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Legislacion-Derecho Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida ✈️ Foro Denuncias o Malas Experiencias ✈️ p26 ✈️

Foro de Denuncias o Malas Experiencias Foro de Denuncias o Malas Experiencias: Foro para informar de malas experiencias en viajes. Opiniones sobre servicios de empresas o establecimientos (mayoristas, agencias, alojamientos, aerolíneas, guías etc).
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El reglamento europeo CE 261/2004 del 11/02/2004 que se centra en las siguientes situaciones (art. 1.1)
1- Denegación de embarque en contra de la voluntad del pasajero
2- Cancelación del vuelo
3- Retraso del vuelo

Las definiciones del reglamento dicen algo así (art. 2):
- Denegación de embarque: la negativa a transportar pasajeros en un vuelo, pese a haberse presentado al embarque en las condiciones establecidas en el apartado 2 del artículo 3, salvo que haya motivos razonables para denegar su embarque, tales como razones de salud o de seguridad o la presentación de documentos de viaje inadecuados

- Cancelación, la no realización de un vuelo programado y en el que había reservada al menos una plaza.

En mi caso nos cancelaron "el billete" que es el contrato entre el usuario y el transportista y me avisaron de ello por email un par de días antes (al día siguiente de la ida no utilizada). Yo ví el email por casualidad y actué en ese momento llamando por teléfono y al final para no arriesgarme a quedarme en tierra compré otro billete a un precio mucho más caro.

El vuelo no fue cancelado ya que salió a su hora por lo tanto habría que asimilarlo a una denegación de embarque, es decir, tú te presentas al embarque un un billete válido y el transportista se niega ha llevarte, en mi caso no hice eso porque compré otro billete con anterioridad por eso tuve muchas dudas y al final no reclamé la indemnización de 250EUR contemplada en este reglamento.
La empresa podrá aducir que en primer lugar el billete no era ya válido por que no utilizaste la ida y bla bla, pero eso es un tema puramente mercantil/derechos del consumidor que como se ha visto en las sentencias anteriores es considerado abuso ilegítimo y nula de pleno derecho la cláusula que se entenderá por no puesta por lo que el billete es perfectamente válido. Por lo tanto sí podríamos aducir que se produce una denegación de embarque según CE 261/2004 y reclamar la indemización contemplada en dicha norma. Como ya he dicho antes, por pedir que no quede, siempre que esté más o menos fundamentado, ya se encargará el juez de estimarlo o no.

Según se desprende del texto de nuestra sentencia también se podrían haber reclamado daños morales pero esto se escapa de mi escasos conocimientos de derecho, no sabría muy bien como articularlo así que lo dejo que otro lo intente.


MUY IMPORTANTE
Una omisión imperdonable que tuve en mi demanda es que no solicité expresamente que se declarara esta clausula como nula del pleno derecho para evitar que se siga utilizando, creí inocentemente que si una sentencia la considera así con esto ya vale para todo el mundo. Pues no, hay que PEDIRLO EXPRESAMENTE si no el juez se limita a "considerarla" para el caso específico que nos ocupa pero no se actua para impedir que se siga realizando dicha práctica (el derecho parece que funciona así, alguien tiene que pedirlo). Está recogido aquí en este extracto de nuestra sentencia:
[...] la cláusula que declara el derecho unilateral de la transportista a cancelar un billete de regreso por el mero hecho de que el pasajero no haya utilizado el de ida, debe ser considerada totalmente ABUSIVA, y por ello NULA DE PLENO DERECHO. Este pronunciamiento no puede recogerse en el Fallo de la sentencia por no haberse solicitado en el suplico.

Es decir, que para lo que yo reclamo se considera nula y abusiva y me dan la razón e Iberia me tiene que devolver la pasta pero no se hace nada más al respecto y las cosas van a seguir igual por que yo no lo he pedido. Manda webs, que fallo más tonto tuve.

iandury Escribió:
¿Y que hay de esa normativa europea que citas?, ¿como la encajarías?

Los actores no reclaman ningún importe por cancelación indebida (y ello pese a que la normativa internacional recoge indemnizaciones para supuestos de cancelaciones sin causa) ni por daños morales. [sic.]
Creo que se refiere al Reglamento europeo 261/2004 que en su momento no ví muy claro como usar en mi caso aunque para la próxima vez creo que ya sé como hacerlo
⬆️ Arriba Muzungu
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Gracias. Muy interesante tu exposición, y enhorabuena por tu éxito. Saludos
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EnlacesAsunto: Re: ¡¡¡¡¡¡HEMOS GANADO!!!!!

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muzungu Escribió:
¡¡TOMA YA!!
La sentencia disponible en el blog creado a tal efecto: https://demandaiberia.blogspot.com/
Como me mola eso de "debemos condenar y condenamos"... Música para mis oídos.

También pondré el escrito de demanda (me falta editarlo para quitar mis datos) por si alguien le pasa lo mismo. YA SON DOS SENTENCIAS CONDENATORIAS POR LA MISMA PRÁCTICA (que yo conozca)

La jueza del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca ha fallado a nuestro favor. La sentencia condena a Iberia a pagarnos la cantidad reclamada (los billetes que tuvimos que volver a comprar y el coste de las llamadas telefónicas) más los intereses acumulados desde la fecha de la primera reclamación extrajudicial la cual que hicimos vía OMIC del Ayuntamiento de Palma en Agosto de 2008.

De forma muy similar a la sentencia anterior del juzgado de Bilbao la argumentación de la jueza es la siguiente:

1- EN LA FORMA: la cláusula con la que Iberia dice haber avisado al comprador de que se cancelará la vuelta en caso de no usar la ida no está claramente indicada ya que no aparece de forma explícita en los billetes enviados por email. Además aunque Iberia dice que se indica en las preguntas frecuentes de su web y en las condiciones que hay que aceptar antes de comprar el billete, Iberia no ha probado de forma alguna de que el comprador se ha enterado de forma efectiva y son ellos los que han de "soportar la carga de la prueba", cito textualmente.

2- EN EL FONDO: la cláusula es declarada NULA DE PLENO DERECHO. Iberia se niega a prestar el servicio debido sin causa que lo justifique mientras que el usuario -que ya ha pagado y cumplido con su parte- queda indefenso. Aunque Iberia alega que los billetes ida y vuelta se venden como paquete a un precio inferior que sueltos, esto son políticas comerciales suyas que no conciernen al usuario y no una razón suficiente para negarse a prestar el servicio debido.

Pues hala, ánimo y a reclamar si os pisan, que algo de justicia hay en este país pero hay que mojarse el culo.

Salud,

Dani
Aplausos Aplausos Aplausos Aplausos
Me alegro un monton que haya gente como tu!!!! yo soy muy cobarde y la verdad que todos deberiamos de defender los derechos del consumidor, pero por desconocimiento y por miedo de pagar el juicio no lo hacemos!!!! gracias por compartirlo y por demnadar, realmente es como si lo hubieras hecho por todos Aplausos Aplausos Amistad Amistad

_________________
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar

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Buenos días, me acaba de pasar lo mismo. Un viaje de 600 € i/v sacado con travelclub y al meterme a la web de iberia para hacer el chenking online veo q esta cancelado (es decir, sino entro a la web me presento en el mostrador tan feliz y me encuentro q no hay billete).. No use la ida. Q puedo hacer? se puede reclamar algo? o lo denuncio directamente? no me lo explico esta politica de iberia o de otras q lo hacen. En un restaurante si no quieres el primer plato ya no te sirven ni el segundo ni el postre?. No se q puedo hacer,... Gracias
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar

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Pues lo mismo acabas antes poniendo la demanda por juicio verbal aunque supongo, solo supongo, que a los jueces les gustará más ver que has intentado primero la reclamación extrajudicial aunque todo depende de qué juez te toque. De todas formas con la info que pongo en mi blog tienes todo lo necesario para la demanda siempre que la cantidad demandada no supere los 900 EUR y ademas con dos sentencias que respaldan tu reclamación.

Si lo haces no te olvides de solicitar expresamente que se declare nula de pleno derecho esta cláusula para que no se siga realizando esta práctica abusiva. Esto yo no lo sabía y no lo hice por pardillo. Así dejarán de continuar con este timo.

https://demandaiberia.blogspot.com/


Saludos y suerte
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar

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Buenas a todos. A mi me pasó eso en NAvidad con mi mujer y me quedé un poco mosca, pero, no va uno a estar todo el día en los juzgados. Retomo el asunto y les voy a reclamar, pues me hicieron pagar un vuelo de retorno mas caro, encima que no usé el de ida, tiene narices.

El caso es que estoy preparando una demanda por otro de retraso superior a 3 horas y que se hacen los sordos.

Un saludo
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Aver, yo lo que os puedo decir esque si el billete lo comprais via web (www.iberia.com) te especifica que si no hace la ida se anula el billete por completo..si q viene, solo q siempre hay q leerlo todo, en el caso d haberlo comprado atraves de travelclub ya no se, pero en la web de iberia si q lo especifica. Un saludo
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Este fin de semana ha vuelto a pasar:
Iberia me ha cancelado el billete de vuelta de Málaga a MAdrid por no haber usado la ida.
Estoy decidido a reclamar el importe del billete que he tenido que comprar para realizar ese viaje de vuelta y poder incorporarme a mi actividad en fecha y hora.

Para justificar la reclamación quiero incluir las tres -al menos- sentencias contra Iberia que declaran abusiva esa cláusula: sentencia 384/2008 del 7 de julio de 2008 del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, sentencia 71/2010 del 22 de marzo de 2010 del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, y sentencia 254/2012 del 11 de septiembre de 2012 del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid.

Tengo las dos últimas sentencias (Palma y Madrid) pero no la de Bilbao.
¿Alguno de los que anteriormente os habéis tenido que enfrentar a este desagradable asunto podría facilitármela?

Gracias.
⬆️ Arriba Simohayha
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Buen día:

simohayha Escribió:
Este fin de semana ha vuelto a pasar:
Iberia me ha cancelado el billete de vuelta de Málaga a MAdrid por no haber usado la ida.
Estoy decidido a reclamar el importe del billete que he tenido que comprar para realizar ese viaje de vuelta y poder incorporarme a mi actividad en fecha y hora.

Para justificar la reclamación quiero incluir las tres -al menos- sentencias contra Iberia que declaran abusiva esa cláusula: sentencia 384/2008 del 7 de julio de 2008 del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, sentencia 71/2010 del 22 de marzo de 2010 del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, y sentencia 254/2012 del 11 de septiembre de 2012 del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid.

Tengo las dos últimas sentencias (Palma y Madrid) pero no la de Bilbao.
¿Alguno de los que anteriormente os habéis tenido que enfrentar a este desagradable asunto podría facilitármela?

Gracias.

www.legaltoday.com/ ...julio-2009

Espero que sea lo que buscas

ángel
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Hola, enhorabuena por decidirte a reclamar lo que es tuyo. He enlazado la sentencia en la entrada original del blog ¡Demanda a Iberia! (Sentencia 384/2008 del Juzgado de lo Mercantil, nº 1 de Vizcaya de 7 julio 2008 )

Un par de cuestiones de las que me he dado cuenta después del proceso.

1- Reclamar vía oficina municipal de consumo (OMIC) no sirve nada más que para perder el tiempo ya que estos, como Iberia no les contesta, se lo pasan a Aviación Civil y esta a su vez se inhibe porque se trata de un tema mercantil y no de legislación de aérea.

2- Solicita también la indemnización por denegación de embarque (argumentándolo por supuesto) creo que son unos 250€ por pasajero según la ley europea Reglamento (CE) n° 261/2004. Como comentaba en el blog en mi caso la jueza indicó en la sentencia que lo hubiera estimado si yo lo hubiera pedido. Puede asumirse a una denegación de embarque ya que tú contabas originalmente con lo que según tu interpretación del contrato es un billete perfectamente válido.

3. Solicita al juez que ordene a Iberia a retirar la clausula nula en la contratación de futuros billetes. Esto tampoco lo hice en su momento pero ayudará a los próximos incautos.

4. Los intereses de la cantidad reclamada cuentan a partir de la primera reclamación extrajudicial si la hubiere: si les reclamastes a ellos directamente en un principio o mediante la OMIC en mi caso.

5. Para la dirección de la demandada pon la que te vaya mejor a tí según el juzgado donde lo presentes. Vale cualquier oficina o mostrador de Iberia. En mi caso pregunté en el aeropuerto de Palma por las oficina de Iberia y allí me dieron los detalles de la dirección de la misma.

Si te hace falta puedes tomar como modelo mi escrito de demanda que también está en una entrada del blog

Cualquier otra duda pregunta aquí y te ayudaré en lo que pueda.

Salud y a por ellos.

simohayha Escribió:
Este fin de semana ha vuelto a pasar:
Iberia me ha cancelado el billete de vuelta de Málaga a MAdrid por no haber usado la ida.
Estoy decidido a reclamar el importe del billete que he tenido que comprar para realizar ese viaje de vuelta y poder incorporarme a mi actividad en fecha y hora.

Para justificar la reclamación quiero incluir las tres -al menos- sentencias contra Iberia que declaran abusiva esa cláusula: sentencia 384/2008 del 7 de julio de 2008 del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, sentencia 71/2010 del 22 de marzo de 2010 del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, y sentencia 254/2012 del 11 de septiembre de 2012 del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid.

Tengo las dos últimas sentencias (Palma y Madrid) pero no la de Bilbao.
¿Alguno de los que anteriormente os habéis tenido que enfrentar a este desagradable asunto podría facilitármela?

Gracias.
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

Publicado:
muzungu Escribió:
Hola, enhorabuena por decidirte a reclamar lo que es tuyo. He enlazado la sentencia en la entrada original del blog ¡Demanda a Iberia! (Sentencia 384/2008 del Juzgado de lo Mercantil, nº 1 de Vizcaya de 7 julio 2008 )

Un par de cuestiones de las que me he dado cuenta después del proceso.

1- Reclamar vía oficina municipal de consumo (OMIC) no sirve nada más que para perder el tiempo ya que estos, como Iberia no les contesta, se lo pasan a Aviación Civil y esta a su vez se inhibe porque se trata de un tema mercantil y no de legislación de aérea.

2- Solicita también la indemnización por denegación de embarque (argumentándolo por supuesto) creo que son unos 250€ por pasajero según la ley europea Reglamento (CE) n° 261/2004. Como comentaba en el blog en mi caso la jueza indicó en la sentencia que lo hubiera estimado si yo lo hubiera pedido. Puede asumirse a una denegación de embarque ya que tú contabas originalmente con lo que según tu interpretación del contrato es un billete perfectamente válido.

3. Solicita al juez que ordene a Iberia a retirar la clausula nula en la contratación de futuros billetes. Esto tampoco lo hice en su momento pero ayudará a los próximos incautos.

4. Los intereses de la cantidad reclamada cuentan a partir de la primera reclamación extrajudicial si la hubiere: si les reclamastes a ellos directamente en un principio o mediante la OMIC en mi caso.

5. Para la dirección de la demandada pon la que te vaya mejor a tí según el juzgado donde lo presentes. Vale cualquier oficina o mostrador de Iberia. En mi caso pregunté en el aeropuerto de Palma por las oficina de Iberia y allí me dieron los detalles de la dirección de la misma.

Si te hace falta puedes tomar como modelo mi escrito de demanda que también está en una entrada del blog

Cualquier otra duda pregunta aquí y te ayudaré en lo que pueda.

Salud y a por ellos.

simohayha Escribió:
Este fin de semana ha vuelto a pasar:
Iberia me ha cancelado el billete de vuelta de Málaga a MAdrid por no haber usado la ida.
Estoy decidido a reclamar el importe del billete que he tenido que comprar para realizar ese viaje de vuelta y poder incorporarme a mi actividad en fecha y hora.

Para justificar la reclamación quiero incluir las tres -al menos- sentencias contra Iberia que declaran abusiva esa cláusula: sentencia 384/2008 del 7 de julio de 2008 del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, sentencia 71/2010 del 22 de marzo de 2010 del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, y sentencia 254/2012 del 11 de septiembre de 2012 del Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid.

Tengo las dos últimas sentencias (Palma y Madrid) pero no la de Bilbao.
¿Alguno de los que anteriormente os habéis tenido que enfrentar a este desagradable asunto podría facilitármela?

Gracias.
Muchas gracias por toda la información.
Seguiré paso a paso y os mantendré informados.
Saludos.
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Aaaah! que gustillo este tema.

Estoy en el mismo caso, pero aún no me han cancelado la vuelta. He visto esta cláusula de casualidad viendo cómo podía cambiar la ida.

He estado leyendo las sentencias que aporta muzungu (demandaiberia.blogspot.com.es), y en la de la OCU se recoge que esta cláusula es abusiva, y se ordena que Iberia se abstenga de seguir usandola. Sin embargo veo que no ha hecho ni caso...

¿Cómo podría hacer para que no me la aplicaran antes de que me la apliquen?
⬆️ Arriba Aisita Leer Mi Diario(1 Diarios de Viajes)
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no...

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Aisita, lamentablemente me temo que no será fácil evitar que te la apliquen si a ellos les da la gana...

Te explico en que situación sigo yo, después de tanto tiempo:
-primero presenté una reclamación vía web a la que me respondieron que aplicaban la cláusula porque ellos lo valen;
-segundo presenté una reclamación por escrito y correo certificado, aportando las tres sentencias en contra, y me llamaron para decirme que la sentencia de la OCU seguía en recurso, así que ellos continuaban aplicando la cláusula. Al preguntarle por las otras dos sentencias (Bilbao y Palma de Mallorca), silencio;
-ya sólo quedaba la vía judicial, así que decidí ponerme en manos de una de estas compañías que se hacen cargo de la reclamación a través de un porcentaje de la indemnización;
-la compañía en cuestión intentó negociar e Iberia rechazó de nuevo llegar a un acuerdo amistoso;
-la compañía me ha requerido un poder notarial para representarme legalmente en los juzgados que todavía no he aportado.

Un nuevo caso de indefensión del consumidor ante las grandes compañías.
Espero que tengas suerte! Sonriente
⬆️ Arriba Simohayha
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Gracias!!
Bueno, he estado buscando y he encontrado un estudio de la Iniversidad de Castilla- La Mancha en el que, a fecha 27 de marzo de 2014, la Audiencia Provincial todavía no se ha pronunciado respecto al recurso de la sentencia favor de la OCU.

Este informe también señala que se está tramitando una norma comunitaria que pretende abordar este tema: "Propuesta del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 261/2004 por el que se establecen normas
Comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y el Reglamento (CE) nº 2027/97 relativo a la responsabilidad de las compañías aéreas respecto al transporte
Aéreo de los pasajeros y su equipaje, de 13
Marzo 2013"

Buscando a ver si esta propuesta está ya aprobada, he encontrado un informe de la Comisión mixta para la UE, fechado el 7 de mayo de 2013 que concluye que la Propuesta de Reglamento "no vulnera los principios de subsidiaridad y proporcionalidad establecidos en el Tratado de la Unión Europea"

No he encontrado más... Y ya hace año y medio del informe de la comisión mixta
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Yo tengo una duda... Si me cancelan el vuelo de vuelta por no utilizar el de ida, ¿me devuelven el dinero de la vuelta? ¿O me lo como con patatas?

Estoy pendiente de coger un vuelo y no estoy muy segura del horario de la ida, al final me veo que elijo ir y volver en en bus.
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Trendy Escribió:
Yo tengo una duda... Si me cancelan el vuelo de vuelta por no utilizar el de ida, ¿me devuelven el dinero de la vuelta? ¿O me lo como con patatas?

Estoy pendiente de coger un vuelo y no estoy muy segura del horario de la ida, al final me veo que elijo ir y volver en en bus.

Te quedas sin nada
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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No te devuelven ni un €, si te cancelan la vuelta por no usar la ida no hay reembolso de la vuelta, se cancela y se quedan la pasta, Trist
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Puedo entender que me cancelen la vuelta por no utilizar la ida. No lo comparto, pero lo puedo entender por lo que se ha comentado de precios y demás. Pero de ahí a que no me devuelvan el dinero de la vuelta... Ni pies ni cabeza le veo.
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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Trendy Escribió:
Puedo entender que me cancelen la vuelta por no utilizar la ida. No lo comparto, pero lo puedo entender por lo que se ha comentado de precios y demás. Pero de ahí a que no me devuelvan el dinero de la vuelta... Ni pies ni cabeza le veo.

Cada tarifa tiene sus normas... Generalmenente cuanto más barata sea la tarifa, más restrictiva es. Si quieres tarifas en las que te devuelven el dinero si no vuelas, también existen... Pero ya te puedes imaginar que no son las más baratas...
Lo que sí te tienen que devolver sí o sí, independientemente de si tu tarifa es cara o barata, son las tasas de aeropuerto (pero si aplican gastos de gestión, al final lo comido por lo servido).

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EnlacesAsunto: Re: Demanda a Iberia por cancelación vuelta por no utilizar ida

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Trendy Escribió:
Puedo entender que me cancelen la vuelta por no utilizar la ida. No lo comparto, pero lo puedo entender por lo que se ha comentado de precios y demás. Pero de ahí a que no me devuelvan el dinero de la vuelta... Ni pies ni cabeza le veo.

Pues discrepo de la mayor. Ni los jueces ni nadie excepto la aerolínea lo entienden tampoco, ni tiene muchas vueltas: tú pagas por un servicio y decides renunciar a parte de ese servicio sin reclamar la devolución de su coste. No te pueden denegar el resto del servicio por rollos suyos y ademas quedarse con todo el dinero.
Vamos que pago un menú completo y porque solo quiero comerme el segundo resulta que el camarero me echa del restaurante y se quedan con la pasta...
O me compro un par de zapatos y porque solo me apetece ponerme uno me quitan los dos y la pasta...
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