Los ciudadanos españoles no necesitan visado para entrar en Sudáfrica, para estancias inferiores a 90 días.
Los ciudadanos españoles que vayan a establecerse en Sudáfrica necesitan un visado de residencia, que deben tramitar CON CARÁCTER PREVIO A SU DESPLAZAMIENTO ante la Embajada de Sudáfrica en España:
C/ Claudio Coello, 91 6º y 7º - 28006 Madrid
Teléfono 914363780; Fax 915777414
Mail: Embassy@sudafrica.com www.dirco.gov.za/madrid/en/
Atención al público: 8:30-16:30; en verano: 8:00-15:00
Normativa para Menores que viajan a Sudáfrica acompañados de su familia
La entrada en vigor de la modificación de la regulación migratoria sudafricana del 26 de mayo de 2014, introduce novedades para todos aquellos que VIAJEN CON MENORES DE EDAD. En virtud de la misma, todos los menores que viajen a o desde Sudáfrica, deben estar provistos de su CERTIFICADO LITERAL DE NACIMIENTO en todo caso, y permiso (declaración jurada/affidavit con datos de contacto) y copia certificada de los documentos de identidad del progenitor o progenitores que no viajen con el mismo. En caso de extranjeros, todos los documentos deben estar traducidos al inglés.
Las autoridades sudafricanas dicen que, además de los certificados de nacimiento, se aceptarán los LIBROS DE FAMILIA españoles, debidamente sellados, firmados y traducidos.
La puesta en marcha de esta medida se produjo el 1 DE JUNIO DE 2014, tal y como ha anunciado el Department of Home Affairs: www.dha.gov.za/ ...-cape-town
Los españoles con hijos menores de edad deben llevar el Libro de Familia y que, en su caso, se debe solicitar certificados literales de nacimiento de los hijos; además de traducir al inglés los documentos necesarios en los servicios de la sección consular de la Embajada o a través de un traductor jurado.
Hola, me gustaria para el 2009 realizar un viaje a Sudafrica y, una de las cosas que no se es si hace falta visado y, en el caso de que hiciese falta me gustaria saber como se ha de tramitar. Un saludo y gracias
Voy a ir a Mozambique, haciendo escala en Sudáfrica.
Llego como a las 9 de la noche a Johannesburgo, y quiero salir del aeropuerto, dormir y coger el siguiente avion por la mañana.
Tengo que hacerme un visado? En Madrid o en el aeropuerto de Johannesburgo?
Nacho151, no se si te refieres a un visado para Sudafrica o Mozambique. Para Sudafrica no te hace falta nada, pero para Mozambique lo necesitas incluso si vas de turismo.
Siento la intromisión. Os adjunto carta que nos remiten a las AAVV desde la embajada Sudafricana en Madrid para vuestra información. Si el moderador considera que esto es una acción comercial o no corresponde a este hilo, pido disculpas y ruego elimine o traslade el post al hilo adecuado. Me ha parecido importarte compartir.
Me he permitido traducir la carta al español y os dejo los datos de contacto de la embajada para más información.
Hola a todos,
Os mando adjunto una carta con información sobre las nuevas disposiciones para personas viajando con niños/as menores de 18 años a Sudáfrica. Debido a la gran entrada de inmigrantes ilegales y del tráfico de menores de 18 años, el Gobierno de Sudáfrica ha decidido requerir las siguientes disposiciones para los viajeros con destino a la misma a partir del día 1 de octubre de 2014:
PARA AQUELLOS PAISES QUE NO REQUIERAN UNA VISA PREVIA DE ENTRADA A LA REPUBLICA SUDAFRICANA: (Como por ejemplo, ciudadanos de España) PERO QUE VIAJAN con menores de 18 años los requisitos a seguir son los siguientes:
A/ Si los menores son hijos de la pareja que viaja con el/los mismos, se deberá presentar EL CERTIFICADO ORIGINAL DE NACIMIENTO DE/ LOS MENOR(ES).
B/Si los menores viajan con UN solo progenitor, además de lo anteriormente requerido, se deberá presentar un escrito efectuado por el otro cónyuge que autoriza la salida del menor del país de residencia del mismo o un escrito legal que confirma que este progenitor ejerza la patria potestad.
C/Si los menores viajaran SOLOS o con adultos que NO sean sus progenitores (o quienes legalmente ejerzan la patria potestad sobre ellos) deberán tener una autorización como en el punto “B” pero firmada por ambos padres (o quienes ejerzan legalmente la patria potestad sobre los menores). También sería necesario un escrito de la persona que va a recibir el niño/a con su dirección en Sudáfrica y una copia de su documento de identidad/pasaporte/visado/permiso de residencia en Sudáfrica.
D/ En el caso de que uno de los padres (o ambos) ha/n fallecido, se deberá presentar el certificado ORIGINAL de defunción correspondiente.
Estas directivas son de suma importancia ya que las aerolíneas tienen estrictas órdenes de NO EMBARCAR quienes no cumplan con los requisitos.
También sería bueno llevar una traducción al inglés de los documentos.
Un saludo,
Jacobo
Jacobo Brockhouse
South African Embassy
Embajada de Sudáfrica
C/ Claudio Coello, 91, 6º
28006 Madrid
Spain
Tel: 34 91 436 3799
Muy interesante tu último apunte, en el caso C, que dice que se necesitan datos de la persona que va a recibir al niño, supongo que si viajas por ejemplo con tu sobrino menor, a hoteles, con pasaporte y autorización de los padres ( mejor en inglés ), será suficiente.
También es cierto, que ¿cómo saben ellos que esa autorización no la has escrito tú?
A los que viajamos por libre siempre nos puede pillar el toro con estas cosas.
Ya se me hace raro no tener que solicitar visa ni realizar ningún trámite para entrar en Sudáfrica, tengo la sensación de que me falta algo.
Por si las moscas, aunque vamos en septiembre, vamos a pedir el certificado de nacimiento, solo faltaría joderse el viaje por un papelito.
Buenas amigos leyendo la carta de maestroviajes os tengo que comentar una cosa respecto al punto D,
Por motivos de trabajando lo conozco bastante bien y cuando dice "certificado ORIGINAL de defunción " eso no puede ser porque lo realiza el medico y es único y se entrega al registro civil de la localidad donde haya fallecido para que se pueda enterrar, incinerar,
A lo que se referirá es a la partida literal de defunción eso se tiene que solicitar en el registro civil de donde haya fallecido la persona y es un tramite que tarde + o - una semana así que si estáis en esta situación estaros atentos, por cierto y esto es cosa mia no se para que necesitarían esta documentación original porque solo los organismos oficiales lo solicitan
Un saludo
Aunque no nos afecta porque vamos ( y volvemos) antes del 1 de octubre, nos hemos querido curar en salud y hemos ido al registro civil para obtener el certificado de nacimiento.
Y fijándome bien en el certificado que nos han dado, no es original, es una copia que imprimen ellos y te ponen todos los sellos y demás..y si lo pensamos un poco más, ¿cómo va a ser el original si está en un libro de cientos de páginas con el número de página y tomo?¿Van a arrancar las páginas del libro para darte el original? (Otra cosa es que llamen a este la copia original y luego puedas hacer fotocopias y compulsarlas?)
Interesante aclarar este punto original vs copia certificada, pero yo ya me voy tranquilo con el certificado ( la copia) y el libro de familia.
Edito, he encontrado esto de la embajada española: En virtud de la nueva regulación migratoria sudafricana, y desde el 1 de octubre de 2014, todos los menores que viajen a o desde Sudáfrica deben estar siempre provistos de su certificado literal de nacimiento (original sin fecha de caducidad o fotocopia compulsada de menos de 3 meses de antigüedad). El certificado debe estar traducido al inglés por un traductor jurado o por la Embajada/Consulado
Lo que sí no vamos a ir es a un traductor jurado, el certificado es gratis pero el traductor...aunque según el escrito de la embajada hay que llegar traducción al inglés, en otras fuentes solo se recomienda.
Aunque no nos afecta porque vamos ( y volvemos) antes del 1 de octubre, nos hemos querido curar en salud y hemos ido al registro civil para obtener el certificado de nacimiento.
Y fijándome bien en el certificado que nos han dado, no es original, es una copia que imprimen ellos y te ponen todos los sellos y demás..y si lo pensamos un poco más, ¿cómo va a ser el original si está en un libro de cientos de páginas con el número de página y tomo?¿Van a arrancar las páginas del libro para darte el original? (Otra cosa es que llamen a este la copia original y luego puedas hacer fotocopias y compulsarlas?)
Interesante aclarar este punto original vs copia certificada, pero yo ya me voy tranquilo con el certificado ( la copia) y el libro de familia.
Edito, he encontrado esto de la embajada española: En virtud de la nueva regulación migratoria sudafricana, y desde el 1 de octubre de 2014, todos los menores que viajen a o desde Sudáfrica deben estar siempre provistos de su certificado literal de nacimiento (original sin fecha de caducidad o fotocopia compulsada de menos de 3 meses de antigüedad). El certificado debe estar traducido al inglés por un traductor jurado o por la Embajada/Consulado
Lo que sí no vamos a ir es a un traductor jurado, el certificado es gratis pero el traductor...aunque según el escrito de la embajada hay que llegar traducción al inglés, en otras fuentes solo se recomienda.
Ojo con este tema porque es importante porque mucha gente viaja con menores.
Afecta también a los que van de escapada a Kruger desde Mozambique.
_________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Creo un hilo exclusivo de visados para Sudafrica. Aunque no es necesario el visado para los españoles, si hay que tener en cuenta el tema de los papeleos de los menores, como ya se ha hablado.
_________________ Nuestro idioma ha tardado 12 siglos en llegar hasta su forma actual... por favor, cuídalo.
Buenas a todo
Para aportar algun dato estoy en cape town y no tuve q rellenar nada en el avion y no necesito visado para entrar. Mañana me voy a españa y enb el hotel me han dicho q no voy a tener q pagar nada para la salida.
Saludos
Con motivo del tráfico de menores que está sufriendo Sudáfrica con los países vecinos, se han puesto muy estrictos con la entrada de menores al país.
Ahora, todos los que viajen o tengan pensado viajar a Sudáfrica con menores de 18 años necesitarán, además del pasaporte, un certificado de nacimiento completo del menor (no puede ser anterior a 4 meses de la fecha de entrada). En los casos en que viaje uno sólo de los padres, necesitará presentar prueba de consentimiento del padre o madre que no esté viajando. Si están separados/divorciados, y no tienen el consentimiento de la ex-pareja, tendrán que presentar prueba judicial de separación/divorcio. Si son viudos, certificado de defunción. Y todo tiene que estar en inglés, así que hay que apostillarlo en las dependencias del Ministerio correspondiente.
Creo que Wilderness ya comentó algo de esto, pero la ley entrará en vigor oficialmente a fecha 1 de junio de 2015.
Con motivo del tráfico de menores que está sufriendo Sudáfrica con los países vecinos, se han puesto muy estrictos con la entrada de menores al país.
Ahora, todos los que viajen o tengan pensado viajar a Sudáfrica con menores de 18 años necesitarán, además del pasaporte, un certificado de nacimiento completo del menor (no puede ser anterior a 4 meses de la fecha de entrada). En los casos en que viaje uno sólo de los padres, necesitará presentar prueba de consentimiento del padre o madre que no esté viajando. Si están separados/divorciados, y no tienen el consentimiento de la ex-pareja, tendrán que presentar prueba judicial de separación/divorcio. Si son viudos, certificado de defunción. Y todo tiene que estar en inglés, así que hay que apostillarlo en las dependencias del Ministerio correspondiente.
Creo que Wilderness ya comentó algo de esto, pero la ley entrará en vigor oficialmente a fecha 1 de junio de 2015.
A nosotros nos pilla y este año ya vamos con el certificado completo ( no resumido) y la traducción jurada por un traductor oficial, pero lo de apostillarlo en el Ministerio a qué te refieres Flotas?
Con motivo del tráfico de menores que está sufriendo Sudáfrica con los países vecinos, se han puesto muy estrictos con la entrada de menores al país.
Ahora, todos los que viajen o tengan pensado viajar a Sudáfrica con menores de 18 años necesitarán, además del pasaporte, un certificado de nacimiento completo del menor (no puede ser anterior a 4 meses de la fecha de entrada). En los casos en que viaje uno sólo de los padres, necesitará presentar prueba de consentimiento del padre o madre que no esté viajando. Si están separados/divorciados, y no tienen el consentimiento de la ex-pareja, tendrán que presentar prueba judicial de separación/divorcio. Si son viudos, certificado de defunción. Y todo tiene que estar en inglés, así que hay que apostillarlo en las dependencias del Ministerio correspondiente.
Creo que Wilderness ya comentó algo de esto, pero la ley entrará en vigor oficialmente a fecha 1 de junio de 2015.
A nosotros nos pilla y este año ya vamos con el certificado completo ( no resumido) y la traducción jurada por un traductor oficial, pero lo de apostillarlo en el Ministerio a qué te refieres Flotas?
Ah ok, si lo llevas con traducción oficial no hay problema. La apostilla (de La Haya) es un justificante internacional de documentos que se expide (o expedía) a través del Ministerio de Justicia, aparece en varios idiomas, te lo grapan al documento en cuestión y le ponen un sello, y tiene validez en la mayoría de los países (Sudáfrica incluido). Yo lo usé para todos mis documentos cuando vivía allí. El trámite solía ser gratuito, por lo que te ahorrabas un dinero en traductores jurados. No sé cómo funcionará ahora pero algo escuché acerca de que lo iban a cobrar...
Edito para poner el enlace del ministerio con la información relativa a la Apostilla de La Haya.
Última edición por Flotas el Vie, 29-05-2015 20:35, editado 1 vez
Recién llegados de Sudáfrica, viaje con 2 niñas de 14 y 10 años.
Llevaba el certificado de nacimiento literal en inglés, como se recomienda en el foro, pero no nos lo pidió nadie, ni en España, ni en Sudáfrica, ni en Eswatini, que también visitamos por un día.
Con los pasaportes fue suficiente.
El libro de familia no lo llevábamos.
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