ANGEMI
Moderador de Zona
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Suri46 Escribió: |
Estoy totalmente de acuerdo contigo.
Esta semana yo voy a reclamarlo a la agencia por que considero que no es culpa mía.
He escrito un correo a la página e-visa Turquía comentando que ya no visito su país y la respuesta a sido que no es necesario el visado si no vas a estar mas de 72h, así que nada otro intento fallido, se lo comento a mi agencia y me dicen que eso no es así , que el visado era necesario ( menudo jaleo)
Desde mi banco me dicen que es una tasa gubernamental y que me olvide de que me lo devuelvan .
Ya no se me ocurre que mas hacer |
Te aclaro que no es necesario visado si llegas en el crucero, sales a pasear y vuelves al barco y este zarpa a otro destino que es lo que te han dicho en donde se solicita el visado. Deberías de haberle dicho que en este crucero se llega al aeropuerto pará comenzar desde Estambul o se termina el crucero y se regresa desde un aeropuerto turco y entonces te habrían dicho que es obligatorio.
Una pena que no puedas hacer uso de ese visado y visitar Estambul. Te vale durante 180 días así que si te buscas una escapada a Estambul por tu cuenta podrás utilizarlo dentro de ese plazo. _________________ El mundo es un libro y aquellos que no viajan leen sólo la primera página.
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ROGOSA
Indiana Jones
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LA LOGICA DE LA DEVOLUCION DEL IMPORTE DEL VISADO DEBERIA SER LA SIGUIENTE:
LA PAGINA WEB DONDE SE OBTIENE DICE CLARAMENTE QUE EN EL CASO DE QUE NO SE UTILICE EL VISADO, NO SE DEVOLVERÁ EL IMPORTE DEL MISMO
¿QUIEN ES EL CULPABLE DE QUE NO LO HAYAS PODIDO UTILIZAR?
PUES....... ¡¡A RECLAMAR A LA NAVIERA COSTA CRUCEROS¡¡ _________________
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Nonina45
Travel Addict
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El mio sale el 5 de octubre y mi agencia me ha comunicado que anulan la escala en estambul se lo ha confirmado costa
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Lolaymiguel
Experto
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Nosotros teníamos contratado crucero con neoclásica para el día 5 de octubre, a la vista del cambio hemos cancelado el crucero y nos han cobrado en concepto de penalización la cantidad de 625 euros de un total abonado de 1.800, total una pasada.
La cuestión es que ahora hay que demandar a la agencia y a Costa para recuperar esas cantidades siendo la demanda bastante sencilla por cuanto ya existe una Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección 28ª, Sentencia Número 165/2015 donde la Audiencia declara nulas algunas cláusulas del contrato de viajes combinados de Costa Crucero, en concreto las que hacen referencia a qué se entiende por modificación significativa y las relativas a las penalizaciones que aplica unilateralmente la naviera. La cuestiòn es que la Sentencia es de junio de este año y es posible que Costa la haya recurrido en Casaciòn (no lo se), pero la realidad es que a la fecha la mayor parte del trabajo de reclamar está hecho alegando los Fundamentos Jurídicos de dicha Sentencia aunque, y como ya he comentado, es posible que aún no sea firme.
Esta es la segunda (y última) vez que contratamos con Costa, la primera ya nos cambió en navegaciòn un destino por otro, ante lo cual no puedes hacer nada, pero ya de esta vez no pasa.
La Agencia con la que contratamos ha sido RUMBO/LAST MINUTE y quiero también poneros sobre aviso contra la misma ya que el "engaño" en cuanto a la contratación del crucero ha partido de ellos ya que nos ofertaron ese crucero después de los ataques a Estambul y después de que Costa ya iniciara la supresión de Estambul como destino sabedores, RUMBO, de que ese destino iba a ser modificado en breve, a pesar de lo cual no han hecho nada en absoluto para defendernos, todo lo contrario. Otros a los que evitaré "hasta el infinito y más allá".
Vaya pareja de poca vergüenza RUMBO y COSTA.
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