cuando se vaya acercando la fecha de la boda coja el alta médica y se incorpore a trabajar, así podreís disfrutar tranquilos de vuestra luna de miel.
Desconozco el grado de depresión que tiene tu novia, pero una persona con depresión no tiene ganas ni de viajar .
Si es una depre leve, que supongo que será este caso, desconozco como están las leyes a este respecto. De todos modos y sin ofender a nadie, si yo fuera el jefe de tu novia y me entero de que estando de baja se ha ido de viaje no me gustaría mucho y tampoco lograría entenderlo porque si no estás para trabajar supongo que tampoco estás para viajar.
Un saludo y ante todo que recupere su salud tu cómplice, que es lo más importante,
Yo creo que no deberíais tener problema, ya que al ser una baja psicológica, el médico puede incluso recomendarla como terapia ¿depresión por el trabajo? no se me ocurre nada mejor que irte de viaje...
Si tenéis un médico majo, seguro que os ayuda, a mí me parece de lo más lógico
Hola Kainpower.
Yo llevo un año de baja por un accidente que tube, y he estado mirando algunas cosas o leyes al respecto, de lo cual no existen.
No hay leyes que regulen el desplazamiento estando de baja, porque cada caso es diferente.
Por poner un ejemplo a mi el primer mes estando con una pierna rota, me prohibian salir a la calle si no era para ir al médico. Como puedes ver ya no es que me dejen salir de mi ciudad o provincia, es que no me dejaban salir de casa.
Lo que te quiero dar a entender es que tu médico es el que pone las normas, pues cada baja es un mundo, lo que para mi baja puede ser perjudicial para tí puede ser beneficioso.
He visto autorizaciones para 700km para ir a una boda y tambien en navidades a 300km para estar con la familia.
Y he visto denegar moverse a 10 km de su domicilio para ir a ver a un amigo.
Solo tu médico te dara la respuesta y lo conveniente seria que la autorización te la diera por escrito.
Buenas tardes, en breve tengo que realizar un viaje (luna de miel) el problema es que mi pareja esta con crisis de ansiedad y depresion en el trabajo y no puede mas, el medico le ha dicho que si quiere la baja laboral. Esta claro que la salud es lo primero y que el viaje puede esperar ( aunque ya esta pagado), ¿Sabeis si puede tener problemas si realizamos el viaje? ¿Le autorizaran viajar? lo comento por que creo que el viaje puede sentarle bien.
Miles de veces se ha planteado la duda sobre si se puede viajar cobrando el paro o no. Incluso si se tiene derecho a vacaciones mientras se cobra una prestación por desempleo.
Algunas veces es un corto viaje, pero otras veces la gente plantea incluso la posibilidad de irse a vivir al extranjero, cobrando el paro.
En este tema vamos a intentar resolver vuestras dudas: cuando se puede viajar cobrando el paro, como se debe hacer y como no se debe hacer.
Introduccion
Para cobrar el paro, es decir, la prestación por desempleo, se tienen que cumplir una serie de obligaciones:
1. Buscar trabajo activamente y, si la Oficina de Empleo lo determina, mejorar la formación de cara a encontrar un nuevo empleo (es el compromiso de actividad que se firma cuando se realiza la solicitud de prestación por desempleo).
2. Ir a la entrevista de trabajo que conceda la Oficina de Empleo.
3. Aceptar los trabajos sin fines lucrativos.
4. Comunicar los cambios en la situación personal (hijos, matrimonio, desplazamientos, etc.).
5. Renovar la demanda.
6. Solicitar la baja de las prestaciones por desempleo.
7. Reintegrar, si es el caso, las prestaciones indebidamente recibidas.
Si se incumplen las 5 primeras normas, la sanción es leve y conlleva la retirada de un mes de prestación la primera vez que se incumple.
En este caso, nos afecta el punto 4: ¿cómo viajar si se está cobrando el paro? ¿Se tiene derecho a vacaciones?
No se tiene exactamente derecho a vacaciones, ya que éstas se producen durante la vigencia de una relación de trabajo y vienen reguladas en el Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores como consecuencia de la actividad laboral. No es posible, por tanto, generar vacaciones estando en desempleo, pero sí se puede pedir una autorización para desplazarse durante un máximo de un mes por territorio nacional y de quince días por el extranjero. Esta autorización será concedida siempre que durante esas fechas no se tengan previstas actuaciones de inserción laboral por mediación de los Servicios Públicos de Empleo.
Se debe solicitar la autorización por escrito en la oficina de empleo correspondiente, de manera que se esté localizable para el caso de que se deba realizar algún tipo de actividad de inserción laboral o cumplir con alguna de las obligaciones como beneficiario de prestaciones por desempleo.
- Art. 38 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por R.D. Legislativo 1/95, de 24 marzo. Instrucción sexta de la Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.
- Art. único del R.D. 200/2006 de 17 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, que desarrolla la ley 31/1984, de 2 de agosto, de protección por desempleo.