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¿Veis previsible que se termine aplicando la sentencia del supremo, y el plazo para viajar al extranjero cobrando paro se fije en los 3 meses, tal y como señalaba dicha sentencia?
Según entendimos en el resumen de esa ley, serían 3 meses pero sin cobrar, no 3 meses cobrando.
_________________ Caminante no hay camino, se hace camino al andar.
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Esta bien, porque así se da la posibilidad de unas largas vacaciones al que le interese, no retribuidas, y al que desgraciadamente por necesidad no se lo puede permitir, pues que pueda seguir cobrando la prestación...
Desde luego que me hubiera encantado esta posibilidad cuando estuve yo en el paro...
¿Veis previsible que se termine aplicando la sentencia del supremo, y el plazo para viajar al extranjero cobrando paro se fije en los 3 meses, tal y como señalaba dicha sentencia?
Según entendimos en el resumen de esa ley, serían 3 meses pero sin cobrar, no 3 meses cobrando.
Si, si, queda claro que sería una interrupción de la prestación, y se reanudaría al regreso. Pero, entonces, ¿realmente se va a instaurar? Teóricamente, si es una sentencia del Supremo, debería ser la doctrina a seguir...
¿Veis previsible que se termine aplicando la sentencia del supremo, y el plazo para viajar al extranjero cobrando paro se fije en los 3 meses, tal y como señalaba dicha sentencia?
Según entendimos en el resumen de esa ley, serían 3 meses pero sin cobrar, no 3 meses cobrando.
Si, si, queda claro que sería una interrupción de la prestación, y se reanudaría al regreso. Pero, entonces, ¿realmente se va a instaurar? Teóricamente, si es una sentencia del Supremo, debería ser la doctrina a seguir...
Que me corrija algún experto en derecho pero creo que nuestro sistema judicial no sigue el modelo anglosajón que presentas... Y no sería de directa aplicación esa sentencia para otros casos.
_________________ “Somos todos griegos. Nuestras leyes, nuestra literatura, nuestra religión, nuestras artes tienen su raíz en Grecia” Percy Bysshe Shelley
Hola a todos,
Yo creo que en estos casos lo que impera es la necesidad económica actual y se obvian los obstáculos legales. Sabiendo que ahora mismo están buscando dinero hasta debajo de las piedras, buscaran la mínima excusa o resquicio legal para que esta nueva "ley" se aplique.
Hola a todos,
Yo creo que en estos casos lo que impera es la necesidad económica actual y se obvian los obstáculos legales. Sabiendo que ahora mismo están buscando dinero hasta debajo de las piedras, buscaran la mínima excusa o resquicio legal para que esta nueva "ley" se aplique.
Un saludo.
Pues en mi opinion que la apliquen, por que me parece mejor que la de ahora...Yo creo que se evitaria algo el fraude y los que quieran viajar lo pueden hacer.
También a mi me parece una buena opción pero creo que sobretodo hay que ser honrados, como dice rodei, el fraude se podría evitar en parte. Siempre habrá personas que se creerán más "listas" que nadie.
Pedí el permiso el año pasado y, el comentario de algunos compañeros del curro es que ellos han sido más espabilados que yo porque se fueron los dos meses sin avisar...... Incluso hubo quien se fue, vino antes de los 15 días de rigor para hacer el papeleo y el mismo día se volvió a su destino.
También a mi me parece una buena opción pero creo que sobretodo hay que ser honrados, como dice rodei, el fraude se podría evitar en parte. Siempre habrá personas que se creerán más "listas" que nadie.
Pedí el permiso el año pasado y, el comentario de algunos compañeros del curro es que ellos han sido más espabilados que yo porque se fueron los dos meses sin avisar...... Incluso hubo quien se fue, vino antes de los 15 días de rigor para hacer el papeleo y el mismo día se volvió a su destino.
Yo también he sido honrado con ese asunto...Cada uno es como es. Yo creo que la opción es buena, te puedes ir tres meses de vacaciones ( si afortunadamente tu situación te lo permite) y tienes la opción de interrumpir tu prestación para hacerlo.
Se acabara en parte el fraude, por que los grandes defraudadores, aquellos que se van para mucho mas tiempo, seguiran haciendo de las suyas...
A mí me vendría genial... Y tal y como está el patio, lo mismo me viene bien más pronto que tarde, así que a ver si lo arreglan y entra en vigor una cláusula similar prontito!
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El otro día acudí a la oficina de paro de mi ciudad y me comentaron que ha salido una nueva ley que dice que si te vas fuera por un tiempo inferior a 90 días y avisando con antelación se puede hacer, eso si, sin cobrar la prestación, a la vuelta tienes 15 días para reactivarla... También comentan que sería recomendable demostrar que vas fuera para buscar trabajo...
De que manera, y con que documentos se puede demostrar que vas a ver si encuentras trabajo? Alguien sabe?
El otro día acudí a la oficina de paro de mi ciudad y me comentaron que ha salido una nueva ley que dice que si te vas fuera por un tiempo inferior a 90 días y avisando con antelación se puede hacer, eso si, sin cobrar la prestación, a la vuelta tienes 15 días para reactivarla... También comentan que sería recomendable demostrar que vas fuera para buscar trabajo...
De que manera, y con que documentos se puede demostrar que vas a ver si encuentras trabajo? Alguien sabe?
Una pregunta: estoy pendiente de que en abril esté sin trabajo (terminaría a finales de marzo). Evidentemente solicitaré la prestación por desempleo.
Entre que entregas los papeles y empiezas a cobrar la prestación hay un tiempo (desconozco de cuanto tiempo se trata) en el cual igual me cuadra para viajar:
- ¿de cuánto tiempo se trata?
- ¿se puede viajar sin problemas?
Una pregunta: estoy pendiente de que en abril esté sin trabajo (terminaría a finales de marzo). Evidentemente solicitaré la prestación por desempleo.
Entre que entregas los papeles y empiezas a cobrar la prestación hay un tiempo (desconozco de cuanto tiempo se trata) en el cual igual me cuadra para viajar:
- ¿de cuánto tiempo se trata?
- ¿se puede viajar sin problemas?
Gracias por aclararme las dudas
Desde que acabas el contrato, tienes 15 días para solicitar la prestación. Lo tienes que hacer dentro de ese periodo de tiempo.
Y aparte de eso, desde el momento que solicitas la prestación, aunque no cobres todavía, es como si ya lo estuvieras haciendo por lo que no tienes días de margen para viajar, tienes los 15 días que puedes solicitar.
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Una pregunta: estoy pendiente de que en abril esté sin trabajo (terminaría a finales de marzo). Evidentemente solicitaré la prestación por desempleo.
Entre que entregas los papeles y empiezas a cobrar la prestación hay un tiempo (desconozco de cuanto tiempo se trata) en el cual igual me cuadra para viajar:
- ¿de cuánto tiempo se trata?
- ¿se puede viajar sin problemas?
Gracias por aclararme las dudas
Por lo que yo sé, la prestación la cobras el del 10 del mes siguiente, es decir, tu día de cobro son los "10" de cada mes.
_________________ Muévete, y el camino aparecerá (Proverbio Zen)
El otro día acudí a la oficina de paro de mi ciudad y me comentaron que ha salido una nueva ley que dice que si te vas fuera por un tiempo inferior a 90 días y avisando con antelación se puede hacer, eso si, sin cobrar la prestación, a la vuelta tienes 15 días para reactivarla... También comentan que sería recomendable demostrar que vas fuera para buscar trabajo...
De que manera, y con que documentos se puede demostrar que vas a ver si encuentras trabajo? Alguien sabe?
Pero ya esta vigente???
Segun me dijo la mujer les llego una circular hacia una semana...
Y respecto a lo otro que preguntaba?? Alguien puede echarme un cable? Queria saber como puedo aportar algun documento que diga que voy a ver si encuentro trabajo en argentina.... Con ello seria mas facil supongo hacer el tramite ya que no parecerian vacaciones, la mujer me dijo que si podia aportara algo, pero no se que podria ser y como conseguirlo...
Alguien puede decirme?
Lo unico que se me ocurre es que si vas a hacer entrevistas de trabajo te den un justificante, o por ejemplo inscribirte en ETTs o a buscadores de empleos...nose.
De todos modos, porque no lo preguntas en el Inem a ver lo que te dicen?
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