Foro de Denuncias o Malas Experiencias: Foro para informar de malas experiencias en viajes. Opiniones sobre servicios de empresas o establecimientos (mayoristas, agencias, alojamientos, aerolíneas, guías etc).
Por si alguien puede arrojar algo de luz sobre la cesión de derechos de un viajero a otro.
Os cuento, en febrero realizamos la reserva a través de CRUCEROSNET.COM (La empresa que está detrás es QCNS CRUISE) de cuatro camarotes dobles en el minicrucero de IBEROCRUCEROS que sale de Málaga, nuestra ciudad, el próximo día 17 de septiembre. Enviamos los datos de los pasajeros, pagamos la reserva y, el pasado 17 de agosto se hizo efectivo el pago del resto del viaje.
La problemática ha surgido porque uno de los pasajeros no puede ir y hemos solicitado, no la cancelación, sino el traspaso del derecho del crucero a otro nuevo.
Os acompaño la correspondencia con el mayorista, por si hay alguien que pueda aconsejarnos. Disculpad si es un poco tedioso
Gracias a todos
De Envoyé : martes, 31 de agosto de 2010 8:51
À :
Cc :
Objet :
Buenos días Camino.
En relación a la reserva del mini crucero que sale desde Málaga el 17/09 y que terminamos de pagar el pasado 17/08, de las ocho plazas que os hemos adquirido, hay una que no puede ir. Pertenece a uno de los camarotes interiores.
¿Puedo mandarte la documentación de la persona que va a sustituirla?
Gracias por contestarme pronto
De: anamaria
Enviado el: martes, 31 de agosto de 2010 16:45
Para:
Asunto: RE: RESERVA 17087291
Hemos revisado su expediente, y ustedes viajan con la compañía IBEROCRUCEROS, que es muy estricta con los cambios de nombres, por lo que necesitaríamos que nos indicara, cual es el pasajero que no desea viajar y cual es el nombre de la persona que le sustituye. Para comunicarle este hecho a la naviera y que nos indique el coste de este cambio.
Gracias, por remitirnos esta información.
Atentamente,
Ana Maria,
Supervisora Departamento Español
De
Envoyé : martes, 31 de agosto de 2010 17:29
À : anamaria
Objet : RE: RESERVA 17087291
Buenas tardes, Ana María.
En primer lugar, gracias por contestar con tanta premura.
Supongo que IBEROCRUCEROS será estricta con el cambio de los nombres en aquellos cruceros que tengan incluido el avión, lo que no es el caso que nos ocupa.
La reserva se efectuó a finales de febrero y en un grupo de 8 personas que falle una, entra dentro de lo que pudieramos llamar probable.
En todo caso, le agradezco anticipadamente que haga las oportunas gestiones con IBEROCRUCEROS, compañía en la que he viajado con anterioridad por el Adriático, para que se efectúe el cambio.
Me permito adjuntar fichero pdf con los datos originales de la reserva, en el que, en color rojo se destaca la persona que no viaja y, aparte, se detallan todos los datos necesarios de quien ocupa su lugar.
Confío en su buen hacer. Habida cuenta que estamos con tiempo suficiente, no existen vuelos y que, todavía, no se ha generado la documentación de embarque, no debe existir ningún tipo de sobrecoste a un simple cambio de uno de los ocho pasajeros. Máxime cuando, hoy mismo en cualquier web, el importe de la suite (nosotros tenemos la 7001) tiene un descuento adicional de más de 200 euros sobre el precio pagado por nosotros de forma anticipada.
Quedo a la espera de sus noticias.
Atentamente
De: anamaria
Enviado el: martes, 31 de agosto de 2010 19:24
Para:
Asunto: RE: RESERVA 17087291
Comprendo sus comentarios, pero cada compañía naviera, tiene sus condiciones de cesion de reserva.
En este caso, prescindiendo de las condiciones generales, he optado por hacer la consulta telefónicamente, donde me han informado, que hasta el día 8 de setiembre, si algun pasajero cancelara y cediera su plaza a otro pasajero, se aplicarían unos gastos del 50%. Debido a que se ha comprado con una tarifa de descuento. Siempre se carga una cuota administrativa de 48.10 Eur.
De acuerdo con el extracto que le adjunto, procedente del catalogo de Iberocruceros. Estas son las condiciones de aplicación.
No obstante, como ultima alternativa, podria solicitar al departamento comercial, algun tipo de mejora en esta penalización. Aunque he revisado el precio de venta actual, y aunque también economico, como el que ustedes compraron, continua siendo más caro en la categoria C interior, que es la que esta persona tiene reservado.
Para ello, antes de mover ficha con el departamento comercial, pregunto: ¿el motivo de cancelación de la pasajera, no esta cubierto por el seguro?? Mejor que veamos primero esta opción, para evitarnos ningun tipo de pago.
Atentamente,
Ana Maria,
Supervisora Departamento Español
De:
Enviado el: miércoles, 01 de septiembre de 2010 9:12
Para: 'anamaria'
Asunto: RE: RESERVA 17087291
Buenos días, Ana María.
Reitero el agradecimiento por las molestias que le estamos ocasionando.
Respecto a las condiciones de catálogo de IBEROCRUCEROS, desconocemos las mismas puesto que, en ningún momento, hemos recibido documentación al respecto. Por lo tanto, y atendiendo a la Ley de Consumidores y Usuarios, consideramos incumplido el artículo 152-1
“El detallista o, en su caso, el organizador deberá poner a disposición de los consumidores y usuarios un programa o folleto informativo que contenga por escrito la correspondiente oferta sobre el viaje combinado y que deberá incluir una clara, comprensible y precisa información sobre los siguientes extremos:
I) “Cláusulas aplicables a posibles responsabilidades, cancelaciones y demás condiciones del viaje”
Ahondando más en la menciona ley, y en el caso que estamos tratando, viene bien trascribir completo el Artículo 155:
CAPÍTULO III.
OTROS DERECHOS DEL CONSUMIDOR Y USUARIO.
Artículo 155. Cesión de la reserva.
1. El contratante principal o el beneficiario podrán ceder gratuitamente su reserva en el viaje combinado a una persona que reúna todas las condiciones requeridas para el mismo.
2. La cesión deberá ser comunicada por escrito al detallista o, en su caso, al organizador con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio del viaje, salvo que las partes pacten un plazo menor en el contrato.
3. La persona que ceda su reserva en el viaje combinado y el cesionario responderán solidariamente, ante el detallista o, en su caso, el organizador que sean parte del contrato, del pago del saldo del precio, así como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado dicha cesión.
Así pues, Ana María, y conforme a la Ley, los únicos gastos en caso de cesión son los GASTOS ADICIONALES JUSTIFICADOS. En el caso que nos ocupa, no creo que haya ningún gasto justificado porque es un simple cambio de nombre en uno de los camarotes.
Sería realmente lamentable que, en esta nuestra primera experiencia como clientes de su empresa, nos lleváramos la impresión de no haber sido bien atendidos. Creo que es importante que las gestiones con IBEROCRUCEROS se hagan teniendo en cuenta que somos 8 PAX, que llevamos una suite PAGADA MÁS CARA QUE EL PRECIO ACTUAL, que sigue habiendo oferta aún en camarote interior, inclusive con NIÑOS GRATIS (que no es nuestro caso), que la reserva está realizada desde hace más de 6 meses, que dos de los que vamos ya hemos sido clientes de IBEROCRUCEROS y, sobre todo, que en los tiempos que corren NO SE PUEDE SER INTRANSIGENTE. Para 6 de los que van es su primera experiencia en un viaje en barco, por lo que son clientes potenciales de la misma compañía, y de la suya, en cruceros a otros destinos con mayor duración.
Así pues, Ana María, rogando disculpe las molestias que le estamos ocasionando, esperamos que nuestra petición se vea atendida conforme a derecho, eximiéndonos de ningún pago adicional.
En cualquier caso, nos reservamos el derecho de acudir a las instancias oportunas al considerar conculcados nuestro derecho como consumidores.
En la web de Iberocruceros tienes las condiciones generales:
8) CESIONES.
8.1 El contratante principal o el pasajero podrán ceder su reserva
En el viaje contratado a otra persona que reúna todas las condiciones
Requeridas para el mismo (pasaporte, visados, certificados
Sanitarios, etc.) previo pago de la cuota de cesión (48,10 Euros
Por plaza cedida).
8.2 La cesión deberá ser comunicada por escrito al Organizador
Con una antelación mínima de 15 días a la fecha de inicio del viaje.
El cedente y el cesionario del viaje responderán solidariamente,
Ante la Agencia de Viajes y ante el Organizador, del pago del saldo
Del precio pendiente, así como de los gastos adicionales justificados
Que pudiera haber causado la cesión.
8.3 Ante las bonificaciones de precio obtenidas por el sistema de
Fijación de precios “Ahorro Express”, cualquier sustitución implicará
La cancelación de la reserva, y la realización de una nueva con
Las condiciones existentes en ese momento.
8.4 El pasaje de crucero es transferible sólo en caso de cesión del
Contrato de viaje combinado, conforme a lo indicado en los párrafos
Anteriores.
La ley de consumidores que citas en su artículo 160 dice lo siguiente:
B) En el caso de que el viaje combinado estuviera
Sujeto a condiciones económicas especiales de contratación,
Tales como flete de aviones, buques o tarifas especiales,
Los gastos de cancelación se establecerán de
Acuerdo con las condiciones acordadas entre las partes
Espero que te sirva
_________________ 1997-1998 OXFORD-LONDRES
1999 MALLORCA
2002 ROMA Y FLORENCIA
2004 TENERIFE NORTE
2005 IBIZA
2006 TOLEDO, PINEDA DE MAR, BURDEOS, AMSTERDAM
Yo entiendo que el punto 8.3 indica claramente que la tarifa ahorro expres que sera la aplicada impide la libre cesion.
Te aseguro que las mayoristas por mucho que nos pese son bastante intransigentes con los gastos.
Hola de nuevo, forer@s.
Me han llamado : de QCNS CRUISE para decirme que la naviera, IBEROCRUCEROS, nos daba la razón y que contáramos con la cesión de derechos.
Me comentararon también que había un coste administrativo de 48 euros que iban a intentar no cobrar.
Pues como es de justicia reconocer las cosas, desde aquí mi agradecimiento a QCNS CRUISE, personalizado en la responsable ANA MARIA,y a IBEROCRUCEROS. :aplauso:
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