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Indiana Jones Registrado: 17-11-2011 Mensajes: 1888
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En principio te corresponden 400€ por pasajero, a expensas de la excusa que ponga la compañía. Pasa de las empresas que reclaman, solo tienes que poner una demanda en el juzgado mercantil más próximo, hay un formulario para ello. Guarda comprobantes de todo. La Aesa no sirve de nada, su resolución no es vinculante. Puedes reclamar por aportar más pruebas, pero al final será el juzgado el que decidirá.
Indiana Jones Registrado: 18-08-2016 Mensajes: 3012
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Ariza Escribió:
En principio te corresponden 400€ por pasajero, a expensas de la excusa que ponga la compañía. Pasa de las empresas que reclaman, solo tienes que poner una demanda en el juzgado mercantil más próximo, hay un formulario para ello. Guarda comprobantes de todo. La Aesa no sirve de nada, su resolución no es vinculante. Puedes reclamar por aportar más pruebas, pero al final será el juzgado el que decidirá.
Un formulario específico para este tipo de reclamación? Donde lo obtengo?
Indiana Jones Registrado: 17-11-2011 Mensajes: 1888
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yonhey Escribió:
Ariza Escribió:
En principio te corresponden 400€ por pasajero, a expensas de la excusa que ponga la compañía. Pasa de las empresas que reclaman, solo tienes que poner una demanda en el juzgado mercantil más próximo, hay un formulario para ello. Guarda comprobantes de todo. La Aesa no sirve de nada, su resolución no es vinculante. Puedes reclamar por aportar más pruebas, pero al final será el juzgado el que decidirá.
Un formulario específico para este tipo de reclamación? Donde lo obtengo?
Tienes que hacer 3 copias de toda la documentación que presentes (eso es lo más coñazo). El formulario como verás es muy sencillo. Llama al Juzgado Mercantil que tengas más cerca para saber donde se presenta (en mi caso hay un Decanato General en otro edificio).
Espera a que conteste EasyJet por si acaso!
Si no te dan la razón y no te convencen sus argumentos (si te los dan) rellena la reclamación de la Aesa (se hace online) y en la demanda del juzgado añade el número de reclamación. No esperes a que salga, en mi caso tardaron casi un año en responder... El juzgado mucho menos, unos 6 meses.
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Ariza Escribió:
yonhey Escribió:
Ariza Escribió:
En principio te corresponden 400€ por pasajero, a expensas de la excusa que ponga la compañía. Pasa de las empresas que reclaman, solo tienes que poner una demanda en el juzgado mercantil más próximo, hay un formulario para ello. Guarda comprobantes de todo. La Aesa no sirve de nada, su resolución no es vinculante. Puedes reclamar por aportar más pruebas, pero al final será el juzgado el que decidirá.
Un formulario específico para este tipo de reclamación? Donde lo obtengo?
Tienes que hacer 3 copias de toda la documentación que presentes (eso es lo más coñazo). El formulario como verás es muy sencillo. Llama al Juzgado Mercantil que tengas más cerca para saber donde se presenta (en mi caso hay un Decanato General en otro edificio).
Espera a que conteste EasyJet por si acaso!
Si no te dan la razón y no te convencen sus argumentos (si te los dan) rellena la reclamación de la Aesa (se hace online) y en la demanda del juzgado añade el número de reclamación. No esperes a que salga, en mi caso tardaron casi un año en responder... El juzgado mucho menos, unos 6 meses.
Indiana Jones Registrado: 20-01-2009 Mensajes: 1489
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yonhey Escribió:
De todas formas creo que van a alegar climatología, que no digo yo que no fuera por eso. Es factible ganarlo después por demanda?
En el 2019 me dieron la razón en un juzgado y Ryanair me indemnizó con 400€ tras 6 horas de retraso en un vuelo. Ellos alegaron que un pájaro blabla. El juez decide, no cuesta dinero poner la demanda. Prueba.
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txemarizgz Escribió:
yonhey Escribió:
De todas formas creo que van a alegar climatología, que no digo yo que no fuera por eso. Es factible ganarlo después por demanda?
En el 2019 me dieron la razón en un juzgado y Ryanair me indemnizó con 400€ tras 6 horas de retraso en un vuelo. Ellos alegaron que un pájaro blabla. El juez decide, no cuesta dinero poner la demanda. Prueba.
Gracias, ahora parece que puedes denunciar a AESA y su resolución es vinculante. De momento eso he hecho.
Indiana Jones Registrado: 18-08-2016 Mensajes: 3012
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AESA me ha contestado ya, no entra en su ámbito, supongo por este apartado: "a los pasajeros que partan de un aeropuerto situado en un tercer país con destino a otro situado en el territorio de un Estado miembro sujeto a las disposiciones del Tratado, a menos que disfruten de beneficios o compensación y de asistencia en ese tercer país, cuando el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo en cuestión sea un transportista comunitario”
En mi caso era un vuelo de Londres a Madrid con easyJet, que supongo no cuenta como transportista comunitario.
Indiana Jones Registrado: 18-08-2016 Mensajes: 3012
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txemarizgz Escribió:
yonhey Escribió:
De todas formas creo que van a alegar climatología, que no digo yo que no fuera por eso. Es factible ganarlo después por demanda?
En el 2019 me dieron la razón en un juzgado y Ryanair me indemnizó con 400€ tras 6 horas de retraso en un vuelo. Ellos alegaron que un pájaro blabla. El juez decide, no cuesta dinero poner la demanda. Prueba.
@txemarizgz cómo se pone la demanda, que hay que hacer?
Indiana Jones Registrado: 18-08-2016 Mensajes: 3012
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txemarizgz Escribió:
yonhey Escribió:
De todas formas creo que van a alegar climatología, que no digo yo que no fuera por eso. Es factible ganarlo después por demanda?
En el 2019 me dieron la razón en un juzgado y Ryanair me indemnizó con 400€ tras 6 horas de retraso en un vuelo. Ellos alegaron que un pájaro blabla. El juez decide, no cuesta dinero poner la demanda. Prueba.
@txemarizgz cómo se pone la demanda, que hay que hacer?
Indiana Jones Registrado: 20-01-2009 Mensajes: 1489
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yonhey Escribió:
txemarizgz Escribió:
yonhey Escribió:
De todas formas creo que van a alegar climatología, que no digo yo que no fuera por eso. Es factible ganarlo después por demanda?
En el 2019 me dieron la razón en un juzgado y Ryanair me indemnizó con 400€ tras 6 horas de retraso en un vuelo. Ellos alegaron que un pájaro blabla. El juez decide, no cuesta dinero poner la demanda. Prueba.
@txemarizgz cómo se pone la demanda, que hay que hacer?
Lo que puedes hacer es recopilar toda la info que puedas, hacer un escrito lo más detallado posible, confiar en que deseas la indemnización correspondiente porque crees que tienes razón, acercarte al juzgado y poner la demanda.
Ellos te informarán los pasos a seguir y cómo lo que solicitas no supera una cierta cantidad no necesitarás más.
Indiana Jones Registrado: 18-08-2016 Mensajes: 3012
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txemarizgz Escribió:
yonhey Escribió:
txemarizgz Escribió:
yonhey Escribió:
De todas formas creo que van a alegar climatología, que no digo yo que no fuera por eso. Es factible ganarlo después por demanda?
En el 2019 me dieron la razón en un juzgado y Ryanair me indemnizó con 400€ tras 6 horas de retraso en un vuelo. Ellos alegaron que un pájaro blabla. El juez decide, no cuesta dinero poner la demanda. Prueba.
@txemarizgz cómo se pone la demanda, que hay que hacer?
Lo que puedes hacer es recopilar toda la info que puedas, hacer un escrito lo más detallado posible, confiar en que deseas la indemnización correspondiente porque crees que tienes razón, acercarte al juzgado y poner la demanda.
Ellos te informarán los pasos a seguir y cómo lo que solicitas no supera una cierta cantidad no necesitarás más.
Muchas gracias, de momento voy a hablar con Facua, ya que soy socio que me lo hagan ellos.
Por si es de ayuda os comento:
3 veces he solicitado a compañías aéreas indemnización por retraso. 2 veces lo aceptaron con el informe favorable para mí de la Agencia Española de Seguridad Aérea (o su equivalente de otro país europeo, según de donde salga el vuelo), en su web AESA explica como solicitarles el informe, y hay formularios.
El tercer caso era una compañía de fuera de la U.E., si bien el vuelo salía de Madrid. Rechazaron mi solicitud indicando que por meteorología tuvieron que desviar el vuelo (lo que me genero un retraso al destino final de 12 horas). Y no aceptaron el informe de AESA (que no es vinculante), a quienes habían presentado los informes meteorológicos y de desviación de vuelo. Tras dicho rechazo, ya con el informe de AESA, presente la demanda (al juzgado de lo mercantil, con relación cronológica de los hechos y los documentos acreditativos). Y el juzgado dictaminó a mi favor, y la compañía me pago los 600€ correspondientes.
Al ser demanda de esa cuantía no hace falta abogado, la demanda la puede presentar cualquiera. Tan solo un escrito claro y con las justificaciones y documentos acreditativos. Y creo que es útil el informe de AESA, pero no imprescindible, y en caso de no tenerlo puedes presentar simultáneamente las demandas ante AESA (por email) y al juzgado de lo mercantil, y si te llega el informe de AESA antes de la resolución del juicio en lo mercantil lo añades al caso presentado al juzgado.
Un saludo, y suerte
Última edición por Josean2017 el Lun, 09-12-2024 14:11, editado 1 vez
Indiana Jones Registrado: 18-08-2016 Mensajes: 3012
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Josean2017 Escribió:
Por si es de ayuda os comento:
3 veces he solicitado a compañías aéreas indemnización por retraso. 2 veces lo aceptaron con el informe favorable para mí de la Agencia Española de Seguridad Aérea (o su equivalente de otro país europeo, según de donde salga el vuelo), en su web AESA explica como solicitarles el informe, y hay formularios.
El tercer caso era una compañía de fuera de la U.E., si bien el vuelo salía de Madrid. Rechazaron mi solicitud indicando que por meteorología tuvieron que desviar el vuelo (lo que me genero un retraso al destino final de 12 horas). Y no aceptaron el informe de AESA (que no es vinculante), a quienes habían presentado los informes meteorológicos y de desviación de vuelo. Tras dicho rechazo, ya con el informe de AESA, presente la demanda (al juzgado de lo mercantil, con relación cronológica de los hechos y los documentos acreditativos). Y el juzgado dictaminó a mi favor, y la compañía me pago los 600€ correspondientes.
Al ser demanda de esa cuantía no hace falta abogado, la demanda la puede presentar cualquiera. Tan solo un escrito claro y con las justificaciones y documentos acreditativos. Y creo que es útil el informe de AESA, pero no imprescindible, y en caso de no tenerlo puedes presentar simultáneamente las demandas ante AESA (por email) y al juzgado de lo mercantil, y si te llega el informe de AESA antes de la resolución del juicio en lo mercantil lo añades al caso presentado al juzgado.
Un saludo, y suerte
Gracias, lo presentaré, en mi caso ya dispongo de resolución desfavorable tanto de la compañía como de AESA.
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yonhey Escribió:
Estoy en el aeropuerto de Gatwick para volver a Madrid. Mi vuelo de easyJet con salida a las 19:35 está en este momento con retraso y salida estimada 23:20.
A qué tengo derecho y cómo lo pido? Nunca me había pasado antes.
@Yonhey traigo tus mensajes y las respuestas a este hilo por estar más actualizado.
Por si es de ayuda os comento:
3 veces he solicitado a compañías aéreas indemnización por retraso. 2 veces lo aceptaron con el informe favorable para mí de la Agencia Española de Seguridad Aérea (o su equivalente de otro país europeo, según de donde salga el vuelo), en su web AESA explica como solicitarles el informe, y hay formularios.
El tercer caso era una compañía de fuera de la U.E., si bien el vuelo salía de Madrid. Rechazaron mi solicitud indicando que por meteorología tuvieron que desviar el vuelo (lo que me genero un retraso al destino final de 12 horas). Y no aceptaron el informe de AESA (que no es vinculante), a quienes habían presentado los informes meteorológicos y de desviación de vuelo. Tras dicho rechazo, ya con el informe de AESA, presente la demanda (al juzgado de lo mercantil, con relación cronológica de los hechos y los documentos acreditativos). Y el juzgado dictaminó a mi favor, y la compañía me pago los 600€ correspondientes.
Al ser demanda de esa cuantía no hace falta abogado, la demanda la puede presentar cualquiera. Tan solo un escrito claro y con las justificaciones y documentos acreditativos. Y creo que es útil el informe de AESA, pero no imprescindible, y en caso de no tenerlo puedes presentar simultáneamente las demandas ante AESA (por email) y al juzgado de lo mercantil, y si te llega el informe de AESA antes de la resolución del juicio en lo mercantil lo añades al caso presentado al juzgado.
Un saludo, y suerte
Hola Josean!!
Me parece muy útil lo que comentas..
Una pregunta... En el tercer caso ¿cómo fue exactamente? la aerolínea alegó a AESA que fueron motivos meteorológicos y ésta no los dío por buenos y ¿realizó el informe a tu favor?
La demanda en el Juzgado de lo Mercantil ¿dónde la presentaste? ¿En la ciudad donde vives tú?
Con información de los Derechos de los pasajeros
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Y como presentar la reclamación ante AESA
AESA trabaja para que se cumplan las normas de seguridad en el transporte aéreo en España, para promover el desarrollo, establecimiento y aplicación de legislación aeronáutica nacional e internacional de seguridad aérea y protección a los pasajeros.
Tras recibir la respuesta a la reclamación presentada ante la compañía aérea o transcurrido un mes sin obtener respuesta de la compañía, podrás iniciar los trámites para presentar la reclamación anteAESA.
Saludos
Última edición por ANGEMI el Jue, 30-06-2022 18:23, editado 2 veces
Hola, CARRERA.
En primer lugar te comento como creo que es el procedimiento de AESA, u otras agencias equivalentes de los otros países de la U. E., en base a lo que recuerdo de los tres casos en que he recibido un informe. En el informe (AESA o su equivalente, ya que en un caso fue la equivalente de Austria, puesto que la salida del vuelo era de Viena). Los informes citan que para valorar el caso lo primero que hacen es solicitar a la compañía aérea que explique su actuación ante mi reclamación (lo primero es reclamar a la compañia) y los hechos que generaron dicha reclamación. En los otros dos casos no recuerdo que citaran justificar ni explicar nada, tan solo que accedian a darme la compensación que reclamaba.
En el tercer caso, que era salida de Madrid y con escala fuera de la U.E., para tomar vuelo al destino final. La compañía era de un país no-U.E. AESA mencionaba en su informe que no presentaron el parte meteorológico que les solicitaron para justificar el desvío por niebla, ya que en vez del parte meteorológico del aeropuerto presentaron el de la capital del país que está a bastantes kilometros, indicando que los partes meteorológicos del aeropuerto eran confidenciales.
En todo caso la decisión de la jueza de lo mercantil no citaba este detalle, tan solo que la compañía era responsable de cumplir con el contrato que se deriva de comprar el billete de avión, y si no puede cumplir con el servicio debe indemnizar al cliente, sean cuales fueran las condiciones meteorológicas que se dieron en la escala del vuelo (editado posteriormente para añadir esta aclaración: según se señalaba en la decisión del juzgado "... Salvo que las condiciones meteorológicas que alege la compañia aérea se acrediten que son extraordinarias conforme a lo citado al respecto en el Reglamento (CE) 261/2004 ..." ; y en este caso se expuso que no se puede considerar extraordinaria la niebla que la compañía alegaba para el desvío que dió lugar al retraso, tal y como indica la jueza en la justificación de su decisión a mi favor).
Aparte presente otro caso (con el que hacen 4) a AESA que no genero informe, puesto que la compañía aérea corrigió su decisión a los pocos días de su primera respuesta. Este cuarto caso fue por cancelación, por lo que solicite el reembolso y cite expresamente que rechazaba sea bono canjeable u otra compensación que no fuera el reembolso en euros. Fue hace 2 años, cuando empezó lo del COVID. Lógicamente cuando AESA inició el trámite supongo que la compañía habrá justificado que me hizo el reembolso.
Un saludo.
Última edición por Josean2017 el Lun, 09-12-2024 14:11, editado 3 veces
Respuestas a las preguntas de CARRERA:
1) El informe de AESA era favorable para mí, en el tercer caso que preguntas y los otros dos.
2) La jueza motivo lo que te acabo de detallar en el mensaje previo.
3) La demanda fue en el Juzgado de lo Mercantil donde vivo. Y hay que identificar a la parte demandada, que en mi caso fue indicando el domicilio social de su representante en España (e indicaba también el nombre completo y el domicilio social de la sede central, que era fuera de la U E.).
Un saludo.
Última edición por Josean2017 el Lun, 09-12-2024 14:12, editado 1 vez