Chile levanta el pase de movilidad y deja de ser obligatorio el barbijo en vuelos y transporte en general
Enjoy! _________________ "Un hombre ordinario siempre será ordinario, aunque viaje; un hombre de talento superior se cae a pedazos si se mantiene siempre en el mismo lugar"
Wolfgang Amadeus Mozart
* The chief danger in life is that you may take too many precautions. Alfred Adler *
* Así que desata amarras y navega alejándote de los puertos conocidos. Aprovecha los vientos alisios en tus velas. Explora. Sueña.
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No es obligatorio contar con Seguro de Salud, no obstante, se recomienda viajar con uno que posea cobertura para SARS CoV 2 (COVID19).
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Si no estoy en lo cierto, como se solicita el famoso doc de la SegSocial ECH11? He rebuscado medio internet y no hay manera clara de encontrarlo.
Gracias de antemano
Revisa un poco esa info que tienes. Ha cambiado la norma el 1 de octubre, creo, y ahora mismo no estan pidiendo nada excepto el certificado de que estas vacunado emitido en tu pais. Lo de mevacuno y tal ya esta obsoleto.
Yo vuelo el 18 de octubre y ya contaré lo que me encuentro pero eso es lo que espero. _________________ Diarios de viaje de Kirguistan, Sri Lanka, Irán, Israel, Palestina y algo mas
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... He estado revisando los posts y mas o menos me queda claro. Voy a viajar a Chile a finales de mes y voya solicitar: ...
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Si no estoy en lo cierto, como se solicita el famoso doc de la SegSocial ECH11? He rebuscado medio internet y no hay manera clara de encontrarlo.
Revisar posts tiene el peligro de recoger datos que ya están desfasados, sobre todo en temas como éste. Yo suelo leer de lo más actual hacia atrás.
Tal y como te han dicho se ha eliminado el C19 y el rollo de homologación de vacunas. Mirar el link ( www.chile.travel/planviajarachile/ )
Y, según leí en una web oficial (Ministerio de Asuntos Exteriores, Recomendaciones de viaje) ya no exigen seguro médico, tal y como mencionas.
Para el derecho de asistencia médica hay un convenio con España, y en caso de que haya que llevar algún formulario cumplimentado, como has citado, lo mejor es preguntar en las oficinas de Atención Ciudadana de la Seguridad Social. Yo así lo hice, pero nunca conseguí que me atendieran. Si lo consigues, ya contarás.
Un saludo.
Aclarado entonces. Igualmente @Josean2017@Txelito y para todo aquel que esté interesado, os adjunto lo que me han contestado desde INSS esta misma mañana. Parece ser que no es obligatorio pero si es recomendable lo del seguro y esta seria la manera de solicitarlo:
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Si va a desplazarse temporalmente a Chile, podrá exportar el derecho a asistencia sanitaria, si lo tiene reconocido en España como trabajador por cuenta ajena o propia, perceptores de la prestación o subsidio de desempleo, suscriptores de convenio especial, pensionista en la modalidad contributiva o beneficiario de los anteriores y tiene nacionalidad española o chilena.
En ningún caso podrá exportar el derecho si es pensionista en la modalidad no contributiva, ha agotado la prestación o el subsidio de desempleo, es perceptor de la Renta Activa de Inserción, asegurado por residencia legal en España, titular del Seguro Escolar, pensionista retornado o familiar residente en España de asegurados en otro Estado
Para recibir prestaciones sanitarias en Chile, deberá solicitar el formulario E/CHL-11, por un período de 90 días, renovable mientras subsista el derecho. La cobertura incluye las prestaciones que se requieran de forma inmediata.
Los documentos en vigor (tanto de la persona asegurada como, en su caso, de los beneficiarios) para la emisión del formulario:
1.- Españoles: Documento Nacional de Identidad. En el caso de familiar no comunitario de persona asegurada en España: Tarjeta de residencia de familiar de la U.E.
2.- Chilenos: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) Sus beneficiarios presentarán DNI, NIE o TIE, según sea su nacionalidad.
El perceptor de prestación/subsidio por desempleo presentará la acreditación de comunicación del SEPE si el desplazamiento es superior a 15 días. Las prestaciones sanitarias se recibirán en igualdad de condiciones con los asegurados en Chile.
Con carácter general, puede obtener el formulario por los siguientes canales:
? Si dispone de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente:
? A través de los servicios de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, accesibles con certificado digital o análogo, así como para usuarios registrados en Cl@ve Permanente por el servicio Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones.
? Puede acceder al servicio de la Sede Electrónica de Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones con certificado digital o Cl@ve Permanente en el siguiente enlace run.gob.es/se0003
? Si no dispone de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve permanente:
Si no puede utilizar medios telemáticos, puede utilizar las siguientes vías (remitiendo por el canal escrito la solicitud junto con la documentación acreditativa de su identidad, otros documentos necesarios y especificando la fecha de su desplazamiento):
? Oficinas de Registro, a través de las que puede presentar una solicitud, escrito o comunicación, dirigidos a la Dirección Provincial competente del INSS que corresponda, de forma gratuita. Directorio de oficinas: run.gob.es/se0015
? Canal postal, si lo desea, también puede remitir tu solicitud o comunicación por correo postal a la Dirección Provincial competente que corresponda. El listado de direcciones postales puede consultarlo en el siguiente enlace: run.gob.es/se0025 . En ?Tipo de Centro? elija ?INSS?, luego ?Dirección Provincial?, y la provincia de su domicilio en el menú ?Localización? y pulse a continuación en ?aplicar filtros?.
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... Parece ser que no es obligatorio pero si es recomendable lo del seguro y esta seria la manera de solicitarlo: ... "
Gracias, si bien aclaro que el trámite que citas NO es para obtener un seguro médico (el cual no es obligatorio para entrar a Chile).
El trámite que detallas con el INSS es para disponer de derecho a asistencia sanitaria en Chile, en base a un convenio entre España y Chile, en las mismas condiciones que la Seguridad Social de allá asiste a sus ciudadanos.
Quien quiera disponer de ese derecho allá, debe tener en cuenta que para hacer el trámite presencial aquí (para obtener el formulario cumplimentado) debe pedir cita en un Centro de Atención de la S.S. (salvo si puede hacer el trámite online con Cl@ve permanente u otro de los medios indicados). En donde yo vivo no hay citas disponibles en más de un mes.
Un saludo
Indiana Jones Registrado: 28-12-2010 Mensajes: 1277
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No estoy seguro eh pero me parece que lo que cubre la Seg.Soc. En Chile no es mucho. Creo que allí hay como una cobertura gratuita y otra de pago. A la que tendrías derecho es a lo mismo que tienen los chilenos de forma gratuita.
Hay mucha gente que no lo sabe pero por el simple hecho de comprar el vuelo con la VISA o Mastercard ya tienes un seguro de viajes. Es basico pero dependiendo de para que pais ya te puede valer. Igualmente los seguros de coche o de vivienda suelen llevar asociada la asistencia en viaje, así que también te cubre para emergencias.
Como todos los seguros es recomendable leer la letra pequeña pero bueno. En estos casos no suelen cubrir viajes de mas de 30 días, por ejemplo. Y los gastos medicos pues igual son un maximo de 6-12.000€, que si es en USA no da ni para saludar al medico pero en muchos paises haces un apaño. _________________ Diarios de viaje de Kirguistan, Sri Lanka, Irán, Israel, Palestina y algo mas
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Buenos días, estaba ocnsultado las recomendacionesde viaje, y parece ser que si no tienes ceritficado vacunación necesitaas PCR para entrar al país. ¿Me lo podríais confirmar?ç