Foro General de España: Viajes por España: ciudades, hoteles, restaurantes, paradores nacionales, turismo cultural, sol y playas, escapadas, turismo rural, etc. Para temas que no se ubiquen en los otros foros de zonas de España o que cubran varias zonas.
Discusión sobre si es legal o no volar al extranjero desde zonas confiadas: controles, justificantes, cierre perimetral, viajeros en tránsito, restricciones, pruebas pcr, antígenos
Yo no soy jurista, pero puedo dar la experiencia de mi marido. Tuvo que viajar fuera de España por trabajo y nuestra comunidad estaba cerrada perimetralmente. Cuando fue a coger el avión en Barajas estaban haciendo control, y le pidieron DNI y justificación para viajar (presentó su justificante del trabajo y no tuvo problema), pero hubo algunas personas que no viajaron dado que no tenían justificación para viajar y eran residentes en una comunidad cerrada perimetralmente.
Por otro lado, en el puente de octubre teníamos un viaje cogido y también cerraron perimetralmente el mismo día que volábamos. Nos arriesgamos y fuimos al aeropuerto, no había control y pudimos viajar sin problema.
En resumen, si hay control y eres de una comunidad cerrada perimetralmente no están dejando viajar (tanto dentro del país como fuera), lo que ya ignoro es en qué quedarán esas actuaciones y si los afectados podrán reclamar.
Gracias por los comentarios, creeis que tal actuación de un agente contra la ley es constitutiva de un delito de prevaricación?
Agentes de la ley que no se conocen la ley, lo veo gravísimo...
Algún abogado en la sala para dar un poco de luz? Hacemos una hucha y solicitamos un informe jurídico a algun despacho? jajaja
Indiana Jones Registrado: 17-11-2009 Mensajes: 1428
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Al final es la historia de siempre...si la ley dice "hasta aqui" yo hago "hasta aquí"? independientemente que éticamente sea discutible?
Si la ley me hubiera dicho que puedo juntarme en mi casa con 27, yo me hubiera reunido con 27?
Si mañana un cargo público "iluminado" me dice que puedo ir en el metro sin mascarilla, yo iría sin ella alegando que es lo que dice la ley?
Ahí lo dejo _________________ Cuando me dicen que soy demasiado viejo para hacer una cosa, procuro hacerla enseguida.
Pablo Ruiz Picasso
Indiana Jones Registrado: 15-09-2020 Mensajes: 1896
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EVOS Escribió:
Al final es la historia de siempre...si la ley dice "hasta aqui" yo hago "hasta aquí"? independientemente que éticamente sea discutible?
Si la ley me hubiera dicho que puedo juntarme en mi casa con 27, yo me hubiera reunido con 27?
Si mañana un cargo público "iluminado" me dice que puedo ir en el metro sin mascarilla, yo iría sin ella alegando que es lo que dice la ley?
Ahí lo dejo
No entiendo nada de nada de lo que acabas de escribir y tampoco hasta donde quieres llegar.
Ya no es lo que la ley diga es de ser todos conscientes de la situación y hacer bien las cosas.
Al final es la historia de siempre...si la ley dice "hasta aqui" yo hago "hasta aquí"? independientemente que éticamente sea discutible?
Si la ley me hubiera dicho que puedo juntarme en mi casa con 27, yo me hubiera reunido con 27?
Si mañana un cargo público "iluminado" me dice que puedo ir en el metro sin mascarilla, yo iría sin ella alegando que es lo que dice la ley?
Ahí lo dejo
No entiendo nada de nada de lo que acabas de escribir y tampoco hasta donde quieres llegar.
Ya no es lo que la ley diga es de ser todos conscientes de la situación y hacer bien las cosas.
Pero si yo me hago una PCR para irme de viaje.. Y otra PCR para volver, y sale negativo en todas, ¿por qué no podría viajar?
Ya depende de cada uno si hace bien las cosas, como usar mascarilla, gel, etc.. Pero no veo problema a viajar, si cumplimos las medidas.
Indiana Jones Registrado: 15-09-2020 Mensajes: 1896
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fj.peralta Escribió:
NYNY Escribió:
EVOS Escribió:
Al final es la historia de siempre...si la ley dice "hasta aqui" yo hago "hasta aquí"? independientemente que éticamente sea discutible?
Si la ley me hubiera dicho que puedo juntarme en mi casa con 27, yo me hubiera reunido con 27?
Si mañana un cargo público "iluminado" me dice que puedo ir en el metro sin mascarilla, yo iría sin ella alegando que es lo que dice la ley?
Ahí lo dejo
No entiendo nada de nada de lo que acabas de escribir y tampoco hasta donde quieres llegar.
Ya no es lo que la ley diga es de ser todos conscientes de la situación y hacer bien las cosas.
Pero si yo me hago una PCR para irme de viaje.. Y otra PCR para volver, y sale negativo en todas, ¿por qué no podría viajar?
Ya depende de cada uno si hace bien las cosas, como usar mascarilla, gel, etc.. Pero no veo problema a viajar, si cumplimos las medidas.
Tu mismo lo acabas de decir. Cumplir las medidas. Si tu provincia está cerrada no puedes salir por un viaje de turismo y eso es cumplir las medidas. Cumplir las medidas es tener un justificante del motivo de tu viaje y el turismo no está incluido como justificado.
Y más ganas que tengo yo de salir de Murcia y marcharme a Madrid a coger un avión creo que no tiene nadie . Bueno yo y mucha gente tenemos esas ganas
Rectifico.
Última edición por NYNY el Vie, 01-01-2021 21:56, editado 1 vez
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lavincompae Escribió:
Gracias por los comentarios, creeis que tal actuación de un agente contra la ley es constitutiva de un delito de prevaricación?
Agentes de la ley que no se conocen la ley, lo veo gravísimo...
Algún abogado en la sala para dar un poco de luz? Hacemos una hucha y solicitamos un informe jurídico a algun despacho? jajaja
Todos tenemos la obligación de conocer las leyes, no solo los policías, sino también los ciudadanos, que no pueden alegar el desconocimiento de la ley ni siquiera como atenuante, aunque la legislación sea tan poco uniforme y contradictoria como lo es la nuestra en materia de restricciones: cambiante a cada hora.
Esa es la teoría, pero la práctica no es tan sencilla. Como dijo Napoleón, aquí mencionado en alguna ocasión: hay tantas leyes, que uno no sabe si acabará colgado.
Además de las leyes, que no cubren todos los casos, esta el factor humano: policías, jueces, legisladores y ciudadanos, que en cada caso pueden actuar motivados por diferentes intereses, actitudes, estados de ánimo o motivaciones.
Juristas los tiene tanto las comunidades autónomas, como el gobierno central y los cuerpos policiales. No dan las ordenes sin una análisis previo de juristas y muchas veces avalados por tribunales. Pero hasta los juristas meten la pata muy a menudo, unas veces involuntariamente y otras con un fin.
Los policías son humanos que cumplen ordenes y están en una circunstancias tan complejas como los propios ciudadanos en estos momentos. Tiene que aguantar una legislación cambiante, unas ordenes no siempre claras (muchas veces contradictorias) y aplicarlas a los ciudadanos que llegan al control, donde hay los que cumplen con todos los requisitos, los que no tiene ni idea, los que podrían pasar pero están en una situación indefinida, los que van a ver si cuela, los resignados a que si no cuela los devuelvan, los que intentan aprovechar un resquicio legal, los que personalizan su indignación en la persona que tiene que aplicar esas normas, la responsabilidad de su mala suerte, los que tiene como estado natural el descargar sobre los demás la responsabilidad de su infelicidad... Incluso la gente amable y comprensiva ... Es decir nuestra variada sociedad como la conocemos.
A esos agentes, si les dicen que pongan un control y que no dejen pasar a gente proveniente de comunidades cerradas sin un justificante, no las dejan pasar y punto. Luego el ciudadano puede recurrir la sanción o la decisión en los tribunales y hay jurisprudencia para todos los gustos. Pero tu no subes al avión si te devuelven en el control.
Yo he tenido que romper tres veces un cierre perimetral declarado por una comunidad autónoma, las tres veces debidamente justificadas y con mi documentación cumplimentada.
En dos no había control alguno. En una de ellas lo había (un exhaustivo control de la Guardia Civil) y me solicitaron la documentación que acreditaba y pasé sin problemas. Pero también te digo que quien no tenia la documentación no pasaba. Y había los que tenían justificante, pero la documentación no era coherente con el tipo de viaje.
Al guardia civil que esta pasando frío en un control entre dos comunidades autónomas, no le puedes argumentar sobre si la comunidad autónoma tiene o no potestad para cerrar perimetralmente... O tienes un documento justificativo o te da la vuelta y si discutes mucho lo único que vas a conseguir es que te sancione (si no te ha sancionado ya).
El policía del control conoce la ley la estudia, pero en este caso, las leyes (decretos) y la jurisprudencia cambian cada semana y con 17 leyes (18 si incluimos al gobierno central). A la persona que esta en el control no se le puede ir con... "¿Se ha estudiado usted el articulo tal del decreto cual de tal comunidad autónoma?". Es posible que le parezca una falta de respeto. El no está para discutir sobre la legislación, sino para comprobar si el viajero cumple una serie de requisitos.
A las personas que simplemente están cumpliendo unas ordenes de sus superiores, no se les puede exigir que conozcan e interpreten una legislación tan amplia y cambiante. No son jueces del tribunal supremo, son personas normales, que para colmo tiene que lidiar con esta maraña legislativa, con las ordenes contradictorias de un día para otro y con los ciudadanos no siempre comprensivos con que simplemente hacen su trabajo.
El policía tiene una lista de comunidades autónomas de origen o destino y motivos justificados y punto... Y posiblemente ni eso (solo las mas habituales). Te preguntan donde está tu domicilio, destino, motivo de tu viaje y mas o menos por la pinta de ser coherente, te deja pasar o seguirá preguntando.
Si viniendo de una comunidad autónoma cerrada, te paran en un control de la Guardia Civil en Despeñaperros y tu presentas un justificante de que vas a Tarifa a hacerte un empaste de dientes y el agente ve que en el coche van 4 personas en bañador, con tablas de surf en la baca... Yo no tengo claro que no te hagan dar la vuelta aún con justificante médico...
A mi no se me ocurriría mencionar lo de la "prevaricación" a la persona que está cumpliendo con lo que le han encomendado, porque casi seguro me vuelvo con un "regalo" y sin ver el mar. En todo caso, eso no me lo dictan las leyes, sino el sentido común. _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
1. F. Der. Delito consistente en que una autoridad, un juez o un funcionario dicte a sabiendas una resolución injusta.
Real Academia Española
El delito de prevaricación es un delito especial que solo puede ser cometido por una autoridad o por un funcionario público y que consiste en dictar una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia. El actor de esta conducta punible será penado con la inhabilitación de su cargo.
La prevaricación, o prevaricato, es un delito que consiste en que una autoridad, juez u otro servidor público dicta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial a sabiendas de que dicha resolución es injusta y contraria a la ley.
Es comparable al incumplimiento de los deberes del servidor público.
Dicha actuación es una manifestación de un abuso de autoridad.
Está sancionada por el derecho penal, que busca la protección tanto del ciudadano como de la propia Administración.
Para que este delito sea punible, debe ser cometido por un servidor o juez en el ejercicio de sus competencias.
España
El delito de prevaricación judicial no consiste en la lesión de bienes jurídicos individuales de las partes del proceso, sino en la postergación por el autor de la validez del derecho o de su imperio y, por lo tanto, en la vulneración del Estado de derecho, dado que se quebranta la función judicial de decidir aplicando únicamente el derecho, en la forma prevista en el art. 117.1 de la CE. Desde este punto de vista, el delito de prevaricación, sea judicial, sea de funcionario (art. 404 CP), requiere ante todo que las sentencias o resoluciones judiciales o las resoluciones del asunto administrativo puedan ser consideradas como un grave apartamiento del derecho en perjuicio de alguna de las partes.
La prevaricación, por lo tanto, consiste en el abuso de la posición que el derecho otorga al Juez o funcionario, con evidente quebranto de sus deberes constitucionales. En suma, la no aplicación de la ley o la aplicación torcida por la propia convicción personal del Juez o Magistrado.
Artículo 404 del Código Penal español vigente:
«A la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años»
Enjoy! _________________ "Un hombre ordinario siempre será ordinario, aunque viaje; un hombre de talento superior se cae a pedazos si se mantiene siempre en el mismo lugar"
Wolfgang Amadeus Mozart
* The chief danger in life is that you may take too many precautions. Alfred Adler *
* Así que desata amarras y navega alejándote de los puertos conocidos. Aprovecha los vientos alisios en tus velas. Explora. Sueña.
Gracias por los comentarios, creeis que tal actuación de un agente contra la ley es constitutiva de un delito de prevaricación?
Agentes de la ley que no se conocen la ley, lo veo gravísimo...
Algún abogado en la sala para dar un poco de luz? Hacemos una hucha y solicitamos un informe jurídico a algun despacho? jajaja
Todos tenemos la obligación de conocer las leyes, no solo los policías, sino también los ciudadanos, que no pueden alegar el desconocimiento de la ley ni siquiera como atenuante, aunque la legislación sea tan poco uniforme y contradictoria como lo es la nuestra en materia de restricciones: cambiante a cada hora.
Esa es la teoría, pero la práctica no es tan sencilla. Como dijo Napoleón, aquí mencionado en alguna ocasión: hay tantas leyes, que uno no sabe si acabará colgado.
Además de las leyes, que no cubren todos los casos, esta el factor humano: policías, jueces, legisladores y ciudadanos, que en cada caso pueden actuar motivados por diferentes intereses, actitudes, estados de ánimo o motivaciones.
Juristas los tiene tanto las comunidades autónomas, como el gobierno central y los cuerpos policiales. No dan las ordenes sin una análisis previo de juristas y muchas veces avalados por tribunales. Pero hasta los juristas meten la pata muy a menudo, unas veces involuntariamente y otras con un fin.
Los policías son humanos que cumplen ordenes y están en una circunstancias tan complejas como los propios ciudadanos en estos momentos. Tiene que aguantar una legislación cambiante, unas ordenes no siempre claras (muchas veces contradictorias) y aplicarlas a los ciudadanos que llegan al control, donde hay los que cumplen con todos los requisitos, los que no tiene ni idea, los que podrían pasar pero están en una situación indefinida, los que van a ver si cuela, los resignados a que si no cuela los devuelvan, los que intentan aprovechar un resquicio legal, los que personalizan su indignación en la persona que tiene que aplicar esas normas, la responsabilidad de su mala suerte, los que tiene como estado natural el descargar sobre los demás la responsabilidad de su infelicidad... Incluso la gente amable y comprensiva ... Es decir nuestra variada sociedad como la conocemos.
A esos agentes, si les dicen que pongan un control y que no dejen pasar a gente proveniente de comunidades cerradas sin un justificante, no las dejan pasar y punto. Luego el ciudadano puede recurrir la sanción o la decisión en los tribunales y hay jurisprudencia para todos los gustos. Pero tu no subes al avión si te devuelven en el control.
Yo he tenido que romper tres veces un cierre perimetral declarado por una comunidad autónoma, las tres veces debidamente justificadas y con mi documentación cumplimentada.
En dos no había control alguno. En una de ellas lo había (un exhaustivo control de la Guardia Civil) y me solicitaron la documentación que acreditaba y pasé sin problemas. Pero también te digo que quien no tenia la documentación no pasaba. Y había los que tenían justificante, pero la documentación no era coherente con el tipo de viaje.
Al guardia civil que esta pasando frío en un control entre dos comunidades autónomas, no le puedes argumentar sobre si la comunidad autónoma tiene o no potestad para cerrar perimetralmente... O tienes un documento justificativo o te da la vuelta y si discutes mucho lo único que vas a conseguir es que te sancione (si no te ha sancionado ya).
El policía del control conoce la ley la estudia, pero en este caso, las leyes (decretos) y la jurisprudencia cambian cada semana y con 17 leyes (18 si incluimos al gobierno central). A la persona que esta en el control no se le puede ir con... "¿Se ha estudiado usted el articulo tal del decreto cual de tal comunidad autónoma?". Es posible que le parezca una falta de respeto. El no está para discutir sobre la legislación, sino para comprobar si el viajero cumple una serie de requisitos.
A las personas que simplemente están cumpliendo unas ordenes de sus superiores, no se les puede exigir que conozcan e interpreten una legislación tan amplia y cambiante. No son jueces del tribunal supremo, son personas normales, que para colmo tiene que lidiar con esta maraña legislativa, con las ordenes contradictorias de un día para otro y con los ciudadanos no siempre comprensivos con que simplemente hacen su trabajo.
El policía tiene una lista de comunidades autónomas de origen o destino y motivos justificados y punto... Y posiblemente ni eso (solo las mas habituales). Te preguntan donde está tu domicilio, destino, motivo de tu viaje y mas o menos por la pinta de ser coherente, te deja pasar o seguirá preguntando.
Si viniendo de una comunidad autónoma cerrada, te paran en un control de la Guardia Civil en Despeñaperros y tu presentas un justificante de que vas a Tarifa a hacerte un empaste de dientes y el agente ve que en el coche van 4 personas en bañador, con tablas de surf en la baca... Yo no tengo claro que no te hagan dar la vuelta aún con justificante médico...
A mi no se me ocurriría mencionar lo de la "prevaricación" a la persona que está cumpliendo con lo que le han encomendado, porque casi seguro me vuelvo con un "regalo" y sin ver el mar. En todo caso, eso no me lo dictan las leyes, sino el sentido común.
Entiendo perfectamente tus argumentos y los comparto en parte, la realidad es tal cual comentas, pero ojo, el Policía de turno que esta pasando frío en un control tiene mas obligación que nadie de conocer la normativa. Si no es el que dicta las ordenes, la responsabilidad se traslada a sus superiores. Lo que no podemos permitir es que ante el desconocimiento de las leyes, nos sancionen en base a su "olfato". Tu ejemplo del viaje a Tarifa es un caso extremo, entiendo que haya indicio de fraude y tal actuación sería lógica y justificada. Tengo muchos amigos guardias y policías, conozco su realidad, estan hasta el gorro de todo esto, ante cualquier inproperio te meten el "paquete" y se van a almorzar tan tranquilos.
Mi preocupación es que a quien le pregunte, todos me dicen "cómo te vas a ir al extranjero si hay cierre perimetral en tu comunidad"... Es un "saber popular" que se está arraigando en la opinión general y es muy peligroso. A este paso llegaremos a un aeropuerto y un guardia nos preguntará por el motivo de nuestro viaje al extranjero. Según veo, no tengo necesidad de dar ninguna explicación, pero se ha visto casos donde recayó una sanción, que tendrás que pagar y recurrir en el Contencioso Administrativo a tu costa, por no hablar de los perjuicios de no haber podido embarcar. Es justo por culpa de ese factor humano que mencionas.
La idea de mi mensaje inicial es verificar que la legislación nos permite viajar al extranjero y luchar con esa equivocada interpretación de las leyes. Cuando se tocan los derechos y liberdades fundamentales debemos ser muy exigentes con este tipo de interpretaciones. Por no hablar de tolerar ese "cachondeo legislativo" que estamos teniendo estos meses...
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lavincompae Escribió:
spainsun Escribió:
lavincompae Escribió:
Gracias por los comentarios, creeis que tal actuación de un agente contra la ley es constitutiva de un delito de prevaricación?
Agentes de la ley que no se conocen la ley, lo veo gravísimo...
Algún abogado en la sala para dar un poco de luz? Hacemos una hucha y solicitamos un informe jurídico a algun despacho? jajaja
Todos tenemos la obligación de conocer las leyes, no solo los policías, sino también los ciudadanos, que no pueden alegar el desconocimiento de la ley ni siquiera como atenuante, aunque la legislación sea tan poco uniforme y contradictoria como lo es la nuestra en materia de restricciones: cambiante a cada hora.
Esa es la teoría, pero la práctica no es tan sencilla. Como dijo Napoleón, aquí mencionado en alguna ocasión: hay tantas leyes, que uno no sabe si acabará colgado.
Además de las leyes, que no cubren todos los casos, esta el factor humano: policías, jueces, legisladores y ciudadanos, que en cada caso pueden actuar motivados por diferentes intereses, actitudes, estados de ánimo o motivaciones.
Juristas los tiene tanto las comunidades autónomas, como el gobierno central y los cuerpos policiales. No dan las ordenes sin una análisis previo de juristas y muchas veces avalados por tribunales. Pero hasta los juristas meten la pata muy a menudo, unas veces involuntariamente y otras con un fin.
Los policías son humanos que cumplen ordenes y están en una circunstancias tan complejas como los propios ciudadanos en estos momentos. Tiene que aguantar una legislación cambiante, unas ordenes no siempre claras (muchas veces contradictorias) y aplicarlas a los ciudadanos que llegan al control, donde hay los que cumplen con todos los requisitos, los que no tiene ni idea, los que podrían pasar pero están en una situación indefinida, los que van a ver si cuela, los resignados a que si no cuela los devuelvan, los que intentan aprovechar un resquicio legal, los que personalizan su indignación en la persona que tiene que aplicar esas normas, la responsabilidad de su mala suerte, los que tiene como estado natural el descargar sobre los demás la responsabilidad de su infelicidad... Incluso la gente amable y comprensiva ... Es decir nuestra variada sociedad como la conocemos.
A esos agentes, si les dicen que pongan un control y que no dejen pasar a gente proveniente de comunidades cerradas sin un justificante, no las dejan pasar y punto. Luego el ciudadano puede recurrir la sanción o la decisión en los tribunales y hay jurisprudencia para todos los gustos. Pero tu no subes al avión si te devuelven en el control.
Yo he tenido que romper tres veces un cierre perimetral declarado por una comunidad autónoma, las tres veces debidamente justificadas y con mi documentación cumplimentada.
En dos no había control alguno. En una de ellas lo había (un exhaustivo control de la Guardia Civil) y me solicitaron la documentación que acreditaba y pasé sin problemas. Pero también te digo que quien no tenia la documentación no pasaba. Y había los que tenían justificante, pero la documentación no era coherente con el tipo de viaje.
Al guardia civil que esta pasando frío en un control entre dos comunidades autónomas, no le puedes argumentar sobre si la comunidad autónoma tiene o no potestad para cerrar perimetralmente... O tienes un documento justificativo o te da la vuelta y si discutes mucho lo único que vas a conseguir es que te sancione (si no te ha sancionado ya).
El policía del control conoce la ley la estudia, pero en este caso, las leyes (decretos) y la jurisprudencia cambian cada semana y con 17 leyes (18 si incluimos al gobierno central). A la persona que esta en el control no se le puede ir con... "¿Se ha estudiado usted el articulo tal del decreto cual de tal comunidad autónoma?". Es posible que le parezca una falta de respeto. El no está para discutir sobre la legislación, sino para comprobar si el viajero cumple una serie de requisitos.
A las personas que simplemente están cumpliendo unas ordenes de sus superiores, no se les puede exigir que conozcan e interpreten una legislación tan amplia y cambiante. No son jueces del tribunal supremo, son personas normales, que para colmo tiene que lidiar con esta maraña legislativa, con las ordenes contradictorias de un día para otro y con los ciudadanos no siempre comprensivos con que simplemente hacen su trabajo.
El policía tiene una lista de comunidades autónomas de origen o destino y motivos justificados y punto... Y posiblemente ni eso (solo las mas habituales). Te preguntan donde está tu domicilio, destino, motivo de tu viaje y mas o menos por la pinta de ser coherente, te deja pasar o seguirá preguntando.
Si viniendo de una comunidad autónoma cerrada, te paran en un control de la Guardia Civil en Despeñaperros y tu presentas un justificante de que vas a Tarifa a hacerte un empaste de dientes y el agente ve que en el coche van 4 personas en bañador, con tablas de surf en la baca... Yo no tengo claro que no te hagan dar la vuelta aún con justificante médico...
A mi no se me ocurriría mencionar lo de la "prevaricación" a la persona que está cumpliendo con lo que le han encomendado, porque casi seguro me vuelvo con un "regalo" y sin ver el mar. En todo caso, eso no me lo dictan las leyes, sino el sentido común.
Entiendo perfectamente tus argumentos y los comparto en parte, la realidad es tal cual comentas, pero ojo, el Policía de turno que esta pasando frío en un control tiene mas obligación que nadie de conocer la normativa. Si no es el que dicta las ordenes, la responsabilidad se traslada a sus superiores. Lo que no podemos permitir es que ante el desconocimiento de las leyes, nos sancionen en base a su "olfato". Tu ejemplo del viaje a Tarifa es un caso extremo, entiendo que haya indicio de fraude y tal actuación sería lógica y justificada. Tengo muchos amigos guardias y policías, conozco su realidad, estan hasta el gorro de todo esto, ante cualquier inproperio te meten el "paquete" y se van a almorzar tan tranquilos.
Mi preocupación es que a quien le pregunte, todos me dicen "cómo te vas a ir al extranjero si hay cierre perimetral en tu comunidad"... Es un "saber popular" que se está arraigando en la opinión general y es muy peligroso. A este paso llegaremos a un aeropuerto y un guardia nos preguntará por el motivo de nuestro viaje al extranjero. Según veo, no tengo necesidad de dar ninguna explicación, pero se ha visto casos donde recayó una sanción, que tendrás que pagar y recurrir en el Contencioso Administrativo a tu costa, por no hablar de los perjuicios de no haber podido embarcar. Es justo por culpa de ese factor humano que mencionas.
La idea de mi mensaje inicial es verificar que la legislación nos permite viajar al extranjero y luchar con esa equivocada interpretación de las leyes. Cuando se tocan los derechos y liberdades fundamentales debemos ser muy exigentes con este tipo de interpretaciones. Por no hablar de tolerar ese "cachondeo legislativo" que estamos teniendo estos meses...
Lo siento mucho, pero no estoy de acuerdo con tu interpretación de la ley y parece que el que ordena los controles tampoco, ni los jueces que autorizan las medidas. Que en ciertas fechas se relajen las medidas, no quiere decir que no te puedas encontrar con un control, una sanción o una denegación de embarque. Luego tu puedes pleitear con la administración lo que quieras. Que la mayoría de las personas que se salten la normativa, no sean sancionados, ni quiere decir que tengan derecho a incumplir las normas.
Para nosotros es muy importante la realidad de los controles (su existencia, su inexistencia, su aplicación real), pero lo que no permitimos es animar a incumplir las normas o romper los confinamientos, porque esta inherente en las propias nuestras: www.losviajeros.com/ ...amp;pid=47
Para nosotros esta clara la interpretación de la ley y la norma (que es la misma que se aplica en los controles de las autoridades): si existe un cierre perimetral que afecta a tu localidad, provincia o comunidad, no puedes viajar excepto por las causas especificadas en dicho cierre. Por regla general ni al extranjero, ni a otra comunidad abierta estaría justificado por ocio.
Nosotros también somos muy exigente en el cumplimiento de la normativa para viajar, por la responsabilidad que tenemos. Como comunidad. Podemos no estar de acuerdo con las normas y alguna vez incluso jocosamente y brevemente hemos jugado con alguna incongruencia, pero sabemos que es solo eso una breve broma. Luego volvemos a la seriedad de la anterior interpretación.
Pero no olvidemos nunca, que existen un derechos más importantes que la voluntad de viajar por ocio (y te lo digo con mucha pena porque soy un apasionado): el derecho a la salud y la vida. _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Buenos días. Ya estamos de vuelta de Punta Cana.
Estuvimos del 26 al 3 de enero. El vuelo iba lleno y cuando llegamos no vi que le hiciesen la prueba aleatoria ( la de soplar) a nadie.
Llevaba rellenado el eticket y sin problemas.
A la vuelta,en el aeropuerto de Punta Cana, solo te piden el eticket y te miran la temperatura.
Si tenéis cualquier duda, os ayudo, si puedo.
Muchas gracias! ¿Qué tal el hotel allí? ¿Se notaba que estaba vacío? ¿Qué tal las playas?
Tengo vuelo para el 16 de enero. Pero soy de leon, que tiene cierre perímetral. Me dejaran embarcar? Como se está haciendo el control policial Antes de embarcar? Llame a aena y me dicen que si soy de una zona con restricciones se me denegará el embarque
Moderador America Registrado: 20-03-2012 Mensajes: 15124
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@Caboranin , traslado tu mensaje a este hilo en el que podrás encontrar información.
Saludos _________________ "No viajamos para escapar de la vida, viajamos para que la vida no se nos escape" (anónimo)
Caboranin, ha sido algo muy debatido. En líneas generales:
-Unos piensan que se puede viajar desde una comunidad autónoma u otra unidad territorial confinada al extranjero pues el confinamiento lo dicta la comunidad autónoma y esta no tiene competencias sobre fronteras exteriores
-Otros razonan que viajar implica salir de tu comunidad o territorio confinado, lo que no está permitido salvo los supuestos que detalla la norma sobre el estado de alarma, por motivos de necesidad.
-Experiencias, ha habido de todo.
Te enlazo un par de momentos con interpretaciones diversas (hay más):
Más derivas de la cuestión: ¿Viajar al extranjero desde territorio confinado sería privilegio de los que tienen aeropuerto internacional en su parcela o se contemplan los tránsitos? ¿Vale transporte público?
Y yendo a lo práctico: Aunque estuviera convencida de que me asiste el derecho, puede que la autoridad que me encuentre tenga otras consignas u otros criterios. Siempre puedo denunciar el supuesto abuso pero a casa, me voy. Si con multa, me costará pleitear.
No sé, mi concepto de viaje de placer es otro.
Saludos. _________________ Todos somos ignorantes, solo que de distintas cosas. Albert Einstein.
Última edición por Lecrín el Lun, 11-01-2021 22:26, editado 1 vez
Dr. Livingstone Registrado: 30-05-2007 Mensajes: 6903
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Caboranin, ya contarás si vais que ocurre . Porque el BOE dice esto :
"«Artículo 9. Eficacia de las limitaciones.
Las medidas previstas en los artículos 5, 6, 7 y 8 serán eficaces en el territorio de cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía cuando la autoridad competente delegada respectiva así lo determine a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13. La eficacia de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales.
La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. "
Teniendo en cuenta que el artículo 6 es el de las restricciones de movilidad entre regiones y las justificaciones para ello, los viajes al extranjero no deben de estar prohibidos aunque tú región esté "cerrada". Lo que no queda claro es si admiten el viaje hasta el aeropuerto de Madrid como tránsito, desde otra región confinada.
Site Admin Registrado: 29-09-2002 Mensajes: 92268
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laredo-viajero Escribió:
Caboranin, ya contarás si vais que ocurre . Porque el BOE dice esto :
"«Artículo 9. Eficacia de las limitaciones.
Las medidas previstas en los artículos 5, 6, 7 y 8 serán eficaces en el territorio de cada comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de autonomía cuando la autoridad competente delegada respectiva así lo determine a la vista de la evolución de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad, previa comunicación al Ministerio de Sanidad y de acuerdo con lo previsto en el artículo 13. La eficacia de la medida no podrá ser inferior a siete días naturales.
La medida prevista en el artículo 6 no afecta al régimen de fronteras. "
Teniendo en cuenta que el artículo 6 es el de las restricciones de movilidad entre regiones y las justificaciones para ello, los viajes al extranjero no deben de estar prohibidos aunque tú región esté "cerrada". Lo que no queda claro es si admiten el viaje hasta el aeropuerto de Madrid como tránsito, desde otra región confinada.
Saludos.
Mi interpretación es que las comunidades autónomas pueden establecer el cierre perimetral (que incluye hasta el control aeropuerto) lo que no pueden es legislar sobre el control de fronteras o el transito de los no residentes.
Desde Madrid ahora mismo se puede viajar porque no hay cierre perimetral, sin embargo si estas en zona cerrada (mi barrio ahora mismo), solo podrías salir por los motivos especificados en el cierre: trabajo, estudios, medico, etc.
Si para salir de mi barrio no puedo hacerlo por turismo, no podría justificarlo de ningún modo en el trayecto de mi casa al propio aeropuerto. Además tenemos ejemplos en los puentes donde Madrid estaba cerrado, que te devolvían en el control del aeropuerto (aunque otros pasaban). Sin embargo, hoy que Madrid no esta confinado, se podría salir de vacaciones.
El cierre perimetral no es solo por carretera. Se aplica también al resto de medios de transporte. _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Dr. Livingstone Registrado: 30-05-2007 Mensajes: 6903
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Para mí el BOE deja claro que si se puede viajar al extranjero, si el aeropuerto de salida está en la misma comunidad a pesar de que tenga restricción de movilidad.
Ahora me gustaría saber si se puede ir a aeropuerto de Madrid desde otra comunidad con restricción, la ida sería en tránsito hacia el País extranjero que sea.
A ver si alguien conoce el tema.
Gracias.
Saludos. _________________ VISITADO : USA-INDIA-KENIA-NEPAL-TANZANIA-EGIPTO-MÉXICO-TAILANDIA-FRANCIA-INGLATERRA-AUSTRALIA-ANDORRA-MARRUECOS-HUNGRÍA-SINGAPUR-REPÚBLICA CHECA-JORDANIA-AUSTRIA-TURQUÍA-ALEMANIA-LAOS-NORUEGA-ITALIA-VATICANO-PORTUGAL-CANADÁ-CAMBOYA-SUIZA-VIETNAM-SUECIA-HOLANDA-MALASIA-BÉLGICA-INDONESIA-ESCOCIA-MYANMAR-CHINA-FILIPINAS-REPÚBLICA DOMINICANA-GRECIA-SRI LANKA-MALDIVAS-EMIRATOS ARABES-ESPAÑA
Región de Murcia cerrada perimetralmente solamente desplazamientos justificados. Y el hacer Turismo no es algo justificado.
Por lo tanto no puedo desplazarme de Murcia a Madrid para salir volando a otro país.
Sí, en ese caso parece que la interpretación es más sencilla.
Creo lo mismo. Pero vamos opinión personal.
Otra cosa seria por ejemplo si estuvieras en vuelo en tránsito supongo _________________ "Hay una aventura detrás de cada esquina y el mundo está lleno de rincones".
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laredo-viajero Escribió:
Para mí el BOE deja claro que si se puede viajar al extranjero, si el aeropuerto de salida está en la misma comunidad a pesar de que tenga restricción de movilidad.
Ahora me gustaría saber si se puede ir a aeropuerto de Madrid desde otra comunidad con restricción, la ida sería en tránsito hacia el País extranjero que sea.
A ver si alguien conoce el tema.
Gracias.
Saludos.
Pues yo no lo veo así. Si no puedes salir de tu municipio excepto por las razones justificadas, si te encuentras con un control a la salida de tu municipio, no te deberían dejar pasar.
Sino no habría forma establecer ningún cierre perimetral. Solo tendrías que llevar unas maletas en el coche y decir que ibas al extranjero. Circularías libremente por todo el país. _________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Dr. Livingstone Registrado: 30-05-2007 Mensajes: 6903
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Si, más los billetes de vuelos internacionales a tú nombre, donde indican el origen, el destino, día y hora.
Bueno a ver si alguien conoce mejor el tema consultado.
Lo que dice el BOE referente al artículo 6 y que no afecta a viajes al extranjero está claro. El tema está en llegar al aeropuerto desde otra comunidad con restricción, distinta a donde está situado.