Foro de Denuncias o Malas Experiencias: Foro para informar de malas experiencias en viajes. Opiniones sobre servicios de empresas o establecimientos (mayoristas, agencias, alojamientos, aerolíneas, guías etc).
Solamente a un incauto y alguien no bien informado se le ocurre ir en coche por el centro de Granada, al igual que otras muchas ciudades en las que el centro no se puede circular o lo tienen restringido.
_________________ El viajar es fatal para los prejuicios, la intolerancia y la estrechez de miras. (Mark Twain)
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Les escribo para desaconsejar la visita a esta ciudad.
Hay que estar más atentos a las señales de tráfico, así no te pasarán estas cosas.
Por un despiste tuyo desaconsejas una ciudad como Granada? Que triste.......
Yo estuve con mi coche hace menos de 15 días por Granada y no tuve ningún problema, más bien al contrario. Aunque tengo que decir que lo dejé aparcado en el garaje del hotel y no lo cogí hasta que me fuí de la ciudad. Por lo demás, una ciudad interesante y muy agradable para visitar.
Desde luego no sé como te atreves a desaconsejar la visita a Granada, hay que tener la cabeza no muy bien amueblada.
Yo estuve con mi coche hace menos de 15 días por Granada y no tuve ningún problema, más bien al contrario. Aunque tengo que decir que lo dejé aparcado en el garaje del hotel y no lo cogí hasta que me fuí de la ciudad. Por lo demás, una ciudad interesante y muy agradable para visitar.
Desde luego no sé como te atreves a desaconsejar la visita a Granada, es todo un atrevimiento por tu parte.
_________________ Mis diarios de Venecia, Roma, Disney; Londres, Costa Oeste USA, Bélgica y Costa este USA/NY; París; Noroeste USA 2013, Tailandia/Angkor 2014; Sudáfrica 2015
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Otro que no comprende porque hay que desaconsejar la visita a Granada (ciudad que me encanta y que ya he visitado en 3 ocasiones) por una mala experiencia.
Yo fui en coche hasta Granada, lo dejé en el Garage y como la mayoría de gente me movía por transporte público.
A mi me molestaron más el "..tomé uzté una ramita de tomillo.." y el "..deme la mano ke le leo zu futuro zeñorito.." ke las señales de tráfiko de la ciudad. Y la ciudad en conjunto, y sobre todo la Alhambra, me parecieron dignas de visitar.
Y al igual ke el resto de los ke suscribe, aparqué el coche en un parking y gané en salud (..aunque me traje unos kilitos de más, empeño tienen en darte de comer con cada trago oigan..)
Otra cosa es lo que comentas de los trámites legales. Y de eso no nos libra ni Perry Mason...!!!
Todas formas hay empresas por las ciudades que se encargan de lidiar con estos asuntos, no creo que esté todo perdido. Indaga un pelín y seguro que encuentras algun resquicio legal al que agarrarte.
Que haya suerte.
Un Saludo,
.X.
P.D: 300 euros la mitad del sueldo de un ciudadano de a pie..?? pues si que están mal las cosas...
Siento decirte que esto no tiene nada que ver con Granada, ni con su Ayuntamiento, sino con Tráfico. Hace dos años, bajando de Madrid a Cádiz, al pasar por Córdoba se me pasó una señal de límite a 100 (pasaba de 120 km/h a 100 km/h en un tramo relativamente corto), con lo cual ni me enteré del cambio de límite (obviamente, mea culpa por no haber estado más atenta). Menos mal que solo iba a 110 km/h. Bueno, pues el caso es que casi dos años después me llega un requerimiento de Hacienda (ojo, ni siquiera Tráfico, sino directamente Hacienda) en la me avisan que si en 15 días no abono 372 euros procederán al embargo de mi cuenta por la multa de Tráfico que tengo pendiente.
Yo, ojiplática, me pongo en contacto con Tráfico para ver de dónde sale eso y me dicen que hay un expediente por una multa. Multa de la cual a mi jamás me llegó notificación ninguna. Empiezo a investigar y nada, no llego a ninguna conclusión. Lo pongo en manos del Departamento de Recursos de Multas de la Mutua, que me aconseja que pague y ellos siguen el cauce de la reclamación porque si no me irá generando cada vez más intereses o directamente me embargarán la cuenta. Decido hacerles caso y pagar y, al cabo de un tiempo, la Mutua me comunica que han rechazado el recurso con un escueto "no ha lugar".
Sigo investigando por mi cuenta y por fin descubro que en el Boletín Oficial de Córdoba aparece publicada mi multa dos años antes. Se trataba de una cantidad pequeña (sobrepasaba la velocidad en 10 km/h), creo que unos 70 euros o algo así, pero, al no identificar al conductor (porque nunca me llegó la notificación) ni haber dado señales de vida, comenzaron a sumar recargos hasta los 372 euros del ala. Y encima sin posibilidad de hacer nada al respecto.
Quiero decir con esto, que es algo mucho más común de lo que parece. No sé si serán malas artes para recaudar más o qué, pero al novio de una amiga mía ya se lo han hecho dos veces. Y que, obviamente, no tiene nada que ver con Granada ni creo que se motivo para desaconsejar la visita a la que considero una de las ciudades más bonitas de España. Por esa regla de tres tendría que desaconsejar viajar a Cádiz o a Córdoba desde Madrid o, directamente, dejar de utilizar la A-4...
Pero en algo estoy de acuerdo contigo, creo que la premisa de "como ha sido publicado en el BOE, o en el correpondiente Boletín de la provincia, es motivo sufieciente para darse por enterado" me parece completamente injusto. Dudo de que alguien se lea el BOE a diario (ni aun padeciendo de insomnio).
Pues yo tengo una experiencia que supera lo anterior. Yo No fui con mi coche a Granada, entre otras razones porque estaba hospitalizada en esas fechas:)
Pues después de eso me llegó una orden de embargo de una multa por aparcar mal (?) que a mi jamás me había sido notificada, pero que había sido publicada en el boletín de su provincia.
Menos mal que se me ocurrió llamar, Les demostré que estaba hospitalazida esos días y me dijeron que había sido una confusión porque habían bailado un número de la matrícula. Al final no pasó nada, pero el sistema me pareció abusivo.
Aún así para mí es una de las ciudades más bonitas de España.
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Pues yo estuve en julio de este año en Granada y fui con unos amigos a La Alhambra en coche y no tuvimos ningún problema. Aparacamos en el parking de pago que hay y ya está.
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
El acceso a la Alhambra en coche y desde el centro está prohibido y hay una gran cantidad de carteles que avisan, así que me extraña que no vieras las señales. Creo que algunos carteles incluso avisan de la existencia de cámaras de control.
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
_________________ Más vale perder el tiempo con los amigos...
Que perder a los amigos con el tiempo EL CAMINO PRIMITIVO https://www.losviajeros.com/Blogs.php?b=6213 DIARIO DE UN VIAJE A ISRAEL. PEREGRINACION A TIERRA SANTA.
https://www.losviajeros.com/Blogs.php?b=1234
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
Sacado de la página de la DGT:
"El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa imputable a dicho titular".
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
Sacado de la página de la DGT:
"El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa imputable a dicho titular".
Siempre y cuando no seas tu el conductor y hayan notificado al propietario o titular del vehículo.
Si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor. No se si me explico. Y te vuelvo a repetir, sin ánimo de crear discusión, yo soy conductor de una empresa y si a mi me ponen una multa por exceso de velocidad o de cámara de acceso a zonas restringidas y no me paran en el momento para identificarme, lo que hace tráfico es mandar una notificación a la empresa para dar los datos del conductor. Si la multa solo es económica, la empresa la puede pagar, pero si conlleva retirada de puntos es obligatorio dar los datos del conductor. Si no se dan y dependiendo del importe de la multa la sanción se eleva a una cuantía considerable que paga la empresa y no te retiran los puntos.
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Que perder a los amigos con el tiempo EL CAMINO PRIMITIVO https://www.losviajeros.com/Blogs.php?b=6213 DIARIO DE UN VIAJE A ISRAEL. PEREGRINACION A TIERRA SANTA.
https://www.losviajeros.com/Blogs.php?b=1234
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
Sacado de la página de la DGT:
"El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa imputable a dicho titular".
Siempre y cuando no seas tu el conductor y hayan notificado al propietario o titular del vehículo.
Si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor. No se si me explico. Y te vuelvo a repetir, sin ánimo de crear discusión, yo soy conductor de una empresa y si a mi me ponen una multa por exceso de velocidad o de cámara de acceso a zonas restringidas y no me paran en el momento para identificarme, lo que hace tráfico es mandar una notificación a la empresa para dar los datos del conductor. Si la multa solo es económica, la empresa la puede pagar, pero si conlleva retirada de puntos es obligatorio dar los datos del conductor. Si no se dan y dependiendo del importe de la multa la sanción se eleva a una cuantía considerable que paga la empresa y no te retiran los puntos.
Te puedo decir que las he visto de todos los colores.Dices que "si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor". Vale, pero si Tráfico remite la notificación y correos la devuelve con dos intentos por "ausente",la notificación va al B.O.E. Y se te da por notificada con todas las de la Ley,guste o no guste.Si tú no notificas un cambio de dirección a Tráfico de la manera que sea(renovar carné,compra coche nuevo,etc)la dirección que tiene Tráfico es buena y aunque no recibas la carta, la sanción la tienes.
Hay que dar los datos del conductor aunque sea por fax dirigido al centro automatizado de Tráfico de León.
_________________ ¡Cuánto por ver y qué poco tiempo tenemos!
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Leprechauns make me travel.
Lo que no entiendo lo de la identificación del conductor, a no ser que sea un coche de empresa, que a mi en este caso si que me han solicitado la identificación del conductor. Pero en un coche particular, por defecto el conductor es el propietario del vehiculo.
Pues échale un vistazo a Ley: obliga a identificar al conductor del vehículo, ya que éste es el responsable de la infracción. Si se elude esta obligación, la sanción será siempre de 301 euros. Yo ahora ya lo sé... A la fuerza ahorcan.
Estoy totalmente de acuerdo con Burmafriend, en empresas si funciona así, en particulares la multa con valor real si son 30, 30 y si son 40, 40, van al propietario del vehículo, y en caso de que este le haya dejado el coche a un amigo, es cuando identifica al conductor, sino, la pagas y punto. Otro tema es que no te la hayan notificado en su momento y no hayas podido pagarla sin recargo y sin apremio.
Sacado de la página de la DGT:
"El titular de un vehículo tiene el deber de identificar al conductor responsable de una infracción cometida con el mismo. De no hacerlo, sin causa justificada, será sancionado como autor de falta grave en su máxima cuantía: 50.082 ptas. (301 euros) En los mismos términos responderá el titular del vehículo cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquél haya identificado, por causa imputable a dicho titular".
Siempre y cuando no seas tu el conductor y hayan notificado al propietario o titular del vehículo.
Si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor. No se si me explico. Y te vuelvo a repetir, sin ánimo de crear discusión, yo soy conductor de una empresa y si a mi me ponen una multa por exceso de velocidad o de cámara de acceso a zonas restringidas y no me paran en el momento para identificarme, lo que hace tráfico es mandar una notificación a la empresa para dar los datos del conductor. Si la multa solo es económica, la empresa la puede pagar, pero si conlleva retirada de puntos es obligatorio dar los datos del conductor. Si no se dan y dependiendo del importe de la multa la sanción se eleva a una cuantía considerable que paga la empresa y no te retiran los puntos.
Te puedo decir que las he visto de todos los colores.Dices que "si no te notifican la sanción, no puedes identificar al conductor". Vale, pero si Tráfico remite la notificación y correos la devuelve con dos intentos por "ausente",la notificación va al B.O.E. Y se te da por notificada con todas las de la Ley,guste o no guste.Si tú no notificas un cambio de dirección a Tráfico de la manera que sea(renovar carné,compra coche nuevo,etc)la dirección que tiene Tráfico es buena y aunque no recibas la carta, la sanción la tienes.Hay que dar los datos del conductor aunque sea por fax dirigido al centro automatizado de Tráfico de León.
Efectivamente, tienes razón, de hecho si te para la Guardia Civil de Tráfico y no coincide la dirección del DNI con la del Carnet de conducir te pueden denunciar. Y si es así efectivamente no te pueden localizar, esa multa como tu bien dices va al BOE y efectivamente se te da por notificada.
Los datos los puedes dar, pero siempre y cuando sepas que te han denunciado, si no lo sabes........ Y no miras en el BOE......
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