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Hola, el día 22 de diciembre sufrimos una demora en la llegada de un vuelo de Amsterdam a Nueva York JFK de 3 horas y 54 minutos (según indican por problemas mecánicos), volando con Delta. Tras hacer la reclamación, nos reconocen una indemnización de 300€, cuando según el Reglamento (CE) 261/2004 de la Unión Europea entiendo que son 600€. Que me recomiendan hacer? Reclamar a AESA? Aceptar el 50% de la indemnización? Es la primera vez que me pasa y voy un poco perdido.
Gracias
¿La oferta fue directa desde DL?
Si es así, responder a la oferta con que solo aceptaran un mínimo de 600 € por pax.
[1- Algo así como: ...Que la oferta ofrecida es totalmente inaceptable, y para poner este reclamo a buen término, están dispuestos a aceptar un mínimo de 600€ (a la cifra que decidan)]
[2- Lo más probable es que la indemnización sea en un "Future Travel Credit" Crédito para Viajes Futuros, que tendrá una validez de 1 año desde que ocurrió el incidente]
Las aero-lineas de NorteAmerica [Anglo] negocian directamente con el cliente, y no se conmueven por regulaciones extranjeras.
Enjoy!
Pego la contestación de Delta que me envían por mail:
Gracias por escribir a Delta para compartirnos su reciente experiencia, afectada por el prolongado retraso de su itinerario.
Nuestros distinguidos pasajeros que eligen Delta deben recibir un servicio impecable, por lo que lamentamos escuchar acerca de los problemas ocasionados por el prolongado retraso de su vuelo a Nueva York. Nuestro objetivo es brindar un servicio consistente y confiable en todo momento, por lo que lamentamos no haber cumplido con sus expectativas en esta ocasión.
Agradecemos sus comentarios con los detalles de lo sucedido, ya que han sido reportados a la Gerencia antes mencionada, para evaluación interna, mejora de nuestros procesos y acciones correctivas en su caso.
Dicho lo anterior, su vuelo se encuentra dentro de los parámetros de evaluación del Reglamento (CE) 261/2004 de la Unión Europea, que define los requisitos exigidos a las aerolíneas en caso de retrasos o cancelaciones. Nuestros registros indican que el vuelo 49 de Delta, de AMS a Nueva York-JFK del 22 de diciembre de 2024, tuvo un prolongado retraso debido a problemas mecánicos. Luego de identificarse la reparación, se pudo continuar con el vuelo.
Después de examinar esta reclamación, se deberá abonar la indemnización de acuerdo con las recomendaciones de la UE. Solicitaremos un pago internacional por un importe de 300 EUR por cada uno.
A la vista de la contestación como me recomendáis que proceda?
Contestar que corresponden 600€ por pax, según la reglamentación vigente:
Indiana Jones Registrado: 29-01-2009 Mensajes: 1567
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Yo llevo reclamanto a Etihad 2 meses, una pérdida de conexión en el vuelo de Madrid a Seúl con escala en Abu dhabi, ya que el primer vuelo salió con 2 horas de retraso y el siguiente no esperó por nosotros, nos reubicaron en un vuelo al día siguiente, por lo que llegamos a destino 24 horas después de la hora programada. Sólo hacen que darme largas con que están estudiando el caso y que están saturados de trabajo. No sé si reclamar a través de algún reclamador de Internet o esperar...el vuelo fue el pasado 2 de noviembre
Eso sí, nada de bonos si no te interesan, que te den la pasta.
@Ariza Vaya...pues no me había fijado, efectivamente por 6 minutos!! en este caso es correcto que la aerolínea reduzca un 50% la compensación. Así que creo que lo más lógico es aceptar la indemnización que ofrecen.
Eso sí, nada de bonos si no te interesan, que te den la pasta.
Pero la reducción del 50% de la compensación no es en el caso de que se habilite un transporte alternativo? en nuestro caso fue el mismo vuelo que estaba previsto. O como se interpreta?
Indiana Jones Registrado: 17-11-2011 Mensajes: 1924
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Es que el Reglamento está redactado como el culo. Estrictamente por retraso no habría derecho a compensación económica, sólo comida y alojamiento si se superan los tiempos especificados en su artículo correspondiente.
Puedes consultarlo a la Aesa. Yo en tu caso cogería los 300 euros por pasajero, porque veo riesgo de que pierdas en caso de reclamar. Eso si como dije en metálico, nada de bonos. De todas formas es una decisión personal, solo uno mismo sabe cuanto vale su tiempo y ganas de pleitear y las posibilidades de ganar, que puede ser que alguien en tu caso las vea muy superiores. Es algo subjetivo.
¿Y sabrías decirme cómo hacen el cálculo de las distancias?
Te lo explico con un ejemplo : Valencia - Núremberg , si calculas el trayecto en coche da más de 1.500 Km. Pero si se calcula en línea recta resulta que, por muy poco, no llega, el dato es importante porque precisamente marca el límite entre una cantidad u otra.
A ver si me podéis echar una manita con la reclamación online que hice a Lufthansa hace 2 semanas. El pasado 18 de agosto volaba Bilbao-Zagreb vía Frankfurt. El Bilbao-Frankfurt fue bien pero el vuelo de Frankfurt a Zagreb tuvo una avería durante el trayecto y tuvimos que volver a Frankfurt y dormir en el hotel (Meliá) que Lufthansa reservó sin coste.
Volé a Zagreb con los boletos de Lufthansa tras su rebooking al día siguiente, el 19 de agosto a las 7.00 am vía Stuttgart por lo que no llegué a Zagreb hasta las 12.50 h. Ese retraso me impidió llegar a tiempo a Zagreb donde comenzaba mi circuito de 15 días perdiendo a mi grupo que se marchó a las 8.30 de la mañana.
He leído el hilo y he interpretado que mi caso es parecido al del forero CARRERA y que Lufthansa debe compensarme pero ellos han contestado hace una hora: "Desafortunadamente no encontramos alguna irregularidad en el inventario de los vuelos LH1145 y LH1404 del 18 de agosto del 2024.
Por ello nos eximimos de cualquier responsabilidad de acuerdo a lo estipulado por el artículo 5 apartado 3 del Reglamento (CE) n. 261/2004 y no podemos cumplir con sus deseos de compensación ni de reembolso por los daños adicionales".
¿Me están tomando el pelo, verdad?
Gracias de antemano por cualquier información.
¡Es una respuesta automática vía robot!
Solo enviar el BP/Tarjeta de Embarque del día 19, y quedará bien estipulado que el vuelo en cuestión se efectuó el 19 y No el 18.
Genießen!
Buenos días forer@s:
Tiempo después volví a rellenar el formulario online de Lufthansa con los datos del día 19 en vez del 18, y efectivamente, la compañía me ha compensado con los 400€ correspondientes.
Pero ahora quería haceros la siguiente consulta. ¿Tengo derecho a reclamar el resto de gastos, y a quién? Llegué 14 horas más tarde y el grupo se fue sin mi.
1.- La agencia de viajes dice que no es cosa de ellos. (Esto era un paquete turístico, que he leído que se rige por la Ley de Transportes Combinados, según la cual la responsable es la agencia de viajes, ¿no?). Con tanta información.....
2. El seguro de viaje que me vendió la misma agencia, me dice que tampoco lo cubre . Únicamente cubre los gastos hasta [u] que te subes en el avión que te lleva al destino.
3.- ¿Es cosa de Lufthansa también?
4.- ¿De AESA?
¿Una ayudita, por favor? O lo mismo no me corresponde nada más
Una duda sobre este tema. Cuando la aerolínea alega "causas meteorológicas" para el retraso de un vuelo, quién y cómo prueba que eso es cierto??
Me suena a excusa fácil para no pagar la compensación.
@Carolco cómo o dónde puedo ver si hubo más vuelos afectados por la misma circunstancia en el mismo aeropuerto y misma fecha???
Una duda sobre este tema. Cuando la aerolínea alega "causas meteorológicas" para el retraso de un vuelo, quién y cómo prueba que eso es cierto??
Me suena a excusa fácil para no pagar la compensación.
@Carolco cómo o dónde puedo ver si hubo más vuelos afectados por la misma circunstancia en el mismo aeropuerto y misma fecha???
Vuelo BA 48 Seattle - London 6 de febrero.
Gracias!
Si la aero-linea aduce "WX" [Weather Phenomenon/Fenómeno meteorológico], es muy difícil rebatirlo.
Los *Fenómenos Meteorológicos* pueden incluir visibilidad de vuelo, precipitaciones y restricciones a la visibilidad.
Además, participan en la determinación varias partes involucradas: Servicio Meteorológico Nacional y Local, Aero-puerto, aero-linea y finalmente el mismo capitán del vuelo.
Aparece demorado, pero no es in-usual, y es un vuelo largo:
Además, venían de muchas cancelaciones 48 horas antes por hielo y nieve:
Gracias @Carolco, no se trata de rebatir. Se trata de que la aerolínea acredite que ese fue el motivo del retraso, de lo contrario sería un comodín para justificar cualquier retraso, no puede estar sujeto a la arbitrariedad de la aerolínea.
Durante la espera a bordo del avión el comandante informó de motivos burocráticos con la carga de combustible. El retraso en la llegada a Londres fue de solo 2 horas, pero supuso la pérdida de conexión a destino final (retraso de 12 horas).
Son muy listos, pagan hotel y taxis y dicen que de los 600€ ni hablar. Y si te conformas, pues mejor para ellos.
Una duda sobre este tema. Cuando la aerolínea alega "causas meteorológicas" para el retraso de un vuelo, quién y cómo prueba que eso es cierto??
Me suena a excusa fácil para no pagar la compensación.
@Carolco cómo o dónde puedo ver si hubo más vuelos afectados por la misma circunstancia en el mismo aeropuerto y misma fecha???
Vuelo BA 48 Seattle - London 6 de febrero.
Gracias!
Las aero-lineas tienen una línea de seguros que las cubren de todos los riesgos "asegurables"
Pero, ni la *Lloyd's of London* cubre: Los caprichos del Clima.
La compañía de seguros tiene que poder identificar quién es el responsable del "evento" y con el clima, no tendrían mucho éxito en este endevour.
¿Qué tipo de clima retrasa un vuelo?
El clima que retrasa y cancela vuelos se denomina inclemencias del tiempo.
Las inclemencias del tiempo se clasifican como tormentas eléctricas, tormentas de nieve, *wind shear* [cizalladura del viento], formación de hielo y niebla.
Este es el tipo de clima que provoca la mayor cantidad de cancelaciones y retrasos, no solo la lluvia.
Aunque no se cancelaría solo por lluvia, si hay tormentas eléctricas, esto sería motivo de cancelación.
Los truenos son el momento en que las cosas pueden volverse más peligrosas o empezar a complicarse.
Hay varios pasos que las aerolíneas seguirán para determinar si creen que hay inclemencias del tiempo y si un vuelo debe retrasarse o cancelarse debido a ello.
Hay centros de control de tráfico aéreo y torres de aeropuertos cuyas principales responsabilidades son recopilar toda la información meteorológica compleja necesaria con horas de antelación para predecir las rutas que podrían verse bloqueadas por el mal tiempo.
Recuerde que está en buenas manos cuando se toma una decisión ejecutiva sobre si se debe o no cancelar un vuelo debido al mal tiempo.
Gracias @Carolco, no se trata de rebatir. Se trata de que la aerolínea acredite que ese fue el motivo del retraso, de lo contrario sería un comodín para justificar cualquier retraso, no puede estar sujeto a la arbitrariedad de la aerolínea.
Durante la espera a bordo del avión el comandante informó de motivos burocráticos con la carga de combustible. El retraso en la llegada a Londres fue de solo 2 horas, pero supuso la pérdida de conexión a destino final (retraso de 12 horas).
Son muy listos, pagan hotel y taxis y dicen que de los 600€ ni hablar. Y si te conformas, pues mejor para ellos.
If you are unhappy with our response to your complaint, you can refer your complaint to the Centre for Effective Dispute Resolution (CEDR), who are approved by the Civil Aviation Authority to provide an independent resolution service for complaints about airlines. You will need to refer your complaint to them within 12 months. CEDR will be able to advise you if your complaint falls within the scope of what they can deal with.
Alternatively, you may use the European Commission’s online dispute resolution platform to submit your complaint.
Si no está satisfecho con nuestra respuesta a su queja, puede presentarla ante el Centro para la Resolución Efectiva de Disputas (CEDR), que está aprobado por la Autoridad de Aviación Civil para proporcionar un servicio de resolución independiente de quejas sobre aerolíneas. Deberá presentar su queja ante ellos en un plazo de 12 meses. El CEDR podrá informarle si su queja se encuentra dentro del ámbito de lo que pueden tratar.
Alternativamente, puede utilizar la plataforma de resolución de disputas en línea de la Comisión Europea para presentar su queja.
Cada año, miles de pasajeros en la UE sufren retrasos, cancelaciones y prácticas abusivas por parte de las aerolíneas. Aunque el Reglamento (CE) 261/2004 otorga ciertos derechos, muchas aerolíneas ignoran, rechazan o retrasan reclamaciones legítimas sin justificación, obligando a los pasajeros a invertir tiempo y dinero en procesos administrativos o judiciales.
Las aerolíneas cuentan con que los pasajeros se rindan, ya sea por falta de información, procesos complejos o pura frustración. Esto les beneficia económicamente y fomenta una cultura de incumplimiento de los derechos de los pasajeros.
Este abuso sistemático no tiene consecuencias económicas para las aerolíneas, lo que las incentiva a ignorar los derechos de los pasajeros, sabiendo que solo un pequeño porcentaje insistirá. Se trata de un modelo de negocio basado en agotar a los consumidores, y debe terminar.
Además, los tribunales de la UE ya están saturados y no deberían verse desbordados por miles de casos individuales de compensación sobre derechos claros y objetivos que ya han sido verificados por un organismo regulador imparcial. Los tribunales deben centrarse en disputas complejas, no en hacer cumplir derechos que las aerolíneas deberían respetar sin discusión.
*¿QUÉ PROPONEMOS?*
*1️⃣ Hacer que las decisiones de las autoridades nacionales de aviación (como AESA en España y sus equivalentes en toda la UE) sean vinculantes y ejecutables directamente contra las aerolíneas, sin necesidad de acudir a los tribunales.*
Fortalecer los organismos reguladores reducirá la saturación de los tribunales y agilizará la resolución de reclamaciones.
*2️⃣Compensar a consumidores y penalizar a las aerolineas* desincentivando que ignoren o rechacen sistemáticamente reclamaciones legítimas. Si una aerolínea abusa del sistema y obliga a los pasajeros a acudir a otras vías, debe asumir el coste de ese abuso.*Proponemos:*
✅ *Un recargo por reclamación no amistosa* del 20%, con un mínimo de 100 € por reclamación, más intereses legales de demora.
✅ Un sistema de *sanciones progresivas para aerolíneas reincidentes*, con multas que ayuden a financiar el sistema de reclamaciones.
3️⃣ *Ampliar la protección de los pasajeros frente a prácticas abusivas que actualmente no están cubiertas por el Reglamento (CE) 261/2004, incluyendo:*
✅ Cobros injustificados por equipaje de mano.
✅ Tarifas abusivas por imprimir tarjetas de embarque o corregir nombres mínimos.
✅ Falta de reembolsos en casos justificados (por ejemplo, vuelos cancelados o cambios de horario forzosos).
✅ Falta de reembolsos automáticos de tasas e impuestos aeroportuarios en vuelos no utilizados.
✅ Barreras para presentar reclamaciones, como trámites innecesarios o procesos internos ineficaces.
*4️⃣ Evaluar la viabilidad de un fondo de garantía de compensaciones para adelantar pagos y luego recuperar el dinero de las aerolíneas.*
No confíen en los [editado]de "Reclamación de Vuelo". Viajé en marzo de 2023 y todavía espero que me paguen lo que me corresponde. Una reclamación que podría haber hecho yo directamente con Iberia. Insisto, no les confíen su trámite a esta gente porque son [editado]. Me acaba de llamar una persona de estos [editado] me trató irresptuosamente, me dijo que no me cobrarian el 10% de no se por qué ellos se quedan y después me dijo que como yo no entendia el "beneficio" me lo quitaba!!!! No caigan en esta e**(AutoEdit)**a!!!!
En agosto de 2023, nuestro vuelo con Plus Ultra sufrió un retraso de 7 horas a la ida y 3 horas y media a la vuelta, sin compensación. Reclamamos los 600 € de indemnización via AESA, pero la aerolínea se negó a pagarlos. Tras un año y medio de proceso judicial por vía penal, ganamos el juicio, aunque hemos tenido que asumir los costos de abogado y procurador.
Si hay alguien más con problemas con esta aerolínea, SE PUEDE!