Foro de Aviones, Aeropuertos y Aerolíneas: Temas sobre vuelos: aviones, aeropuertos, líneas aéreas, vuelos baratos, facturación, reserva de asientos, equipajes y reclamaciones.
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Último Mensaje Publicado:
Cancelaciones de vuelos por parte de la aerolíneas: dónde reclamar, devoluciones, derechos del pasajero. Indemnizaciones, alojamiento o búsqueda de alternativas por parte de la aerolínea.
Indiana Jones Registrado: 18-08-2016 Mensajes: 3168
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El Reglamento (CE) 261/2004 es aplicable a todos los vuelos que:
Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza
Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea comunitaria (de la Unión Europea).
Si no está AESA para ayudarte.....y además es una compañía española. No te puedo indicar si puedes hacer algo más con ellos. Una demanda en el juzgado es otro posible paso, yo no lo he hecho nunca, todo sea que la justicia de aquí te diga que tienes que hacerlo con la justicia francesa.
El Reglamento (CE) 261/2004 es aplicable a todos los vuelos que:
Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza
Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea comunitaria (de la Unión Europea).
Si no está AESA para ayudarte.....y además es una compañía española. No te puedo indicar si puedes hacer algo más con ellos. Una demanda en el juzgado es otro posible paso, yo no lo he hecho nunca, todo sea que la justicia de aquí te diga que tienes que hacerlo con la justicia francesa.
Eso pienso yo, me siento desamparada, la verdad... Me da la sensación de que va a ser darme de cabezazos contra la pared. ¿Por qué funciona todo tan mal? Un viaje super deseado, y nos dejaron literalmente en la mierda... (con perdón, pero estoy desesperada de que dejen a las aerolíneas hacer lo que les venga en gana).
¿Alguna empresa de reclamación de vuelos que podáis recomendarme?
Indiana Jones Registrado: 18-08-2016 Mensajes: 3168
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virlamejor Escribió:
yonhey Escribió:
El Reglamento (CE) 261/2004 es aplicable a todos los vuelos que:
Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza
Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea comunitaria (de la Unión Europea).
Si no está AESA para ayudarte.....y además es una compañía española. No te puedo indicar si puedes hacer algo más con ellos. Una demanda en el juzgado es otro posible paso, yo no lo he hecho nunca, todo sea que la justicia de aquí te diga que tienes que hacerlo con la justicia francesa.
Eso pienso yo, me siento desamparada, la verdad... Me da la sensación de que va a ser darme de cabezazos contra la pared. ¿Por qué funciona todo tan mal? Un viaje super deseado, y nos dejaron literalmente en la mierda... (con perdón, pero estoy desesperada de que dejen a las aerolíneas hacer lo que les venga en gana).
¿Alguna empresa de reclamación de vuelos que podáis recomendarme?
Creo que la opción de demanda en un juzgado es fácil, si buscas por el foro algo podrás encontrar. Yo una vez usé flightright, de estas empresas que no te cobra nada, sólo si consiguen compensación, pero no conseguí nada y mi impresión es que tampoco hicieron mucho.
¿Tengo derecho a indemnización si me cancelan o retrasan el vuelo?
En el caso de una huelga de controladores aéreos no habrá compensación económica por los daños causados, ya que se trata de una protesta legal y anunciada.
Por ello se considera una circunstancia extraordinaria e inevitable.
La compañía aérea no tiene la obligación de abonar compensación en los siguientes casos:
La compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias
Además, debe demostrar que ha hecho todo lo posible para evitar la cancelación.
Circunstancias extraordinarias
De acuerdo al Reglamento (CE) 261/2004 casos que pueden considerarse como circunstancias extraordinarias son los siguientes posibles incidentes:
Inestabilidad política en el país de Origen/Destino
Condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo.
Riesgos para la seguridad.
Deficiencias inesperadas en la seguridad del vuelo.
Huelgas que afecten a las operaciones de un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo.
Todas estas posibles circunstancias extraordinarias han de estar debidamente justificadas para poder considerarlas como tal.
Indiana Jones Registrado: 26-06-2009 Mensajes: 1366
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Vueling nos canceló el vuelo justo apunto de embarcar. Nos ofreció acogernos al siguiente vuelo (3 días más tarde y con gastos a su cuenta estos días en un hotel y dietas que ellos nos proponían) o buscar un vuelta alternativa a nuestro coste siempre y cuánto llegáramos antes que lo que ellos nos proponían. Por motivos laborales tuvimos que coger un vuelo a las pocas horas a otro destino incluyendo taxis, trenes, dietas…creéis que va a ser fácil el rembolso o lo hemos perdido todo? Por su web ya he incluido todas las facturas pero me han hecho un roto de 850€…