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Iberia no paga ni cuando tienes una sentencia favorable. Yo tuve que presentar una demanda ejecutiva varios meses después de ganar el juicio...
Que no desanime a nadie lo de tener que presentar una demanda ejecutiva.
Una vez se emite la sentencia, que en casos como los que nos ocupa en este tema del foro por el motivo y por la baja cuantía, dicha sentencia es firme y a la que no cabe recurso. Y si la parte demandada no hace el ingreso en la cuenta del juzgado ( para que el juzgado luego lo transfiera al demandante ) en el plazo fijado por la sentencia, se puede proceder a la demanda ejecutiva. Yo tengo entendido que no es necesario esperar meses para ello, y que tras dicha demanda la parte demandada debe pagar si o si.
@Ariza ¿al final te pagaron? ¿ por qué pasaron meses para poner la demanda de ejecución?
La verdad que yo no he tenido que recurrir a demanda de ejecución, si bien hasta ahora no había tenido una demanda contra Iberia, de la que estoy a espera de fecha del juicio.
Tu experiencia me sería útil, pues de Iberia me puedo esperar cualquier intento de marear y abatir la paciencia y perseverancia de los demandantes, pero conmigo lo tienen claro.
Nunca desistir. Solo así podemos hacer valer nuestros derechos con esta panda de ***.
Última edición por Josean2017 el Lun, 09-12-2024 14:03, editado 1 vez
Indiana Jones Registrado: 17-11-2011 Mensajes: 1929
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Pasaron meses porque no conocía el surrealista sistema judicial español, en el que si el que pierde un juicio no paga, tienes que presentar otro papel para que el juzgado mueva el culo y haga lo que corresponde (demanda ejecutiva). Es como cuando no existe la dirección del demandado, que tienes que solicitar al juzgado que averigüen alguna dirección real.... Luego nos extrañamos que haya tanto chorizo. Si es que pocos hay...
Al final pagaron si, y con intereses de demora, que recomiendo reclamar, aunque por ley el interés sea bastante poco..
Fácil pues, siempre que se sepa como hacerlo, gracias a otras experiencias.
Al recibir la sentencia del juzgado, siendo favorable, firme y sin posibilidad de recurso ( así lo espero ), incluirá el derecho a añadir los intereses de demora ( lo cual yo menciono en mi demanda), y que se calculan según el tiempo trascurrido (desde la reclamación inicial enviada a la compañia aérea, la primera, antes de la de AESA ni al Juzgado; y hasta la fecha de la sentencia judicial ) y con el índice de interés legal por demora a utilizar cada año (que se establecen anualmente en la Ley de Presupuestos General del Estado). El añadir o no una cuantía por intereses de demora es potestad exclusiva de la parte demandante, y si se quiere exigirlos se le comunica al juzgado por escrito la cuantía calculada (el demandante debe hacer el cálculo) una vez se ha recibido la sentencia firme.
Y, tras lo anterior, el juzgado lo comunica a la parte demandada ( con copia a la parte demandante) poniendo un plazo para el pago ( en general mediante ingreso en la cuenta del juzgado ), del total acorde con la sentencia. El plazo que se les da es de unos días según recuerdo.
Si se paga en el plazo (ingresado en la cuenta del juzgado) el mismo juzgado lo comunica a la parte demandante para que se les comunique la cuenta del demandante para hacerles la transferencia.
HASTA AQUI mi experiencia.
Si la demandada no hace dicho ingreso voluntariamente, se debe proceder por parte del demandante a solicitar la ejecución de la sentencia (demanda ejecutiva) para el cobro vía judicial, presentando el escrito al efecto en el juzgado (como cita Ariza). Para lo cual es suficiente esperar el plazo que se indique en la comunicación del juzgado, que creo recordar que era de soló de pocos días o alguna semana, para el pago voluntario. Y alguien cobrará ...
El proceso no es tan complicado una vez que se sabe. Gracias.
Never Surrender.
Caña a Iberia y similares
... Y Paz y Amor para todos y todas viajeros y viajeras, ... From Bhutan
Última edición por Josean2017 el Lun, 09-12-2024 14:03, editado 7 veces
Por complicado que pueda parecer una demanda al juzgado, es más sencillo que obtener una atención decente de algunas compañías. Al menos de aquellas que te responden con falsedades, divagaciones improcedentes, etc; así como de aquellas que tengan un sistema online de reclamaciones que te meten en un bucle para desalentarte de que exijas todo o parte de tus derechos.
Lo único costoso en tiempo, según mi limitada experiencia, es recopilar la documentación, que sirve tanto para reclamar a AESA como para la demanda en el Juzgado; y supongo que es la misma documentación que piden las agencias que cobran un buen pellizco por ofrecerse a presentar la reclamación a la compañia en tú nombre.
Os aconsejo no perder tiempo con las compañías que no den una respuesta inicial coherente y satisfactoria. Y tras pasar un mes desde que se les reclama (con copia del email enviado debe ser suficiente constatacion), aconsejo ir directo a AESA o al juzgado, o mejor a ambos simultáneamente.
Creo que tal vez lo haya citado alguna vez, pero por si acaso lo repito:
Paciencia y Perseverancia.
Última edición por Josean2017 el Lun, 09-12-2024 14:04, editado 1 vez
Hola. He reservado un vuelo a Barbados desde Londres que me comunican se retrasa 1h 45'. Había cogido un vuelo de vuelta de Londres a Valencia con margen, ahora resulta (ya que he de ir a otro aeropuerto) que mi margen de 4h y pico de llegar a Gatwick y ir para Stansted ya no vale para nada.
He leído que si no supera el retraso 2 ó 3h me como los mocos... ¿Es así? ¿Alguien lo sabe?
Gracias de antemano.
Hola. He reservado un vuelo a Barbados desde Londres que me comunican se retrasa 1h 45'. Había cogido un vuelo de vuelta de Londres a Valencia con margen, ahora resulta (ya que he de ir a otro aeropuerto) que mi margen de 4h y pico de llegar a Gatwick y ir para Stansted ya no vale para nada.
He leído que si no supera el retraso 2 ó 3h me como los mocos... ¿Es así? ¿Alguien lo sabe?
Gracias de antemano.
En tu caso (por la distancia del vuelo) diría que el derecho de compensación es para retrasos superiores a 4 horas.
Puedes ver las condiciones en el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004.
Hola. He reservado un vuelo a Barbados desde Londres que me comunican se retrasa 1h 45'. Había cogido un vuelo de vuelta de Londres a Valencia con margen, ahora resulta (ya que he de ir a otro aeropuerto) que mi margen de 4h y pico de llegar a Gatwick y ir para Stansted ya no vale para nada.
He leído que si no supera el retraso 2 ó 3h me como los mocos... ¿Es así? ¿Alguien lo sabe?
Gracias de antemano.
En tu caso (por la distancia del vuelo) diría que el derecho de compensación es para retrasos superiores a 4 horas.
Puedes ver las condiciones en el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004.
Gracias por la info, ALROJO.
Es una [editado moderación]con perdón de la palabra. Nunca se me ha retrasado tanto un vuelo para perder la conexión a otro, o un tren a mi ciudad. Quizá 2h no estén cubiertas, pero pueden suponer, entre ir a otra terminal, etc, perder otro vuelo.
En fin, ajo y agua!
He estado leyendo el hilo por encima, y quería preguntar si alguien ha tenido experiencia con reclamaciones de vuelo por retrasos fuera de la UE.
Os cuento mi caso , Madrid con destino Hurghada (Egipto) , con escala de 3 horas en Turquía.
Primer vuelo salida con retraso de 40 min y luego mas retraso debido a tormentas, 1 hora en total aprox (puedo comprenderlo)
2º vuelo Turquía - Hurghada 11 HORAS DE RETRASO!. Encima iban prolongando hora tras hora en la terminal, debido a esto no nos pusieron hotel, 11 horas en la terminal durmiendo en bancos, gritos, mal estar... Un caos vaya.
Mi pregunta es, puedo reclamar a Aesa? El vuelo afectado es de Turquía (fuera de la UE) hacia egipto, pero el vuelo completo es desde Madrid... De ahí mi duda.
En caso contrario, algún sitio donde poder informarme o poder reclamar? a la compañia (pegasus) ya le he formulado una reclamación por web, pero dudo que llegue a algo...
He estado leyendo el hilo por encima, y quería preguntar si alguien ha tenido experiencia con reclamaciones de vuelo por retrasos fuera de la UE.
Os cuento mi caso , Madrid con destino Hurghada (Egipto) , con escala de 3 horas en Turquía.
Primer vuelo salida con retraso de 40 min y luego mas retraso debido a tormentas, 1 hora en total aprox (puedo comprenderlo)
2º vuelo Turquía - Hurghada 11 HORAS DE RETRASO!. Encima iban prolongando hora tras hora en la terminal, debido a esto no nos pusieron hotel, 11 horas en la terminal durmiendo en bancos, gritos, mal estar... Un caos vaya.
Mi pregunta es, puedo reclamar a Aesa? El vuelo afectado es de Turquía (fuera de la UE) hacia egipto, pero el vuelo completo es desde Madrid... De ahí mi duda.
En caso contrario, algún sitio donde poder informarme o poder reclamar? a la compañia (pegasus) ya le he formulado una reclamación por web, pero dudo que llegue a algo...
Tras recibir la respuesta a la reclamación presentada ante la compañía aérea o transcurrido un mes sin obtener respuesta de la compañía, podrá iniciar los trámites para presentar la reclamación ante AESA.
He estado leyendo el hilo por encima, y quería preguntar si alguien ha tenido experiencia con reclamaciones de vuelo por retrasos fuera de la UE.
Os cuento mi caso , Madrid con destino Hurghada (Egipto) , con escala de 3 horas en Turquía.
Primer vuelo salida con retraso de 40 min y luego mas retraso debido a tormentas, 1 hora en total aprox (puedo comprenderlo)
2º vuelo Turquía - Hurghada 11 HORAS DE RETRASO!. Encima iban prolongando hora tras hora en la terminal, debido a esto no nos pusieron hotel, 11 horas en la terminal durmiendo en bancos, gritos, mal estar... Un caos vaya.
Mi pregunta es, puedo reclamar a Aesa? El vuelo afectado es de Turquía (fuera de la UE) hacia egipto, pero el vuelo completo es desde Madrid... De ahí mi duda.
En caso contrario, algún sitio donde poder informarme o poder reclamar? a la compañia (pegasus) ya le he formulado una reclamación por web, pero dudo que llegue a algo...
Tras recibir la respuesta a la reclamación presentada ante la compañía aérea o transcurrido un mes sin obtener respuesta de la compañía, podrá iniciar los trámites para presentar la reclamación ante AESA.
He estado leyendo el hilo por encima, y quería preguntar si alguien ha tenido experiencia con reclamaciones de vuelo por retrasos fuera de la UE.
Os cuento mi caso , Madrid con destino Hurghada (Egipto) , con escala de 3 horas en Turquía.
Primer vuelo salida con retraso de 40 min y luego mas retraso debido a tormentas, 1 hora en total aprox (puedo comprenderlo)
2º vuelo Turquía - Hurghada 11 HORAS DE RETRASO!. Encima iban prolongando hora tras hora en la terminal, debido a esto no nos pusieron hotel, 11 horas en la terminal durmiendo en bancos, gritos, mal estar... Un caos vaya.
Mi pregunta es, puedo reclamar a Aesa? El vuelo afectado es de Turquía (fuera de la UE) hacia egipto, pero el vuelo completo es desde Madrid... De ahí mi duda.
En caso contrario, algún sitio donde poder informarme o poder reclamar? a la compañia (pegasus) ya le he formulado una reclamación por web, pero dudo que llegue a algo...
Tras recibir la respuesta a la reclamación presentada ante la compañía aérea o transcurrido un mes sin obtener respuesta de la compañía, podrá iniciar los trámites para presentar la reclamación ante AESA.
Hola gracias, esto lo leí mi duda era si al tratarse de un vuelo fuera de la UE podía reclamar por AESA.
Ariza Escribió:
Si los vuelos tenian el mismo localizador si puedes reclamar.
Si tienen el mismo localizador, así que perfecto, esperaré a ver si la compañía responde y si no reclamo por AESA.
Yo estoy en la misma situación, vuelo a Mauricio con escala en Estambul, 4 HORAS de retraso a la ida, y a la vuelta, salíamos a las 21, lo retrasaron a las 01 am y al final, salimos a las 06, sin ningún tipo de atención con todos los pasajeros!!! Perdimos el enlace y tuvimos que hacer noche en Estambul, tengo que reclamar primero a la linea aérea? O directamente a AESA????
Indiana Jones Registrado: 17-11-2011 Mensajes: 1929
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El orden siempre es: compañía aérea - Aesa - juzgado. Recomiendo reclamar a la Aesa y al juzgado a la vez, porque lo que diga la primera a la compañia se la trae al pairo y tardan cerca de un año en contestar...
En la demanda se adjunta el localizador que da la Aesa al reclamar (o una copia de la reclamación) y a esperar.
Si no te presentas en la puerta de embarque, no tendrás derecho a una indemnización en caso de retraso: así lo afirma la Justicia
Los retrasos y las cancelaciones en los vuelos siempre han sido fuente de polémica. Compañías y afectados buscan, por igual, salir lo menos perjudicados posible. Ahora, el TJUE ha dictado sentencia en caso de sufrir un retraso y no acudir a la puerta de embarque. ¿El resultado? Despídete de tu indemnización.
Acudir a un aeropuerto se traduce, en muchos casos, en sufrir grandes dosis de estrés desde que llegamos al mismo hasta que tenemos que encontramos la puerta de embarque. Y, para muchos, la peor noticia de todas se produce precisamente cuando llegamos a ella y aparece el clásico cartel que anuncia una retraso o, en el peor de los casos, una cancelación. Con el trastorno que ello puede llegar a casuar en nuestros planes.
Este es el motivo por el que las compañías aéreas están obligadas a, en función de la naturaleza del problema que justifique dicho retraso o cancelación, indemnizar a sus pasajeros. Pero, ¿qué ocurre si nuestro vuelo ha sufrido un retraso y, finalmente, no nos hemos presentado en la puerta de embarque porque nuestros planes han cambiado en último momento? ¿También debemos recibir una indemnización en este caso? El Tribunal de Justicia de la unión Europea ha sentado jurisprudencia en su fallo, afirmando que, en este caso, no habría motivos para ello.
No existe derecho de compensación
Los pasajeros tienen derecho a una compensación económica en aquellos casos en los que existe “una pérdida de tiempo irreversible, igual o superior a tres horas”, tal y como informa el medio especializado Confilegal. En el caso de que el pasajero no se llegue a desplazar hasta el aeropuerto, no se produce esta situación, puesto que no existe ninguna pérdida de tiempo asociada al retraso en cuestión, afirman los jueces de la corte.
El fallo se produce después de que el Tribunal Supremo Federal de Alemania consultara al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la situación vivida por dos pasajeros que tenían que cubrir el trayecto que separa a las ciudades de Düsseldorf y Palma de Mallorca. Cuando ambos descubrieron que su vuelo iba a registrarse por un tiempo superior a las tres horas, uno de ellos decidió no presentarse en el aeropuerto, mientras que el otro optó por comprar un vuelo alternativo que le permitía llegar a tiempo a su destino.
Los denunciantes afirman que tienen derecho a la indemnización, puesto que sí que existió un prejuicio para ambos. Sin embargo, para el TJUE, ninguno de ellos es susceptible de recibir la compensación, al no haberse presentado en la puerta de embarque.
Sin pérdida de tiempo
Para el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el elemento clave de la situación radica en el no desplazamiento hasta el aeropuerto, puesto que no se sufre la pérdida de tiempo mencionada. En el caso del pasajero que decidió no acudir al aeropuerto, se entiende que no tenía intención de tomar el vuelo. Puesto que, en caso contrario, debería haber acudido igualmente para realizar todos los trámites relacionados con la facturación.
Por otro lado, el pasajero que se compró un billete alternativo tampoco experimentó ninguna pérdida de tiempo, puesto que logró llegar a su destino a tiempo a través de la vía alternativa que se había buscado. Se concluye, por tanto, que al no haber sufrido “molestias graves”, no existe el derecho de compensación que ambos reclamaban.
Si esto lo llegan a aplicar hace un par de años cuando los xxxx de wizz nos fastidiaron las vacaciones, no hubiesemos cobrado ni nosotros ni casi nadie (o nadie) del vuelo, ya q nos llego el mensaje de cancelación del vuelo estando a 2kms del aeropuerto 3h antes y obviamente no fuimos a la puerta de embarque a ver q no habia ningun avión
Hola a todos, alguien puede ayudarme en cuanto a los pasos a seguir con una reclamación por retraso? La aerolínea me contesta que me corresponden 400€ por pasajero y que en 10 días
Me lo ingresan pero ha pasado más de un mes y nada. Que más puedo hacer adesmas de esperar?