Foro de Aviones, Aeropuertos y Aerolíneas: Temas sobre vuelos: aviones, aeropuertos, líneas aéreas, vuelos baratos, facturación, reserva de asientos, equipajes y reclamaciones.
Edito: Pues edito el mensaje para decir que me ha llegado otro email en el que me piden los datos bancarios para el pago de las otras cantidades! Parece que lo han clasificado como 2 reclamaciones diferentes, una para los 400 euros y otra para el reembolso de los gastos, pero parece que tienen intención de cumplir lo dictado por AESA!
Actualizo el caso que comentaba hace unos días. Me ha llegado un email de Vueling en el que me dicen "Tu número de caso es el X. Tenlo a mano, por si quieres consultar el estado de tu solicitud. Te daremos una respuesta en un máximo de 10 días.".
Y 1 minuto después, otro email que dice "Para asegurar la correcta tramitación de su transferencia bancaria, le solicitamos amablemente su colaboración proporcionando algunos datos esenciales de los que actualmente no disponemos.
Por razones de seguridad, estos detalles solo podrán completarse en nuestro sitio web a través del enlace "Completar datos", nunca respondiendo a este correo electrónico. Este enlace caducará después de 7 días.
Nos comprometemos a gestionar su caso en el menor tiempo posible.
Datos actuales de la solicitud:
Nº de caso: X
Código de reserva: X
Importe: 400.00 EUR
Aclaro que la resolución de AESA de mi caso, como dije la semana pasada, era que Vueling tenía que compensarnos una cantidad en concepto de Derechos de Atención y Reembolso, más la compensación económica prefijada de 400 euros. "
Claro, me llama la atención que habiendo presentado la reclamación por email a Vueling (que nunca contestaron) contesten justo ahora, después de la resolución de AESA, pero hablando de una cantidad de 400 euros....
Mi duda es, si meto los datos de mi cuenta bancaria "aceptando" el mail que me han enviado, ellos podrían llegar a abonarme solo los 400 euros y no la cantidad en Derechos de Atención y Reembolso, alegando que yo "he aceptado" únicamente los 400??
Pero claro, por otro lado, si no pongo mis datos de cuenta bancaria, ¿cómo van a cumplir con la resolución de AESA que les obliga a abonarme los 400+la cantidad en Derechos de Atención y Reembolso??
Consulta rápida, porque si me pongo a contaros todo me eternizo y me banearían fijo XD
Hace un año (un jueves) me cancela Iberia vuelo de vuelta a Madrid desde París por huelga de controladores; nos fuerzan a quedarnos 2 días extra allí porque no nos conseguían otro vuelo antes del sábado. Además nos pierden las maletas con lo que llegan a mi casa con una semana de retraso.
Hago dos reclamaciones a AESA: una por la cancelación, y otra por las maletas.
Tras un año, me contestan:
-sobre la pérdida de maletas: "Las reclamaciones que versan sobre cualquier problema relativo al equipaje no están bajo el amparo del Reglamento (CE) n.º 261/2004 y por ello no pueden ser resueltas por este organismo."
-sobre la cancelación del vuelo: "Con fecha 20 de agosto de 2024 se registró escrito relativo a su reclamación 2024/ADR02/005483, tras la Decisión de esta Agencia, mediante la cual se declaraba el traslado al organismo competente para la resolución de su reclamación (FRANCIA).
AESA, de acuerdo con el artículo 2.1.a) 1º y 2º de la Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo, por la que se regula el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso, así como en relación con los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida, solo es competente para la tramitación de las reclamaciones en las que:
“1.º Los pasajeros partan de un aeropuerto situado en territorio español, o,
2.º Los pasajeros partan de un aeropuerto situado en un país que no sea miembro de la Unión Europea, con destino a otro situado en territorio español, a menos que disfruten de beneficios o compensación y de asistencia en ese país no perteneciente a la Unión Europea, cuando la compañía aérea operadora sea una compañía aérea comunitaria (…)”.
De acuerdo con lo anterior, no procede la revisión de su reclamación." ---- Efectivamente cuando me contestaron que debía hacerse cargo Francia reclamé como ellos dijeron a DIRECTION GÉNÉRALE DE L´AVIATION CIVILE. Estos me contestaron: "La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) le agradece el informe que le ha enviado. Informar de su situación contribuye a la misión de la DGAC de regular el transporte aéreo y, en general, de supervisar la aplicación de la normativa europea sobre la protección de los pasajeros aéreos. Su informe ayuda a la DGAC a tomar las medidas correctoras necesarias. En caso de incumplimiento demostrado, se podrán imponer sanciones, en forma de multas administrativas, a las compañías aéreas que no cumplan las obligaciones del Reglamento (CE) n.º 261/2004, de 11 de febrero de 2004, relativo a la denegación de embarque, la degradación de clase, la cancelación y el gran retraso de los vuelos. No se tendrán en cuenta las alertas que no hayan sido objeto de una reclamación previa al transportista, los informes incompletos o los documentos ilegibles. Esto no permite a la DGAC llevar a cabo su misión de manera efectiva. La DGAC no realiza un seguimiento individualizado de los informes que se le envían. La actuación de la DGAC también es independiente de la resolución de las reclamaciones individuales de indemnización y reembolso de las compañías aéreas. Si es necesario, puede ponerse en contacto con un organismo de resolución extrajudicial de litigios. En Francia, algunos transportistas son miembros del www.mtv.travel de Mediación en el Turismo y los Viajes (www.mtv.travel/). Antes de ponerse en contacto con el mediador, compruebe que su transportista es miembro de esta mediación También puede optar por remitir el asunto al tribunal competente, de conformidad con el Código de Procedimiento Civil."
En resumen, que entiendo por ese mail que ellos también se lavan las manos en cuanto a pagarme indemnización alguna.
POR FAVOR!! Alguien en situación similar que me pueda orientar de qué debo hacer? Me siento impotente, desprotegida, desesperada... Es como darse de cabezazos contra la pared. Gracias por adelantado
Vaya full los de AESA, parece que de poco o nada sirven. Si no te pueden ayudar con un vuelo de un operador español desde un aeropuerto comunitario....
Consulta rápida, porque si me pongo a contaros todo me eternizo y me banearían fijo XD
Hace un año (un jueves) me cancela Iberia vuelo de vuelta a Madrid desde París por huelga de controladores; nos fuerzan a quedarnos 2 días extra allí porque no nos conseguían otro vuelo antes del sábado. Además nos pierden las maletas con lo que llegan a mi casa con una semana de retraso.
Hago dos reclamaciones a AESA: una por la cancelación, y otra por las maletas.
Tras un año, me contestan:
-sobre la pérdida de maletas: "Las reclamaciones que versan sobre cualquier problema relativo al equipaje no están bajo el amparo del Reglamento (CE) n.º 261/2004 y por ello no pueden ser resueltas por este organismo."
-sobre la cancelación del vuelo: "Con fecha 20 de agosto de 2024 se registró escrito relativo a su reclamación 2024/ADR02/005483, tras la Decisión de esta Agencia, mediante la cual se declaraba el traslado al organismo competente para la resolución de su reclamación (FRANCIA).
AESA, de acuerdo con el artículo 2.1.a) 1º y 2º de la Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo, por la que se regula el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso, así como en relación con los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida, solo es competente para la tramitación de las reclamaciones en las que:
“1.º Los pasajeros partan de un aeropuerto situado en territorio español, o,
2.º Los pasajeros partan de un aeropuerto situado en un país que no sea miembro de la Unión Europea, con destino a otro situado en territorio español, a menos que disfruten de beneficios o compensación y de asistencia en ese país no perteneciente a la Unión Europea, cuando la compañía aérea operadora sea una compañía aérea comunitaria (…)”.
De acuerdo con lo anterior, no procede la revisión de su reclamación." ---- Efectivamente cuando me contestaron que debía hacerse cargo Francia reclamé como ellos dijeron a DIRECTION GÉNÉRALE DE L´AVIATION CIVILE. Estos me contestaron: "La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) le agradece el informe que le ha enviado. Informar de su situación contribuye a la misión de la DGAC de regular el transporte aéreo y, en general, de supervisar la aplicación de la normativa europea sobre la protección de los pasajeros aéreos. Su informe ayuda a la DGAC a tomar las medidas correctoras necesarias. En caso de incumplimiento demostrado, se podrán imponer sanciones, en forma de multas administrativas, a las compañías aéreas que no cumplan las obligaciones del Reglamento (CE) n.º 261/2004, de 11 de febrero de 2004, relativo a la denegación de embarque, la degradación de clase, la cancelación y el gran retraso de los vuelos. No se tendrán en cuenta las alertas que no hayan sido objeto de una reclamación previa al transportista, los informes incompletos o los documentos ilegibles. Esto no permite a la DGAC llevar a cabo su misión de manera efectiva. La DGAC no realiza un seguimiento individualizado de los informes que se le envían. La actuación de la DGAC también es independiente de la resolución de las reclamaciones individuales de indemnización y reembolso de las compañías aéreas. Si es necesario, puede ponerse en contacto con un organismo de resolución extrajudicial de litigios. En Francia, algunos transportistas son miembros del www.mtv.travel de Mediación en el Turismo y los Viajes (www.mtv.travel/). Antes de ponerse en contacto con el mediador, compruebe que su transportista es miembro de esta mediación También puede optar por remitir el asunto al tribunal competente, de conformidad con el Código de Procedimiento Civil."
En resumen, que entiendo por ese mail que ellos también se lavan las manos en cuanto a pagarme indemnización alguna.
POR FAVOR!! Alguien en situación similar que me pueda orientar de qué debo hacer? Me siento impotente, desprotegida, desesperada... Es como darse de cabezazos contra la pared. Gracias por adelantado
No sé si te he entendido del todo bien pero el primer paso es insistir con la compañía aérea, en tu caso Iberia, te alojaron en un hotel? os ofrecieron una indemnización? te abonaron las facturas de lo que gastaste en comida esos dos días?.
Una vez que la compañía aérea no te responde o no estás de acuerdo con la respuesta, entonces se recurre a Aesa o cómo se llame la agencia aérea francesa pero en el mensaje no dices qué trámites hiciste con Iberia y cuál fue su respuesta, que es una información clave.
Ánimo, yo tuve que pelearme mucho con Aegean Airlines pero finalmente me indemnizaron. Juegan con desgastarte pero si tienes razón (y tiempo), acabas ganando.
Consulta rápida, porque si me pongo a contaros todo me eternizo y me banearían fijo XD
Hace un año (un jueves) me cancela Iberia vuelo de vuelta a Madrid desde París por huelga de controladores; nos fuerzan a quedarnos 2 días extra allí porque no nos conseguían otro vuelo antes del sábado. Además nos pierden las maletas con lo que llegan a mi casa con una semana de retraso.
Hago dos reclamaciones a AESA: una por la cancelación, y otra por las maletas.
Tras un año, me contestan:
-sobre la pérdida de maletas: "Las reclamaciones que versan sobre cualquier problema relativo al equipaje no están bajo el amparo del Reglamento (CE) n.º 261/2004 y por ello no pueden ser resueltas por este organismo."
-sobre la cancelación del vuelo: "Con fecha 20 de agosto de 2024 se registró escrito relativo a su reclamación 2024/ADR02/005483, tras la Decisión de esta Agencia, mediante la cual se declaraba el traslado al organismo competente para la resolución de su reclamación (FRANCIA).
AESA, de acuerdo con el artículo 2.1.a) 1º y 2º de la Orden TMA/201/2022, de 14 de marzo, por la que se regula el procedimiento de resolución alternativa de litigios de los usuarios de transporte aéreo sobre los derechos reconocidos en el ámbito de la Unión Europea en materia de compensación y asistencia en caso de denegación de embarque, cancelación o gran retraso, así como en relación con los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida, solo es competente para la tramitación de las reclamaciones en las que:
“1.º Los pasajeros partan de un aeropuerto situado en territorio español, o,
2.º Los pasajeros partan de un aeropuerto situado en un país que no sea miembro de la Unión Europea, con destino a otro situado en territorio español, a menos que disfruten de beneficios o compensación y de asistencia en ese país no perteneciente a la Unión Europea, cuando la compañía aérea operadora sea una compañía aérea comunitaria (…)”.
De acuerdo con lo anterior, no procede la revisión de su reclamación." ---- Efectivamente cuando me contestaron que debía hacerse cargo Francia reclamé como ellos dijeron a DIRECTION GÉNÉRALE DE L´AVIATION CIVILE. Estos me contestaron: "La Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) le agradece el informe que le ha enviado. Informar de su situación contribuye a la misión de la DGAC de regular el transporte aéreo y, en general, de supervisar la aplicación de la normativa europea sobre la protección de los pasajeros aéreos. Su informe ayuda a la DGAC a tomar las medidas correctoras necesarias. En caso de incumplimiento demostrado, se podrán imponer sanciones, en forma de multas administrativas, a las compañías aéreas que no cumplan las obligaciones del Reglamento (CE) n.º 261/2004, de 11 de febrero de 2004, relativo a la denegación de embarque, la degradación de clase, la cancelación y el gran retraso de los vuelos. No se tendrán en cuenta las alertas que no hayan sido objeto de una reclamación previa al transportista, los informes incompletos o los documentos ilegibles. Esto no permite a la DGAC llevar a cabo su misión de manera efectiva. La DGAC no realiza un seguimiento individualizado de los informes que se le envían. La actuación de la DGAC también es independiente de la resolución de las reclamaciones individuales de indemnización y reembolso de las compañías aéreas. Si es necesario, puede ponerse en contacto con un organismo de resolución extrajudicial de litigios. En Francia, algunos transportistas son miembros del www.mtv.travel de Mediación en el Turismo y los Viajes (www.mtv.travel/). Antes de ponerse en contacto con el mediador, compruebe que su transportista es miembro de esta mediación También puede optar por remitir el asunto al tribunal competente, de conformidad con el Código de Procedimiento Civil."
En resumen, que entiendo por ese mail que ellos también se lavan las manos en cuanto a pagarme indemnización alguna.
POR FAVOR!! Alguien en situación similar que me pueda orientar de qué debo hacer? Me siento impotente, desprotegida, desesperada... Es como darse de cabezazos contra la pared. Gracias por adelantado
No sé si te he entendido del todo bien pero el primer paso es insistir con la compañía aérea, en tu caso Iberia, te alojaron en un hotel? os ofrecieron una indemnización? te abonaron las facturas de lo que gastaste en comida esos dos días?.
Una vez que la compañía aérea no te responde o no estás de acuerdo con la respuesta, entonces se recurre a Aesa o cómo se llame la agencia aérea francesa pero en el mensaje no dices qué trámites hiciste con Iberia y cuál fue su respuesta, que es una información clave.
Ánimo, yo tuve que pelearme mucho con Aegean Airlines pero finalmente me indemnizaron. Juegan con desgastarte pero si tienes razón (y tiempo), acabas ganando.
Si, si, por eso digo que os cuento la versión corta porque en un año pues podéis imaginar... Iberia me ha pagado el hotel (que yo busqué, por cierto), después de insistir mucho mucho mucho. Ni gastos de comida, ni taxi extra para llegar a aeropuerto, ni gastos de consigna que tuvimos que usar hasta que conseguimos la nueva habitación. Y menos aún indemnización.
Tenías q haber reclamado directamente a la DGAC y no a AESA, a mi me dieron la razón los simpáticos de wizz q nos fastidiaron las vacaciones, tuvieron q pagarnos la indenmización completa y los gastos de la noche de hotel, cena y desayuno
Tenías q haber reclamado directamente a la DGAC y no a AESA, a mi me dieron la razón los simpáticos de wizz q nos fastidiaron las vacaciones, tuvieron q pagarnos la indenmización completa y los gastos de la noche de hotel, cena y desayuno
Y me puedes decir cómo hiciste? Porque ya ves la respuesta que me han dado a mí...
Tenías q haber reclamado directamente a la DGAC y no a AESA, a mi me dieron la razón los simpáticos de wizz q nos fastidiaron las vacaciones, tuvieron q pagarnos la indenmización completa y los gastos de la noche de hotel, cena y desayuno
Y me puedes decir cómo hiciste? Porque ya ves la respuesta que me han dado a mí...
Tenías q haber reclamado directamente a la DGAC y no a AESA, a mi me dieron la razón los simpáticos de wizz q nos fastidiaron las vacaciones, tuvieron q pagarnos la indenmización completa y los gastos de la noche de hotel, cena y desayuno
Y me puedes decir cómo hiciste? Porque ya ves la respuesta que me han dado a mí...
Tenías q haber reclamado directamente a la DGAC y no a AESA, a mi me dieron la razón los simpáticos de wizz q nos fastidiaron las vacaciones, tuvieron q pagarnos la indenmización completa y los gastos de la noche de hotel, cena y desayuno
Y me puedes decir cómo hiciste? Porque ya ves la respuesta que me han dado a mí...
Y también para presionarles, les puse una demanda en la agencia europea de consumo
Si, desde esa web hice yo la reclamación a la que me dieron esa respuesta.
Probaré desde la agencia europea de consumo, gracias!!
En mi caso, como el vuelo era de Francia a chipre, envié la reclamación a la agencia aeroportuaria francesa y a la chipriota, mas a consumo europeo, pq de mano como a ti se lavaban las manos y no querían mas q reembolarme los vuelos después de dejarnos sin vacaciones
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