Foro de Aviones, Aeropuertos y Aerolíneas: Temas sobre vuelos: aviones, aeropuertos, líneas aéreas, vuelos baratos, facturación, reserva de asientos, equipajes y reclamaciones.
Tengo pensado ir de vacaciones a Florencia este mes de Julio. Vivo en Tenerife y primero tengo que coger un vuelo de aquí a Barcelona y luego desde Barcelona tenia pensado coger con clickair otro hasta Pisa. Para la vuelta lo mismo. Lo que me surgen son las dudas a la hora de comprar el billete si contratar el seguro o no (todas las compañias lowcost estan poniendo este seguro opcional). El seguro de clickair pone:
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¿Qué coberturas me ofrece el seguro de asistencia en viaje?
Garantía de anulación: 400€
Garantía de asistencia-repatriación:
Repatriación o traslado sanitario: ilimitado
Repatriación o traslado del fallecido: ilimitado
Repatriación o traslado de los acompañantes: ilimitado
Gastos médicos:
España: 600€
Europa (con franquicia de 100€): 4.800€
Pérdida de enlaces: 60€
Demora de la salida del medio de transporte superior a 6 horas: 50€
Indemnización por interrupción de vacaciones: 700€ (franquicia del 20%)
Gastos de defensa legal fuera del país de residencia habitual: 600€
Anticipo de fianza judicial fuera del país de residencia habitual: 4.800€
Transmisión de mensajes urgentes derivados de la cobertura de la póliza
Garantía de responsabilidad civil privada: 20.000€ (franquicia de 90€)
Garantía de equipajes:
Por pérdida: 600€
Por demora superior a 12 horas: 250€
La compañía aseguradora es Mondial Assistance, y en caso de siniestro el asegurado deberá ponerse en contacto con ésta y facilitarle toda la información y documentación necesaria.
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¿ESTO QUIERE DECIR QUE SI NO CONTRATO EL SEGURO (14 EURITOS MAS A PARTE DEL PRECIO DEL BILLETE) ME QUEDARIA TIRADO EN EL AEROPUERTO SIN NINGUN DERECHO A INDEMNIZACION, NOCHE DE HOTEL ETC....)??? Me da miedo reservar un hotel en florencia y después q me cancelen el vuelo ya q esta compañía no tiene muy buena fama y en verano con tanto trafico aéreo ufff.. En este mismo foro en la sección de Derechos del viajero (viene detallado) segun el siguiente acto me DEBERIAN INDEMNIZAR DE TODAS LAS MANERAS
Por eso me gustaría saber si aunque no compre el seguro tengo derecho a indemnización por cancelación o retraso ????
Saludos y a ver si alguien me puede ayudar con mi duda
ACTO
Reglamento (CE) n° 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n° 295/91.
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